El Acuerdo General entre el Gobierno de la Nación y la ONCE en materia de cooperación, solidaridad y competitividad para la estabilidad de futuro de la ONCE para el período 2022-2031, aprobado por el Consejo de Ministros con fecha 2 de noviembre de 2021, determina, entre otras materias, las condiciones de todas las modalidades de lotería de las que es titular la ONCE, ordenando a su vez la publicación del calendario de modalidades y productos de lotería de la Organización en el «Boletín Oficial del Estado», como garantía de los consumidores, previa verificación por el Consejo de Protectorado de la ONCE de que la propuesta de la misma sobre dicho calendario se ajusta a lo dispuesto en el referido Acuerdo General y a los procedimientos y criterios de control aprobados por el Consejo de Protectorado de la ONCE el 26 de abril de 2016 y el 17 de diciembre de 2018.
Por otra parte, el Real Decreto 1336/2005 de 11 de noviembre autorizó a la ONCE la explotación de una lotería instantánea o presorteada. A dicha modalidad le son de aplicación los Procedimientos y criterios de control de la Lotería Instantánea de la ONCE aprobados por el Consejo de Protectorado de la ONCE en su reunión de 17 de diciembre de 2018.
Con base en lo establecido en la disposición adicional tercera de la Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social, que declara a la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE) como organización singular de economía social, la ONCE es una Corporación de Derecho Público de carácter social; que se rige por su normativa específica propia y que, para la financiación de sus fines sociales, goza de un conjunto de autorizaciones públicas en materia de juego.
Asimismo, de acuerdo con el artículo 4 de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego, las loterías de ámbito estatal han quedado reservadas a los operadores que se designan por la propia ley, lo que se ha materializado en su disposición adicional primera, que designa a la ONCE como uno de los dos operadores que pueden comercializar productos de loterías de ámbito estatal.
Madrid, 10 de mayo de 2022.- SUBDIRECTOR GENERAL DE ANÁLISIS PRESUPUESTARIO Y GESTIÓN FINANCIERA, Antonio Balbontín López-Cerón.
Madrid, 13 de mayo de 2022.- Subdirectora General de la Oficina Presupuestaria y de la Gestión Económica, Paloma López Ponce.
La Orden DSA/79/2022, de 31 de enero, por la que se convoca el proceso selectivo para la designación de vocales del Consejo Estatal del Pueblo Gitano, en representación del movimiento asociativo gitano, establece en su artículo 7 la competencia de la Secretaría de Derechos Sociales para la resolución de dicho proceso, previa propuesta de la Subdirección General de Programas Sociales, así como la publicación de dicha resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
Una vez analizada la citada propuesta y atendidos los criterios de valoración establecidos en la mencionada Orden,