Orden EHA/1509/2009, de 1 de junio, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Diplomados Comerciales del Estado.





En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 248/2009, de 27 de febrero, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2009, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública, este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/ 1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Diplomados Comerciales del Estado.






Orden del día 10 junio 2009

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 248/2009, de 27 de febrero, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2009, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública, este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/ 1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Diplomados Comerciales del Estado.

La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley 7/ 2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica 3/ 2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y el Acuerdo de Consejo de Ministros, de 4 de marzo de 2005, por el que se aprueba el Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes

Bases comunes

Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/3416/ 2007, de 14 de noviembre, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado.

Bases específicas

La presente Orden se publicará en las páginas web www.060. es y www.meh.es

1. Descripción de las plazas

Se convoca proceso selectivo para cubrir 5 plazas del Cuerpo de Diplomados Comerciales del Estado, código A0616, por el sistema general de acceso libre.

2. Proceso selectivo

El proceso selectivo constará de una fase de oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.

Incluirá la superación de un curso selectivo y en su caso, un período de prácticas. Para la realización del mismo, los aspirantes que hayan superado la fase de oposición serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.

3. Programa

El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II a esta Orden.

4. Titulación

Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Ingeniero Técnico, Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico o grado, al finalizar el plazo de presentación de instancias. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación o convalidación en su caso.

5. Nacionalidad

Sólo podrán participar los candidatos de nacionalidad española, según lo establecido en el anexo del Real Decreto 543/ 2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público de la Administración General del Estado y sus organismos públicos de nacionales de otros Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores.

6. Solicitudes

6.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán hacerlo constar en el modelo de solicitud 790 que será facilitado gratuitamente en Internet en la pagina www.060.es.

6.2 La presentación se realizará por cualquiera de los medios siguientes:

a) Los interesados podrán presentar solicitudes ante el Registro Telemático del Ministerio de la Presidencia «Inscripción en procesos selectivos» a través de la dirección de Internet www.map.es o en el Portal del ciudadano www.060.es

La presentación de solicitudes por esta vía conllevará, en su caso, el pago telemático de la tasa de derechos de examen.

En aquellos casos en que deba aportarse documentación adicional junto con la solicitud telemática de participación, de conformidad con lo previsto en las bases específicas, esta deberá ser presentada en los lugares previstos en el párrafo siguiente.

b) Igualmente, las solicitudes podrán presentarse en el Registro General del Ministerio de Economía y Hacienda, c/ Alcalá, n.º 9, Madrid, así como en los registros de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno de la Administración General del Estado, y se dirigirán a la Subsecretaría del Ministerio de Economía y Hacienda, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado duodécimo de la Orden APU/3416/ 2007, de 14 de noviembre, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado.

6.3 Pago de la tasa de derechos de examen.–El ingreso del importe correspondiente a los derechos de examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica o, en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

En aquellos supuestos en los que se haya optado por realizar una presentación de solicitudes a través del Registro Telemático del Ministerio de la Presidencia, el ingreso del importe se realizará en los términos previstos en la Orden HAC/729/ 2003, de 28 de marzo, del Ministro de Hacienda, por la que se establecen los supuestos y condiciones generales para el pago por vía telemática de las tasas que constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, así como en sus resoluciones de desarrollo.

6.4 La presentación de solicitudes se realizará en el plazo de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la fecha de publicación de la presente Orden en el «Boletín Oficial del Estado». La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

6.5 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo IV.

7. Tribunal

7. 1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como anexo III a esta Orden y se someterá a lo dispuesto en el capítulo II del título II de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

7.2 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.

Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.

7.3 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Ministerio de Economía y Hacienda, calle Alcalá, 9, 4. ª planta, 28071 Madrid, teléfo- nos 91-595 87 80, 91-595 88 35, dirección de correo electrónico: [email protected].

8. Desarrollo del proceso selectivo

El orden de actuación de los aspirantes se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «W», según lo establecido en la Resolución de la Secretaria de Estado para la Administración Pública, de 27 de enero de 2009 («BOE» de 5 de febrero), por la que se hace público el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración del Estado.

9. Norma final

Al presente proceso selectivo le será de aplicación la Ley 7/2007, de 12 de abril, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente Orden.

Contra la presente Orden podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Sra. Ministra de Economía y Hacienda, en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/ 1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Madrid, 1 de junio de 2009. –La Vicepresidenta Segunda del Gobierno y Ministra de Economía y Hacienda, P. D. (Orden EHA 2358/ 2008, de 31 de julio), la Subsecretaria de Economía y Hacienda, Juana María Lázaro Ruiz.

ANEXO I

Descripción del proceso selectivo y valoración

I. Proceso selectivo

I.A) Oposición.

I.A) Oposición.

I.B) Curso selectivo.

I.A) Fase de oposición.–Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos internacionales estarán exentos de la realización de aquellos ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo internacional correspondiente.

La fase de oposición constará de cuatro ejercicios, todos ellos eliminatorios, excepto el voluntario de idiomas.

Primer ejercicio: Consistirá en el desarrollo por escrito, en un tiempo máximo de tres horas, de dos temas del temario que figura en el anexo II. Serán elegidos por el opositor de entre dos pares, siendo un tema de cada par, y extraídos al azar por el Tribunal con carácter común, inmediatamente antes de dar comienzo la prueba escrita. Un par será de la primera parte (Economía española) y otro de la segunda (Economía pública, políticas comunitarias e instituciones multilaterales). Posteriormente, los opositores realizarán la lectura del texto ante el Tribunal.

Segundo ejercicio: Consistirá en una prueba sobre idiomas extranjeros, debiendo demostrarse por el opositor el conocimiento, como mínimo, de dos lenguas vivas, una de ellas la inglesa y otra a escoger entre las siguientes: francesa, alemana, italiana, rusa, china, árabe, portuguesa y japonesa, realizando para cada una de ellas las siguientes pruebas:

a) Una prueba escrita que consistirá en una composición redactada en la lengua correspondiente, sobre un tema de carácter económico o comercial propuesto por el Tribunal, con una duración de hora y media, autorizándose el uso de un diccionario.

b) Una prueba oral que consistirá en la lectura, por tiempo no superior a cinco minutos, de un texto de contenido económico o comercial, y posterior diálogo con el Tribunal en la lengua correspondiente sobre temas conexos por espacio no superior a diez minutos. Se permitirán siete minutos de preparación del texto a leer. Igualmente se procederá a la lectura de la prueba escrita mencionada en el punto a) anterior.

c) El examen voluntario de idiomas consistirá en un ejercicio sobre una o más lenguas extranjeras modernas entre las señaladas, excluidas las dos del ejercicio obligatorio, y a cuyo efecto el aspirante lo habrá indicado en la solicitud (casilla C) para tomar parte en la oposición y las pruebas serán las mismas que para los idiomas obligatorios.

Tercer ejercicio: Consistirá en una prueba oral sobre materias de Microeconomía y Economía del Sector Público, por una parte, y por otra, de Macroeconomía y Economía Internacional. El opositor desarrollará dos temas, uno de cada parte, en un plazo máximo de cuarenta minutos en total, elegidos entre dos pares, un par de cada parte, extraídos al azar del temario que figura en el anexo II. Para la preparación de ambos temas el opositor dispondrá de treinta minutos.

Concluida la exposición oral, el tribunal podrá dialogar con el opositor durante diez minutos, como máximo, sobre cuestiones relativas a los temas que hayan sido objeto de exposición.

Cuarto ejercicio: Tendrá carácter teórico-práctico. Consistirá en una prueba escrita en la cual los opositores desarrollarán, en un plazo máximo de tres horas, dos temas elegidos por los opositores de entre dos pares extraídos al azar por el Tribunal (un par de la parte primera, Técnicas comerciales y marketing internacional, y otro de la parte segunda, Organización del Estado) del temario que figura en el anexo II. Además, se añadirá un supuesto de carácter práctico por cada tema, que los opositores deberán resolver. Posteriormente, los opositores realizarán la lectura del texto de los temas desarrollados y de los supuestos prácticos ante el Tribunal.

Si alguna de las aspirantes no pudiera realizar algún ejercicio de la fase de oposición por embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, el Tribunal aplazará la realización del ejercicio quedando la situación de la aspirante condicionada a la realización del mismo y a la finalización de la fase de oposición.

El aplazamiento del ejercicio no podrá demorar la fase de oposición de forma que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a la resolución de la misma en tiempos razonables y, en todo caso, la realización del mismo habrá de tener lugar antes de la publicación de la lista de opositores que superen la fase de oposición.

I.B) Curso selectivo.–Todos los aspirantes que hayan superado la fase de oposición realizarán un curso selectivo que será organizado por la Subsecretaria de Economía y Hacienda, en colaboración con Instituciones privadas y públicas de formación de funcionarios, que deberán superar con aprovechamiento.

Tendrá una duración máxima de tres meses lectivos y comenzará en el plazo máximo de dos meses a partir de la finalización del plazo fijado para la presentación de la documentación requerida en la Orden, por la que se publicará la lista de aprobados en la fase de oposición.

La asistencia a las clases y actividades que se organicen en el desarrollo del mismo será obligatoria. El incumplimiento de este requisito, podrá dar lugar a la imposibilidad de concurrir a las pruebas que se realicen durante el mismo y, por tanto, se perderá el derecho a ser nombrado funcionario de carrera. La valoración de esta circunstancia corresponderá a la Subsecretaría de Economía y Hacienda.

Los aspirantes que no superen el curso selectivo de acuerdo con el procedimiento de calificación previsto en esta convocatoria, perderán el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera, de acuerdo con lo previsto en el art. 24.1 del Real Decreto 364/1995, mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.

Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor, debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán incorporarse al inmediatamente posterior, intercalándose en el lugar que les corresponda de acuerdo con la puntuación obtenida.

Con el fin de adecuar el disfrute de las vacaciones anuales, se establece que las vacaciones de estos funcionarios, por necesidades del servicio y de acuerdo con el artículo 74 del texto articulado de la Ley de Funcionarios Civiles del Estado, aprobado por Decreto 315/ 1964, de 7 de febrero, abarcaran desde el 1 al 31 de agosto del año en que se realice el curso selectivo.

II. Valoración

II.A) Fase de oposición.–Los distintos ejercicios de que consta la convocatoria se calificarán en la siguiente forma:

Primer ejercicio: Se calificará de cero a diez puntos cada uno de los temas desarrollados y será necesario obtener un mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos para superar el ejercicio.

Segundo ejercicio: De cero a diez puntos cada una de las lenguas siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos en cada una de ellas para superar el ejercicio y de cero a cuatro puntos, cada una de las restantes lenguas de las que se examine el opositor voluntariamente. Los puntos obtenidos por los opositores en las lenguas voluntarias solamente serán computados en la puntuación total de ejercicio cuando alcancen, como mínimo, el 50 por 100 de la puntuación máxima posible por cada lengua.

Tercer ejercicio: Se calificará de cero a veinte puntos cada uno de los temas desarrollados y será necesario obtener un mínimo de 10 puntos en cada uno de ellos para superar el ejercicio.

Cuarto ejercicio: Se calificará de cero a diez puntos cada uno de los supuestos desarrollados y será necesario obtener un mínimo de 10 puntos en cada uno de ellos para superar el ejercicio.

La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.

II.B) Curso selectivo.–Para la calificación de este curso, la Subsecretaría de Economía y Hacienda otorgará la calificación de «apto» o no «apto», vistos los informes de las Instituciones de formación designadas para impartir las materias, siendo necesario obtener «apto» para superarlo.

III. Elección de destinos

La calificación final del proceso selectivo y la prioridad para la elección de destino, vendrá determinada por la suma total de las puntuaciones alcanzadas en cada uno de los ejercicios de la fase de oposición.

En caso de empate el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:

1. Mayor puntuación alcanzada en el primer ejercicio.

2. Mayor puntuación alcanzada en el segundo ejercicio, y así sucesivamente.

ANEXO II

PROGRAMA

Primer ejercicio

Primera parte: Economía española

Tema 1. El sector agrícola y pesquero en España. Política agrícola. El impacto de la reforma de la PAC.

Tema 2. Evolución de la industria y de la política industrial en España. Referencia a la política tecnológica y de medio ambiente.

Tema 3. Análisis de los principales sectores de la industria española.

Tema 4. Sector de la energía. Especial referencia al sector eléctrico y de hidrocarburos y sus políticas de liberalización. Mención de la industria minera.

Tema 5. El sector de la construcción en España. Política de vivienda y suelo.

Tema 6. El sector de transportes y el sector de telecomunicaciones en España.

Tema 7. El sector turístico en España. Política turística.

Tema 8. El sector de la distribución comercial. Política de comercio interior.

Tema 9. Análisis del sector servicios en España: características y situación actual.

Tema 10. Regulación de los mercados en España: privatización, liberalización y política de defensa de la competencia.

Tema 11. Sistema financiero español: evolución y situación actual.

Tema 12. Política monetaria en España.

Tema. 13. Mercado de trabajo en España. La política de empleo.

Tema 14. Balanza por Cuenta Corriente española: evolución y estructura.

Tema 15. Cuenta Financiera y flujos de inversión española en el exterior y extranjera en España.

Tema 16. La economía española entre el Plan de Estabilización de 1959 y la Adhesión a la Comunidad Europea.

Tema 17. La economía española desde 1986 hasta la actualidad. Especial referencia a la introducción del euro.

Tema.18. La política española de cooperación al desarrollo.

Segunda parte: Economía pública, Políticas comunitarias e Instituciones multilaterales

Tema 1. Sistema fiscal español en la actualidad y su reforma. La armonización fiscal en la Unión Europea.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Economía y Hacienda

Orden EHA/1509/2009, de 1 de junio, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Diplomados Comerciales del Estado.

"Orden EHA/1509/2009, de 1 de junio, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Diplomados Comerciales del Estado." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2009-9666 publicado el 10 junio 2009

ID de la publicación: BOE-A-2009-9666
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 2
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 10 junio 2009
Fecha Pub: 20090610
Fecha última actualizacion: 10 junio, 2009
Numero BORME 140
Seccion: 2
Departamento: Ministerio de Economía y Hacienda
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 10 junio 2009
Letra: A
Pagina de inicio: 49074
Pagina final: 49084




Publicacion oficial en el BOE número 140 - BOE-A-2009-9666


Publicacion oficial en el BOE-A-2009-9666 de Orden EHA/1509/2009, de 1 de junio, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Diplomados Comerciales del Estado.


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