Orden EHA/1842/2009, de 25 de marzo, de revocación, extinción y cancelación en el Registro administrativo de entidades aseguradoras de la entidad Mutualidad de Previsión Social de la Acumulación de la Energía, en liquidación.





La Asamblea General Extraordinaria de la entidad Mutualidad de Previsión Social de la Acumulación de la Energía, celebrada el 16 de julio de 1998 acordó la disolución de la citada Mutualidad. Posteriormente, la Asamblea General Extraordinaria celebrada el día 13 de diciembre de 2001 acordó aceptar la renuncia presentada por los liquidadores de la entidad y solicitar que la liquidación de la misma fuera encomendada a la Comisión Liquidadora de Entidades Aseguradoras. Por Orden Ministerial de 28 de febrero de 2002 se acordó encomendar la liquidación de la Mutualidad de Previsión Social de la Acumulación de la Energía en Liquidación a la Comisión Liquidadora de Entidades Aseguradoras, en la actualidad desarrollada por el Consorcio de Compensación de Seguros, en virtud de lo dispuesto en el art. 10 de la ley 44/2002, de 22 de noviembre, de Medidas de Reforma del Sistema Financiero.






Orden del día 09 julio 2009

La Asamblea General Extraordinaria de la entidad Mutualidad de Previsión Social de la Acumulación de la Energía, celebrada el 16 de julio de 1998 acordó la disolución de la citada Mutualidad. Posteriormente, la Asamblea General Extraordinaria celebrada el día 13 de diciembre de 2001 acordó aceptar la renuncia presentada por los liquidadores de la entidad y solicitar que la liquidación de la misma fuera encomendada a la Comisión Liquidadora de Entidades Aseguradoras. Por Orden Ministerial de 28 de febrero de 2002 se acordó encomendar la liquidación de la Mutualidad de Previsión Social de la Acumulación de la Energía en Liquidación a la Comisión Liquidadora de Entidades Aseguradoras, en la actualidad desarrollada por el Consorcio de Compensación de Seguros, en virtud de lo dispuesto en el art. 10 de la ley 44/2002, de 22 de noviembre, de Medidas de Reforma del Sistema Financiero.

De la documentación que consta en el expediente, se desprende que se ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el Texto Refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre y demás normativa vigente en relación con el proceso de liquidación.

Por tanto, habiendo sido ultimado el proceso de liquidación de la referida entidad y de conformidad con lo previsto en los artículos 26.1.c) y 28.5 del citado texto refundido, la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones propone la revocación, extinción y cancelación de la inscripción en el Registro administrativo de entidades aseguradoras de la entidad Mutualidad de Previsión Social de la Acumulación de la Energía en Liquidación.

Primero.–Revocar la autorización administrativa para operar a la entidad Mutualidad de Previsión Social de la Acumulación de la Energía en Liquidación.

Segundo.–Proceder a la declaración de extinción de la entidad Mutualidad de Previsión Social de la Acumulación de la Energía en Liquidación y a la consiguiente cancelación de la inscripción en el Registro administrativo de entidades aseguradoras previsto en el artículo 74.1 del Texto Refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre.

Contra la presente Orden Ministerial, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo previsto en el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común y disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Asimismo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11.1.a), 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 25 de marzo de 2009.–El Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro de Economía y Hacienda, P.D. (Orden EHA/3923/2004, de 22 de octubre), el Secretario de Estado de Economía, David Vegara Figueras.

 



Datos oficiales del departamento Ministerio de Economía y Hacienda

Orden EHA/1842/2009, de 25 de marzo, de revocación, extinción y cancelación en el Registro administrativo de entidades aseguradoras de la entidad Mutualidad de Previsión Social de la Acumulación de la Energía, en liquidación.

"Orden EHA/1842/2009, de 25 de marzo, de revocación, extinción y cancelación en el Registro administrativo de entidades aseguradoras de la entidad Mutualidad de Previsión Social de la Acumulación de la Energía, en liquidación." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2009-11399 publicado el 09 julio 2009

ID de la publicación: BOE-A-2009-11399
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 09 julio 2009
Fecha Pub: 20090709
Fecha última actualizacion: 9 julio, 2009
Numero BORME 165
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Economía y Hacienda
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 09 julio 2009
Letra: A
Pagina de inicio: 57546
Pagina final: 57546




Publicacion oficial en el BOE número 165 - BOE-A-2009-11399


Publicacion oficial en el BOE-A-2009-11399 de Orden EHA/1842/2009, de 25 de marzo, de revocación, extinción y cancelación en el Registro administrativo de entidades aseguradoras de la entidad Mutualidad de Previsión Social de la Acumulación de la Energía, en liquidación.


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