Orden EHA/1984/2009, de 6 de mayo, autorizando a la entidad Alter Mútua de Previsió Social dels Advocats de Catalunya a Quota Fixa para el ejercicio de la actividad aseguradora como mutua de previsión social en todo el territorio nacional.





La entidad Alter Mútua de Previsió Social dels Advocats de Catalunya a Quota Fixa ha presentado en la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones solicitud de autorización administrativa para ampliar la actividad aseguradora en un ámbito territorial superior al inicialmente solicitado.






Orden del día 23 julio 2009

La entidad Alter Mútua de Previsió Social dels Advocats de Catalunya a Quota Fixa ha presentado en la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones solicitud de autorización administrativa para ampliar la actividad aseguradora en un ámbito territorial superior al inicialmente solicitado.

La Direcció General de Política Financera i Assegurances del Departament d’Economia i Finances de la Generalitat de Catalunya, en cumplimiento del artículo 69.3 del Texto Refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, ha facilitado la documentación necesaria relativa a la entidad Alter Mútua de Previsió Social dels Advocats de Catalunya a Quota Fixa, hasta la fecha inscrita en el Registro de Mutualidades de Previsión Social de Cataluña.

De la documentación que se adjunta a la solicitud formulada se desprende que la entidad Alter Mútua de Previsió Social del Advocats de Catalunya a Quota Fixa cumple los requisitos establecidos en el Texto Refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2004 de 29 de octubre, y en su Reglamento de desarrollo, así como del Reglamento de Mutualidades de Previsión Social, aprobado por Real Decreto 1430/2002, de 27 de diciembre, para obtener la autorización administrativa de ampliación del ámbito territorial.

Primero.–Autorizar a la entidad Alter Mútua de Previsió Social dels Advocats de Catalunya a Quota Fixa el ejercicio de la actividad aseguradora en todo el territorio nacional.

Segundo.–Inscribir a la entidad Alter Mútua de Previsió Social dels Advocats de Catalunya a Quota Fixa en el Registro administrativo de entidades aseguradoras, previsto en el artículo 74 del precitado Texto Refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.

Contra la presente Orden Ministerial, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo previsto en el artículo 109 de la Ley 30/1992, del 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la notificación de la misma de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Asimismo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11.1.a), 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 6 de mayo de 2009.–La Vicepresidenta Segunda del Gobierno y Ministra de Economía y Hacienda, P. D. (Orden EHA/3923/2004, de 22 de octubre), el Secretario de Estado de Economía, David Vegara Figueras.

 



Datos oficiales del departamento Ministerio de Economía y Hacienda

Orden EHA/1984/2009, de 6 de mayo, autorizando a la entidad Alter Mútua de Previsió Social dels Advocats de Catalunya a Quota Fixa para el ejercicio de la actividad aseguradora como mutua de previsión social en todo el territorio nacional.

"Orden EHA/1984/2009, de 6 de mayo, autorizando a la entidad Alter Mútua de Previsió Social dels Advocats de Catalunya a Quota Fixa para el ejercicio de la actividad aseguradora como mutua de previsión social en todo el territorio nacional." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2009-12257 publicado el 23 julio 2009

ID de la publicación: BOE-A-2009-12257
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 23 julio 2009
Fecha Pub: 20090723
Fecha última actualizacion: 23 julio, 2009
Numero BORME 177
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Economía y Hacienda
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 23 julio 2009
Letra: A
Pagina de inicio: 63036
Pagina final: 63036




Publicacion oficial en el BOE número 177 - BOE-A-2009-12257


Publicacion oficial en el BOE-A-2009-12257 de Orden EHA/1984/2009, de 6 de mayo, autorizando a la entidad Alter Mútua de Previsió Social dels Advocats de Catalunya a Quota Fixa para el ejercicio de la actividad aseguradora como mutua de previsión social en todo el territorio nacional.


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