Orden EHA/2004/2009, de 14 de julio, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Superior de Inspectores de Seguros del Estado.





En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 248/2009, de 27 de febrero, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2009, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública, este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo Superior de Inspectores de Seguros del Estado.






Orden del día 24 julio 2009

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 248/2009, de 27 de febrero, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2009, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública, este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo Superior de Inspectores de Seguros del Estado.

La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y el Acuerdo de Consejo de Ministros, de 4 de marzo de 2005, por el que se aprueba el Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado y se desarrollará de acuerdo con las siguientes:

Bases Comunes

Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado.

Bases Específicas

La presente Orden se publicará en las páginas web www.060.es, www.meh.es y www.dgsfp.meh.es.

1. Descripción de las plazas

1.1 Se convocan pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo Superior de Inspectores de Seguros del Estado, Código A0013, para cubrir 4 plazas por el sistema general de acceso libre.

2. Procesos selectivos

El proceso selectivo constará de una fase de oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el Anexo I.

Incluirá la superación de un curso selectivo y un periodo de prácticas. Para la realización del mismo, los aspirantes que hayan superado la fase de oposición serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.

3. Programa

El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como Anexo II a esta Orden.

4. Titulación

Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado, al finalizar el plazo de presentación de instancias. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación o convalidación en su caso.

5. Nacionalidad

Sólo podrán participar los candidatos de nacionalidad española, según lo establecido en el Anexo del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público de la Administración General del Estado y sus Organismos públicos de nacionales de otros Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores.

6. Solicitudes

6.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán hacerlo constar en el modelo de solicitud 790 que será facilitado gratuitamente en Internet en la pagina www.060.es.

6.2 La presentación se realizará por cualquiera de los medios siguientes:

a) Los interesados podrán presentar solicitudes ante el Registro Telemático del Ministerio de la Presidencia «Inscripción en procesos selectivos» a través de la dirección de Internet www.map.es o en el Portal del ciudadano www.060.es.

La presentación de solicitudes por esta vía conllevará, en su caso, el pago telemático de la tasa de derechos de examen.

En aquellos casos en que deba aportarse documentación adicional junto con la solicitud telemática de participación, de conformidad con lo previsto en las bases específicas, esta deberá ser presentada en los lugares previstos en el párrafo siguiente.

b) Igualmente, las solicitudes podrán presentarse en el Registro General del Ministerio de Economía y Hacienda, C/ Alcalá, n.º 9, Madrid, así como en los registros de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno de la Administración General del Estado, y se dirigirán a la Subsecretaría del Ministerio de Economía y Hacienda, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado duodécimo de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado.

6.3 Pago de la tasa de derechos de examen.

El ingreso del importe correspondiente a los derechos de examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica o, en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

En aquellos supuestos en los que se haya optado por realizar una presentación de solicitudes a través del Registro Telemático del Ministerio de la Presidencia, el ingreso del importe se realizará en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, del Ministro de Hacienda, por la que se establecen los supuestos y condiciones generales para el pago por vía telemática de las tasas que constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, así como en sus resoluciones de desarrollo.

La presentación de solicitudes se realizará en el plazo de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la fecha de publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del Estado. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

6.4 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del Anexo IV.

7. Tribunal

7.1 El Tribunal calificador es el que figura como Anexo III a esta Orden y se someterá a lo dispuesto en el Capítulo II del Título II de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

7.2 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.

Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.

7.3 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, Paseo de la Castellana, n.º 44, 28046 Madrid, teléfono 91.339.70.00, dirección de correo electrónico [email protected].

8. Desarrollo de los procesos selectivos

El orden de actuación de los aspirantes en la fase de oposición se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «W», según lo establecido en la Resolución de la Secretaria de Estado para la Administración Pública de 27 de enero de 2009 (BOE de 5 de febrero), por la que se hace público el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración del Estado.

9. Norma final

Al presente proceso selectivo le será de aplicación la Ley 7/2007, de 12 de abril, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente Orden.

Contra la presente Orden podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Sra. Ministra de Economía y Hacienda en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso–administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso–administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Madrid, 14 de julio de 2009.–La Vicepresidenta Segunda del Gobierno y Ministra de Economía y Hacienda, P.D. (Orden EHA 2358/2008, de 31 de julio), la Subsecretaria de Economía y Hacienda, Juana María Lázaro Ruiz.

ANEXO I

Descripción del proceso selectivo y valoración

El proceso selectivo constará de las siguientes fases:

El proceso selectivo constará de las siguientes fases:

I. A) Oposición.

I. B) Curso selectivo.

I.A) Fase de Oposición.

Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de aquellos ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo Internacional correspondiente.

La fase de oposición constará de cinco ejercicios, todos ellos obligatorios y eliminatorios.

Los aspirantes que hubieran liberado algún ejercicio conforme a lo dispuesto en las bases de la convocatoria anterior, aprobada por Orden EHA/1144/2008, de 15 de abril, quedarán exentos de su realización en la presente convocatoria.

Primer ejercicio: Consistirá en la resolución, por escrito, en un tiempo máximo de cinco horas, de un cuestionario de 20 preguntas que el Tribunal propondrá para cada uno de los tres grupos de materias siguientes:

A) Jurídicas (Derecho Civil y Mercantil),

B) Económicas (Economía y Administración de Empresas) y

C) Actuariales (Estadística y Matemática actuarial).

El aspirante deberá optar expresamente, en el apartado A) del punto 25 de su instancia, por uno sólo de estos tres grupos de materias cuyo temario figura en el Anexo II.1 de la presente Orden.

Segundo ejercicio: Consistirá en la resolución, por escrito, en un tiempo máximo de cinco horas, de cuatro casos prácticos de Contabilidad, uno por cada una de las partes del temario que figura como Anexo II.2 de la presente convocatoria, con la distribución que determine el Tribunal.

Tercer ejercicio: Versará sobre el conocimiento del idioma inglés. El ejercicio tendrá una duración máxima de dos horas y consistirá en la realización por escrito de una traducción directa o inversa sin diccionario sobre textos de contenido económico o financiero.

Cuarto ejercicio: Este ejercicio tendrá dos partes que se celebrarán en una sola sesión.

La primera parte consistirá en la resolución, por escrito, de casos prácticos sobre operaciones financieras, según el temario que figura en el Anexo II.3 de la presente Orden.

La segunda parte consistirá en contestar por escrito a un cuestionario de diez preguntas de carácter teórico que el Tribunal propondrá sobre el temario de Sistema financiero y Sistema fiscal español que figura en el Anexo II.3 de la presente Orden.

El tiempo disponible para contestar ambas partes será de cuatro horas.

Quinto ejercicio: Consistirá en exponer, de forma oral y por el orden en el que figuran en el programa recogido en el Anexo II.4, tres temas extraídos al azar, durante un tiempo máximo de cincuenta minutos, con la siguiente distribución: un tema del programa de Derecho Constitucional, Administrativo y Comunitario; y dos temas del programa de Seguros y Fondos de Pensiones, uno de los cuales se extraerá de entre los temas 1 a 32 y el otro de entre los temas 33 a 64.

Con carácter previo a la exposición, y después de la extracción de los temas, se concederá un tiempo máximo de diez minutos para que el aspirante elabore, en presencia del Tribunal, un guión que podrá utilizar en el desarrollo de su exposición, consultando para ello exclusivamente el programa de la oposición que le será facilitado por el Tribunal.

Con posterioridad a la exposición, el Tribunal podrá formular preguntas y recabar comentarios del opositor sobre el contenido de los temas expuestos durante un tiempo máximo de diez minutos.

Si alguna de las aspirantes no pudiera realizar algún ejercicio de la fase de oposición por embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, el Tribunal aplazará la realización del ejercicio quedando la situación de la aspirante condicionada a la realización del mismo y a la finalización de la fase de oposición.

El aplazamiento del ejercicio no podrá demorar la fase de oposición de forma que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a la resolución de la misma en tiempos razonables y, en todo caso, la realización del mismo habrá de tener lugar antes de la publicación de la lista de opositores que superen la fase de oposición.

I.B) Curso selectivo.

Todos los aspirantes que superen la fase de oposición realizarán un curso selectivo en la Escuela de la Hacienda Pública del Instituto de Estudios Fiscales, que deberán superar con aprovechamiento.

El curso selectivo comenzará en el plazo máximo de dos meses a partir de la finalización del plazo fijado para la presentación de la documentación requerida en la Orden por la que se publicará la lista de aprobados de la fase de oposición.

El curso selectivo durará un máximo de ocho meses lectivos, tratándose en el mismo las materias que correspondan en el desarrollo del programa de estudios diseñado conjuntamente por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones y el Instituto de Estudios Fiscales, que abarcará los aspectos básicos de la técnica aseguradora, ordenación y supervisión de la actividad aseguradora y de fondos de pensiones, contrato de seguro, contabilidad de entidades aseguradoras y de fondos de pensiones, matemáticas actuariales y estadística, finanzas, idiomas, informática, así como los de carácter complementario necesarios para el desempeño de la función pública superior.

La asistencia a las clases y actividades que se organicen en el desarrollo del mismo será obligatoria. El incumplimiento de este requisito, podrá dar lugar a la imposibilidad de concurrir a las pruebas que se realicen durante el mismo y, por tanto, se perderá el derecho a ser nombrado funcionario de carrera. La valoración de esta circunstancia corresponderá a la Escuela de Hacienda Pública.

Los aspirantes que no superen el curso selectivo de acuerdo con el procedimiento de calificación previsto en esta convocatoria, perderán el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera, de acuerdo con lo previsto en el art. 24.1 del Real Decreto 364/1995, mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.

Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor, debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán incorporarse al inmediatamente posterior, intercalándose en el lugar que les corresponda de acuerdo con la puntuación obtenida.

Con el fin de adecuar el disfrute de las vacaciones anuales, se establece que las vacaciones de estos funcionarios, por necesidades del servicio y de acuerdo con el artículo 74 del texto articulado de la Ley de Funcionarios Civiles del Estado, aprobado por Decreto 315/1964, de 7 de febrero, abarcarán del 1 al 31 de agosto del año en que se realice el curso selectivo.

II. Valoración

II.A) Fase de oposición.

Los ejercicios de la fase de oposición se calificarán de la forma siguiente:

Primer ejercicio: Se calificará como «apto», «apto consolidado» o «no apto», siendo necesaria la calificación de «apto» o «apto consolidado» para acceder al ejercicio siguiente. La calificación de «apto» se otorgará cuando se alcance, al menos, el 50 por 100 de la valoración total del ejercicio, la de «apto consolidado» cuando se obtenga un mínimo del 60 por 100, de acuerdo con la valoración que el Tribunal establezca para cada una de las preguntas.

Quienes habiendo obtenido la calificación de «apto consolidado» en esta convocatoria no superen todas las pruebas de la fase de oposición, quedarán exentos de la realización del primer ejercicio en las pruebas selectivas de la siguiente convocatoria.

Segundo ejercicio: Se calificará de 0 a 50 puntos, siendo necesario para aprobar alcanzar un mínimo de 25 puntos.

Los aspirantes que obtengan la calificación de «apto consolidado» en el primer ejercicio y obtuviesen en el segundo ejercicio 30 puntos o más, quedarán exentos del primer y segundo ejercicio en las pruebas selectivas del sistema general de acceso libre de la siguiente convocatoria.

Tercer ejercicio: Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar alcanzar un mínimo de 5 puntos.

Cuarto ejercicio: La calificación de este ejercicio, se obtendrá mediante la suma de las calificaciones de sus dos partes. La calificación de cada parte será de 0 a 20 puntos, siendo necesario para aprobar alcanzar un mínimo de 10 puntos en cada una de las dos partes.

Quinto ejercicio: Se calificará de 0 a 60 puntos, siendo necesario para aprobarlo alcanzar un mínimo de 30 puntos.

Quienes estando exentos de algún ejercicio en la presente convocatoria, renuncien a la exención y opten voluntariamente por su realización, quedarán a resultas de la calificación que obtengan en la presente convocatoria.

La puntuación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.

II.B) Curso selectivo.

Se calificará de 0 a 100 puntos por el total de las materias, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 50 puntos y no haber obtenido en ninguna asignatura una puntuación inferior a 5 puntos sobre 10.

Una vez concluido el curso selectivo y hasta tanto se produzca su nombramiento como funcionarios de carrera, los funcionarios en prácticas se incorporarán a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, donde completarán su formación a través de un período en prácticas conforme al programa de trabajo que se acuerde por ese Centro Directivo.

III. Elección de destinos

La suma de la calificación de la fase de oposición con la obtenida en el curso selectivo determinará la calificación total y la prioridad para la elección de destino.

En caso de empate, el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:

1.º Prevalecerá la puntuación de la fase de oposición.

2.º A igual puntuación en la fase de oposición prevalecerá la puntuación obtenida en el quinto ejercicio. En caso de mantenerse el empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en los restantes ejercicios, comparados hasta que desaparezca el empate, en el siguiente orden: segundo ejercicio, cuarto ejercicio y tercer ejercicio.

ANEXO II

PROGRAMA

Anexo II.1 – Primer Ejercicio

A) Grupo de materias jurídicas

Derecho Civil

Tema 1. Las fuentes del Derecho en general y, en especial, el sistema jurídico positivo español. Código Civil y legislación complementaria.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Economía y Hacienda

Orden EHA/2004/2009, de 14 de julio, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Superior de Inspectores de Seguros del Estado.

"Orden EHA/2004/2009, de 14 de julio, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Superior de Inspectores de Seguros del Estado." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2009-12289 publicado el 24 julio 2009

ID de la publicación: BOE-A-2009-12289
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 2
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 24 julio 2009
Fecha Pub: 20090724
Fecha última actualizacion: 24 julio, 2009
Numero BORME 178
Seccion: 2
Departamento: Ministerio de Economía y Hacienda
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 24 julio 2009
Letra: A
Pagina de inicio: 63185
Pagina final: 63208




Publicacion oficial en el BOE número 178 - BOE-A-2009-12289


Publicacion oficial en el BOE-A-2009-12289 de Orden EHA/2004/2009, de 14 de julio, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Superior de Inspectores de Seguros del Estado.


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