Orden EHA/2269/2010, de 26 de julio, de autorización de la cesión global de activo y pasivo asimilada a la fusión por absorción de la entidad cedente Cesmar Seguros y Reaseguros SA por la entidad cesionaria Mutua de Seguros de Armadores de Buques de Pesca de España, Sociedad Mutua a Prima Fija, y de extinción de la entidad cedente como absorbida y cancelación de la inscripción de la misma en el Registro administrativo de entidades aseguradoras.





Orden EHA/_/2010, de 26 de julio, de autorización de la cesión global de activo y pasivo asimilada a la fusión por absorción de la entidad cedente Cesmar Seguros y Reaseguros, S.A., por la entidad cesionaria Mutua de Seguros de Armadores de Buques de Pesca de España, Sociedad Mutua a Prima Fija, y de extinción de la entidad cedente como absorbida y cancelación de la inscripción de la misma en el Registro administrativo de entidades aseguradoras.

Contenidos de la Ministerio de Economía y Hacienda Orden EHA/2269/2010, de 26 de julio, de autorización de la cesión global de activo y pasivo asimilada a la fusión por absorción de la entidad cedente Cesmar Seguros y Reaseguros SA por la entidad cesionaria Mutua de Seguros de Armadores de Buques de Pesca de España, Sociedad Mutua a Prima Fija, y de extinción de la entidad cedente como absorbida y cancelación de la inscripción de la misma en el Registro administrativo de entidades aseguradoras. del 20100827







Orden del día 27 agosto 2010

Orden EHA/_/2010, de 26 de julio, de autorización de la cesión global de activo y pasivo asimilada a la fusión por absorción de la entidad cedente Cesmar Seguros y Reaseguros, S.A., por la entidad cesionaria Mutua de Seguros de Armadores de Buques de Pesca de España, Sociedad Mutua a Prima Fija, y de extinción de la entidad cedente como absorbida y cancelación de la inscripción de la misma en el Registro administrativo de entidades aseguradoras.

Las entidades Cesmar Seguros y Reaseguros, S.A. (Cesmar) y Mutua de Seguros de Armadores de Buques de Pesca de España, Sociedad Mutua a Prima Fija (Mutuapesca), han presentado ante la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, solicitud de autorización administrativa para llevar a cabo la cesión global del activo y pasivo de Cesmar como sociedad cedente, en favor del único accionista de la misma, Mutuapesca, como sociedad cesionaria, con extinción por disolución sin liquidación de la cedente, y transmisión en bloque de todo su patrimonio por sucesión universal a la cesionaria.

En aplicación a lo dispuesto por los artículos 49 y 53 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, dicha operación constituye un supuesto especial de fusión por absorción de la entidad cedente Cesmar Seguros y Reaseguros, S.A., por la entidad cesionaria Mutua de Seguros de Armadores de Buques de Pesca de España, Sociedad Mutua a Prima Fija, como absorbente.

De la documentación que se adjunta a la solicitud formulada, se desprende que las entidades han dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 24 del mencionado texto refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, artículo 72 del Reglamento que lo desarrolla, aprobado por Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre, y en los artículos 81 y siguientes de la Ley 3/2009, de 3 de abril, para llevar a cabo la operación asimilada a la fusión.

En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones he resuelto:

Primero.–Autorizar la cesión global de activo y pasivo asimilada a la fusión por absorción de la entidad cedente Cesmar Seguros y Reaseguros, S.A., por la entidad cesionaria Mutua de Seguros de Armadores de Buques de Pesca de España, Sociedad Mutua a Prima Fija.

Segundo.–Declarar la extinción de la entidad cedente como absorbida Cesmar Seguros y Reaseguros, S.A., y la cancelación de su inscripción en el Registro administrativo de entidades aseguradas, una vez que se formalice en escritura pública y se inscriba en el Registro Mercantil la operación asimilada a la fusión.

Contra la presente Orden Ministerial que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo previsto en el artículo 109 de la Ley 30/1992, del 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Asimismo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11.1.a), 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 26 de julio de 2010.–La Vicepresidenta Segunda del Gobierno y Ministra de Economía y Hacienda, P.D. (Orden EHA/3923/2004, de 22 de octubre), el Secretario de Estado de Economía, José Manuel Campa Fernández.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Economía y Hacienda

Orden EHA/2269/2010, de 26 de julio, de autorización de la cesión global de activo y pasivo asimilada a la fusión por absorción de la entidad cedente Cesmar Seguros y Reaseguros SA por la entidad cesionaria Mutua de Seguros de Armadores de Buques de Pesca de España, Sociedad Mutua a Prima Fija, y de extinción de la entidad cedente como absorbida y cancelación de la inscripción de la misma en el Registro administrativo de entidades aseguradoras.

"Orden EHA/2269/2010, de 26 de julio, de autorización de la cesión global de activo y pasivo asimilada a la fusión por absorción de la entidad cedente Cesmar Seguros y Reaseguros SA por la entidad cesionaria Mutua de Seguros de Armadores de Buques de Pesca de España, Sociedad Mutua a Prima Fija, y de extinción de la entidad cedente como absorbida y cancelación de la inscripción de la misma en el Registro administrativo de entidades aseguradoras." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2010-13476 publicado el 27 agosto 2010

ID de la publicación: BOE-A-2010-13476
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 27 agosto 2010
Fecha Pub: 20100827
Fecha última actualizacion: 27 agosto, 2010
Numero BORME 208
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Economía y Hacienda
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 27 agosto 2010
Letra: A
Pagina de inicio: 74671
Pagina final: 74672




Publicacion oficial en el BOE número 208 - BOE-A-2010-13476


Publicacion oficial en el BOE-A-2010-13476 de Orden EHA/2269/2010, de 26 de julio, de autorización de la cesión global de activo y pasivo asimilada a la fusión por absorción de la entidad cedente Cesmar Seguros y Reaseguros SA por la entidad cesionaria Mutua de Seguros de Armadores de Buques de Pesca de España, Sociedad Mutua a Prima Fija, y de extinción de la entidad cedente como absorbida y cancelación de la inscripción de la misma en el Registro administrativo de entidades aseguradoras.


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