Orden EHA/3896/2005, de 28 de octubre, de revocación de la autorización administrativa para el ejercicio de la actividad aseguradora a la entidad Mutualidad de Previsión Social de los Colegios Oficiales de Arquitectos de las Comunidades de Aragón y de La Rioja.





Con fecha 22 de septiembre de 2005 la Mutualidad de Previsión Social de los Colegios Oficiales de Arquitectos de las Comunidades de Aragón y de la Rioja presenta certificación del acta de la asamblea general celebrada el 21 de junio de 2005 en la que se adoptó el acuerdo de solicitar a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones la revocación de la autorización administrativa concedida para otorgar la prestación de accidentes, única prestación que la entidad cubre, de acuerdo con lo previsto en el artículo 50 del Reglamento de mutualidades de previsión social aprobado por Real Decreto 1430/2002, de 27 de diciembre, y 26.1.a) del texto refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre. La citada entidad en el referido escrito al amparo de lo previsto en el artículo 26.1.a) del referido texto refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados por el que se dispone que el Ministro de Economía y Hacienda revocará la autorización administrativa concedida si la entidad aseguradora renuncia expresamente a ello, solicita la revocación de la autorización administrativa para otorgar la prestación de accidentes. En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones he resuelto declarar la revocación de la autorización administrativa para el ejercicio de la actividad aseguradora a la Mutualidad de Previsión Social de los Colegios Oficiales de Arquitectos de las Comunidades de Aragón y de La Rioja.






Orden del día 15 diciembre 2005

Con fecha 22 de septiembre de 2005 la Mutualidad de Previsión Social de los Colegios Oficiales de Arquitectos de las Comunidades de Aragón y de la Rioja presenta certificación del acta de la asamblea general celebrada el 21 de junio de 2005 en la que se adoptó el acuerdo de solicitar a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones la revocación de la autorización administrativa concedida para otorgar la prestación de accidentes, única prestación que la entidad cubre, de acuerdo con lo previsto en el artículo 50 del Reglamento de mutualidades de previsión social aprobado por Real Decreto 1430/2002, de 27 de diciembre, y 26.1.a) del texto refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre. La citada entidad en el referido escrito al amparo de lo previsto en el artículo 26.1.a) del referido texto refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados por el que se dispone que el Ministro de Economía y Hacienda revocará la autorización administrativa concedida si la entidad aseguradora renuncia expresamente a ello, solicita la revocación de la autorización administrativa para otorgar la prestación de accidentes. En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones he resuelto declarar la revocación de la autorización administrativa para el ejercicio de la actividad aseguradora a la Mutualidad de Previsión Social de los Colegios Oficiales de Arquitectos de las Comunidades de Aragón y de La Rioja.

Contra la presente Orden Ministerial, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo previsto en el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Asimismo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11.1.a), 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 28 de octubre de 2005.-El Ministro, P. D. (Orden EHA/3923/2004, de 22 de octubre, B.O.E. de 30-11-2004), el Secretario de Estado de Economía, David Vegara Figueras.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Economía y Hacienda

Orden EHA/3896/2005, de 28 de octubre, de revocación de la autorización administrativa para el ejercicio de la actividad aseguradora a la entidad Mutualidad de Previsión Social de los Colegios Oficiales de Arquitectos de las Comunidades de Aragón y de La Rioja.

"Orden EHA/3896/2005, de 28 de octubre, de revocación de la autorización administrativa para el ejercicio de la actividad aseguradora a la entidad Mutualidad de Previsión Social de los Colegios Oficiales de Arquitectos de las Comunidades de Aragón y de La Rioja." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2005-20604 publicado el 15 diciembre 2005

ID de la publicación: BOE-A-2005-20604
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 15 diciembre 2005
Fecha Pub: 20051215
Fecha última actualizacion: 15 diciembre, 2005
Numero BORME 299
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Economía y Hacienda
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 15 diciembre 2005
Letra: A
Pagina de inicio: 41005
Pagina final: 41005




Publicacion oficial en el BOE número 299 - BOE-A-2005-20604


Publicacion oficial en el BOE-A-2005-20604 de Orden EHA/3896/2005, de 28 de octubre, de revocación de la autorización administrativa para el ejercicio de la actividad aseguradora a la entidad Mutualidad de Previsión Social de los Colegios Oficiales de Arquitectos de las Comunidades de Aragón y de La Rioja.


Descargar PDF oficial BOE-A-2005-20604 AQUÍ



Dejar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *