Resolución de 12 de febrero de 2007, de la Dirección General de Fondos Comunitarios, por la que se procede a la cancelación y archivo de expediente de incentivos regionales.





A la empresa Sistemas Mecánicos Avanzados, Sociedad Limitada, titular del expediente CA/674/P08, por Orden del Ministerio de Economía de 14 de febrero de 2005, se le concedieron incentivos regionales de acuerdo con lo establecido en la Ley 50/1985, de 27 de diciembre y en la normativa de desarrollo. En la correspondiente resolución individual, que en su día fue debidamente aceptada, se fijaba el plazo de un año para acreditar la realización de, al menos, el 25% de las inversión aprobada (condición 2.5). Transcurrido el plazo señalado no se ha acreditado el cumplimiento de dicha condición, de acuerdo con la comunicación del órgano competente de la Comunidad Autónoma. En la instrucción del expediente se han observado las formalidades legales, habiéndose concedido a la empresa afectada el plazo preceptivo para el cumplimiento de los trámites de formulación de alegaciones y de audiencia previstos en el artículo 84 de la de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. De las actuaciones realizadas resulta probado que el titular del expediente CA/674/P08 no ha acreditado haber cumplido en tiempo y forma la obligación que contrajo en la aceptación de la correspondiente resolución individual. Vistos: La Ley 50/1985, de 27 de diciembre; los artículos 28.3, 31 y 33.1 del Real Decreto 1535/1987, de 11 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que desarrolla dicha Ley, modificado parcialmente por los Reales Decretos 897/1991, de 14 de junio, 302/1993, de 26 de febrero, 2315/1993, de 29 de diciembre y 78/1997, de 24 de enero; el Real Decreto 553/2004, de 17 de abril, y el Real Decreto 1552/2004, de 25 de junio, modificado por el Real Decreto 756/2005, de 24 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Economía y Hacienda; el apartado Segundo, punto 5, de la Orden Ministerial de 23 de mayo de 1994 y demás legislación aplicable al caso, así como los informes y demás documentación que obran en el expediente. Esta Dirección General Resuelve: Declarar al interesado en el citado expediente decaído en sus derechos, con la consiguiente pérdida de la subvención concedida y archivo del expediente, por no haber acreditado la realización de, al menos, el 25% de la inversión aprobada, dentro del plazo señalado. Debe publicarse la presente Resolución en el Boletín Oficial del Estado conforme a lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley 30/1992, todo ello sin perjuicio de efectuar la notificación de la misma al interesado.






Orden del día 19 marzo 2007

A la empresa Sistemas Mecánicos Avanzados, Sociedad Limitada, titular del expediente CA/674/P08, por Orden del Ministerio de Economía de 14 de febrero de 2005, se le concedieron incentivos regionales de acuerdo con lo establecido en la Ley 50/1985, de 27 de diciembre y en la normativa de desarrollo. En la correspondiente resolución individual, que en su día fue debidamente aceptada, se fijaba el plazo de un año para acreditar la realización de, al menos, el 25% de las inversión aprobada (condición 2.5). Transcurrido el plazo señalado no se ha acreditado el cumplimiento de dicha condición, de acuerdo con la comunicación del órgano competente de la Comunidad Autónoma. En la instrucción del expediente se han observado las formalidades legales, habiéndose concedido a la empresa afectada el plazo preceptivo para el cumplimiento de los trámites de formulación de alegaciones y de audiencia previstos en el artículo 84 de la de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. De las actuaciones realizadas resulta probado que el titular del expediente CA/674/P08 no ha acreditado haber cumplido en tiempo y forma la obligación que contrajo en la aceptación de la correspondiente resolución individual. Vistos: La Ley 50/1985, de 27 de diciembre; los artículos 28.3, 31 y 33.1 del Real Decreto 1535/1987, de 11 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que desarrolla dicha Ley, modificado parcialmente por los Reales Decretos 897/1991, de 14 de junio, 302/1993, de 26 de febrero, 2315/1993, de 29 de diciembre y 78/1997, de 24 de enero; el Real Decreto 553/2004, de 17 de abril, y el Real Decreto 1552/2004, de 25 de junio, modificado por el Real Decreto 756/2005, de 24 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Economía y Hacienda; el apartado Segundo, punto 5, de la Orden Ministerial de 23 de mayo de 1994 y demás legislación aplicable al caso, así como los informes y demás documentación que obran en el expediente. Esta Dirección General Resuelve: Declarar al interesado en el citado expediente decaído en sus derechos, con la consiguiente pérdida de la subvención concedida y archivo del expediente, por no haber acreditado la realización de, al menos, el 25% de la inversión aprobada, dentro del plazo señalado. Debe publicarse la presente Resolución en el Boletín Oficial del Estado conforme a lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley 30/1992, todo ello sin perjuicio de efectuar la notificación de la misma al interesado.

Contra la presente resolución el interesado podrá interponer recurso de alzada ante el Sr. Vicepresidente Segundo y Ministro de Economía y Hacienda, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de la notificación individual.

Madrid, 12 de febrero de 2007.-El Director General de Fondos Comunitarios, José Antonio Zamora Rodríguez.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Economía y Hacienda

Resolución de 12 de febrero de 2007, de la Dirección General de Fondos Comunitarios, por la que se procede a la cancelación y archivo de expediente de incentivos regionales.

"Resolución de 12 de febrero de 2007, de la Dirección General de Fondos Comunitarios, por la que se procede a la cancelación y archivo de expediente de incentivos regionales." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2007-5803 publicado el 19 marzo 2007

ID de la publicación: BOE-A-2007-5803
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 19 marzo 2007
Fecha Pub: 20070319
Fecha última actualizacion: 19 marzo, 2007
Numero BORME 67
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Economía y Hacienda
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 19 marzo 2007
Letra: A
Pagina de inicio: 11780
Pagina final: 11780




Publicacion oficial en el BOE número 67 - BOE-A-2007-5803


Publicacion oficial en el BOE-A-2007-5803 de Resolución de 12 de febrero de 2007, de la Dirección General de Fondos Comunitarios, por la que se procede a la cancelación y archivo de expediente de incentivos regionales.


Descargar PDF oficial BOE-A-2007-5803 AQUÍ



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