Resolución de 15 de septiembre de 2008, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se convocan las próximas subastas de liquidez.





Con objeto de facilitar la gestión de la tesorería del Estado, el apartado 8.1 de la Orden EHA/15/2008, de 10 de enero, autoriza a la Dirección General del Tesoro y Política Financiera a realizar operaciones de compraventas dobles, también denominadas simultáneas, que deberán adjudicarse a través de subastas convocadas periódicamente mediante Resolución, en la que se determinarán los requisitos que deben cumplir las entidades para formular peticiones y los valores de Deuda del Estado que podrán ser objeto de las operaciones. Asimismo, establece que podrán ser objeto de dichas operaciones los demás valores a que se refiere el artículo 108.2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, cuando así se determine en la Resolución por la que se convoque la subasta, en función de los altos saldos previstos en la cuenta del Tesoro Público en el Banco de España, la escasez de Deuda del Estado disponible en el mercado y/o que las circunstancias de mercado así lo recomienden. Por Resolución de 21 de junio de 2006, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, se ha hecho público el procedimiento por el que se realizan las subastas de liquidez que, como se ha indicado, tienen lugar de forma periódica, siendo necesario a este respecto convocar las siguientes subastas, que como es habitual tendrán carácter mensual, y establecer que valores de los previstos en el artículo 108.2 de la Ley 47/2003 podrán ser objeto de las citadas operaciones de compraventa, en los días en que así se determine por esta Dirección General. En razón de lo expuesto, y en virtud de la autorización concedida por la Orden EHA/15/2008, de 10 de enero, en su apartado 8.1, dispongo:






Orden del día 24 septiembre 2008

Con objeto de facilitar la gestión de la tesorería del Estado, el apartado 8.1 de la Orden EHA/15/2008, de 10 de enero, autoriza a la Dirección General del Tesoro y Política Financiera a realizar operaciones de compraventas dobles, también denominadas simultáneas, que deberán adjudicarse a través de subastas convocadas periódicamente mediante Resolución, en la que se determinarán los requisitos que deben cumplir las entidades para formular peticiones y los valores de Deuda del Estado que podrán ser objeto de las operaciones. Asimismo, establece que podrán ser objeto de dichas operaciones los demás valores a que se refiere el artículo 108.2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, cuando así se determine en la Resolución por la que se convoque la subasta, en función de los altos saldos previstos en la cuenta del Tesoro Público en el Banco de España, la escasez de Deuda del Estado disponible en el mercado y/o que las circunstancias de mercado así lo recomienden. Por Resolución de 21 de junio de 2006, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, se ha hecho público el procedimiento por el que se realizan las subastas de liquidez que, como se ha indicado, tienen lugar de forma periódica, siendo necesario a este respecto convocar las siguientes subastas, que como es habitual tendrán carácter mensual, y establecer que valores de los previstos en el artículo 108.2 de la Ley 47/2003 podrán ser objeto de las citadas operaciones de compraventa, en los días en que así se determine por esta Dirección General. En razón de lo expuesto, y en virtud de la autorización concedida por la Orden EHA/15/2008, de 10 de enero, en su apartado 8.1, dispongo:

Primero.-Se convocan las siguientes subastas de liquidez de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera:

Segundo.-Las subastas se realizarán conforme a lo indicado en la Resolución de 21 de junio de 2006, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se regulan las subastas de liquidez del Tesoro Público, y en la presente Resolución.

Valores de renta fija que dispongan de la máxima calificación crediticia de al menos una agencia de calificación reconocida por la Comisión Nacional del Mercado de Valores.

Los valores anteriores, así como los de la Deuda del Estado, deberán estar denominados en euros y anotados en los registros contables de la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S. A. Unipersonal, según se establece en el apartado quinto de la citada Resolución de 21 de junio de 2006.

Quinto.-De los valores a que se refiere el apartado anterior serán excluidos aquellos que, durante el periodo de adquisición temporal, tuviesen algún ejercicio de derechos económicos, tales como pagos de intereses, primas, amortizaciones u otros. No obstante, no serán excluidos, los Bonos y Obligaciones del Estado segregables que paguen cupón en el periodo mencionado.

Madrid, 15 de septiembre de 2008.-La Directora General del Tesoro y Política Financiera, Soledad Núñez Ramos.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Economía y Hacienda

Resolución de 15 de septiembre de 2008, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se convocan las próximas subastas de liquidez.

"Resolución de 15 de septiembre de 2008, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se convocan las próximas subastas de liquidez." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2008-15445 publicado el 24 septiembre 2008

ID de la publicación: BOE-A-2008-15445
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 24 septiembre 2008
Fecha Pub: 20080924
Fecha última actualizacion: 24 septiembre, 2008
Numero BORME 231
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Economía y Hacienda
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 24 septiembre 2008
Letra: A
Pagina de inicio: 38782
Pagina final: 38782




Publicacion oficial en el BOE número 231 - BOE-A-2008-15445


Publicacion oficial en el BOE-A-2008-15445 de Resolución de 15 de septiembre de 2008, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se convocan las próximas subastas de liquidez.


Descargar PDF oficial BOE-A-2008-15445 AQUÍ



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