Resolución de 30 de junio de 2010, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por promoción interna para personal funcionario de carrera y personal laboral fijo, en el Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública.





En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 406/2010 de 31 de marzo («Boletín Oficial de Estado» de 1 de abril) por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2010 y con el fin de atender las necesidades de personal de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Contenidos de la Ministerio de Economía y Hacienda Resolución de 30 de junio de 2010, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por promoción interna para personal funcionario de carrera y personal laboral fijo, en el Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública. del 20100710







Orden del día 10 julio 2010

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 406/2010 de 31 de marzo («Boletín Oficial de Estado» de 1 de abril) por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2010 y con el fin de atender las necesidades de personal de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Esta Presidencia, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 103.4 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre («Boletín Oficial del estado» del 28), de Presupuestos Generales del Estado para 1991, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública, Código 1135 H.

La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres, por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. la Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y lo previsto en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 4 de marzo de 2005, por el que se aprueba el Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado y se desarrollará de acuerdo con las siguientes:

Bases comunes

Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre (Boletín Oficial del Estado núm. 284 de 27 de noviembre de 2007), modificada por la Orden PRE/2061/2009, de 23 de julio (BOE de 30 de julio), por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o el acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado.

Bases específicas

1. Descripción de las plazas

Se convoca proceso selectivo para cubrir 20 plazas del Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública, Código 1135 H, por promoción interna.

Del total de estas plazas se reservarán 2, para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de minusvalía igual o superior al 33%.

En el supuesto de que alguno de los aspirantes con discapacidad que se hubiera presentado por el cupo de reserva superase los ejercicios, y no obtuviese plaza en el citado cupo, siendo su puntuación superior a la obtenida por otros aspirantes del sistema de acceso general, éste, será incluido por su orden de puntuación en el sistema de turno general por promoción interna.

Las plazas reservadas por turno de discapacidad que se queden desiertas, se acumularán a las del turno general por promoción interna.

De conformidad con lo previsto en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 4 de marzo de 2005 por el que se aprueba el Plan de igualdad de género en la Administración General del Estado, se hace constar que no existe infrarrepresentación de la mujer en el Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública.

2. Proceso selectivo

El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se especifican en el Anexo I de esta convocatoria.

Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera, previa petición de destino, mediante resolución de la Secretaría de Estado para la Función Pública, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», con indicación del destino adjudicado.

De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 27.6 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos (BOE de 23 de junio), los aspirantes que superen el proceso selectivo tendrán que solicitar destino utilizando exclusivamente medios electrónicos.

3. Programa

El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como Anexo II a esta convocatoria.

4. Requisitos de los candidatos

Los aspirantes que opten a ingresar en el Cuerpo objeto de esta convocatoria, deberán poseer al día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como funcionarios de carrera, además de los requisitos enumerados en el apartado Noveno de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre, los siguientes requisitos:

4.1 Nacionalidad: Ser español.

4.2 Pertenencia:

Como personal funcionario: Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado del Subgrupo C2, o a Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos, adscritos al Subgrupo C2, o a Cuerpos o Escalas del Subgrupo C2 del resto de los ámbitos incluidos en el artículo 2.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público con destino definitivo, estos últimos, en la Administración General del Estado.

Como personal laboral fijo: Pertenecer a las categorías de Jefe Ejecutivo, Agente Tributario, Agente Ejecutivo, u Oficial 1.º Administrativo del Grupo Profesional 3 del IV Convenio colectivo del personal laboral de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

4.3 Antigüedad:

Como personal funcionario: Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como funcionarios de carrera en Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado del Subgrupo C2, o en Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos, adscritos al Subgrupo C2, o en Cuerpos o Escalas del Subgrupo C2 del resto de los ámbitos incluidos en el artículo 2.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público con destino definitivo, estos últimos, en la Administración General del Estado.

Como personal laboral fijo: Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como personal laboral fijo en las categorías de Jefe Ejecutivo, Agente Tributario o Agente Ejecutivo u Oficial 1.º Administrativo del Grupo Profesional 3 del IV Convenio colectivo del personal laboral de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

4.4 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Bachiller o Técnico. Asimismo se estará a lo establecido en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación o, alternativamente, poseer una antigüedad de diez años en los Cuerpos o Escalas del Subgrupo C2 o de cinco años y haber superado el curso específico al que se refiere la disposición adicional novena del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación o convalidación en su caso. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.

4.5 Capacidad: Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que se deriven del puesto a desempeñar.

5. Solicitudes

5.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar, la solicitud de admisión a pruebas selectivas en el modelo oficial y realizar el pago de las correspondientes tasas. El modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas convocadas por la Agencia Estatal de Administración Tributaria y liquidación de la tasa de derechos de examen (modelo 791) que se encuentra a disposición de los interesados en la dirección de internet www.agenciatributaria.es («Empleo Público»).

5.2 La presentación de solicitudes se realizará por vía telemática, sin perjuicio de lo establecido en el apartado Duodécimo.2 de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre, en el plazo de veinte días naturales a partir del siguiente de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. La solicitud se dirigirá al Director General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

5.3 El pago de la tasa de derechos de examen se podrá realizar por vía telemática con certificado digital o personándose en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la gestión recaudatoria.

Los aspirantes quedan vinculados a los datos consignados en la solicitud, y una vez presentada esta, sólo podrán demandar su modificación mediante escrito motivado dentro del plazo establecido para la presentación de solicitudes.

5.4 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del Anexo IV.

Los aspirantes que por aplicación de lo previsto en la convocatoria anterior para los supuestos de embarazo de riesgo o parto, o acceso por el turno de reserva discapacidad, tuvieran derecho a conservar la puntuación de los ejercicios que hubieran superado en dicho proceso, deberán manifestar expresamente en su solicitud su derecho a reserva de las mismas, de acuerdo con las instrucciones señaladas en el Anexo IV de esta convocatoria.

5.5 En los supuestos que se señalan a continuación, deberá presentarse además con la solicitud la documentación que se determina en cada caso:

Comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen, en el caso que las solicitudes se suscriban en el extranjero.

La documentación que justifique la exención del pago de tasas de acuerdo con el punto 5 del apartado Duodécimo de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre.

La copia del título de familia numerosa actualizado cuando el aspirante que sea miembro de familia numerosa de categoría general.

La documentación prevista en el apartado Undécimo de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre para los aspirantes que tengan la condición de funcionarios españoles de Organismos Internacionales.

5.6 Los aspirantes que se presenten por cupo de reserva para personas con discapacidad podrán solicitar las necesidades específicas de adaptación y ajuste de tiempo y medios que consideren oportunas, de acuerdo a lo establecido en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos.

5.7 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

5.7 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

5.8. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

6. Tribunal

6.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como Anexo III a esta convocatoria.

6.2 Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinente.

6.3 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones vigentes.

El Tribunal velará, de acuerdo con lo previsto en el artículo 14 de la Constitución Española, por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre sexos.

6.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Departamento de Recursos Humanos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sito en la calle Lérida, n.º 32-34, 28020 Madrid.

Las consultas sobre el proceso selectivo se podrán realizar a través del correo electrónico [email protected], sin que este correo tenga la consideración de Registro Telemático.

7. Fomento de la promoción interna

7.1 Los aspirantes pertenecientes a Cuerpos o Escalas del Subgrupo C2 y el personal laboral perteneciente a las categorías de Jefe Ejecutivo, Agente Tributario, Agente Ejecutivo u Oficial 1.º Administrativo del Grupo Profesional 3 del IV Convenio colectivo del personal laboral de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, destinados o con reserva de puesto en la Agencia Estatal de Administración Tributaria, que superen el ejercicio de la fase oposición y que no superen el proceso selectivo, quedarán exentos de realizar el ejercicio de la fase oposición en las dos convocatorias inmediatas siguientes de las mismas características, esto es, de ejercicio análogo en contenido y en forma de calificación; computándose con una puntuación equivalente a la obtenida.

No obstante lo anterior, si los aspirantes optan por realizar las pruebas selectivas de la que hubieran quedado exentos, quedará sin efecto el resultado obtenido en la anterior fase de oposición.

7.2 En todo caso, los aspirantes exentos de realizar el ejercicio de la fase oposición deberán presentar la solicitud de participación en el proceso selectivo correspondiente, así como el certificado de méritos.

Los aspirantes que por aplicación de la base de Fomento de la Promoción Interna de las convocatorias anteriores, estén exentos de realizar el ejercicio de la oposición deberán manifestar su derecho a reserva expresamente en su solicitud, de acuerdo con las instrucciones señaladas en el Anexo IV de esta convocatoria.

8. Norma adicional

La Resolución de convocatoria y las bases de este proceso selectivo, así como los actos que deriven de su ejecución, se incluirán en la dirección de Internet www.agenciatributaria.es («Empleo Público»), así como en la página web www.060.es.

9. Norma final

Al presente proceso selectivo le serán de aplicación La Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 30/1984, de 2 de agosto; el R. D. 364/1995, de 10 de marzo; el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.

Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Presidente de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Madrid, 30 de junio de 2010.–El Presidente de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, P.D. (Resolución de 24 de junio de 1999), el Director General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, Juan Manuel López Carbajo.

ANEXO I

Descripción del proceso selectivo

El proceso selectivo constará de las siguientes fases:

Fase de oposición.

Fase de concurso.

Fase de oposición

Estará formada por un único ejercicio que constará de dos partes que a continuación se indican, siendo ambas obligatorias y eliminatorias. Ambas partes se podrán realizar en una sesión o en sesiones independientes.

Primera parte:

Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 100 preguntas de respuesta múltiple sobre las materias contenidas en el programa que figura como Anexo II a la presente convocatoria.

Para cada pregunta se propondrán diversas respuestas, siendo sólo una de ellas la correcta. Los aspirantes marcarán las contestaciones en la correspondiente hoja de examen. Las respuestas incorrectas serán penalizadas.

La duración máxima de esta prueba será de sesenta minutos.

Los aspirantes que pertenezcan al Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado (Código 1146) y estén en posesión de la especialidad de Administración Tributaria y los aspirantes que pertenezcan a las categorías de Jefe Ejecutivo, Agente Tributario y Agente Ejecutivo del Grupo Profesional 3 del IV Convenio colectivo del personal laboral de la Agencia Estatal de Administración Tributaria -forma de acceso «A»- estarán exentos de la realización de la primera parte.

Los aspirantes que pertenezcan al Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado (Código 1146) o a la categoría de Oficial 1.º Administrativo del Grupo profesional 3 del IV Convenio colectivo del personal laboral de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, así como los aspirantes que pertenezcan a Cuerpos o Escalas del Subgrupo C2 a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias y estén destinados o tengan un puesto de trabajo reservado en la Agencia Estatal de Administración Tributaria, –forma de acceso «B»– estarán exentos de las partes del primer ejercicio correspondientes a «Organización del Estado y de la Administración Pública» y «Derecho Administrativo General». El cuestionario para estos aspirantes será de 60 preguntas y la duración máxima del ejercicio de será de 40 minutos.

Segunda parte:

Consistirá en contestar por escrito un supuesto teórico-práctico relacionado con los epígrafes IV «Inspección y Gestión Tributaria» y V «Recaudación Tributaria» del programa con objeto de valorar los conocimientos teóricos del candidato, así como las aptitudes para la solución de las cuestiones planteadas. El ejercicio deberá escribirse de tal modo que permita su lectura por cualquier miembro del Tribunal, evitando la utilización de abreviaturas o signos no usuales en el lenguaje escrito.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de dos horas treinta minutos.

1. Valoración del ejercicio:

La calificación del ejercicio se realizará de la forma siguiente:

Primera parte: En esta prueba los opositores serán declarados aptos o no aptos, siendo necesario obtener la calificación de apto para acceder a la segunda parte.

Segunda parte: Se calificará de cero a 60 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 30 puntos para superarla.

Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes y debiendo realizarse antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo. La resolución del proceso deberá ajustarse a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal.

A las personas que participen por el turno de reserva de discapacidad que superen el ejercicio en el mismo proceso, se les conservará la puntuación obtenida en la convocatoria inmediata siguiente, siempre y cuando ésta sea análoga en el contenido y forma de calificación.

Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de aquellas pruebas o ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo Internacional correspondiente.

En todo caso, los aspirantes exentos de realizar algún ejercicio deberán presentar la solicitud de participación en el proceso selectivo correspondiente.

Fase de concurso

1. Certificado de requisitos y méritos.

Finalizada la oposición, los aspirantes que la hubieran superado dispondrán de un plazo de 20 días naturales para presentar el certificado de requisitos y méritos previsto en los Anexos V y VI, para personal funcionario y personal laboral respectivamente, de esta convocatoria, debidamente expedido por los servicios de personal del Ministerio u Organismo donde presten o hayan prestado sus servicios, de conformidad con los previsto en el apartado Decimosexto de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre.

Acreditación de requisitos: el certificado habrá de contener la acreditación, en los términos previstos en los apartados 4.2 y 4.3 de esta convocatoria, de que pertenece, como funcionario de carrera, a alguno de los Cuerpos o Escalas del Subgrupo C2 incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 7/2007 de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, o como personal laboral fijo: a las categorías de Jefe Ejecutivo, Agente Tributario, Agente Ejecutivo, u Oficial 1.º Administrativo del Grupo Profesional 3 del IV Convenio colectivo del personal laboral de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Igualmente, contendrá la acreditación de haber prestado servicios efectivos durante al menos dos años, como funcionario de carrera en dichos Cuerpos Escalas, o como personal laboral fijo en las citadas categorías.

Valoración concurso:

Personal funcionario:

a) Antigüedad: Se valorará la antigüedad del funcionario, hasta la fecha de publicación de esta convocatoria, en Cuerpos o Escalas incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 7/2007, de 12 de abril, teniendo en cuenta los servicios efectivos prestados y reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, a razón de 1,5 puntos por año completo de servicios, hasta un máximo de 28 puntos.

b) Grado personal consolidado y formalizado: Según el grado personal que se tenga consolidado el día de publicación de esta convocatoria y formalizado en la Administración General del Estado a través del acuerdo de reconocimiento de grado por la autoridad competente hasta la fecha de finalización del plazo de presentación del certificado a que se refiere el apartado decimosexto de las bases comunes, se otorgará la siguiente puntuación:

Grado 14 e inferiores: 10 puntos.

Grado 15 y 16: 12 puntos.

Grado 17 y 18: 14 puntos.

Asimismo, se otorgará diez puntos a aquellos funcionarios que en la fecha de publicación de la convocatoria) no tengan ningún grado consolidado y formalizado en la Administración General del Estado, y hayan prestado servicios efectivos en la misma, como funcionario de carrera, durante al menos 2 años.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Economía y Hacienda

Resolución de 30 de junio de 2010, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por promoción interna para personal funcionario de carrera y personal laboral fijo, en el Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública.

"Resolución de 30 de junio de 2010, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por promoción interna para personal funcionario de carrera y personal laboral fijo, en el Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2010-10967 publicado el 10 julio 2010

ID de la publicación: BOE-A-2010-10967
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 2
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 10 julio 2010
Fecha Pub: 20100710
Fecha última actualizacion: 10 julio, 2010
Numero BORME 167
Seccion: 2
Departamento: Ministerio de Economía y Hacienda
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 10 julio 2010
Letra: A
Pagina de inicio: 60692
Pagina final: 60706




Publicacion oficial en el BOE número 167 - BOE-A-2010-10967


Publicacion oficial en el BOE-A-2010-10967 de Resolución de 30 de junio de 2010, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por promoción interna para personal funcionario de carrera y personal laboral fijo, en el Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública.


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