Resolución de 8 de noviembre de 2005, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se acuerda la publicación de las cuentas anuales del ejercicio 2004.





La Orden EHA/777/2005, de 21 de enero, por la que se regula la obtención, formulación, aprobación y rendición de las cuentas anuales para las entidades estatales de derecho público a las que sea de aplicación la Instrucción de Contabilidad para la Administración Institucional del Estado, establece en su apartado tercero, la obligatoriedad de publicar en el Boletín Oficial del Estado, en el plazo de un mes, contado desde la fecha en que la Intervención General de la Administración del Estado presente las respectivas cuentas anuales ante el Tribunal de Cuentas, el «Resumen de las cuentas anuales» al que se refiere al punto 1.2 del apartado Segundo de dicha Orden, esto es: III. Balance.






Orden del día 16 diciembre 2005

La Orden EHA/777/2005, de 21 de enero, por la que se regula la obtención, formulación, aprobación y rendición de las cuentas anuales para las entidades estatales de derecho público a las que sea de aplicación la Instrucción de Contabilidad para la Administración Institucional del Estado, establece en su apartado tercero, la obligatoriedad de publicar en el Boletín Oficial del Estado, en el plazo de un mes, contado desde la fecha en que la Intervención General de la Administración del Estado presente las respectivas cuentas anuales ante el Tribunal de Cuentas, el «Resumen de las cuentas anuales» al que se refiere al punto 1.2 del apartado Segundo de dicha Orden, esto es: III. Balance.

III. Cuenta del resultado económico-patrimonial. III. Estado de liquidación del Presupuesto, tanto de Ingresos como de Gastos. IV. Memoria sobre organización.

Es por ello por lo que esta Dirección acuerda la publicación en el Boletín Oficial del Estado del resumen de las cuentas anuales correspondientes al ejercicio 2004 y que figuran como anexo a esta Resolución.

IV. MEMORIA

Organización

El artículo 103 de la Ley 31/90, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991, crea, integrado en las Administraciones Públicas Centrales y adscrito al Ministerio de Economía y Hacienda a través de la Secretaría de Estado de Hacienda, el Ente Público, de los previstos en el artículo 6.5. de la Ley General Presupuestaria, «Agencia Estatal de Administración Tributaria».

La Agencia Tributaria es la organización administrativa responsable, en nombre y por cuenta del Estado, de la aplicación efectiva del sistema tributario estatal y del aduanero, y de aquellos recursos de otras Administraciones y Entes Públicos nacionales o de la Unión Europea cuya gestión se le encomiende por Ley o por Convenio. Le corresponde desarrollar las actuaciones administrativas necesarias para que el sistema tributario estatal y el aduanero se apliquen con generalidad y eficacia a todos los obligados tributarios, mediante los procedimientos de gestión, inspección y recaudación tanto formal como material, que minimicen los costes indirectos derivados de las exigencias formales necesarias para el cumplimiento de las obligaciones tributarias. La Agencia Tributaria gestiona los tributos cedidos de las Comunidades Autónomas cuando dicha competencia se atribuya a la Administración del Estado por las correspondientes leyes de cesión. Por último, corresponde a la Agencia, en el ámbito de sus competencias desarrollar los mecanismos de coordinación y colaboración con las Instituciones Comunitarias, las Administraciones Tributarias de los países miembros de la Unión Europea y con las otras Administraciones Tributarias nacionales o extranjeras que resulten necesarias para una eficaz gestión de los sistemas tributarios nacional y aduanero en su conjunto. Los órganos rectores de la Agencia Tributaria son el Presidente, cargo que actualmente recae en el Secretario de Estado de Hacienda y Presupuestos y el Director General, con rango de Subsecretario. El Consejo Superior de Dirección de la Agencia, creado por Ley 21/2001, de 27 de diciembre, actúa como órgano de asesoramiento del Presidente y como órgano de participación de las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía en la Agencia. Dicho órgano, con importantes funciones de informe, propuesta y asesoramiento, recogidos en el artículo 63 de la citada Ley 21/2001, es presidido por el Presidente de la Agencia y cuenta entre sus miembros con seis representantes de las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía que a tal efecto son designados por el Consejo de Política Fiscal y Financiera de las Comunidades Autónomas. Sin perjuicio de las competencias del Consejo Superior de Dirección de la Agencia, son órganos de participación de las Comunidades y Ciudades con Estatuto de Autonomía en la Agencia:

a) En el ámbito central, la Comisión Mixta de Coordinación de la Gestión Tributaria.

b) En el ámbito territorial, los Consejos Territoriales de Dirección de la Gestión Tributaria. Su composición y funciones son las establecidas en los artículos 64 y 65 de la citada Ley 21/2001. El Comité Permanente de Dirección, creado por Resolución de 19 de febrero de 1997, de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, es un órgano consultivo, integrado por todos los Directores de los Departamentos de la misma, los Directores de los Servicios, los Jefes de Gabinete del Secretario de Estado de Hacienda y Presupuestos y del Director General de la Agencia y el Delegado de la Agencia de Madrid, bajo la presidencia del Presidente de la Agencia o en su ausencia, de su Director General. Se someterán a la deliberación y asesoramiento de dicho Comité todos los proyectos y decisiones que considere oportuno el Presidente o el Director General. La organización de la Agencia Tributaria durante el ejercicio de referencia, responde al siguiente esquema derivado de la Orden de 11 de Julio de 1997, por la que se modifica la estructura de los Servicios Centrales del Ente Público:

En cuanto a la organización contable, las competencias en esta materia están atribuidas al Departamento de Recursos Humanos y Administración Económica, a través de la Dirección Adjunta de Administración Económica y concretamente en lo que se refiere a la contabilidad de la gestión económico-financiera y presupuestaria interna del Ente Público, son ejercidas por la Subdirección General de Contabilidad y por las Unidades Regionales Económico-Financieras integradas en las Delegaciones Especiales de la Agencia, que actúan como centros contables, en el ámbito central y territorial, respectivamente.

Corresponde al Departamento de Recursos Humanos y Administración Económica la elaboración de las Cuentas Anuales de la Agencia que son rendidas al Tribunal de Cuentas por el Presidente de la misma, como cuentadante.

Reparto de beneficios

El resultado económico patrimonial del ejercicio 2004 es positivo por importe de 37.143.845,40 euros.

La Dirección Adjunta de Administración Económica, propone que este resultado se destine a incrementar el patrimonio del Ente, por lo que el Presidente de la Agencia acuerda, al firmar las presentes Cuentas Anuales, la siguiente distribución de resultados:

Base de reparto: Resultado del ejercicio 2004. Importe: 37.143.845,40 euros.

Distribución:

Patrimonio. Importe: 37.143.845,40 euros.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Economía y Hacienda

Resolución de 8 de noviembre de 2005, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se acuerda la publicación de las cuentas anuales del ejercicio 2004.

"Resolución de 8 de noviembre de 2005, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se acuerda la publicación de las cuentas anuales del ejercicio 2004." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2005-20735 publicado el 16 diciembre 2005

ID de la publicación: BOE-A-2005-20735
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 16 diciembre 2005
Fecha Pub: 20051216
Fecha última actualizacion: 16 diciembre, 2005
Numero BORME 300
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Economía y Hacienda
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 16 diciembre 2005
Letra: A
Pagina de inicio: 41211
Pagina final: 41216




Publicacion oficial en el BOE número 300 - BOE-A-2005-20735


Publicacion oficial en el BOE-A-2005-20735 de Resolución de 8 de noviembre de 2005, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se acuerda la publicación de las cuentas anuales del ejercicio 2004.


Descargar PDF oficial BOE-A-2005-20735 AQUÍ



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