Orden ECI/3421/2005, de 28 de septiembre, por la que se conceden subvenciones a entidades privadas sin fines de lucro radicadas en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación y Ciencia, para la realización de actividades en el marco de la educación de personas adultas, para el curso 2005/2006.





De conformidad con la Orden ECI/1786/2005, de 19 de mayo, (BOE del 14 de junio), por la que se convocaron subvenciones a entidades privadas sin fines de lucro para la realización de actividades en el marco de la educación de personas adultas, examinada la propuesta elaborada por la Comisión seleccionadora prevista en el apartado quinto de la Orden y de acuerdo con lo preceptuado en el apartado octavo de la referida Orden, he resuelto:






Orden del día 03 noviembre 2005

De conformidad con la Orden ECI/1786/2005, de 19 de mayo, (BOE del 14 de junio), por la que se convocaron subvenciones a entidades privadas sin fines de lucro para la realización de actividades en el marco de la educación de personas adultas, examinada la propuesta elaborada por la Comisión seleccionadora prevista en el apartado quinto de la Orden y de acuerdo con lo preceptuado en el apartado octavo de la referida Orden, he resuelto:

Primero.-Conceder a las entidades privadas que se relacionan, en el Anexo, las subvenciones cuyas cuantías se señalan en el referido anexo y cuyo importe se abonará con cargo a la aplicación presupuestaria 18.10.322H.480.01, del presupuesto de gastos del Ministerio de Educación y Ciencia.

Segundo.-1. De conformidad con lo previsto en el apartado noveno de la convocatoria, el importe de las subvenciones que se conceden por la presente Orden, se hará efectivo anticipadamente a las correspondientes entidades privadas beneficiarias. 2. Previamente éstas deberán constituir, a disposición de la Dirección General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa, una garantía equivalente al 25 por ciento del importe de la subvención concedida. Dicha garantía habrá de constituirse en la Caja General de Depósitos o en sus sucursales, en cualquiera de las modalidades previstas en el Real Decreto 161/1997, de 7 de febrero (BOE del 25), que aprueba el Reglamento de la Caja General de Depósitos, y con los requisitos establecidos en el mismo para dichas garantías, disponiendo para ello de un plazo máximo de quince días a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del Estado. Tercero.-El importe de las subvenciones se destinará íntegramente a financiar el coste de la actividad para la que se solicitó su concesión. Cuarto.-1. A efectos de justificar la correcta utilización de la subvención concedida, las entidades beneficiarias deberán presentar la documentación a que se hace referencia en el apartado décimo de la Orden de convocatoria de fecha 19 de mayo de 2005 (BOE de 1 de junio), antes del 30 de junio de 2006. 2. Esta documentación, por duplicado (ejemplar original y copia o fotocopia), se presentará, si se trata de Entidades radicadas en territorio de Ceuta y Melilla, ante la Dirección Provincial correspondiente, que la remitirá junto con el informe del Servicio de Inspección Técnica de Educación en el que se evalúen las acciones realizadas, a la Dirección General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa y en el supuesto de las restantes Entidades, directamente ante la Dirección General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa, acompañada de informe de la Consejería de Educación correspondiente, en el que se evalúen las acciones realizadas. 3. La Dirección General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa realizará las comprobaciones que estime pertinentes para asegurar que los servicios se prestan conforme a los proyectos presentados.

Madrid, 28 de septiembre de 2005.-La Ministra, P. D. (Orden ECI/87/2005, de 14 de enero), el Director general de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa. D. José Luis Pérez Iriarte

Sres. Directores generales de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa y de Cooperación Territorial y Alta Inspección.

ANEXO I



Datos oficiales del departamento Ministerio de Educación y Ciencia

Orden ECI/3421/2005, de 28 de septiembre, por la que se conceden subvenciones a entidades privadas sin fines de lucro radicadas en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación y Ciencia, para la realización de actividades en el marco de la educación de personas adultas, para el curso 2005/2006.

"Orden ECI/3421/2005, de 28 de septiembre, por la que se conceden subvenciones a entidades privadas sin fines de lucro radicadas en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación y Ciencia, para la realización de actividades en el marco de la educación de personas adultas, para el curso 2005/2006." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2005-18144 publicado el 03 noviembre 2005

ID de la publicación: BOE-A-2005-18144
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 03 noviembre 2005
Fecha Pub: 20051103
Fecha última actualizacion: 24 octubre, 2019
Numero BORME 263
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Educación y Ciencia
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 03 noviembre 2005
Letra: A
Pagina de inicio: 36098
Pagina final: 36099




Publicacion oficial en el BOE número 263 - BOE-A-2005-18144


Publicacion oficial en el BOE-A-2005-18144 de Orden ECI/3421/2005, de 28 de septiembre, por la que se conceden subvenciones a entidades privadas sin fines de lucro radicadas en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación y Ciencia, para la realización de actividades en el marco de la educación de personas adultas, para el curso 2005/2006.


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