Orden ECI/653/2005, de 7 de febrero, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación MAPOMA y del Deporte Popular.





Examinado el expediente incoado a instancia de don Pedro Rumbao Castillo, solicitando la inscripción de la Fundación MAPOMA y del Deporte Popular, en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación y Ciencia, según lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, en el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 316/1996, de 23 de febrero (BOE de 6 de marzo) y en el Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo (BOE del 29).






Orden del día 17 marzo 2005

Examinado el expediente incoado a instancia de don Pedro Rumbao Castillo, solicitando la inscripción de la Fundación MAPOMA y del Deporte Popular, en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación y Ciencia, según lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, en el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 316/1996, de 23 de febrero (BOE de 6 de marzo) y en el Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo (BOE del 29).

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.-La Fundación anteriormente citada fue constituida por don Mauricio Blanco Villen, don Pedro Rumbao Castillo, don Rafael Pardo Correcher y la Agrupación «Asociación Deportiva Maratón Popular de Madrid (MAPOMA)», en Madrid, el 29 de septiembre de 2004, según consta en la escritura pública número tres mil ochocientos ochenta y cuatro, otorgada ante el notario del Ilustre Colegio de Madrid, don José Grau Linares. Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.-El domicilio de la Fundación quedó establecido en Madrid, calle Linneo, número 10, y su ámbito es estatal. Tercero. Dotación.-Se estableció como dotación de la Fundación la cantidad de treinta mil euros (30.000 euros). La dotación consistente en dinero, ha sido inicialmente desembolsada en un 25 por 100, mediante la aportación de la cantidad de siete mil quinientos euros (7.500 euros) ingresada en entidad bancaria, y el resto será desembolsado por los fundadores en un plazo no superior a cinco años. Cuarto. Fines de la Fundación.-En los Estatutos que han de regir la Fundación, incorporados a la escritura de constitución a que se refiere el antecedente de hecho primero, figuran como fines de la Fundación los siguientes: El fomento del deporte popular persiguiendo como fines principales el impulso de la actividad deportiva como causa generadora de hábitos favorecedores de la salud y bienestar social y de fomento de la solidaridad; la práctica deportiva como elemento fundamental del sistema educativo, sanitario y de la calidad de vida; la participación y total integración en la sociedad de los colectivos menos favorecidos, y de los disminuidos físicos, psíquicos y sensoriales; promoción activa y participativa ciudadana en el deporte como elemento determinante en la utilización del tiempo de ocio en la sociedad contemporánea y su implantación como factor corrector de desequilibrios sociales que contribuye a la igualdad entre los ciudadanos. Quinto. Patronato.-El gobierno, representación y administración de la Fundación se encomienda a un Patronato, cuyos miembros ejercerán sus cargos de Patrono gratuitamente y que se obliga a la rendición de cuentas al Protectorado. Inicialmente, el Patronato queda constituido por: Presidente, don Mauricio Blanco Villen; Vicepresidente, la Agrupación Asociación Deportiva Maratón Popular de Madrid (MAPOMA), representada por don Guillermo Jesús Jiménez Ramos, en su condición de Presidente actual de la Junta Directiva de la Asociación; Secretario, don Rafael Pardo Correcher, y Vocal-Tesorero, don Pedro Rumbao Castillo. En la escritura de constitución consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Primero.-Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones. El Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 316/1996, de 23 de febrero (BOE de 6 de marzo). El Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo (BOE de 29 de marzo). La Orden de la Ministra de Educación y Ciencia, de 14 de enero de 2005 (BOE del 28), en virtud de la cual se delegan en el Secretario General Técnico del Departamento las competencias relativas al Protectorado de Fundaciones que corresponden al mismo.

Segundo.-Según los artículos 35.1 de la Ley 50/2002 y 3.1 del Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia dotacional, procediendo, en este caso, un pronunciamiento favorable al respecto.

Tercero.-Según las Disposiciones Transitorias cuarta de la Ley de Fundaciones y única del Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal, hasta tanto no entre en funcionamiento dicho Registro, subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de la Fundación MAPOMA y del Deporte Popular en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación y Ciencia.

Por todo lo cual, este Ministerio ha dispuesto:

Acordar la inscripción en el Registro de Fundaciones del Departamento de la denominada Fundación MAPOMA y del Deporte Popular, de ámbito estatal, con domicilio en Madrid, calle Linneo, número 10, así como del Patronato cuya composición figura en el quinto de los antecedentes de hecho.

Notifíquese a los interesados a los efectos previstos en el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 7 de febrero de 2005.-P. D. (Orden ECI/87/2005, de 14 de enero, BOE del 28), el Secretario general técnico, Javier Díaz Malledo.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Educación y Ciencia

Orden ECI/653/2005, de 7 de febrero, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación MAPOMA y del Deporte Popular.

"Orden ECI/653/2005, de 7 de febrero, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación MAPOMA y del Deporte Popular." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2005-4480 publicado el 17 marzo 2005

ID de la publicación: BOE-A-2005-4480
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 17 marzo 2005
Fecha Pub: 20050317
Fecha última actualizacion: 17 marzo, 2005
Numero BORME 65
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Educación y Ciencia
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 17 marzo 2005
Letra: A
Pagina de inicio: 9463
Pagina final: 9464




Publicacion oficial en el BOE número 65 - BOE-A-2005-4480


Publicacion oficial en el BOE-A-2005-4480 de Orden ECI/653/2005, de 7 de febrero, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación MAPOMA y del Deporte Popular.


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