Resolución de 16 enero de 2007, del Instituto Geológico y Minero de España, por la que se publica el Convenio específico de colaboración con la Consejería de Presidencia, Ordenación del Territorio y Urbanismo de la Comunidad Autónoma de Cantabria para la realización de Cartografía Temática y Geomorfológica.





El Instituto Geológico y Minero de España (IGME) y el Gobierno de Cantabria, a través de la Consejería de Presidencia, ordenación del Territorio y Urbanismo, han formalizado, con fecha 26 de diciembre de 2006, un Convenio específico de colaboración entre el Gobierno de Cantabria, a través de la Consejería de Presidencia, Ordenación del Territorio y Urbanismo y el Instituto Geológico y Minero de España (IGME) para la realización de Cartografía Temática y Geomorfológica».






Orden del día 12 marzo 2007

El Instituto Geológico y Minero de España (IGME) y el Gobierno de Cantabria, a través de la Consejería de Presidencia, ordenación del Territorio y Urbanismo, han formalizado, con fecha 26 de diciembre de 2006, un Convenio específico de colaboración entre el Gobierno de Cantabria, a través de la Consejería de Presidencia, Ordenación del Territorio y Urbanismo y el Instituto Geológico y Minero de España (IGME) para la realización de Cartografía Temática y Geomorfológica».

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación del citado convenio en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 16 de enero de 2007.-El Director del Instituto Geológico y Minero de España.-José Pedro Calvo Sorando.

CONVENIO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN ENTRE EL GOBIERNO DE CANTABRIA, A TRAVÉS DE LA CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y URBANISMO, Y EL INSTITUTO GEOLÓGICO Y MINERO DE ESPAÑA (IGME) PARA LA REALIZACIÓN DE CARTOGRAFÍA TEMÁTICA GEOLÓGICA Y GEOMORFOLÓGICO

En Santander, a 26 de diciembre de 2006.

REUNIDOS

De una parte, el Excmo. Sr. D. José Vicente Mediavilla Cabo, Consejero de Presidencia, Ordenación del Territorio y Urbanismo, en nombre y representación del Gobierno de Cantabria, con sede en c/ Peña Herbosa 29, 39004 Santander, en virtud de su nombramiento por el Decreto de Cantabria 53/2003, de 3 de julio, y expresamente autorizado para suscribir el presente Convenio por acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 16 de noviembre de 2006.

De otra parte, el Sr. D. Miguel Ángel Quintanilla Fisac, Secretario de Estado de Universidades e Investigación del Ministerio de Educación y Ciencia, nombrado para dicho cargo por el Real Decreto 567/2006, de 5 de mayo, actuando en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas como Presidente del Instituto Geológico y Minero de España, en adelante Igme, según le previene el Real Decreto 1553/2004 de 25 de junio por el que se establece la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación y Ciencia. Comparecen en nombre y representación de las instituciones de las que respectivamente son titulares y se reconocen, de modo recíproco, capacidad para formalizar el presente Convenio, a cuyo efecto,

EXPONEN

Primero.-Que se atribuye a la Administración General del Estado la competencia sobre el fomento y la coordinación general de la investigación científica y técnica (artículo 149.1.15 de la Constitución) en conformidad con el interés general que obliga a todos los poderes públicos (artículo 44.2 de la Constitución). Por otra parte, los distintos Estatutos de Autonomía han ido asumiendo competencias en esta materia al amparo del artículo 148.1.17 de la Constitución, para cada una de las Comunidades Autónomas, y así el Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Cantabria tiene competencia exclusiva, según el artículo 24.3 sobre Ordenación del territorio y del litoral, urbanismo y vivienda.

Segundo.-Que la Comunidad Autónoma de Cantabria tiene atribuida la competencia exclusiva en materia de ordenación del territorio y urbanismo, en virtud del artículo 24.3 del Estatuto de Autonomía para Cantabria. Asimismo, dentro de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria la Consejería de Presidencia, Ordenación del Territorio y Urbanismo tiene atribuida específicamente la competencia de cartografía de la Comunidad Autónoma en virtud del artículo 7.2.7.º del Decreto 87/2003, de 14 de julio, y realiza las tareas técnicas de desarrollo de la información cartográfica en su ámbito de competencia, la planificación y producción de su cartográfica básica, derivada y temática, así como la expedición y venta del correspondiente material cartográfico y de la colaboración con cuantas entidades dispongan de base territorial gráfica de aplicación general. Tercero.-Que el Gobierno de Cantabria requiere diversa cartografía temática, a escala 1:25.000, entre la que se encuentran los mapas geológicos y geomorfológicos, con el fin de servir de instrumento para la ejecución de una adecuada ordenación territorial. Cuarto.-Que el Igme está adscrito al Ministerio de Educación y Ciencia según Real Decreto 1553/2004, de 25 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación y Ciencia, y configurado como Organismo Público de Investigación con naturaleza de organismo autónomo por la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado en virtud de lo dispuesto en el art. 61 de la Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social. Que son funciones del Igme, según el artículo 3.º del Real Decreto 1953/2000, de 1 de diciembre:

a) El estudio, investigación, análisis y reconocimiento en el campo de las Ciencias y Tecnologías de la Tierra.

b) La creación de infraestructuras del conocimiento. c) La información, la asistencia técnico-científica y el asesoramiento a las Administraciones Públicas, agentes económicos y a la sociedad en general, en geología, hidrogeología, ciencias geoambientales, recursos geológicos y minerales. d) Las relaciones interdisciplinares con otras áreas del saber, contribuyendo al mejor conocimiento del territorio y de los procesos que lo configuran y modifican, al aprovechamiento sostenido de sus recursos y a la conservación del patrimonio geológico e hídrico. e) Elaborar y ejecutar los presupuestos de I+D y de desarrollo de infraestructuras de conocimiento en programas nacionales e internacionales, en el ámbito de sus competencias.

Quinto.-Que el Igme contempla la actualización, de forma selectiva, del Mapa Geológico Nacional a escala 1:50.000 (Magna), otorgando prioridad a las áreas con mayor demanda y donde la antigüedad de la publicación es mayor, por lo que o bien se encuentran agotadas o presentan importantes obsolescencias en sus contenidos.

Sexto.-Que ambas partes coinciden en el interés de coordinar los objetivos de ambas Administraciones y aunar esfuerzos, dentro de sus respectivas posibilidades presupuestarias, en la realización de las citadas cartografías en el ámbito del territorio cántabro, por lo que, en cumplimiento de sus respectivas funciones, acuerdan suscribir este Convenio, con sujeción a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del Convenio.-El objeto de este Convenio es la realización por parte del Igme, y de manera cofinanciada por las partes, de los siguientes trabajos:

1) Elaboración de Mapas Geológicos a escala 1:25.000 de toda la superficie de Cantabria según la distribución del Mapa Topográfico Nacional (Mtn), en la parte de las mismas incluida en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

2) Elaboración de Mapas Geológicos a escala 1:50.000, en formato Magna, a partir de los mapas geológicos 1:25.000 de las hojas completas que abarcan dicha extensión. 3) Realización de Mapas Geomorfológicos y de un Mapa de Procesos activos a escala 1:25.000 de la superficie de Cantabria según la distribución del Mapa Topográfico Nacional (Mtn), y en la parte de las mismas incluida en la Comunidad Autónoma de Cantabria. 4) Elaboración de los Mapas Geomorfológicos a escala 1:50.000, de las hojas completas incluidas dentro del territorio abarcado por este estudio a partir de la cartografía geomorfológica a escala 1:25.000.

Segunda. Trabajos a realizar.-El Igme se compromete por el presente Convenio a la realización de:

A) Mapa geológico a escala 1:25.000, en formato digital para Sistemas de Información Geográfica y 10 ejemplares de cada hoja en edición impresa, de todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria, equivalentes a ≈ 533.309 ha. En los trabajos se incluirá la elaboración de: Mapa Geológico 1:25.000, con sus correspondientes leyendas y mapas auxiliares, de acuerdo con las características mínimas incluidas en el Anexo I del presente documento y con las determinaciones adicionales que establezca la Comisión Mixta de seguimiento del presente convenio.

Memoria para cada hoja a escala 1:25.000.

B) Mapa geológico a escala 1:50.000 (Magna) de las hojas completas que cubran en todo o en alguna de sus partes el territorio de Cantabria, en formato digital para Sistemas de Información Geográfica y 5 ejemplares de cada hoja en edición impresa. En los trabajos se incluirá la elaboración de:

Mapa Geológico 1:50.000, en formato Magna con sus correspondientes leyendas y mapas auxiliares, de acuerdo con el Modelo de Hoja del Mapa Geológico 1:50.000 de España «Magna», del Igme.

Memoria Magna para cada hoja a escala 1:50.000.

C) Mapa geomorfológico a escala 1:25.000, en formato digital para Sistemas de Información Geográfica y 10 ejemplares de cada hoja en edición impresa, de todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria, equivalentes a ≈ 533.309 ha. En los trabajos se incluirá la elaboración de:

Mapa Geomorfológico 1:25.000, con sus correspondientes leyendas y mapas auxiliares, de acuerdo con las características mínimas incluidas en el Anexo I del presente documento y con las determinaciones adicionales que establezca la Comisión Mixta de seguimiento del presente convenio.

Memoria para cada hoja a escala 1:25.000.

D) Mapa geomorfológico a escala 1:50.000 de las hojas completas que cubran en todo o en alguna de sus partes el territorio de Cantabria, en formato digital para Sistemas de Información Geográfica y 5 ejemplares de cada hoja en edición impresa. En los trabajos se incluirá la elaboración de:

Mapa Geomorfológico a escala 1:50.000, con sus correspondientes leyendas y mapas auxiliares, de acuerdo con la guía metodológica para la elaboración del Mapa Geomorfológico 1:50.000 de España del Igme.

E) Mapa de procesos activos escala 1:25.000, en formato digital para Sistemas de Información Geográfica y 10 ejemplares de cada hoja en edición impresa, de todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria, equivalentes a ≈ 533.309 ha. Los trabajos se ajustarán a las características mínimas incluidas en el anexo I del presente documento y a las determinaciones adicionales que establezca la Comisión Mixta de seguimiento del presente convenio. El Gobierno de Cantabria se compromete por el presente Convenio a la realización de:

A) Modelo Digital del Terreno de 5 m de resolución, de todo el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria y en formato digital para Sistemas de Información Geográfica. Este modelo ha de servir de base para la interpretación geológica.

B) Sombreado Analítico de 5 m de resolución, de todo el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria y en formato digital para Sistemas de Información Geográfica. C) Derivación de un conjunto de parámetros específicos para la el traspaso de datum entre sistemas ED-50 y ETRS89, de cara a aplicar transformaciones de 7 parámetros del tipo Bursa-Wolf. Se derivará un conjunto de parámetros específicos con una precisión de al menos 0,7 m en todo el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Para ello se operará con los datos de la red REGENTE existente en Cantabria y alrededores. D) Ortofotografía aérea de resolución 0,5 m, en formato digital para Sistemas de Información Geográfica y de todo el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria. E) Digitalización de los fondos de fotografía aérea del Gobierno de Cantabria, que serán parte del material de apoyo a la fotointerpretación. F) Trabajos de diseño y mantenimiento de la base de datos geográfica, que albergará el conjunto de la información cartográfica obtenida. G) Control de calidad, que detectará posibles errores geométricos, ausencias o inconsistencias de la información obtenida. H) Cálculo del mapa de pendientes, de todo el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria y en formato digital para Sistemas de Información Geográfica. I) Realización de los diagramas tridimensionales que acompañarán a cada hoja cartográfica, según las especificaciones del anexo I del presente Convenio.

Tercera. Propiedad de los trabajos.-La cartografía e información obtenidas mediante el presente Convenio podrán ser utilizadas libremente por cada una de partes firmantes dentro del ámbito de sus competencias y de sus políticas de acceso a la información geográfica. Toda información producida en el marco del presente convenio tendrá propiedad compartida del Igme y del Gobierno de Cantabria, excepto la parte de los mapas 1:50.000 que no corresponda al territorio de Cantabria que será propiedad intelectual del Igme.

En todos los mapas 1/25.000 y memorias de mapas 1/25.000 se incorporarán al mismo tamaño y en el mismo lugar los logotipos respectivos, que hagan constar esta circunstancia. En los mapas 1:50.000 que cubran íntegramente territorio de Cantabria, también constarán al mismo tamaño y en el mismo lugar los logotipos respectivos. En los mapas 1:50.000 que cubran territorio exterior a Cantabria, se hará constar en la memoria y en una anotación cartográfica la participación del Gobierno de Cantabria en la elaboración de la parte de su territorio. La cartografía 1/25.000 podrá ser comercializada individualmente por cada una de las partes, sin generar dicha comercialización derecho económico para la otra parte. La cartografía 1/25.000 también podrá ser puesta a disposición del público sin tasa, cuando una de las partes así lo establezca, ello sin perjuicio de que la otra parte pueda comercializar con ella. Ambas partes podrán reproducir la cartografía 1/25.000 y sus correspondientes memorias por cualquier medio de publicación, incluido internet. La cartografía 1/50.000 podrá ser comercializada sólo por el Igme, sin generar derecho económico dicha comercialización para el Gobierno de Cantabria. No obstante, el Gobierno de Cantabria podrá reproducir la cartografía 1/50.000 y sus correspondientes memorias por cualquier medio de publicación, incluido internet. El Igme entregará a la Comunidad Autónoma de Cantabria copias de los mapas y memorias de la totalidad de las hojas generadas a escala 1:25.000, tanto en formato digital como en papel (10 copias de cada hoja 1:25.000 y 5 copias de cada hoja 1:50.000). Cuarta. Vigencia, prórroga y resolución del convenio.-El presente Convenio entrará en vigor a partir del día siguiente a su firma, teniendo una vigencia de cuatro años. Se podrán acordar prórrogas por un (1) año, hasta un máximo de tres (2) años adicionales a la duración del convenio, una vez ponderadas las circunstancias que concurran en el caso y siguiendo los mismos trámites formales y procedimentales que se llevaron a cabo para la suscripción del propio Convenio. Las prórrogas deberán acordarse por ambas partes en un plazo de dos meses anterior a la finalización del convenio o, en su caso, de la prórroga anterior. El Convenio podrá ser resuelto por acuerdo de ambas partes o por decisión unilateral de una de ellas, motivada por el incumplimiento de sus obligaciones por la otra parte, lo que deberá comunicarse a la otra con un mes de antelación. En este supuesto, corresponderá a la Comisión de Seguimiento determinar, a la vista del grado de ejecución de los trabajos objeto de convenio, la forma de liquidar las obligaciones en curso. Quinta. Régimen de personal.-Como consecuencia de la realización de este Convenio, no podrá surgir ningún tipo de relación de carácter laboral ni por parte del Gobierno de Cantabria ni por parte del Igme, a favor de terceras personas que intervengan en su ejecución. Sexta. Presupuesto.-El importe de los trabajos a realizar en el marco de este Convenio asciende a la cantidad de Dos millones quinientos sesenta y un mil seiscientos sesenta y cuatro euros con cuarenta y cuatro céntimos (2.561.664,44 euros). Los porcentajes de financiación son como siguen:

Para la producción de los mapas geomorfológicos ambas partes aportan el 50 % de la financiación.

Para la producción de los mapas geológicos el Igme aporta el 38,89 % de la financiación y el Gobierno de Cantabria el 61,11 % restante. El presupuesto se articula en cuatro fases tal y como se refleja en el cuadro siguiente.

Total IGME: 1.110.054,59 euros.

Total Gobierno de Cantabria: 1.451.609,85 euros. Total Convenio: 2.561.664,44 euros.

La supresión o adición de cualquier acción que presuponga modificaciones presupuestarias requerirá la formalización de una adenda al presente Convenio, a propuesta de la Comisión de Seguimiento.

Las hojas cartográficas a realizar en cada una de las fases serán las establecidas en el Anexo II del presente Convenio. Séptima. Contribución del Gobierno de Cantabria a la coproducción.-El Gobierno de Cantabria, a través de la Consejería de Consejería de Presidencia, Ordenación del Territorio y Urbanismo abonará anualmente al Igme la cantidad correspondiente según el calendario expuesto en la cláusula anterior, con cargo a la partida 02.08.261N.640 Los pagos correspondientes se devengarán a fecha 1 de Septiembre (o día hábil posterior) de cada año natural mediante abono en la cuenta número 9000.0001.20.0200007450 del Banco de España, Oficina Principal de Madrid, a nombre del Instituto Geológico y Minero de España, excepto el primero de ellos que se devengará a la firma del convenio. Octava. Contribución del Igme a la coproducción.-El Igme asume con cargo a su presupuesto, las cantidades expuestas en la cláusula sexta del presente convenio, con cargo con cargo a los capítulos 1, 2 y 6, aplicaciones presupuestarias 18.206.467F.120, 18.206.467F230 y 18.206.467F640 habiéndose efectuado en tiempo y forma la correspondiente retención de crédito, teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, de acuerdo con el siguiente cronograma presupuestario:

El Igme asume la gestión económica del presupuesto del Convenio.

a) La aprobación y seguimiento del programa de actuaciones del Convenio, proponiendo a las partes intervinientes las variaciones que se consideren precisas, y que no comporten incremento del gasto inicialmente aprobado.

a) La aprobación y seguimiento del programa de actuaciones del Convenio, proponiendo a las partes intervinientes las variaciones que se consideren precisas, y que no comporten incremento del gasto inicialmente aprobado.

b) Establecer las determinaciones que en su caso fueran necesarias, para el adecuado desarrollo de las actuaciones objeto del Convenio y la consecución de los fines del trabajo. c) Realización de informes y propuestas sobre la ejecución de los trabajos y sobre cada parte diferenciada de los mismos, una vez finalizada. d) Resolver las controversias que pudieran presentarse durante el desarrollo del Convenio. e) Redactar y proponer a las entidades suscriptoras del presente Convenio las addendas correspondientes a los distintos aspectos del desarrollo de las actuaciones previstas que impliquen incremento del gasto inicialmente aprobado. f) Validar la realización de los trabajos y aprobar las certificaciones emitidas sobre los mismos, y la finalización del Convenio. g) Cualesquiera otras conducentes al logro de los objetivos propuestos.

Décima. Régimen jurídico y resolución de conflictos.-El presente Convenio tiene naturaleza administrativa, de los prevenidos en el artículo 3.1.c) del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, siéndole de aplicación, en defecto de normas específicas, los principios de dicho texto legal, para resolver las dudas y lagunas que pudieran producirse.

Asimismo, el convenio se atendrá a lo dispuesto en los artículos 6 y 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y sus modificaciones posteriores. La subscripción del convenio está justificada al amparo del artículo 15.1 de la Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica ,modificada por el artículo 88 por la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social. La resolución de las controversias que pudiesen plantearse sobre la interpretación y ejecución del presente Convenio, deberán solventarse de mutuo acuerdo entre las partes, a través de la Comisión de Seguimiento. Si no se pudiera alcanzar dicho acuerdo, las posibles controversias deberán ser resueltas tal y como se dispone en el artículo 8.3 de la Ley 30/1992 anteriormente referenciada, siendo de conocimiento y competencia del Orden Jurisdiccional de lo Contencioso-Administrativo y, en su caso, de la competencia del Tribunal Constitucional.

En prueba de conformidad se suscribe por triplicado ejemplar el presente Convenio en la ciudad y fecha al principio indicadas.-El Secretario de Estado de Universidades e Investigación, Miguel Ángel Quintanilla Fisac.-El Consejero de Presidencia, Ordenación del Territorio y Urbanismo del Gobierno de Cantabria, José Vicente Mediavilla Cabo.

ANEXO I

Especificaciones metodológicas iniciales y características mínimas de la cartografía a producir

1. Objeto y Alcance.-El objeto del presente documento es fijar las directrices metodológicas generales y establecer las condiciones mínimas de la cartografía temática a escala 1:25.000 para su uso por el Gobierno de Cantabria que se realizará en el marco del presente convenio. Para lo no establecido, se seguirán por orden de prelación las determinaciones de la Comisión Mixta de seguimiento y en segundo lugar las especificaciones de:

El Modelo de Hoja del Mapa Geológico 1:50.000 de España «Magna», adaptada en sus parámetros de precisión métrica y temática a la escala 1:25.000.

La Guía para la elaboración del Mapa Geomorfológico 1:50.000 de España, adaptada en sus parámetros de precisión métrica y temática a la escala 1:25.000.

2. Mapas Geológicos.-Se partirá de las hojas del Magna, digitalizadas siguiendo las especificaciones del Plan Geode del Igme. Sobre esta información se planteará un nuevo trabajo de levantamiento cartográfico seleccionando las unidades geológicas representables a escala 1:25.000. La realización del mapa geológico se basará en primer lugar en un estudio fotogeológico a partir de la ortofotografía proporcionada por el Gobierno de Cantabria. El trazado de las nuevas unidades será el resultado del siguiente diagrama de flujo (ver Fig 1).

El mapa geológico resultante tendrá en toda su extensión criterios homogéneos y una leyenda única que garantice la continuidad lógica de la serie cartográfica a producir. En ningún caso, los mapas geológicos serán una representación de la cartografía geológica 1:50.000 del Igme plasmada a escala 1:25.000, sino que se representarán en los mapas y se recogerán en las bases de datos geográficas todas las formaciones, elementos y atributos representables a escala 1:25.000. Los trabajos incluirán, además de la delimitación de las unidades geológicas, los siguientes aspectos (ver maqueta en Fig. 2):

Esquema regional. Se incluirá en la esquina superior derecha de la hoja, un esquema geológico general a escala 1:1.000.000 de toda la Comunidad Autónoma dentro del cual aparecerá señalada la zona que cubre la hoja cartográfica.

Caracteres estructurales que permitan discernir la estructura y cinemática del conjunto del territorio. En cada hoja cartográfica se adjuntarán al menos dos cortes geológicos convenientemente escogidos para facilitar la rápida comprensión de la estructura geológica de la zona representada. Se incluirá también en la esquina superior derecha de la hoja, bajo el esquema regional, un esquema tectónico a escala 1:100.000 en el que se indicarán las principales estructuras tectónicas reconocidas en la hoja. Hidrogeología. Cada hoja irá acompañada de un esquema hidrogeológico a escala 1:100.000 en el que se representarán las diferentes unidades litoestratigráficas agrupadas de acuerdo con la naturaleza de los materiales que las constituyen y el tipo y grado de permeabilidad. En dicho esquema se marcarán los límites aproximados de las unidades hidrogeológicas reconocidas por el Igme, así como los límites de las cuencas hidrográficas.

Secciones estratigráficas. Además de las consideraciones y explicaciones a incluir en la memoria, se incluirán en la hoja una serie de columnas estratigráficas que representen la sucesión vertical de las unidades representadas en la cartografía, siguiendo las pautas establecidas en la normativa Magna.

Etiquetado y grafiado de cada unidad geológica. El etiquetado será realizado por un código de letras y números identificativos de cada unidad geológica que guardará consonancia tanto con la leyenda, como con la memoria descriptiva que acompañará a cada hoja. El etiquetado y grafiado se realizará siguiendo las normas de homogeneización del Magna, y en la leyenda aparecerán ordenadas las unidades geológicas por sucesivo orden cronológico.

Diagrama tridimensional. Se incluirá en cada hoja un diagrama 3D consistente en una vista de la ortofotografía del área abarcada por la hoja (entregada por el Gobierno de Cantabria) sobre un modelo digital del terreno también entregado por el Gobierno de Cantabria.

En cuanto a la escala, será como ya se ha dicho 1:25.000. Así, la exactitud posicional planimétrica de las unidades geológicas trazadas garantizará un error medio cuadrático no superior a 5 m en unidades terreno. La información vectorial no presentará una distancia entre vértices superior 5 m en unidades terreno. La resolución superficial (unidad mínima superficial cartografiable) será de 0.25 ha en unidades terreno.

La cartografía base o cartografía topográfica será la del Gobierno de Cantabria. El sistema cartográfico de representación de todo el conjunto será la proyección conforme UTM (Universal Transversa de Mercator) en el huso 30 y llevará esta cuadrícula impresa cada 1 km, así como la retícula de coordenadas geodésicas. El sistema de referencia será el ETRS89 con elipsoide GRS80. La cartografía de base a utilizar será la Cartografía Oficial del Gobierno de Cantabria, debidamente transformada a ETRS89 mediante una transformación de 7 parámetros del tipo Bursa-Wolf. Estos parámetros serán resultado de un ajuste al territorio de Cantabria que en su momento proporcionará el Gobierno de Cantabria. La distribución de hojas seguirá la delimitación de hojas del Mtn, traspasada a datum ETRS89 según el proceso anteriormente descrito. El Gobierno de Cantabria proporcionará esta información. 3. Mapas Geomorfológicos.-Se procederá en la medida de lo posible a una elaboración sistemática y conjunta del mapa geomorfológico y del mapa geológico, dado el grado de complementariedad que presentan ambas fuentes y la gran cantidad de procesos de elaboración que comparten. Asimismo es deseable que el mapa de procesos activos sea elaborado inmediata y seguidamente al mapa geomorfológico. El flujo de trabajo para la realización de estos dos últimos mapas puede verse en la Fig. 3.

En el mapa geomorfológico se representarán tres tipos de elementos:

Formaciones superficiales, correspondientes a depósitos de materiales recientes representados por recintos cerrados (polígonos). Estas áreas llevarán un relleno de color cuya tonalidad hará referencia a su génesis y su intensidad estará graduada de acuerdo con su edad geológica.

Formas geomorfológicas, correspondientes a rasgos del modelado geomorfológico que se representarán con una simbología compuesta por elementos lineales, areales y puntuales que llevarán un código de color que hará referencia a su proceso genético. Litología del substrato. En las áreas no cubiertas por formaciones superficiales se incorporará al mapa una información geológica simplificada. Dicha información hará referencia al tipo y litología del sustrato mediante un relleno compuesto por diversas tonalidades de gris con un código de sobrecargas reservadas en función de la litología dominante.

En ningún caso, los mapas serán una representación de cartografía geomorfológico 1:50.000 plasmada a escala 1:25.000, sino que se representarán en los mapas y se recogerán en las bases de datos geográficas todas las formaciones superficiales, elementos y atributos correspondientes a una escala de detalle 1:25.000. El mapa geomorfológico se realizará siguiendo la metodología expuesta en la Guía para la elaboración del Mapa Geomorfológico de España (Igme, 2004). La leyenda se construirá mediante un sistema de doble entrada: criterios genéticos y posición cronológica.

Los trabajos incluirán, además de la representación cartográfica a escala 1:25.000 de las formaciones superficiales y las formas geomorfológicas, los siguientes aspectos (ver maqueta en Fig. 4):

Leyenda. En la parte superior izquierda de la hoja se incluirá una leyenda en la que figurarán todas las formaciones superficiales y formas geomorfológicas representadas en la cartografía. Estos elementos se presentarán en un cuadro-diagrama ordenados en el eje de abcisas según criterios genéticos y en el eje de ordenadas según su edad relativa. El formato de esta leyenda se ajustará fielmente a las especificaciones detalladas en la Guía para la elaboración del Mapa Geomorfológico de España (Igme, 2004).

Relación de formaciones superficiales. Breve descripción de la litología de las formaciones superficiales con indicación de su origen geodinámico específico. Se enumerarán ordenadas alfabéticamente. Simbología. Debajo del cuadro de la leyenda se incluirá una clave de la simbología empleada para la representación de las formas geomorfológicas en el mapa. La representación de los elementos geomorfológicos se realizará siguiendo la simbología empleada por la Guía para la elaboración del Mapa Geomorfológico de España (Igme, 2004). Leyenda del substrato. En la esquina inferior izquierda del mapa se adjuntará una leyenda de las tramas y la simbología empleada en la representación de la litología del substrato. Los colores y tramas usados corresponderán a las especificaciones desarrolladas en la Guía para la elaboración del Mapa Geomorfológico de España (Igme, 2004).

Cortes geomorfológicos, que serán realizados en un número mínimo de dos por hoja, preferiblemente en trazados diagonales cruzados. Presentarán la misma escala horizontal que el mapa pero su escala vertical será más exagerada (1:5.000 o incluso 1:2.500) para que los distintos elementos geomorfológicos puedan ser representados. Esquema morfoestructural regional. Se incluirá en la esquina superior derecha de la hoja un esquema morfoestructural a escala 1:1.000.000 de toda la Comunidad Autónoma dentro del cual aparecerá señalada la zona que cubre la hoja cartográfica. En él se destacarán las características morfológicas y estructurales más relevantes del contexto regional que ocupa la hoja. Esquema de unidades morfogenéticas. En este mapa, que abarcará el ámbito geográfico de la hoja, se sintetizarán a escala 1:100.000 la distribución de los distintos tipos morfogenéticos del mapa geomorfológico. Las unidades a delimitar serán porciones territoriales cuyo modelado pueda atribuirse a un conjunto de procesos geodinámicos (laderas, fluvial, kárstico, etc.). Bloque diagrama orográfico. En el margen derecho de la hoja, debajo del esquema de unidades morfogenéticas se incluirá un bloque diagrama orográfico construido para el ámbito de la hoja. Este gráfico pretende mostrar mediante una visión panorámica general en tres dimensiones (escala 1:100.000 para x e y, variable para z) los principales rasgos orográficos de la hoja. Se realizará mediante un sombreado analítico de la zona cartografiada, a partir del modelo digital del terreno entregado por el Gobierno de Cantabria. Mapa de pendientes. Se elaborará para cada hoja un esquema a escala 1:100.000 de la distribución de pendientes en la zona cartografiada Este mapa se elaborará a partir del Modelo Digital del terreno proporcionado por el Gobierno de Cantabria.

Cuando el elemento, depósito o proceso a cartografiar se adecue a una delimitación precisa, la exactitud posicional planimétrica garantizará un error medio cuadrático no superior a 5 m. En los casos de elementos, depósitos o procesos que no se adecuen a una delimitación precisa, se recurrirá a simbología puntual o superficial de las zonas afectadas. La información vectorial no presentará una distancia entre vértices superior 5 m. La resolución superficial (unidad mínima superficial cartografiable) será de 0.25 ha.

Como en el resto de las series cartográficas del presente convenio, la escala será 1:25.000. Así, la exactitud posicional planimétrica de las unidades geomorfológicas trazadas garantizará -hecha la salvedad del párrafo anterior-un error medio cuadrático no superior a 5 m en unidades terreno. La información vectorial no presentará una distancia entre vértices superior a 5 m en unidades terreno. La resolución superficial (unidad mínima superficial cartografiable) será de 0.25 ha en unidades terreno. La cartografía base o cartografía topográfica será la del Gobierno de Cantabria. El sistema cartográfico de representación de todo el conjunto será la proyección conforme UTM (Universal Transversa de Mercator) en el huso 30 y llevará esta cuadrícula impresa cada 1 km, así como la retícula de coordenadas geodésicas. El sistema de referencia será el ETRS89 con elipsoide GRS80. La cartografía de base a utilizar será la Cartografía Oficial del Gobierno de Cantabria, debidamente transformada a ETRS89 mediante una transformación de 7 parámetros del tipo Bursa-Wolf. Estos parámetros serán resultado de un ajuste al territorio de Cantabria que en su momento proporcionará el Gobierno de Cantabria. La distribución de hojas seguirá la delimitación de hojas del Mtn, traspasada a datum ETRS89 según el proceso anteriormente descrito. El Gobierno de Cantabria proporcionará esta información.

4. Mapas de Procesos Activos.-Para cada hoja se elaborará un mapa de procesos activos a escala 1:25.000. El objetivo de esta cartografía es la realización de un inventario cartográfico específico y detallado de procesos geodinámicos funcionales en la actualidad. Los procesos activos se clasificarán en función de su naturaleza: Así se distinguirán las siguientes clases: actividad neotectónica (tales como líneas de deformación en niveles costeros, deformaciones postorogénicas en la red fluvial, escarpes postorogénicos, subsidencia, etc.), movimientos dinámicos de ladera, procesos de erosión, procesos de inundación-sedimentación, procesos asociados a determinadas litologías (ej. disolución kárstica), actividad antrópica, y sismicidad. Cada uno de estos tipos de procesos se identificará en el mapa usando una clave de color diferente. A pesar de la subjetividad que conlleva, este mapa pretende cualificar o valorar de forma aproximada la incidencia de cada proceso representado en el mismo. Con este fin es de gran utilidad el análisis comparado de la información de fotografía aérea histórica que se encuentra digitalizada en el Gobierno de Cantabria y el estudio de la información proporcionada por documentos históricos recogidos en los archivos gestionados por dicha entidad. El propósito de esta valoración es sugerir o recomendar distintos grados de consideración con que los procesos deben ser tomados en cuenta en los proyectos o estudios de detalle que posteriormente se realicen. Para ello se definen tres grados de atención:

Bajo: se trata de un proceso cuya actividad debe tomarse en consideración.

Medio: será necesario realizar estudios de detalle ya que su incidencia puede llegar a ser importante. Alto: el proceso debe considerarse de forma muy especial, ya que su incidencia puede ser decisiva en relación con su coste económico o medioambiental.

La información relativa al grado de atención se incorporará al mapa de procesos activos mediante una escala graduada de la intensidad del color del proceso correspondiente, que será máxima en el caso del grado de atención alto. Toda la simbología y códigos de colores a utilizar en el mapa se ajustará estrictamente a las especificaciones contenidas en la Guía para la elaboración del Mapa Geomorfológico de España (Igme, 2004).

El mapa de procesos activos estará acompañado de los siguientes elementos (ver maqueta en Fig. 5):

Leyenda. En ella se representará un clave de todos los símbolos empleados en el mapa siguiendo los criterios y normativa especificados en la Guía para la elaboración del Mapa Geomorfológico de España (Igme, 2004).

Esquema de situación geográfica. Se incluirá en la esquina superior derecha de la hoja, un esquema geográfico general a escala 1:1.000.000 de toda la Comunidad Autónoma de Cantabria dentro del cual aparecerá señalada la zona que cubre la hoja cartográfica.

Esquema climático regional. En el margen derecho de la hoja, debajo del esquema de situación geográfica se incluirá un esquema climático regional a escala 1:500.000 en cuyo centro se situará el ámbito territorial abarcado por la hoja. En dicho esquema se representará el régimen pluviométrico (isoyetas) en forma de coropletas, y sobreimpresas las isotermas que describan el régimen térmico. Los datos serán los suministrados por el Instituto Nacional de Meteorología (INM), debidamente tratados. Mapa de actividad sísmica. En la esquina inferior derecha de la hoja, bajo el esquema climático se incluirá un esquema de actividad sísmica a escala 1:200.000. La superficie territorial abarcada por este esquema corresponderá a la de la hoja 1:50.000 dentro de la que se encuentre contenido el mapa a realizar. En dicho esquema se representarán los seísmos más importantes. Incluirá todos los epicentros o una selección de los más relevantes indicando magnitud o intensidad y profundidad. Se señalará también la máxima intensidad sísmica previsible para un periodo de retorno de 500 años (datos de protección Civil-IGN, 1995) y las líneas isosistas.

5. Memorias.-Con cada una de las hojas 1:25.000 se adjuntará una memoria explicativa que incluirá toda la información relativa a los tres documentos cartográficos que componen la hoja: Mapa geológico, Mapa geomorfológico y Mapa de procesos activos. En dicha memoria se describirán con detalle las características litológicas de las unidades representadas y su disposición estructural, además de otros aspectos de interés. Dicha memoria se realizará siguiendo fielmente la normativa Magna, e incluirá los siguientes apartados: introducción, estratigrafía, tectónica, geomorfología, historia geológica, geología económica (incluyendo los subapartados: recursos minerales, hidrogeología y características geotécnicas), patrimonio natural geológico y bibliografía.

Con cada hoja 1:50.000 se adjuntarán memoria explicativas independientes sobre el mapa geológico y sobre el mapa geomorfológico. Para ello se seguirá fielmente la normativa Magna y la Guía para la elaboración del Mapa Geomorfológico 1:50.000 de España, del Igme. 6. Entrega de los trabajos.-La entrega de los datos para Sistemas de Información Geográfica será en formato Geodatabase de ESRI®. En cuanto a las composiciones cartográficas serán entregadas en formato MXD para ArcMap de ESRI® y también se entregarán todas las composiciones cartográficas en formato Adobe® PDF. Dichas composiciones contendrán todos los colores, simbologías, cajetines, leyendas, perfiles, cuadros de datación, etc. que aparezcan en los mapas definitivos. Se entregarán 10 hojas ejemplares en papel de cada hoja 1:25.000 cartografiada, así como cinco ejemplares en papel de cada hoja 1:50.000. Las memorias serán entregadas en formato digital Adobe® PDF así como en formato Microsoft® Word y en ambos casos contendrán la totalidad de texto y elementos gráficos, en su maquetación final.

ANEXO II

Asignación de hojas cartográficas según nomenclatura del Mtn 1:25.000 a las distintas fases de producción del Convenio



Datos oficiales del departamento Ministerio de Educación y Ciencia

Resolución de 16 enero de 2007, del Instituto Geológico y Minero de España, por la que se publica el Convenio específico de colaboración con la Consejería de Presidencia, Ordenación del Territorio y Urbanismo de la Comunidad Autónoma de Cantabria para la realización de Cartografía Temática y Geomorfológica.

"Resolución de 16 enero de 2007, del Instituto Geológico y Minero de España, por la que se publica el Convenio específico de colaboración con la Consejería de Presidencia, Ordenación del Territorio y Urbanismo de la Comunidad Autónoma de Cantabria para la realización de Cartografía Temática y Geomorfológica." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2007-5211 publicado el 12 marzo 2007

ID de la publicación: BOE-A-2007-5211
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 12 marzo 2007
Fecha Pub: 20070312
Fecha última actualizacion: 12 marzo, 2007
Numero BORME 61
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Educación y Ciencia
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 12 marzo 2007
Letra: A
Pagina de inicio: 10482
Pagina final: 10493




Publicacion oficial en el BOE número 61 - BOE-A-2007-5211


Publicacion oficial en el BOE-A-2007-5211 de Resolución de 16 enero de 2007, del Instituto Geológico y Minero de España, por la que se publica el Convenio específico de colaboración con la Consejería de Presidencia, Ordenación del Territorio y Urbanismo de la Comunidad Autónoma de Cantabria para la realización de Cartografía Temática y Geomorfológica.


Descargar PDF oficial BOE-A-2007-5211 AQUÍ



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