Resolución de 21 de noviembre de 2005, del Instituto Geológico y Minero de España, por la que se dispone la publicación del Convenio de colaboración entre la Consejería de Fomento de la Junta de Castilla y León y el Instituto Geológico y Minero de España para la realización del Mapa Geológico Continuo Digital 1:50.000 de la Cuenca del Duero y de la zona geológica Centroibérica.





El Director General del Instituto Geológico y Minero de España, en nombre y representación de este Organismo Autónomo del Ministerio de Educación y Ciencia, y en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 11.2.d) del Estatuto del IGME, aprobado por Real Decreto 1953/2000, de 1 de diciembre; y, de otra parte, el Consejero de Fomento de la Junta de Castilla y León, D Antonio Silván Rodríguez nombrado por Acuerdo 15/2003, de 3 de julio, del Presidente de la Junta de Castilla y León (BOCyL nº 128, de 4 de julio de 2003), por el que se dispone su nombramiento, han formalizado, con fecha 30 de junio de 2005, un convenio de colaboración entre la Consejería de Fomento de la Junta de Castilla y León y el Instituto Geológico y Minero de España para la realización del Mapa Geológico Continuo Digital 1:50.000 de la Cuenca del Duero y de la zona geológica Centroibérica correspondiente al territorio de Castilla y León, recogido en el Anexo de esta Resolución.

Contenidos de la Ministerio de Educación y Ciencia Resolución de 21 de noviembre de 2005, del Instituto Geológico y Minero de España, por la que se dispone la publicación del Convenio de colaboración entre la Consejería de Fomento de la Junta de Castilla y León y el Instituto Geológico y Minero de España para la realización del Mapa Geológico Continuo Digital 1:50.000 de la Cuenca del Duero y de la zona geológica Centroibérica. del 20051227







Orden del día 27 diciembre 2005

El Director General del Instituto Geológico y Minero de España, en nombre y representación de este Organismo Autónomo del Ministerio de Educación y Ciencia, y en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 11.2.d) del Estatuto del IGME, aprobado por Real Decreto 1953/2000, de 1 de diciembre; y, de otra parte, el Consejero de Fomento de la Junta de Castilla y León, D Antonio Silván Rodríguez nombrado por Acuerdo 15/2003, de 3 de julio, del Presidente de la Junta de Castilla y León (BOCyL nº 128, de 4 de julio de 2003), por el que se dispone su nombramiento, han formalizado, con fecha 30 de junio de 2005, un convenio de colaboración entre la Consejería de Fomento de la Junta de Castilla y León y el Instituto Geológico y Minero de España para la realización del Mapa Geológico Continuo Digital 1:50.000 de la Cuenca del Duero y de la zona geológica Centroibérica correspondiente al territorio de Castilla y León, recogido en el Anexo de esta Resolución.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2. de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, esta Dirección General dispone su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 21 de noviembre de 2005.-El Director General, José Pedro Calvo Sorando.

ANEXO Convenio de Colaboración entre la Consejería de Fomento de la Junta de Castilla y León y el Instituto Geológico y Minero de España para la Realización del Mapa Geológico Continuo Digital 1:50.000 de la Cuenca del Duero y de la Zona Geológica Centroibérica Correspondiente al Territorio de Castilla y León

En Valladolid, a 30 de junio de 2005.

REUNIDOS

De una parte, el Excmo. Sr. Consejero de Fomento de la Junta de Castilla y León, D Antonio Silván Rodríguez nombrado por Acuerdo 15/2003, de 3 de julio, del Presidente de la Junta de Castilla y León (BOCyL nº 128, de 4 de julio de 2003), en uso de las facultades que tiene atribuidas por el art. 26.1 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. Y de otra parte, el Ilmo. Sr. D. José Pedro Calvo Sorando, Director General del Instituto Geológico y Minero de España, en adelante IGME, nombrado mediante Real Decreto 1618/2004, de 2 de julio, facultado en este acto según le previene el artículo 11.2. d) del Real Decreto 1953/2000 de 1 de Diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del Instituto Geológico y Minero de España. Reconociéndose ambas partes capacidad legal suficiente para formalizar este Convenio, en nombre de los organismos que representan, y en uso de las atribuciones que les otorga su propio cargo,

EXPONEN

Primero.-Que la Consejería de Fomento actúa en virtud de la competencia que tiene atribuida la Comunidad autónoma de Castilla y León, en materia de ordenación del territorio por el artículo 32.1.2. del Estatuto de autonomía, en relación con lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto 74/2003, de 17 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Fomento y demás disposiciones normativas concordantes. En el marco de las citadas competencias ha promovido el Plan Cartográfico y el Sistema de Información Territorial de Castilla y León, en adelante SITCyL, aprobados por Decreto 55/2003 de la Junta de Castilla y León, y a la que compete por Ley 10/1998 de Ordenación del Territorio de la Comunidad de Castilla y León (Artículo 30) la producción, recopilación, actualización y divulgación de la información y documentación, escrita, fotográfica y cartográfica, sobre el territorio y el planeamiento de la Comunidad Autónoma, a través del Centro de Información Territorial, en adelante CIT. Segundo.-Que el IGME está adscrito al Ministerio de Educación y Ciencia según Real Decreto 1553/2004, de 25 de junio y configurado como Organismo Público de Investigación con naturaleza de Organismo Autónomo por la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado en virtud de lo dispuesto en el artículo 61 de la Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social. Que son funciones del IGME, según el artículo 3.º del Real Decreto 1953/2000, de 1 de diciembre:

El estudio, investigación análisis y reconocimiento en el campo de las Ciencias y Tecnologías de la Tierra.

La creación de infraestructuras de conocimiento. La información, la asistencia técnico-científica y el asesoramiento a las Administraciones públicas, agentes económicos y a la sociedad en general, en geología, hidrogeología ciencias geoambientales, recursos geológicos y minerales. Las relaciones interdisciplinares con otras áreas del saber, contribuyendo al mejor conocimiento del territorio y de los procesos que lo configuran y modifican, al aprovechamiento sostenido de sus recursos y a la conservación del patrimonio geológico e hídrico. Elaborar y ejecutar los presupuestos de I+D y de desarrollo de infraestructuras de conocimiento en programas nacionales e internacionales, en el ámbito de sus competencias.

Tercero.-Que en la actualidad el IGME está iniciando el Plan Mapa Geológico Continuo a escala 1:50.000 (Plan GEODE-50) a partir del MAGNA ya realizado en todo el territorio nacional. El objeto de este Plan es conseguir una cartografía geológica continua de todo el territorio sin las discontinuidades e inconsistencias cartográficas que aparecen entre límites de ciertos bloques de hojas MAGNA por haber sido elaboradas en épocas distintas y por equipos diversos, con criterios cartográficos diferentes. Además las nuevas hojas del GEODE-50 contarán con una leyenda unificada para cada una de las grandes regiones geológicas españolas, revelándose como un producto de enorme interés para su integración en los sistemas de información territorial de múltiples organismos y entidades ligadas al medio físico.

Por otra parte, la Consejería de Fomento, a través del CIT, adscrito a la Dirección General de Vivienda, Urbanismo y Ordenación del Territorio, ha abordado el desarrollo de una infraestructura de Información Territorial, el SITCyL, que integra información cartográfica y alfanumérica relativa a información topográfica y temática de uso compartido entre diversos organismos y administraciones en el espacio geográfico de Castilla y León. Cuarto.-Que ambas partes coinciden en el interés que tiene para los estudios y actuaciones sobre el territorio de Castilla y León, avanzar con la mayor celeridad posible en esta nueva cartografía geológica digital continua, dentro de sus respectivas posibilidades presupuestarias, por lo que, en cumplimiento de sus respectivas funciones, acuerdan suscribir este Convenio de Colaboración, con sujeción a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del convenio.-El objeto del Convenio es la cofinanciación de la ejecución de la Cartografía Geológica Continua a escala 1:50.000 de las hojas o parte de las mismas correspondientes al territorio de la Comunidad de Castilla y León, según normativa IGME y sobre la base topográfica oficial del Instituto Geográfico Nacional. Dado que la programación del presente Convenio no contempla la totalidad de la cartografía geológica continua de Castilla y León a escala 1:50.000, ambas partes manifiestan su interés en abordar las hojas pendientes, correspondientes a las orlas Vascocantábrica e Ibérica de la Comunidad. Este trabajo debería estar finalizado en 2008 y sería objeto de un nuevo convenio específico entre las partes. Segunda. Vigencia y prórroga.-El presente Convenio entrará en vigor, a todos los efectos, a partir de la fecha de su firma por ambas partes y finalizará el 31 de Diciembre de 2007, pudiendo prorrogarse por causas motivadas, previa propuesta de la Comisión de Seguimiento. La prórroga de dicho plazo podrá acordarse en un plazo de dos meses anteriores a la finalización del convenio por acuerdo mutuo de las partes, una vez ponderadas las circunstancias que concurran en el caso, siguiendo los mismos trámites formales y procedimentales que se llevaron a cabo para la suscripción del propio Convenio. Tercera. Financiación.-El importe de los trabajos a realizar en el marco de este Convenio asciende a la cantidad de seiscientos mil euros (600.000 €), distribuidos entre los ejercicios 2005, 2006 y 2007 entre las partes tal y como se refleja en el cuadro siguiente:

La Consejería de Fomento dispondrá su aportación con cargo a la aplicación presupuestaria 04.02.542A03.64001.00.

La aportación del IGME se realizará con cargo a los capítulos 1, 2 y 6 aplicaciones presupuestarias 18.206.467F.120, 18.206.467F.230, 18.206.467F.640, de acuerdo con la periodificación siguiente (en Euros):

Habiéndose realizado en fecha y forma la oportuna retención de crédito. No obstante se estará a lo que al respecto establece el Artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria sobre gastos de carácter plurianual.

La supresión o adición de cualquier acción que presuponga modificaciones presupuestarias requerirá la formalización de una adenda al presente Convenio, a propuesta de la Comisión de Seguimiento. Cuarta. Obligaciones de cada parte.-De acuerdo con aportaciones previstas en la Cláusula anterior, cada una de las partes asumirá los siguientes compromisos en el desarrollo de los trabajos:

Consejería de Fomento: Financiación del 33 % de los trabajos realizados por el IGME, concernientes a la elaboración de la leyenda unificada y del establecimiento de criterios de correlación, por un importe de 22.500 € que serán ingresados por la Consejería de Fomento en la cuenta corriente del Banco de España nº 9000-0001-20-0200007450, Oficina Principal de Madrid, a nombre del Instituto Geológico y Minero de España, previa justificación y entrega de los trabajos realizados por el IGME a la Consejería de Fomento.

Financiación del 100 % de la ejecución y digitalización de la cartografía continua de las hojas que se indican en el esquema cartográfico del Anexo I, que corresponden a la parte castellana y leonesa de la Zona Geológica Centro Ibérica, por un importe de 217.500 €. Los trabajos correspondientes a esta parte serán contratados por la Consejería de Fomento con estricta sujeción a las normas técnicas definidas por el IGME para este proyecto.

IGME:

Dirección y supervisión técnica de los trabajos, por un importe de 30.000 €.

Financiación del 67 % de los trabajos concernientes a la elaboración de la leyenda unificada y del establecimiento de criterios de correlación, por un importe de 45.500 €. Los trabajos correspondientes a esta parte serán contratados y/o realizados por el IGME con estricta sujeción a las normas técnicas definidas por éste para este proyecto. Financiación del 100 % de la ejecución y digitalización de la cartografía continua de las hojas correspondientes a la Cuenca del Duero, por un importe de 284.500 €. Los trabajos correspondientes a esta parte serán contratados y/o realizados por el IGME con estricta sujeción a las normas técnicas definidas por éste para este proyecto.

Quinta. Comisión de seguimiento.-Para el control de las actividades objeto de este Convenio se crea una Comisión Paritaria, constituida por tres miembros de cada una de las instituciones. Por la Consejería de Fomento formarán parte de la misma el Jefe del Centro de Información Territorial, que ostentará la presidencia de la comisión, y dos funcionarios designados por el Director General de Vivienda, Urbanismo y Ordenación del Territorio. Por el IGME el Director de Geología y Geofísica, el Director del Proyecto por parte del IGME y un representante de la Delegación del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

Las funciones de esta Comisión serán:

Supervisar y controlar adecuadamente la realización del programa contenido.

Subsanar las controversias que surjan durante el desarrollo del con-venio. Proponer modificaciones y prorrogar en su caso los planes de trabajo.

Sexta. Propiedad de los resultados.-De todos los documentos que se generen, como consecuencia de la ejecución de los trabajos contemplados en este Convenio, las partes firmantes tendrán una copia idéntica.

Los resultados obtenidos serán propiedad del IGME y de la Consejería de Fomento, sin perjuicio de los derechos que asisten a la Administración General del Estado como propietaria de la base cartográfica BCN-50 del Instituto Geográfico Nacional, y podrán ser utilizados libremente para uso interno del IGME y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. Podrán asimismo ser difundidos y/o editados total o parcialmente, previo acuerdo de los Organismos firmantes, a través del oportuno acuerdo específico que regule las condiciones en que debe hacerse la mencionada edición, que deberá, en el caso de que se utilice la base cartográfica BCN-50, contar con la correspondiente licencia de uso del Centro Nacional de Información Geográfica por derechos de base, de acuerdo a las disposiciones vigentes al efecto. Séptima. Causas de resolución y sus efectos.-El presente Convenio podrá resolverse por mutuo acuerdo de las partes firmantes y por decisión unilateral de cualquiera de ellas por causas excepcionales debidamente justificadas, que obstaculicen o impidan el cumplimiento de los compromisos asumidos, previa denuncia en forma fehaciente con un plazo de antelación de un mes. Será igualmente causa de resolución, el incumplimiento de las estipulaciones que constituyen su contenido, previa denuncia de cualquiera de las partes en los términos señalados en el párrafo anterior. En el supuesto de extinción del Convenio por causa diferente a la expiración del plazo de vigencia, se procederá a la liquidación económica y administrativa de las obligaciones contraídas hasta ese momento. Octava. Régimen jurídico.-El presente Convenio de colaboración es de carácter administrativo y se considera incluido en el artículo 3.1.c) del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, por lo que queda fuera del ámbito de su aplicación, sin perjuicio de la aplicación de los principios y criterios de dicho Real Decreto Legislativo para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse, y se regirá por sus propias cláusulas y, supletoriamente, por las normas generales de Derecho Administrativo. Novena. Resolución de conflictos.-Las controversias que pudiesen plantearse sobre la interpretación y ejecución del presente convenio, deberán solventarse de mutuo acuerdo entre las partes, a través de la Comisión de Seguimiento. Si no se pudiera alcanzar dicho acuerdo, las posibles controversias deberán ser resueltas tal y como se dispone en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y según se establece el artículo 8.3 de la vigente Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En prueba de conformidad se suscribe por cuadruplicado ejemplar el presente Convenio en la ciudad y fecha al principio indicadas.-El Consejero de Fomento, Antonio Silván Rodríguez.-El Director General del Instituto Geológico y Minero de España, José Pedro Calvo Sorando.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Educación y Ciencia

Resolución de 21 de noviembre de 2005, del Instituto Geológico y Minero de España, por la que se dispone la publicación del Convenio de colaboración entre la Consejería de Fomento de la Junta de Castilla y León y el Instituto Geológico y Minero de España para la realización del Mapa Geológico Continuo Digital 1:50.000 de la Cuenca del Duero y de la zona geológica Centroibérica.

"Resolución de 21 de noviembre de 2005, del Instituto Geológico y Minero de España, por la que se dispone la publicación del Convenio de colaboración entre la Consejería de Fomento de la Junta de Castilla y León y el Instituto Geológico y Minero de España para la realización del Mapa Geológico Continuo Digital 1:50.000 de la Cuenca del Duero y de la zona geológica Centroibérica." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2005-21303 publicado el 27 diciembre 2005

ID de la publicación: BOE-A-2005-21303
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 27 diciembre 2005
Fecha Pub: 20051227
Fecha última actualizacion: 27 diciembre, 2005
Numero BORME 309
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Educación y Ciencia
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 27 diciembre 2005
Letra: A
Pagina de inicio: 42497
Pagina final: 42499




Publicacion oficial en el BOE número 309 - BOE-A-2005-21303


Publicacion oficial en el BOE-A-2005-21303 de Resolución de 21 de noviembre de 2005, del Instituto Geológico y Minero de España, por la que se dispone la publicación del Convenio de colaboración entre la Consejería de Fomento de la Junta de Castilla y León y el Instituto Geológico y Minero de España para la realización del Mapa Geológico Continuo Digital 1:50.000 de la Cuenca del Duero y de la zona geológica Centroibérica.


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