Resolución de 23 de marzo de 2005, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, por la que se conceden subvenciones de acciones con cargo al Programa de Estudios y Análisis destinadas a la mejora de la calidad de la enseñanza superior y de la actividad del profesorado universitario.





Por Resolución de 2 de noviembre de 2004 (Boletín Oficial del Estado de 22 de noviembre de 2004), de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, se hacía pública la convocatoria para la subvención de acciones con cargo al Programa de Estudios y Análisis, destinadas a la mejora de la calidad de la enseñanza superior y de la actividad del profesorado universitario en el año 2005. Vista la propuesta de concesión elevada a la Directora general de Universidades por la Comisión de Selección prevista en el apartado 5.4 de la convocatoria, una vez realizada la evaluación técnica y en aplicación de los criterios de selección establecidos en la convocatoria y demás disposiciones concordantes, he resuelto:






Orden del día 08 abril 2005

Por Resolución de 2 de noviembre de 2004 (Boletín Oficial del Estado de 22 de noviembre de 2004), de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, se hacía pública la convocatoria para la subvención de acciones con cargo al Programa de Estudios y Análisis, destinadas a la mejora de la calidad de la enseñanza superior y de la actividad del profesorado universitario en el año 2005. Vista la propuesta de concesión elevada a la Directora general de Universidades por la Comisión de Selección prevista en el apartado 5.4 de la convocatoria, una vez realizada la evaluación técnica y en aplicación de los criterios de selección establecidos en la convocatoria y demás disposiciones concordantes, he resuelto:

Primero.-La concesión de las subvenciones que se relacionan en el Anexo de esta Resolución, por un importe total de un millón veintiún mil setecientos veinte euros (1.021.720,00 €).

Segundo.-El gasto será imputado a la aplicación presupuestaria 18.07.322C.448 de los vigentes Presupuestos Generales del Estado. Tercero.-El importe de las ayudas se librará a las entidades beneficiarias para su inclusión en sus presupuestos. Estas entidades remitirán a la Dirección General de Universidades certificación de incorporación de los importes de las mismas a la contabilidad de la entidad. Igualmente, deberán justificar la ayuda recibida de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley General de Subvenciones. Cuarto.-Las entidades beneficiarias deberán acreditar estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social antes de percibir la ayuda. Quinto.-La ayuda concedida se librará una vez notificada la Resolución de concesión. Los beneficiarios deberán entregar dos ejemplares del estudio en el plazo que señala la Resolución de convocatoria (31 de octubre de 2005), para su evaluación y verificación de que los resultados obtenidos se ajustan a lo previsto en la propuesta, así como que se han cumplido el calendario y demás extremos recogidos en la misma. El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones dará lugar a la revocación de la subvención concedida. Sexto.-Para la justificación de las ayudas, las entidades beneficiarias sometidas al control financiero del Tribunal de Cuentas deberán presentar un certificado de la Gerencia o servicio de contabilidad de dicha entidad en el que se especifiquen, detallados por conceptos, los gastos efectuados. En caso de entidades no sujetas a la jurisdicción del citado Tribunal, la justificación de los gastos se efectuará con los documentos originales, de acuerdo con las normas aplicables a dichas entidades. Séptimo.-Todos los documentos requeridos en el apartado anterior deberán presentarse en la Dirección General de Universidades en un plazo no superior a un mes desde la finalización del ejercicio económico 2005 (31 de enero de 2006). Octavo.-En el caso de que no se justifique la ayuda recibida, se procederá a la revocación de la subvención no justificada. Las cantidades a reintegrar tendrán la consideración de ingresos de derecho público, resultando de aplicación para su cobranza lo dispuesto en los artículos 31 a 34 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria. El procedimiento para el reintegro de las subvenciones será el establecido en el título VI de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 23 de julio de 1996, sobre atribución de competencias en materia de procedimiento de recaudación de ayudas y subvenciones públicas.

Madrid, 23 de marzo de 2005.-El Secretario de Estado, P. D. (Orden ECI/87/2005, de 14 de enero, BOE de 28 de enero), la Dircetora general de Universidades, Carmen Ruiz-Rivas Hernando.

Sra. Subdirectora general de Estudios, Análisis y Evaluación.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Educación y Ciencia

Resolución de 23 de marzo de 2005, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, por la que se conceden subvenciones de acciones con cargo al Programa de Estudios y Análisis destinadas a la mejora de la calidad de la enseñanza superior y de la actividad del profesorado universitario.

"Resolución de 23 de marzo de 2005, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, por la que se conceden subvenciones de acciones con cargo al Programa de Estudios y Análisis destinadas a la mejora de la calidad de la enseñanza superior y de la actividad del profesorado universitario." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2005-5725 publicado el 08 abril 2005

ID de la publicación: BOE-A-2005-5725
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 08 abril 2005
Fecha Pub: 20050408
Fecha última actualizacion: 8 abril, 2005
Numero BORME 84
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Educación y Ciencia
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 08 abril 2005
Letra: A
Pagina de inicio: 12220
Pagina final: 12225




Publicacion oficial en el BOE número 84 - BOE-A-2005-5725


Publicacion oficial en el BOE-A-2005-5725 de Resolución de 23 de marzo de 2005, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, por la que se conceden subvenciones de acciones con cargo al Programa de Estudios y Análisis destinadas a la mejora de la calidad de la enseñanza superior y de la actividad del profesorado universitario.


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