Resolución de 23 de octubre de 2006, de la Dirección General de Cooperación Territorial y Alta Inspección, por la que se publica el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación y Ciencia y la Consejería de Educación de la Junta de Extremadura, para el programa de integración Aulas de la Naturaleza.





El Ministerio de Educación y Ciencia y la Consejería de Educación y de la Junta de Extremadura han suscrito un Convenio de colaboración para el desarrollo de un programa de integración de Aulas de la Naturaleza, por lo que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación, en el Boletín Oficial del Estado, de dicho Convenio.






Orden del día 22 noviembre 2006

El Ministerio de Educación y Ciencia y la Consejería de Educación y de la Junta de Extremadura han suscrito un Convenio de colaboración para el desarrollo de un programa de integración de Aulas de la Naturaleza, por lo que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación, en el Boletín Oficial del Estado, de dicho Convenio.

Madrid, 23 de octubre de 2006.-La Directora General de Cooperación Territorial y Alta Inspección, M.ª Antonia Ozcariz Rubio.

Convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación y Ciencia y la Consejería de Educación de la Junta de Extremadura, por el que se establece la colaboración de ambas administraciones en el programa de integración «Aulas de la Naturaleza»

INTERVIENEN

De una parte, la Sra. Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo, Ministra de Educación y Ciencia, nombrada mediante Real Decreto 464/2006, de 10 de abril, en virtud de la competencia establecida en la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

De otra, la Sra. doña Eva María Pérez López, como Consejera de Educación de la Junta de Extremadura, nombrada por Decreto del Presidente 7/2005, de 8 de enero, actuando en ejercicio de las facultades que le confiere la delegación de firma acordada por el Sr. Presidente de la Junta de Extremadura con fecha de 15 de marzo de 2005, de conformidad con el artículo 53.2 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

La celebración del presente Convenio ha sido previamente autorizada por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura en su sesión de 4 de abril de 2006.

Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutuamente plena capacidad para el otorgamiento del presente Convenio, y

EXPONEN

Que el artículo 149.1.30 de la Constitución Española establece la competencia exclusiva del Estado sobre la regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de títulos académicos y profesionales y normas básicas para el desarrollo del artículo 27 de la Constitución, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos en esta materia.

Que el Estatuto de Autonomía de Extremadura, aprobado por Ley Orgánica 1/1983, de 25 de febrero, dispone en su artículo 12.1 que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 de la Constitución y leyes orgánicas que, conforme al apartado I del artícu-lo 81 de la misma lo desarrollen, sin perjuicio de las facultades que atribuye al Estado el artículo 149.I.30 y de la alta inspección para su cumplimiento y garantía. Durante los últimos años, el Ministerio de Educación y Ciencia ha venido organizando, en colaboración con las Comunidades Autónomas, y dentro de los Programas de Cooperación Territorial, el denominado «Aulas de la Naturaleza». El mencionado programa está dirigido a alumnos con necesidades educativas específicas, de edades comprendidas entre 10 y 14 años, y de régimen ordinario de enseñanza escolarizada en los niveles de 5.º y 6.º de Educación Primaria y 1.º y 2.º de Enseñanza Secundaria Obligatoria que son seleccionados, de acuerdo con lo establecido en la Orden de 11 de enero de 2006 (BOE de 7 de febrero), de convocatoria de estas ayudas, atendiendo fundamentalmente a criterios que priman la adjudicación a alumnos con situaciones familiares de desprotección desde el punto de vista socioeconómico. Entre los objetivos del Programa se encuentra el fomento de la integración educativa y los valores de tolerancia, respeto, compresión y colaboración, así como el conocimiento y aprecio de la riqueza cultural de España por parte de los alumnos participantes. Es intención de ambas partes la suscripción de un Convenio de colaboración que propicie la consecución de estos objetivos y establezca los mecanismos para hacer efectiva la estancia de los alumnos en Comunidades Autónomas distintas de las de su procedencia.

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.-El presente Convenio tiene por objeto establecer las condiciones de participación en el Programa de integración «Aulas de la Naturaleza» del alumnado procedente de la Comunidad Extremadura. Asimismo, se fijan dichas condiciones para el alumnado que, procedente de otras Comunidades Autónomas, siguen el Programa en las instalaciones ubicadas en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Segunda. Compromisos y actividades.-Corresponderá a la Consejería de Educación de la Junta de Extremadura:

a) La cesión, para utilización por parte de alumnos/as procedentes de otras Comunidades Autónomas, de las instalaciones del Complejo Educativo de Plasencia, durante los turnos segundo, tercero y cuarto, que comprenden las siguientes especificaciones: Pabellones para dormitorios de alumnos y monitores.

Comedor. Aulas educativas, instalaciones deportivas y otros espacios comunes que puedan resultar de interés para la realización de las actividades del Programa.

b) Prestación de los siguientes servicios derivados de la estancia de los participantes en el Programa:

Alojamiento.

Cambio de ropa de cama, sujeto a la periodicidad que requiera el caso. Manutención, consistente en dieta que incluya desayuno, comida, merienda y cena. Limpieza diaria de habitaciones, baños y aseos. Servicio de lavandería para ropa de uso personal, una vez por turno.

c) Mantenimiento de las instalaciones durante la estancia de los participantes en el Programa.

d) Prestar la asistencia necesaria para garantizar la seguridad y bienestar de los participantes, así como la asistencia técnica necesaria por parte de la Dirección del Centro. e) La colaboración en la financiación de los gastos ocasionados por el desplazamiento de los alumnos de la Comunidad Autónoma de Extremadura hasta las instalaciones del Centro de Educación Especial «Santa Isabel» de Soria y viceversa.

Corresponderá al Ministerio de Educación y Ciencia:

a) La selección, a propuesta de las Comunidades Autónomas, de un máximo de 65 alumnos, para cada uno de los tres turnos especificados en el Complejo Educativo de Plasencia. Asimismo, será se seleccionará un número máximo de 101 alumnos de la Comunidad Autónoma de Extremadura que asistirán al Colegio de Educación Especial Santa Isabel, de Soria, durante los turnos primero, segundo y tercero.

b) La organización de las actividades educativas de los alumnos participantes en los distintos turnos y centros. c) El material pedagógico y el soporte necesario para la realización de las actividades que se programen en cada uno de los turnos y centros. d) El equipo de personal encargado de llevar a cabo las actividades educativas. e) La supervisión de las actividades que se desarrollen en el Programa. f) La suscripción de un Seguro de Accidentes y de Responsabilidad Civil, para todos los participantes en el programa que incluya la reparación de los daños materiales que pudieran producirse en las instalaciones. g) La colaboración en la financiación de los gastos ocasionados por el desplazamiento de los alumnos de la Comunidad Autónoma de Extremadura hasta las instalaciones del Centro de Educación Especial «Santa Isabel» de Soria y viceversa.

Tercera. Financiación.-La aportación del Ministerio de Educación y Ciencia para la financiación del presente convenio asciende a la cantidad de cincuenta y cuatro mil novecientos sesenta y dos euros (54.962 euros), que se abonarán con cargo al crédito 18.11.324N.482 de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2006, mediante libramiento «en firme» a la Junta de Extremadura, que actuará como entidad colaboradora, de acuerdo con lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Se deberá justificar, mediante certificación acreditativa ante el Ministerio de Educación y Ciencia, que el importe recibido se ha destinado al cumplimiento de los compromisos adquiridos en el presente Convenio con el fin de que los alumnos adjudicatarios de las ayudas y, por consiguiente beneficiarios de esta subvención realicen las actividades en las condiciones convenidas. Asimismo, procederá al reintegro al Tesoro Público, en su caso, del importe no destinado a la finalidad para la que se concede la subvención.

El mencionado importe se desglosará, atendiendo a los distintos conceptos de gasto, del siguiente modo:

Para sufragar los gastos de alojamiento, manutención y otros servicios derivados de la asistencia de los alumnos participantes en el Complejo Educativo de Plasencia: 51.892 euros.

Para colaborar en los gastos derivados del desplazamiento de los alumnos seleccionados de la Comunidad Autónoma de Extremadura: 3.070 euros.

La Consejería de Educación de la Junta de Extremadura aportará la cantidad máxima de tres mil euros (3.000 euros) para sufragar la colaboración en los gastos de desplazamiento del alumnado participante de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con cargo a la Aplicación Presupuestaria 2006 13 06 423B 223 00 50, Proyecto: 2006 13 06 0005, Superproyecto 2006 13 06 9005.

Cuarta. Vigencia.-El presente Convenio entrará en vigor el día siguiente al de su firma, teniendo vigencia hasta el 30 de diciembre de 2006, pudiendo prorrogarse por periodos anuales sucesivos, siempre que no se denuncie con una antelación mínima de un mes a la expiración del plazo de su vigencia. En el caso de prórroga, se firmará una Addenda al presente Convenio, en el que se especificarán los compromisos de cada una de las partes en el marco del mismo. Quinta. Causas de resolución.-No obstante la vigencia establecida en la cláusula anterior, será causa de resolución el incumplimiento del Convenio por cualquiera de las partes, con los efectos jurídicos correspondientes. Sexta. Jurisdicción.-Dada la naturaleza administrativa de este Convenio, el Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo será el competente para resolver las cuestiones litigiosas que pudieran suscitarse entre las partes durante la ejecución del mismo.

En prueba de conformidad, se firma el presente documento por triplicado ejemplar en Madrid, a 3 de julio de 2006.-Por el Ministerio de Educación y Ciencia, Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo.-Por la Consejería de Educación, Eva María Pérez López.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Educación y Ciencia

Resolución de 23 de octubre de 2006, de la Dirección General de Cooperación Territorial y Alta Inspección, por la que se publica el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación y Ciencia y la Consejería de Educación de la Junta de Extremadura, para el programa de integración Aulas de la Naturaleza.

"Resolución de 23 de octubre de 2006, de la Dirección General de Cooperación Territorial y Alta Inspección, por la que se publica el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación y Ciencia y la Consejería de Educación de la Junta de Extremadura, para el programa de integración Aulas de la Naturaleza." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2006-20342 publicado el 22 noviembre 2006

ID de la publicación: BOE-A-2006-20342
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 22 noviembre 2006
Fecha Pub: 20061122
Fecha última actualizacion: 22 noviembre, 2006
Numero BORME 279
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Educación y Ciencia
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 22 noviembre 2006
Letra: A
Pagina de inicio: 40950
Pagina final: 40951




Publicacion oficial en el BOE número 279 - BOE-A-2006-20342


Publicacion oficial en el BOE-A-2006-20342 de Resolución de 23 de octubre de 2006, de la Dirección General de Cooperación Territorial y Alta Inspección, por la que se publica el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación y Ciencia y la Consejería de Educación de la Junta de Extremadura, para el programa de integración Aulas de la Naturaleza.


Descargar PDF oficial BOE-A-2006-20342 AQUÍ



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