Resolución de 27 de abril de 2007, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, por la que se amplía el plazo de resolución de determinadas convocatorias de concesión de ayudas.





En el marco del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica (I+D+I) para el periodo 2004-2007, aprobado por el Consejo de Ministros el 7 de noviembre de 2003, a lo largo de los últimos meses se han venido publicando en el Boletín Oficial del Estado una serie de Resoluciones de convocatoria de ayudas, cuya instrucción corresponde a la Dirección General de Investigación, y correspondientes al ejercicio 2007. La Ley 38/2003, General de Subvenciones, establece en los apartados 4 y 5 de su artículo 25 que el plazo máximo para resolver el procedimiento de concesión no podrá exceder de seis meses, y que los interesados podrán entender desestimada por silencio administrativo su solicitud por el transcurso de dicho plazo. De conformidad con lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 42, y en el artículo 43 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la Administración está obligada a dictar resolución expresa en todos los procedimientos y a notificarla cualquiera que sea su forma de iniciación. Por un lado, la tramitación administrativa e instrucción del procedimiento de este tipo de convocatorias en sus diferentes fases conlleva la aplicación de un gran volumen de recursos humanos y materiales a emplear en su instrucción, a fin de garantizar un procedimiento de selección transparente y objetivo, volumen del que no se dispone en la actualidad. Por otro lado, a este tipo de convocatorias se viene presentando un elevado número de solicitudes, que amplía las dificultades que conlleva la carencia de recursos humanos y materiales mencionada. Debido a ello, la experiencia histórica de ejercicios anteriores muestra la gran dificultad existente para completar la tramitación del procedimiento de concesión en el plazo máximo establecido en la Ley General de Subvenciones. El apartado 6 del artículo 42 de la Ley 30/1992 permite excepcionalmente ampliar el plazo máximo de resolución en circunstancias tasadas. Por todo ello, previa propuesta razonada de la Dirección General de Investigación y con base en lo anteriormente expuesto, esta Secretaría de Estado dispone lo siguiente:






Orden del día 17 mayo 2007

En el marco del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica (I+D+I) para el periodo 2004-2007, aprobado por el Consejo de Ministros el 7 de noviembre de 2003, a lo largo de los últimos meses se han venido publicando en el Boletín Oficial del Estado una serie de Resoluciones de convocatoria de ayudas, cuya instrucción corresponde a la Dirección General de Investigación, y correspondientes al ejercicio 2007. La Ley 38/2003, General de Subvenciones, establece en los apartados 4 y 5 de su artículo 25 que el plazo máximo para resolver el procedimiento de concesión no podrá exceder de seis meses, y que los interesados podrán entender desestimada por silencio administrativo su solicitud por el transcurso de dicho plazo. De conformidad con lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 42, y en el artículo 43 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la Administración está obligada a dictar resolución expresa en todos los procedimientos y a notificarla cualquiera que sea su forma de iniciación. Por un lado, la tramitación administrativa e instrucción del procedimiento de este tipo de convocatorias en sus diferentes fases conlleva la aplicación de un gran volumen de recursos humanos y materiales a emplear en su instrucción, a fin de garantizar un procedimiento de selección transparente y objetivo, volumen del que no se dispone en la actualidad. Por otro lado, a este tipo de convocatorias se viene presentando un elevado número de solicitudes, que amplía las dificultades que conlleva la carencia de recursos humanos y materiales mencionada. Debido a ello, la experiencia histórica de ejercicios anteriores muestra la gran dificultad existente para completar la tramitación del procedimiento de concesión en el plazo máximo establecido en la Ley General de Subvenciones. El apartado 6 del artículo 42 de la Ley 30/1992 permite excepcionalmente ampliar el plazo máximo de resolución en circunstancias tasadas. Por todo ello, previa propuesta razonada de la Dirección General de Investigación y con base en lo anteriormente expuesto, esta Secretaría de Estado dispone lo siguiente:

Primero.-Ampliación del plazo de resolución de determinadas convocatorias de concesión de ayudas: Se amplía de seis a nueve meses el plazo máximo de resolución de las siguientes convocatorias de ayudas, cuya instrucción corresponde a la Dirección General de Investigación: 1. Convocatoria 2007 de acciones complementarias: Resolución de 8 de enero de 2007, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, por la que se publica la convocatoria de ayudas para la realización de acciones complementarias en el marco de algunos Programas Nacionales del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2004-2007 (BOE de 15 de enero de 2007).

2. Convocatoria 2007 de proyectos: Resolución de 29 de septiembre de 2006, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, por la que se hace pública la convocatoria de ayudas para la realización de proyectos de investigación, en el marco de algunos Programas Nacionales del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2004-2007 (BOE de 11 de octubre de 2006). 3. Convocatoria 2007 de ayudas en el marco del Programa Consolider-Ingenio 2010: Resolución de 21 de noviembre de 2006, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, por la que se publica convocatoria de ayudas de financiación estratégica de programas de actividad investigadora efectuados por equipos de investigación de alto nivel, en el marco del Programa Consolider-Ingenio 2010 (BOE de 29 de noviembre de 2006). 4. Convocatoria 2006 de proyectos de estímulo a la transferencia de resultados de la investigación: Resolución de 19 de diciembre de 2005, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, por la que se hace pública la convocatoria de ayudas para la realización de proyectos de estímulo a la transferencia de resultados de investigación, en el marco del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2004-2007 (BOE de 27 de diciembre de 2005). 5. Convocatoria 2007 de proyectos de estímulo a la transferencia de resultados de la investigación: Resolución de 27 de diciembre de 2006, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, por la que se publica la convocatoria de ayudas para la realización de proyectos de estímulo a la transferencia de resultados de investigación, en el marco del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2004-2007 (BOE de 13 de enero de 2007). 6. Convocatoria 2006 para Oficinas de Transferencia de Resultados de Investigación (OTRIs): Resolución de 27 de diciembre de 2006, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, por la que se hace pública la convocatoria de concesión de ayudas para el desarrollo y fortalecimiento de las Oficinas de Transferencia de Resultados de Investigación, en el marco del Programa Nacional de Apoyo a la competitividad Empresarial del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2004-2007 (BOE de 3 de enero de 2007).

1. La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, y resultará aplicable a todas las solicitudes que se presenten o ya se hayan presentado a las resoluciones de convocatoria recogidas en el apartado primero.

2. Contra la presente resolución de ampliación de plazo no cabrá recurso alguno.

Madrid, 27 de abril de 2007.-El Secretario de Estado de Universidades e Investigación, P.D. (Orden. ECI/87/2005, de 14 de enero), el Secretario General de Política Científica y Tecnológica, Francisco Marcellán Español.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Educación y Ciencia

Resolución de 27 de abril de 2007, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, por la que se amplía el plazo de resolución de determinadas convocatorias de concesión de ayudas.

"Resolución de 27 de abril de 2007, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, por la que se amplía el plazo de resolución de determinadas convocatorias de concesión de ayudas." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2007-10005 publicado el 17 mayo 2007

ID de la publicación: BOE-A-2007-10005
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 17 mayo 2007
Fecha Pub: 20070517
Fecha última actualizacion: 17 mayo, 2007
Numero BORME 118
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Educación y Ciencia
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 17 mayo 2007
Letra: A
Pagina de inicio: 21322
Pagina final: 21322




Publicacion oficial en el BOE número 118 - BOE-A-2007-10005


Publicacion oficial en el BOE-A-2007-10005 de Resolución de 27 de abril de 2007, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, por la que se amplía el plazo de resolución de determinadas convocatorias de concesión de ayudas.


Descargar PDF oficial BOE-A-2007-10005 AQUÍ



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