Resolución de 10 de enero de 2008, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se prorroga la homologación de la empresa Ensino Profesional Galego, para impartir cursos de especialidad marítima.





Efectuada solicitud de prórroga de homologación por la empresa Ensino Profesional Galego (en adelante, ENPROGA), para impartir los cursos de especialidad marítima de Formación Básica, Avanzado en Lucha contra Incendios, Operador General del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítimo, Operador Restringido del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítimo, Familiarización en Buques Tanque, Buques Petroleros, Buques Gaseros, Buques Quimiqueros, Básico de Buques de Pasaje, Buques Ro-Ro de Pasaje y Buques de Pasaje distintos a Buques Ro-Ro, Radar de Punteo Automático (ARPA), botes de rescate rápidos y embarcaciones de supervivencia y botes de rescate (no rápidos). Vista la documentación aportada y el informe favorable de la Capitanía Marítima de A Coruña, y de conformidad con lo dispuesto en la Orden FOM, de 4 de septiembre de 2002 (BOE núm. 226, de 20 de septiembre), por la que se regulan los programas de formación de los títulos profesionales de Marineros de Puente y de Máquinas de la Marina Mercante, y de Patrón Portuario, así como los certificados de especialidad acreditativos de la competencia profesional, Esta Dirección General ha resuelto:






Orden del día 30 enero 2008

Efectuada solicitud de prórroga de homologación por la empresa Ensino Profesional Galego (en adelante, ENPROGA), para impartir los cursos de especialidad marítima de Formación Básica, Avanzado en Lucha contra Incendios, Operador General del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítimo, Operador Restringido del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítimo, Familiarización en Buques Tanque, Buques Petroleros, Buques Gaseros, Buques Quimiqueros, Básico de Buques de Pasaje, Buques Ro-Ro de Pasaje y Buques de Pasaje distintos a Buques Ro-Ro, Radar de Punteo Automático (ARPA), botes de rescate rápidos y embarcaciones de supervivencia y botes de rescate (no rápidos). Vista la documentación aportada y el informe favorable de la Capitanía Marítima de A Coruña, y de conformidad con lo dispuesto en la Orden FOM, de 4 de septiembre de 2002 (BOE núm. 226, de 20 de septiembre), por la que se regulan los programas de formación de los títulos profesionales de Marineros de Puente y de Máquinas de la Marina Mercante, y de Patrón Portuario, así como los certificados de especialidad acreditativos de la competencia profesional, Esta Dirección General ha resuelto:

Primero.-Prorrogar la homologación a ENPROGA para impartir los cursos de especialidad de: Formación Básica.

Avanzado en Lucha contra Incendios. Operador General del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítimo. Operador Restringido del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítimo. Familiarización en Buques Tanque. Buques Petroleros. Buques Gaseros. Buques Quimiqueros. Básico de Buques de Pasaje. Buques Ro-Ro de Pasaje y Buques de Pasaje distintos a Buques Ro-Ro. Radar de Punteo Automático (ARPA). Botes de Rescate Rápidos. Embarcaciones de supervivencia y botes de rescate (no rápidos).

Tercero.-En un plazo no inferior a quince días antes de la celebración de cada curso, ENPROGA informará a la Subdirección General de Seguridad Marítima y Contaminación y a la Capitanía Marítima correspondiente, mediante fax y medios telemáticos, preferentemente informáticos o electrónicos, las fechas de inicio y finalización del curso a impartir; el número, nombre, identidad y documento nacional de identidad de los alumnos; el lugar donde se va a impartir el curso; con las características del equipamiento material que se va a utilizar; la distribución del contenido del curso en las fechas de desarrollo del mismo; la relación de los formadores, instructores y evaluadores del curso correspondiente acompañada del currículum profesional, con la cualificación y experiencia de aquellos que no hayan participado en cursos anteriores o que no consten en el expediente de homologación. En el caso de que en ese momento no se disponga de la lista de los alumnos asistentes al curso, la misma se remitirá mediante fax a la Capitanía Marítima correspondiente, tan pronto como sea posible con anterioridad al comienzo del curso. Asimismo, cualquier cambio de los datos comunicados, deberá ser notificado mediante fax, con carácter previo, a la Capitanía Marítima correspondiente. Cuarto.- En el plazo no superior a setenta y dos horas posteriores a la finalización del curso, ENPROGA remitirá a la Subdirección General de Seguridad Marítima y Contaminación, mediante medios telemáticos, y preferentemente informáticos o electrónicos, los datos de los alumnos que hayan superado el curso, de acuerdo con los contenidos determinados en el anexo IV de la Orden FOM/2296/2002, de 4 de septiembre. Quinto.-Además, en el plazo no superior a una semana desde la finalización del curso correspondiente, ENPROGA remitirá acta oficial correspondiente a la Subdirección General de Seguridad Marítima y Contaminación. Sexto.-Al personal que haya finalizado con aprovechamiento el curso realizado, se le expedirá por la Dirección General de la Marina Mercante el oportuno certificado oficial a la vista de las actas o el certificado emitido por el centro de formación, con los contenidos determinados en el anexo V de la Orden FOM/2296/2002, de 4 de septiembre. Séptimo.-Al objeto de comprobar que el desarrollo de los cursos se adecua a los niveles de calidad y profesionalidad necesarias, la Subdirección General de Seguridad Marítima y Contaminación podrá llevar a cabo inspecciones de los mismos.

Octavo.-El personal que participe en los cursos deberá estar amparado por un seguro amplio de accidentes que pudieran producirse durante la realización de los mismos.

Madrid, 10 de enero de 2008.-El Director General de la Marina Mercante, Felipe Martínez Martínez.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Fomento

Resolución de 10 de enero de 2008, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se prorroga la homologación de la empresa Ensino Profesional Galego, para impartir cursos de especialidad marítima.

"Resolución de 10 de enero de 2008, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se prorroga la homologación de la empresa Ensino Profesional Galego, para impartir cursos de especialidad marítima." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2008-1598 publicado el 30 enero 2008

ID de la publicación: BOE-A-2008-1598
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 30 enero 2008
Fecha Pub: 20080130
Fecha última actualizacion: 30 enero, 2008
Numero BORME 26
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Fomento
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 30 enero 2008
Letra: A
Pagina de inicio: 5544
Pagina final: 5545




Publicacion oficial en el BOE número 26 - BOE-A-2008-1598


Publicacion oficial en el BOE-A-2008-1598 de Resolución de 10 de enero de 2008, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se prorroga la homologación de la empresa Ensino Profesional Galego, para impartir cursos de especialidad marítima.


Descargar PDF oficial BOE-A-2008-1598 AQUÍ



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