Resolución de 12 de agosto de 2009, la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se rehomologa al Centro Nacional de Formación Marítima de Isla Cristina para impartir cursos.





Efectuada solicitud de re-homologación por el Centro Nacional de Formación Marítima de Isla Cristina, para impartir diversos cursos, vista la documentación aportada y el informe favorable de la Capitanía Marítima de Huelva, y de conformidad con lo dispuesto en la Orden FOM2296/2002, de 4 de septiembre,






Orden del día 25 septiembre 2009

Efectuada solicitud de re-homologación por el Centro Nacional de Formación Marítima de Isla Cristina, para impartir diversos cursos, vista la documentación aportada y el informe favorable de la Capitanía Marítima de Huelva, y de conformidad con lo dispuesto en la Orden FOM2296/2002, de 4 de septiembre,

Esta Dirección General ha resuelto:

Primero.–Re-homologar dicho centro para impartir los cursos de especialidad de:

Botes de rescate rápidos.

Operador general del sistema mundial de socorro y seguridad marítimos.

Operador restringido del sistema mundial de socorro y seguridad marítimos.

Familiarización en buques tanque.

Buques petroleros.

Buques gaseros.

Buques quimiqueros.

Básico de buques de pasaje.

Buques ro-ro de pasaje y buques de pasaje distintos a buques ro-ro.

Radar de punteo automático (ARPA).

Avanzado en lucha contra incendios.

Segundo.–Esta homologación tendrá validez por un periodo de dos años, a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, pudiéndose prorrogar a la vista de la Memoria, planes de estudios, prácticas y demás documentación que presente el centro de formación sobre los cursos realizados en base a esta homologación y se solicite antes de la fecha de su expiración.

Tercero.–En un plazo no inferior a quince días antes de la celebración de cada curso, el Centro Nacional de Formación Marítima de Isla Cristina informará a la Subdirección General de Seguridad Marítima y Contaminación y a la Capitanía Marítima correspondiente, mediante fax y/o medios telemáticos, preferentemente informáticos o electrónicos, las fechas de inicio y finalización del curso a impartir, el lugar donde se va a impartir el curso, con las características del equipamiento material que se va a utilizar, así como la distribución del contenido del curso en las fechas de desarrollo del mismo y la relación de los formadores, instructores y evaluadores del curso correspondiente acompañada del curriculum profesional, con la cualificación y experiencia de aquellos que no hayan participado en cursos anteriores o que no consten en el expediente de homologación.

Cuarto.–En el plazo no superior a setenta y dos horas posteriores a la finalización del curso, el Centro Nacional de Formación Marítima de Isla Cristina remitirá a la Subdirección General de Seguridad Marítima y Contaminación, mediante medios telemáticos, y preferentemente informáticos o electrónicos, los datos de los alumnos que hayan superado el curso, de acuerdo con los contenidos determinados en la Orden FOM2296/2002, de 4 de septiembre.

Quinto.–Además, en el plazo no superior a una semana desde la finalización del curso correspondiente, el Centro Nacional de Formación Marítima de Isla Cristina remitirá acta oficial correspondiente a la Subdirección General de Seguridad Marítima y Contaminación.

Sexto.–Al personal que haya finalizado con aprovechamiento el curso realizado, se le expedirá por la Dirección General de la Marina Mercante el oportuno certificado oficial a la vista de las actas o el certificado emitido por el centro de formación, con los contenidos determinados en la Orden FOM2296/2002, de 4 de septiembre.

Séptimo.–Al objeto de comprobar que el desarrollo de los cursos se adecua a los niveles de calidad y profesionalidad necesarias, la Subdirección General de Seguridad Marítima y Contaminación podrá llevar a cabo inspecciones de los mismos.

Octavo.–El personal que participe en los cursos deberá estar amparado por un seguro amplio de accidentes que pudieran producirse durante la realización de los mismos.

Madrid, 12 de agosto de 2009.–La Directora General de la Marina Mercante, M.ª Isabel Durantez Gil.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Fomento

Resolución de 12 de agosto de 2009, la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se rehomologa al Centro Nacional de Formación Marítima de Isla Cristina para impartir cursos.

"Resolución de 12 de agosto de 2009, la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se rehomologa al Centro Nacional de Formación Marítima de Isla Cristina para impartir cursos." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2009-15227 publicado el 25 septiembre 2009

ID de la publicación: BOE-A-2009-15227
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 25 septiembre 2009
Fecha Pub: 20090925
Fecha última actualizacion: 25 septiembre, 2009
Numero BORME 232
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Fomento
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 25 septiembre 2009
Letra: A
Pagina de inicio: 80968
Pagina final: 80969




Publicacion oficial en el BOE número 232 - BOE-A-2009-15227


Publicacion oficial en el BOE-A-2009-15227 de Resolución de 12 de agosto de 2009, la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se rehomologa al Centro Nacional de Formación Marítima de Isla Cristina para impartir cursos.


Descargar PDF oficial BOE-A-2009-15227 AQUÍ



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