Resolución de 21 de agosto de 2009, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se rehomologa al Instituto Marítimo-Pesquero de Santa Cruz de Tenerife para impartir cursos.





Efectuada solicitud de rehomologación por el Instituto Marítimo-Pesquero de Santa Cruz de Tenerife, para impartir los cursos de patrón portuario, marinero de puente y marinero de máquinas, vista la documentación aportada y el informe de la Capitanía Marítima de Santa Cruz de Tenerife, y de conformidad con lo dispuesto en la Orden de 4 de septiembre de 2002 («BOE» número 226, de 20 de septiembre), por la que se regulan los programas de formación de los títulos profesionales de Marineros de Puente y de Máquinas de la Marina Mercante, y de Patrón Portuario, así como los certificados de especialidad acreditativos de la competencia profesional,






Orden del día 05 octubre 2009

Efectuada solicitud de rehomologación por el Instituto Marítimo-Pesquero de Santa Cruz de Tenerife, para impartir los cursos de patrón portuario, marinero de puente y marinero de máquinas, vista la documentación aportada y el informe de la Capitanía Marítima de Santa Cruz de Tenerife, y de conformidad con lo dispuesto en la Orden de 4 de septiembre de 2002 («BOE» número 226, de 20 de septiembre), por la que se regulan los programas de formación de los títulos profesionales de Marineros de Puente y de Máquinas de la Marina Mercante, y de Patrón Portuario, así como los certificados de especialidad acreditativos de la competencia profesional,

Esta Dirección General ha resuelto:

Primero.–Rehomologar al Instituto Marítimo-Pesquero de Santa Cruz de Tenerife, para impartir los cursos de especialidad de:

Marinero de Puente.

Marinero de Máquinas.

Segundo.–Esta rehomologación tendrá validez hasta la fecha en que se cumplan cinco años de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Estado, pudiéndose prorrogar a la vista de la Memoria, planes de estudios, prácticas y demás documentación que presente el centro de formación sobre los cursos realizados en base a esta homologación y se solicite antes de la fecha de su expiración.

Tercero.–En un plazo no inferior a quince días antes de la celebración de cada curso, el Instituto Marítimo-Pesquero de Santa Cruz de Tenerife informará a la Subdirección General de Seguridad Marítima y Contaminación y a la Capitanía Marítima correspondiente, mediante fax y/o medios telemáticos, preferentemente informáticos o electrónicos, las fechas de inicio y finalización del curso a impartir; el número, nombre, identidad y DNI de los alumnos; el lugar donde se va a impartir el curso; con las características del equipamiento material que se va a utilizar; la distribución del contenido del curso en las fechas de desarrollo del mismo; la relación de los formadores, instructores y evaluadores del curso correspondiente acompañada del curriculum profesional, con la cualificación y experiencia de aquellos que no hayan participado en cursos anteriores o que no consten en el expediente de homologación. En el caso de que en ese momento no se disponga de la lista de los alumnos asistentes al curso, la misma se remitirá mediante fax a la Capitanía Marítima correspondiente, tan pronto como sea posible con anterioridad al comienzo del curso. Asimismo, cualquier cambio de los datos comunicados, deberá ser notificado mediante fax, con carácter previo, a la Capitanía Marítima correspondiente.

Cuarto.–En el plazo no superior a setenta y dos horas posteriores a la finalización del curso, el Instituto Marítimo-Pesquero de Santa Cruz de Tenerife remitirá a la Subdirección General de Seguridad Marítima y Contaminación, mediante medios telemáticos, y preferentemente informáticos o electrónicos, los datos de los alumnos que hayan superado el curso, de acuerdo con los contenidos determinados en el anexo IV de la Orden FOM/2296/2002, de 4 de septiembre.

Quinto.–Además, en el plazo no superior a una semana desde la finalización del curso correspondiente, el Instituto Marítimo-Pesquero de Santa Cruz de Tenerife remitirá acta oficial correspondiente a la Subdirección General de Seguridad Marítima y Contaminación.

Sexto.–Al personal que haya finalizado con aprovechamiento el curso realizado, se le expedirá por la Dirección General de la Marina Mercante el oportuno certificado oficial a la vista de las actas o el certificado emitido por el centro de formación, con los contenidos determinados en el anexo V de la Orden FOM/2296/2002, de 4 de septiembre.

Séptimo.–Al objeto de comprobar que el desarrollo de los cursos se adecua a los niveles de calidad y profesionalidad necesarias, la Subdirección General de Seguridad Marítima y Contaminación podrá llevar a cabo inspecciones de los mismos.

Octavo.–El personal que participe en los cursos deberá estar amparado por un seguro amplio de accidentes que pudieran producirse durante la realización de los mismos.

Madrid, 21 de agosto de 2009.–La Directora General de la Marina Mercante, María Isabel Durántez Gil.

 



Datos oficiales del departamento Ministerio de Fomento

Resolución de 21 de agosto de 2009, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se rehomologa al Instituto Marítimo-Pesquero de Santa Cruz de Tenerife para impartir cursos.

"Resolución de 21 de agosto de 2009, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se rehomologa al Instituto Marítimo-Pesquero de Santa Cruz de Tenerife para impartir cursos." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2009-15820 publicado el 05 octubre 2009

ID de la publicación: BOE-A-2009-15820
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 05 octubre 2009
Fecha Pub: 20091005
Fecha última actualizacion: 5 octubre, 2009
Numero BORME 240
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Fomento
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 05 octubre 2009
Letra: A
Pagina de inicio: 83670
Pagina final: 83671




Publicacion oficial en el BOE número 240 - BOE-A-2009-15820


Publicacion oficial en el BOE-A-2009-15820 de Resolución de 21 de agosto de 2009, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se rehomologa al Instituto Marítimo-Pesquero de Santa Cruz de Tenerife para impartir cursos.


Descargar PDF oficial BOE-A-2009-15820 AQUÍ



Dejar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *