Resolución de 26 de diciembre de 2019, de la Secretaría General de Infraestructuras, por la que se autoriza a la Sociedad Estatal de Infraestructuras del Transporte Terrestre, S.M.E., SA, una bonificación temporal en los peajes aplicados en determinados tramos de la Autopista AP-7. Circunvalación de Alicante con motivo de la necesidad de construcción de un nuevo peaje en el término municipal de El Campello.





1. La Sociedad Estatal de Infraestructuras del Transporte Terrestre, S.M.E., S.A. (en adelante SEITTSA) en virtud del convenio suscrito el 16 de agosto de 2017 con la Administración General del Estado y prorrogado por adenda suscrita con fecha 22 de diciembre 2018, ha asumido la gestión de las siguientes autopistas de peaje:

Contenidos de la Ministerio de Fomento Resolución de 26 de diciembre de 2019, de la Secretaría General de Infraestructuras, por la que se autoriza a la Sociedad Estatal de Infraestructuras del Transporte Terrestre, S.M.E., SA, una bonificación temporal en los peajes aplicados en determinados tramos de la Autopista AP-7. Circunvalación de Alicante con motivo de la necesidad de construcción de un nuevo peaje en el término municipal de El Campello. del 20191230







Orden del día 30 diciembre 2019

1. La Sociedad Estatal de Infraestructuras del Transporte Terrestre, S.M.E., S.A. (en adelante SEITTSA) en virtud del convenio suscrito el 16 de agosto de 2017 con la Administración General del Estado y prorrogado por adenda suscrita con fecha 22 de diciembre 2018, ha asumido la gestión de las siguientes autopistas de peaje:

– Autopista de peaje Radial 2 de Madrid a Guadalajara.

– Autopista de peaje Radial 3 de Madrid a Arganda del Rey.

– Autopista de peaje Radial 4 de Madrid a Ocaña.

– Autopista de peaje Radial 5 de Madrid a Navalcarnero.

– Autopista de peaje M-12 de la A-10 a la M-40.

– Autopista de peaje AP-36 de Ocaña a la Roda.

– Autopista de peaje AP-7. Tramo: Cartagena-Vera.

– Autopista de peaje AP-7. Tramo: Circunvalación de Alicante.

– Autopista de peaje AP-41. Madrid-Toledo.

2. El artículo 22 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, establece que «la utilización de la carretera por el usuario será gratuita o podrá conllevar el pago de peajes o tasas, cuyas tarifas aprobará el Gobierno». Asimismo, el apartado 2 de la disposición adicional séptima de la citada Ley 37/2015, modificada por el Real Decreto-ley 18/2018, de 8 de noviembre, sobre medidas urgentes en materia de carreteras, autoriza expresamente a la Sociedad Estatal de Infraestructuras del Transporte Terrestre, S.M.E., S.A. (en adelante SEITTSA) a que cobre a los usuarios las tarifas que fije el Consejo de Ministros.

3. A la vista de lo anterior, el Consejo de Ministros, en su reunión del día 14 de diciembre de 2018, a propuesta del Ministro de Fomento, aprobó el Acuerdo por el que se aprueban las tarifas aplicables en determinadas autopistas de la Red de Carreteras del Estado, en el que se contempla la aplicación de las siguientes tarifas máximas en las autopistas citadas:

Vehículos Ligeros:

a) Motocicletas con o sin sidecar.

b) Vehículos de turismo sin remolque o con remolque, sin rueda gemela (doble neumático).

c) Furgones y furgonetas de dos ejes, cuatro ruedas.

d) Microbuses de dos ejes, cuatro ruedas.

Vehículos Pesados 1:

e) Camiones de dos ejes.

f) Camiones de dos ejes y con remolque de un eje.

g) Camiones de tres ejes.

h) Turismos, furgones, furgonetas y microbuses (todos ellos de dos ejes, cuatro ruedas) con remolque de un eje con rueda gemela (doble neumático).

i) Autocares de dos ejes.

j) Autocares de dos ejes y con remolque de un eje.

k) Autocares de tres ejes.

Vehículos Pesados 2:

l) Camiones con o sin remolque, con un total de cuatro ejes o más.

m) Turismos, furgones, furgonetas y microbuses (todos ellos de dos ejes, cuatro ruedas), con remolque de dos o más ejes y, al menos, un eje con rueda gemela (doble neumático).

n) Autocares con o sin remolque, con un total de cuatro ejes o más.

TAG es equivalente a Telepeaje o VÍA-T.

Adicionalmente, se establece en dicho Acuerdo que las autopistas serán gratuitas en el horario comprendido entre las 0:00:00 h y las 6:00:00 h, todos los días del año.

Así mismo, en el apartado 4 de su punto primero, se recoge expresamente que: «El Secretario General de Infraestructuras podrá autorizar bonificaciones a propuesta de SEITTSA».

Por último, en el citado Acuerdo de Consejo de Ministros, se autoriza al Secretario General de Infraestructuras para que, a partir de las anteriores tarifas máximas y las distancias de los recorridos, aprobase los peajes correspondientes.

De conformidad con ello, con fecha 28 de diciembre de 2018, el Secretario General de Infraestructuras dictó la Resolución, por la que se aprueban los peajes aplicables en determinadas autopistas de la red de carreteras del estado, con aplicación desde el 15 de enero de 2019, en los diferentes recorridos en las mencionadas autopistas, salvo en la Autopista AP-41 de Madrid a Toledo.

Posteriormente, mediante Resolución del 29 de mayo de 2019, el Secretario General de Infraestructuras estableció como fecha de inicio de aplicación de las tarifas máximas en la Autopista AP-41 de Madrid a Toledo a partir del 1 de junio de 2019.

4. El próximo 31 de diciembre de 2019 finaliza la Concesión de Autopistas AUMAR, S.A., Concesionaria del Estado (en adelante AUMAR), estando previsto que desde el 1 de enero de 2020 se deje de cobrar peaje en las autopistas bajo esta concesión.

Entre las autopistas en las que se dejará de cobrar el peaje, a partir de la citada fecha, se encuentra la AP-7 Valencia-Alicante. Para la autopista AP-7 Circunvalación de Alicante, gestionada por SEITTSA, existe actualmente un acuerdo de cobro conjunto con AUMAR, que regula los procedimientos para la gestión del cobro a través de un sistema de peaje cerrado en el tramo Valencia-Alicante.

Por lo tanto, desde el momento de la finalización de la Concesión de AUMAR, es decir, desde el 1 de enero de 2020, es necesario establecer unas bonificaciones temporales de determinados peajes de la Autopista AP-7 Circunvalación de Alicante, hasta la finalización de las obras y puesta en servicio de una nueva área de peaje troncal en el citado tramo de autopista.

En este sentido, SEITTSA ha licitado y tiene en fase de adjudicación un Contrato de servicios para la redacción del proyecto de construcción de la nueva área de peaje troncal, en autopista AP-7 Circunvalación de Alicante en el término municipal de El Campello.

5. Una vez analizado, dado que la finalización de las de las obras necesarias para que pueda realizarse el cobro del peaje para determinados recorridos no se producirá con anterioridad a la finalización del plazo de la Concesión de AUMAR, y con el fin de no producir un perjuicio a los usuarios de la autopista que realicen estos recorridos, se considera necesario, por parte de SEITTSA, la aplicación de las bonificaciones temporales, que a continuación se indican, sobre los importes de peaje vigentes de la Autopista AP-7 Circunvalación de Alicante:

Desde el 1 de enero de 2020, se aplicarán bonificaciones a los siguientes recorridos, conforme a lo establecido en los cuadros recogidos en este apartado:

– Todos los recorridos que salgan de la autopista AP-7 Circunvalación de Alicante en la Prolongación AP-7, dado que estos recorridos son los que, hasta el 31 de diciembre de 2019, cobra AUMAR a SEITTSA.

– Los recorridos con origen o entrada en San Vicente y destino o salida en El Campello que realizan el pago del peaje sin uso de dispositivo electrónico (TAG), al no ser posible determinar para estos recorridos su origen para aquellos usuarios que salen en El Campello sin ticket de recorrido.

– Los recorridos con origen o entrada en San Vicente y destino o salida en El Campello que realizan el pago del peaje sin uso de dispositivo electrónico (TAG), al no ser posible determinar para estos recorridos su origen para aquellos usuarios que salen en El Campello sin ticket de recorrido.

Se recoge a continuación el importe de las bonificaciones a aplicar, en función de los recorridos expresados anteriormente, para cada categoría de vehículo (Ligero, Pesado 1, Pesado 2), con o sin TAG, a partir de los importes de peaje, reflejados en Resolución del Secretario General de Infraestructuras, de fecha 28 de diciembre de 2018, por la que se aprueban los peajes aplicables en determinadas autopistas de la Red de Carreteras del Estado.

Todos los importes expresados en los cuadros tienen el IVA incluido.

6. Una vez aprobado el proyecto de construcción de la nueva área de peaje troncal, en la autopista AP-7 Circunvalación de Alicante en el término municipal de El Campello al que se refiere el apartado 4. de la presente Resolución, SEITTSA determinará la necesidad de revisar las bonificaciones aprobadas en esta Resolución, y en su caso, elevará una nueva propuesta, que se ajuste y sea coherente con el proyecto de construcción, para su autorización por el Secretario General de Infraestructuras.

7. Una vez que se finalicen las obras correspondientes al proyecto de construcción de la nueva área de peaje troncal, en autopista AP-7 Circunvalación de Alicante en el término municipal de El Campello, y previa comunicación por parte de SEITTSA al Secretario General de Infraestructuras, indicando la disposición operativa de la nueva área troncal para el cobro peajes, se dejaran de aplicar la totalidad de las bonificaciones recogidas en el apartado 5, en la fecha y con las condiciones que se determinen por la Resolución del Secretario General de Infraestructuras que las deje sin efecto.

En consecuencia, dispongo:

Autorizar a la Sociedad Estatal de Infraestructuras del Transporte Terrestre, S.M.E., S.A., a aplicar el régimen de bonificaciones recogido en los apartados 5. 6. y 7. de la presente Resolución, en virtud de lo establecido en el punto Primero, apartado 4 del Acuerdo del Consejo de Ministros, de 14 de diciembre de 2018, por el que se aprueban las tarifas aplicables en determinadas autopistas de la Red de Carreteras del Estado.

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Secretario de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y siguiente de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de lo dispuesto en el artículo 46 y concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Madrid, 26 de diciembre de 2019.–El Secretario General de Infraestructuras, Julián López Milla.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Fomento

Resolución de 26 de diciembre de 2019, de la Secretaría General de Infraestructuras, por la que se autoriza a la Sociedad Estatal de Infraestructuras del Transporte Terrestre, S.M.E., SA, una bonificación temporal en los peajes aplicados en determinados tramos de la Autopista AP-7. Circunvalación de Alicante con motivo de la necesidad de construcción de un nuevo peaje en el término municipal de El Campello.

"Resolución de 26 de diciembre de 2019, de la Secretaría General de Infraestructuras, por la que se autoriza a la Sociedad Estatal de Infraestructuras del Transporte Terrestre, S.M.E., SA, una bonificación temporal en los peajes aplicados en determinados tramos de la Autopista AP-7. Circunvalación de Alicante con motivo de la necesidad de construcción de un nuevo peaje en el término municipal de El Campello." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2019-18709 publicado el 30 diciembre 2019

ID de la publicación: BOE-A-2019-18709
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 30 diciembre 2019
Fecha Pub: 20191230
Fecha última actualizacion: 30 diciembre, 2019
Numero BORME 313
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Fomento
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 30 diciembre 2019
Letra: A
Pagina de inicio: 142285
Pagina final: 142291




Publicacion oficial en el BOE número 313 - BOE-A-2019-18709


Publicacion oficial en el BOE-A-2019-18709 de Resolución de 26 de diciembre de 2019, de la Secretaría General de Infraestructuras, por la que se autoriza a la Sociedad Estatal de Infraestructuras del Transporte Terrestre, S.M.E., SA, una bonificación temporal en los peajes aplicados en determinados tramos de la Autopista AP-7. Circunvalación de Alicante con motivo de la necesidad de construcción de un nuevo peaje en el término municipal de El Campello.


Descargar PDF oficial BOE-A-2019-18709 AQUÍ



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