Resolución de 29 de noviembre de 2005, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se prorroga la homologación de la Facultad de Náutica de la Universidad Politécnica de Cataluña para impartir diversos cursos.





Efectuada solicitud de prórroga de homologación por la Facultad de Náutica de la Universidad Politécnica de Cataluña, para impartir los cursos de especialidad marítima de Formación Básica, Embarcaciones de Supervivencia y Botes de Rescate (no rápidos), Botes de Rescate Rápido, Avanzado en Lucha Contra Incendios, Operador General del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítimo, Operador Restringido del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítimo, Familiarización en Buques Tanque, Buques Petroleros, Buques Gaseros, Buques Quimiqueros, Radar de Punteo Automático (ARPA), Básico de Buques de Pasaje, Buques Ro-Ro de Pasaje y Buques de Pasaje distintos a Buques Ro-Ro, vista la documentación aportada y el informe favorable de la Capitanía Marítima de Barcelona, y de conformidad con lo dispuesto en la Orden FOM de 4 de septiembre de 2002 (BOE núm. 226, de 20 de septiembre) por la que se regulan los programas de formación de los títulos profesionales de Marineros de Puente y de Máquinas de la Marina Mercante, y de Patrón Portuario, así como los certificados de especialidad acreditativos de la competencia profesional, Esta Dirección General ha resuelto:






Orden del día 22 diciembre 2005

Efectuada solicitud de prórroga de homologación por la Facultad de Náutica de la Universidad Politécnica de Cataluña, para impartir los cursos de especialidad marítima de Formación Básica, Embarcaciones de Supervivencia y Botes de Rescate (no rápidos), Botes de Rescate Rápido, Avanzado en Lucha Contra Incendios, Operador General del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítimo, Operador Restringido del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítimo, Familiarización en Buques Tanque, Buques Petroleros, Buques Gaseros, Buques Quimiqueros, Radar de Punteo Automático (ARPA), Básico de Buques de Pasaje, Buques Ro-Ro de Pasaje y Buques de Pasaje distintos a Buques Ro-Ro, vista la documentación aportada y el informe favorable de la Capitanía Marítima de Barcelona, y de conformidad con lo dispuesto en la Orden FOM de 4 de septiembre de 2002 (BOE núm. 226, de 20 de septiembre) por la que se regulan los programas de formación de los títulos profesionales de Marineros de Puente y de Máquinas de la Marina Mercante, y de Patrón Portuario, así como los certificados de especialidad acreditativos de la competencia profesional, Esta Dirección General ha resuelto:

Primero.-Prorrogar la homologación a la Facultad de Náutica de la Universidad Politécnica de Cataluña, para impartir los cursos de especialidad de: Formación Básica.

Avanzado en Lucha Contra Incendios. Embarcaciones de Supervivencia y Botes de Rescate (no rápidos). Botes de rescate rápido. Operador General del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítimo. Operador Restringido del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítimo. Familiarización en Buques Tanque. Buques Petroleros. Buques Gaseros. Buques Quimiqueros. Radar de Punteo Automático (ARPA). Básico de Buques de Pasaje. Buques Ro-Ro de Pasaje y Buques de Pasaje distintos a Buques Ro-Ro.

Tercero.-Respecto a la formación objeto de la presente Resolución que se imparte durante una asignatura o módulo de enseñanzas integradas en la Formación Profesional Reglada, la Facultad de Náutica de la Universidad Politécnica de Cataluña deberá comunicar por medios telemáticos y papel antes de comenzar el curso escolar, la asignatura o módulo en la que se dan los contenidos referidos al certificado correspondiente, las fechas estimadas de impartición, la forma de hacer las practicas, y las fechas y lugares de las mismas en los casos en que se hagan en un lugar externo al Centro. El acta se remitirá de acuerdo con el procedimiento de comunicación y plazos establecidos en los epígrafes Quinto y Sexto, una vez se complete la formación y se referirá solo a la formación del certificado correspondiente. Cuarto.-En un plazo no inferior a quince días antes de la celebración de cada curso no relacionados en el epígrafe Tercero, la Facultad de Náutica de la Universidad Politécnica de Cataluña informará a la Subdirección General de Seguridad Marítima y Contaminación y a la Capitanía Marítima correspondiente, mediante fax y medios telemáticos, preferentemente informáticos o electrónicos, las fechas de inicio y finalización del curso a impartir; el número, nombre, identidad y DNI de los alumnos; el lugar donde se va a impartir el curso; con las características del equipamiento material que se va a utilizar; la distribución del contenido del curso en las fechas de desarrollo del mismo; la relación de los formadores, instructores y evaluadores del curso correspondiente acompañada del curriculum profesional, con la cualificación y experiencia de aquellos que no hayan participado en cursos anteriores o que no consten en el expediente de homologación. En el caso de que en ese momento no se disponga de la lista de los alumnos asistentes al curso, la misma se remitirá mediante fax a la Capitanía Marítima correspondiente, tan pronto como sea posible con anterioridad al comienzo del curso. Asimismo, cualquier cambio de los datos comunicados, deberá ser notificado mediante fax, con carácter previo, a la Capitanía Marítima correspondiente. Quinto.-En el plazo no superior a setenta y dos horas posteriores a la finalización del curso, la Facultad de Náutica de la Universidad Politécnica de Cataluña remitirá a la Subdirección General de Seguridad Marítima y Contaminación, mediante medios telemáticos, y preferentemente informáticos o electrónicos, los datos de los alumnos que hayan superado el curso, de acuerdo con los contenidos determinados en el Anexo IV de la Orden FOM 2296/2002 de 4 de septiembre. Sexto.-Además, en el plazo no superior a una semana desde la finalización del curso correspondiente, la Facultad de Náutica de la Universidad Politécnica de Cataluña remitirá acta oficial correspondiente a la Subdirección General de Seguridad Marítima y Contaminación. Séptimo.-Al personal que haya finalizado con aprovechamiento el curso realizado, se le expedirá por la Dirección General de la Marina Mercante el oportuno certificado oficial a la vista de las actas o el certificado emitido por el centro de formación, con los contenidos determinados en el Anexo V de la Orden FOM 2296/2002 de 4 de septiembre. Octavo.-Al objeto de comprobar que el desarrollo de los cursos se adecua a los niveles de calidad y profesionalidad necesarias, la Subdirección General de Seguridad Marítima y Contaminación podrá llevar a cabo inspecciones de los mismos.

Noveno.-El personal que participe en los cursos deberá estar amparado por un seguro amplio de accidentes que pudieran producirse durante la realización de los mismos.

Madrid, 29 de noviembre de 2005.-El Director General, Felipe Martínez Martínez.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Fomento

Resolución de 29 de noviembre de 2005, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se prorroga la homologación de la Facultad de Náutica de la Universidad Politécnica de Cataluña para impartir diversos cursos.

"Resolución de 29 de noviembre de 2005, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se prorroga la homologación de la Facultad de Náutica de la Universidad Politécnica de Cataluña para impartir diversos cursos." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2005-21076 publicado el 22 diciembre 2005

ID de la publicación: BOE-A-2005-21076
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 22 diciembre 2005
Fecha Pub: 20051222
Fecha última actualizacion: 22 diciembre, 2005
Numero BORME 305
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Fomento
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 22 diciembre 2005
Letra: A
Pagina de inicio: 41858
Pagina final: 41859




Publicacion oficial en el BOE número 305 - BOE-A-2005-21076


Publicacion oficial en el BOE-A-2005-21076 de Resolución de 29 de noviembre de 2005, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se prorroga la homologación de la Facultad de Náutica de la Universidad Politécnica de Cataluña para impartir diversos cursos.


Descargar PDF oficial BOE-A-2005-21076 AQUÍ



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