Resolución de 31 de octubre de 2006, de la Dirección General de Transportes por Carretera, por la que se convocan pruebas de constatación de la capacitación profesional para los consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera y por ferrocarril, a celebrar en la ciudad de Ceuta y se determinan el tribunal que ha de juzgarlas, así como el lugar, fechas y horas de la celebración de las pruebas.





El Real Decreto 1566/1999, de 8 de octubre, sobre los consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera, por ferrocarril o por vía navegable, ha impuesto a las empresas que transporten mercancías peligrosas por estos medios, o que sean responsables de las operaciones de carga o descarga ligadas a dichos transportes, la obligación de contar con, al menos, un consejero de seguridad que deberá haber superado los exámenes regulados por Orden del Ministro de Fomento, FOM/605/2004, de 27 de febrero, sobre capacitación profesional de los consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera, por ferrocarril o por vía navegable. Es competente para convocar las presentes pruebas la Dirección General de Transportes por Carretera al no haber asumido la ciudad de Ceuta las competencias correspondientes. En su virtud, esta Dirección General ha resuelto convocar las pruebas globales y por especialidades de constatación de la capacitación profesional para el ejercicio de la actividad de consejero de seguridad para el transporte por carretera y por ferrocarril en la ciudad de Ceuta con arreglo a las siguientes

Contenidos de la Ministerio de Fomento Resolución de 31 de octubre de 2006, de la Dirección General de Transportes por Carretera, por la que se convocan pruebas de constatación de la capacitación profesional para los consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera y por ferrocarril, a celebrar en la ciudad de Ceuta y se determinan el tribunal que ha de juzgarlas, así como el lugar, fechas y horas de la celebración de las pruebas. del 20061116







Orden del día 16 noviembre 2006

El Real Decreto 1566/1999, de 8 de octubre, sobre los consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera, por ferrocarril o por vía navegable, ha impuesto a las empresas que transporten mercancías peligrosas por estos medios, o que sean responsables de las operaciones de carga o descarga ligadas a dichos transportes, la obligación de contar con, al menos, un consejero de seguridad que deberá haber superado los exámenes regulados por Orden del Ministro de Fomento, FOM/605/2004, de 27 de febrero, sobre capacitación profesional de los consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera, por ferrocarril o por vía navegable. Es competente para convocar las presentes pruebas la Dirección General de Transportes por Carretera al no haber asumido la ciudad de Ceuta las competencias correspondientes. En su virtud, esta Dirección General ha resuelto convocar las pruebas globales y por especialidades de constatación de la capacitación profesional para el ejercicio de la actividad de consejero de seguridad para el transporte por carretera y por ferrocarril en la ciudad de Ceuta con arreglo a las siguientes

Bases

Primera. Ámbito de las pruebas.-Se convocan pruebas globales y por especialidades de constatación de la capacitación profesional para el ejercicio de la actividad de consejero de seguridad para el transporte por carretera y por ferrocarril, a celebrar en la ciudad de Ceuta. Segunda. Ejercicios.-Los ejercicios de que constarán los exámenes, su estructura y forma de calificación serán los establecidos en la Orden del Ministro de Fomento, FOM/605/2004, de 27 de febrero de 2004, sobre capacitación profesional de los consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera, por ferrocarril o por vía navegable. Los ejercicios que deberán superar los aspirantes versarán sobre las obligaciones que le corresponden al consejero determinadas por Real Decreto 1566/1999, de 8 de octubre, y sobre las materias recogidas en el anexo de dicho Real Decreto. Tercera. Solicitudes.-Las solicitudes para tomar parte en las pruebas de esta convocatoria, debidamente cumplimentadas de conformidad con el modelo adjunto a esta Resolución, se presentarán en la Jefatura Provincial de Transportes Terrestres del Área Funcional de Fomento de la Delegación del Gobierno en Ceuta, sita en la explanada Muelle de Poniente, galería C-bajo, en el plazo de quince días a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Los derechos de examen serán de 18,58 euros por examen para cada especialidad y modo de transporte, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27 dos 4.2.1 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, y la Disposición Final primera Apartado 5 de la Ley 25/1998 de 13 de julio, de modificación del Régimen Legal de las Tasas Estatales y Locales y de Reordenación de las Prestaciones Patrimoniales de Carácter Público y la Ley 30/2005, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado que establece una subida del 1,02% en la aplicación de las tasas en el año 2006, con relación al 2005. El ingreso se realizará exclusivamente mediante el documento de ingreso modelo 790, señalado en la Orden de 11 de diciembre de 2001, que modifica la Orden de 4 de junio de 1998, por la que se regula la gestión recaudatoria de las tasas de la Hacienda Pública. En dicho documento de ingreso, junto a los datos del solicitante, constará la siguiente información:

Tasa: «Prestación de servicios y actuaciones de la Administración en materia de ordenación de los transportes terrestres por carretera».

Código de la Tasa: 061. Centro Gestor: Subsecretaría del Ministerio de Administraciones Públicas. Hecho Imponible: Derechos de examen para la realización de las pruebas de reconocimiento de la capacitación profesional para los consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera y por ferrocarril. Ceuta 2006.

El ingreso podrá efectuarse en cualquier sucursal de las Entidades Colaboradoras (Bancos, Cajas de Ahorro, etc.) de la Agencia Tributaria, mediante la presentación directa del documento de ingreso, modelo 790 -Código 061-, previamente confeccionado. La Entidad Colaboradora validará en ese momento la operación. El ejemplar número 1, autocopiativo blanco, deberá ser entregado a la Administración junto al resto de la documentación necesaria para poder concurrir a la prueba.

Las solicitudes deberán acompañarse de dicho ejemplar, de fotocopia del Documento Nacional de Identidad y, en su caso, cuando se produzcan las circunstancias reglamentarias previstas que posibiliten el presentarse a las pruebas en lugar distinto de aquél en que el solicitante tenga su domicilio habitual, de los documentos acreditativos de dichas circunstancias. La falta de justificación del pago de los derechos de examen dará lugar a la exclusión del aspirante.

Cuarta. Tribunal Calificador.-El Tribunal que juzgará las pruebas está compuesto por las siguientes personas:

Tribunal titular: Presidente: D. José Juan Espartero López.

Vocales: D. Jesús Padillo Rivademar, D. Antonio Rodríguez Roubiño y D. Carlos Alberto Guitard Banet. Secretario: D. Francisco Verdú Abellán.

Tribunal suplente:

Presidente: Dña. M.ª del Carmen Díaz Blázquez.

Vocales: Dña. Margarita Nieto Pujalte, D. Andrés López García y Dña. Rosa Ana Mendo Ruiz. Secretario: D. Sergio Moreno Mateos.

Quinta. Lugar, fechas y horas de los ejercicios.-Las pruebas se celebrarán en el lugar, días y horas siguientes:

Lugar: Casa del Mar (Muelle Cañonero Dato s/n), Ceuta.

Fechas y Horas:

Miércoles, 13 de diciembre de 2006. Ejercicio Global de Mercancías Peligrosas: Por carretera: Primera parte: de 09:00 a 10:00 horas.

Segunda parte: de 10:00 a 11:00 horas.

Por ferrocarril:

Primera parte: de 11:30 a 12:30 horas.

Segunda parte: de 12:30 a 13:30 horas.

Miércoles, 13 de diciembre de 2006. Ejercicio Clase 1 (Materias y objetos explosivos):

Por carretera: Primera parte: de 16:00 a 17:00 horas.

Segunda parte: de 17:00 a 18:00 horas.

Por ferrocarril:

Primera parte: de 18:00 a 19:00 horas.

Segunda parte: de 19:00 a 20:00 horas.

Jueves, 14 de diciembre de 2006. Ejercicio Clase 2 (Gases):

Por carretera: Primera parte: de 09:00 a 10:00 horas.

Segunda parte: de 10:00 a 11:00 horas.

Por ferrocarril:

Primera parte: de 11:30 a 12:30 horas.

Segunda parte: de 12:30 a 13:30 horas.

Jueves, 14 de diciembre de 2006. Ejercicio Clase 7 (Radiactivas):

Por carretera: Primera parte: de 16:00 a 17:00 horas.

Segunda parte: de 17:00 a 18:00 horas.

Por ferrocarril:

Primera parte: de 18:00 a 19:00 horas.

Segunda parte: de 19:00 a 20:00 horas.

Viernes, 15 de diciembre de 2006. Ejercicio Clases 3, 4.1, 4.2, 4.3, 5.1, 5.2, 6.1, 6.2, 8 y 9:

Por carretera: Primera parte: de 09:00 a 10:00 horas.

Segunda parte: de 10:00 a 11:00 horas.

Primera parte: de 11:30 a 12:30 horas.

Primera parte: de 11:30 a 12:30 horas.

Segunda parte: de 12:30 a 13:30 horas.

Viernes, 15 de diciembre de 2006. Ejercicio de materias líquidas inflamables con los números de identificación ONU 1202 (gasóleo), 1203 (gasolina) y 1223 (queroseno):

Por carretera: Primera parte: de 16:00 a 17:00 horas.

Segunda parte: de 17:00 a 18:00 horas.

Por ferrocarril:

Primera parte: de 18:00 a 19:00 horas.

Segunda parte: de 19:00 a 20:00 horas.

Sexta. Domicilio y requisitos de los aspirantes.-Únicamente podrán concurrir a los ejercicios celebrados en la ciudad de Ceuta, los aspirantes que tengan su domicilio legal en la misma.

Para ello, deberán presentar al Tribunal correspondiente, en el momento del comienzo de los ejercicios, el original de su Documento Nacional de Identidad, debiendo estar el domicilio que figure en éste incluido en el ámbito territorial a que se extienda la actuación de dicho Tribunal. Cuando se hayan producido cambios de domicilio que no haya sido posible reflejar en el Documento Nacional de Identidad, el domicilio se podrá justificar mediante un certificado de empadronamiento expedido por el correspondiente Ayuntamiento.

Madrid, 31 de octubre de 2006.-El Director General de Transportes por Carretera, Juan Miguel Sánchez García.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Fomento

Resolución de 31 de octubre de 2006, de la Dirección General de Transportes por Carretera, por la que se convocan pruebas de constatación de la capacitación profesional para los consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera y por ferrocarril, a celebrar en la ciudad de Ceuta y se determinan el tribunal que ha de juzgarlas, así como el lugar, fechas y horas de la celebración de las pruebas.

"Resolución de 31 de octubre de 2006, de la Dirección General de Transportes por Carretera, por la que se convocan pruebas de constatación de la capacitación profesional para los consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera y por ferrocarril, a celebrar en la ciudad de Ceuta y se determinan el tribunal que ha de juzgarlas, así como el lugar, fechas y horas de la celebración de las pruebas." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2006-19991 publicado el 16 noviembre 2006

ID de la publicación: BOE-A-2006-19991
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 16 noviembre 2006
Fecha Pub: 20061116
Fecha última actualizacion: 16 noviembre, 2006
Numero BORME 274
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Fomento
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 16 noviembre 2006
Letra: A
Pagina de inicio: 40253
Pagina final: 40256




Publicacion oficial en el BOE número 274 - BOE-A-2006-19991


Publicacion oficial en el BOE-A-2006-19991 de Resolución de 31 de octubre de 2006, de la Dirección General de Transportes por Carretera, por la que se convocan pruebas de constatación de la capacitación profesional para los consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera y por ferrocarril, a celebrar en la ciudad de Ceuta y se determinan el tribunal que ha de juzgarlas, así como el lugar, fechas y horas de la celebración de las pruebas.


Descargar PDF oficial BOE-A-2006-19991 AQUÍ



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