Por Resolución de 14 de junio de 2013, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, se aprobaron los criterios de reparto de los remanentes de ayudas del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) para proyectos de desarrollo local y urbano, correspondiente al periodo de intervención 2007-2013 («BOE» de 28-6-2013).
Con la finalidad de dar cumplimiento a lo dispuesto en la citada Resolución de 14 de junio de 2013, la Dirección General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, por Resolución de 22 de julio de 2013, modificada por otra de 26 de septiembre de 2013, resolvió sobre la distribución de los remanentes generados en la convocatoria 2007 de ayudas del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) para proyectos de desarrollo local y urbano, así como del incremento de ayuda aprobado en los Comités de Seguimiento del año 2013 de los Programas Operativos de Extremadura, Galicia y Castilla-La Mancha, de acuerdo con el primer criterio de reparto.
De conformidad con lo dispuesto en las bases sexta, séptima, octava y novena de la Resolución, de 16 de octubre de 2013, por la que se convocan las pruebas de aptitud para acceso a la profesión de Gestor Administrativo, una vez finalizado el plazo para presentación de instancias, y a propuesta del Consejo General de Colegios Oficiales de Gestores Administrativos de España, resuelvo:
Primero.
Por Órdenes EHA/2132/2010, de 30 de junio; HAP/1399/2012, de 29 de mayo, y HAP/2941/2012, de 28 de diciembre, se aprobó la concesión de incentivos regionales para los expedientes que se citan en el anejo de la presente resolución. Resultando que, una vez remitidas las correspondientes resoluciones individuales y a pesar del tiempo transcurrido, no consta, de acuerdo con la comunicación del órgano competente de la Comunidad Autónoma correspondiente, que los interesados hayan aceptado aquéllas en forma, dentro del plazo de quince días hábiles, concedido a tal efecto. Vistos la Ley 50/1985, de 27 de diciembre, de incentivos regionales para la corrección de desequilibrios económicos interterritoriales; los artículos 27 de Real Decreto 899/2007, de 6 de julio, por el que se aprueba el reglamento de los incentivos regionales y demás legislación aplicable al caso,
Esta Dirección General resuelve archivar los citados expedientes, al quedar sin efecto la concesión, por haber transcurrido el plazo establecido sin que hayan quedado acreditadas las referidas aceptaciones. Contra la presente resolución los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Sr. Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de la notificación individual.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 151.4 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, se dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de las cesiones gratuitas acordadas en el periodo comprendido desde el 1 de julio al 31 de diciembre de 2013.
Madrid, 5 de febrero de 2014.–El Director General del Patrimonio del Estado, Juan Antonio Martínez Menéndez.
En virtud de lo establecido en el artículo 4 de la Ley 13/1998, de Ordenación del Mercado de tabacos, se publican los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre de la Península e Illes Balears, que han sido propuestos por los correspondientes fabricantes e importadores.
Primero.