Resolución de 10 de noviembre de 2005, de la Secretaría General de Comercio Exterior, por la que se convocan para el año 2006 becas de especialización en control analítico de calidad de productos objeto de comercio exterior.





La Orden ITC/3422/2005, de 17 de octubre de 2005 (B.O.E n.º 263, de 3 de noviembre), establece las bases reguladoras de la concesión de becas de especialización en control analítico de calidad de productos objeto de comercio exterior. En el apartado segundo de la Orden se autoriza al Secretario General de Comercio Exterior a convocar becas para el año 2006 y años sucesivos mediante la Resolución correspondiente. En consecuencia, de conformidad con dichas bases y en virtud de la delegación de competencias aprobada en el apartado Decimoquinto de la Orden ITC/3187/2004, de 4 de octubre de 2004, por la que se delegan competencias del Ministro de Industria, Turismo y Comercio y por la que se aprueban las delegaciones de competencias de otros órganos superiores y directivos del departamento, modificada por Orden ITC/1196/2005, de 26 de abril, he resuelto:






Orden del día 15 noviembre 2005

La Orden ITC/3422/2005, de 17 de octubre de 2005 (B.O.E n.º 263, de 3 de noviembre), establece las bases reguladoras de la concesión de becas de especialización en control analítico de calidad de productos objeto de comercio exterior. En el apartado segundo de la Orden se autoriza al Secretario General de Comercio Exterior a convocar becas para el año 2006 y años sucesivos mediante la Resolución correspondiente. En consecuencia, de conformidad con dichas bases y en virtud de la delegación de competencias aprobada en el apartado Decimoquinto de la Orden ITC/3187/2004, de 4 de octubre de 2004, por la que se delegan competencias del Ministro de Industria, Turismo y Comercio y por la que se aprueban las delegaciones de competencias de otros órganos superiores y directivos del departamento, modificada por Orden ITC/1196/2005, de 26 de abril, he resuelto:

Primero. Convocatoria.-Se convocan en régimen de concurrencia competitiva 33 becas de especialización, con arreglo a las bases reguladoras establecidas por Orden ITC/3422/2005, de 17 de octubre de 2005.

Las becas convocadas son:

19 becas para titulados universitarios superiores en ramas técnicas o experimentales relacionadas con la tecnología de los alimentos.

14 becas para titulados en Formación Profesional de Técnico Superior en la especialidad de Análisis y Control o equivalente.

Segundo. Objeto de las becas.-El objeto de las becas convocadas es completar la capacitación profesional de titulados en disciplinas relacionadas con el control analítico y facilitar así su incorporación al mercado laboral, para que éste disponga de especialistas para el análisis de calidad comercial de productos objeto de comercio exterior, a través de las asignaciones presupuestarias aprobadas al efecto para el ejercicio 2006.

Tercero. Requisitos de los solicitantes.-Los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Estar en posesión de la nacionalidad española.

b) Para las becas de titulados universitarios superiores: estar en posesión antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes del título de Licenciado en Ciencias Químicas, Biológicas, Farmacia, Veterinaria o cualquier otra titulación universitaria superior relacionada con la tecnología de los alimentos. Los títulos conseguidos en el extranjero o en centros españoles no estatales deberán estar convalidados o reconocidos. c) Para las becas de Formación Profesional de Técnico Superior: estar en posesión del título de Formación Profesional de Técnico Superior en la especialidad de Análisis y Control o especialidad equivalente de la Ley General de Educación de 1970 (Técnico Especialista de la Rama Química, especialidades: Alimentación; Análisis lácteos; Análisis y procesos Básicos; Ayudante Técnico de Laboratorio, Módulo de nivel 3; Química de Laboratorio). d) Acreditar experiencia práctica de laboratorio, valorándose de manera especial la adquirida en las siguientes técnicas analíticas:

Cromatografía de gases (todos los destinos).

Cromatografía de líquidos de alta resolución [Alicante, Barcelona, Málaga, Murcia, Sevilla, Valencia, Vigo (Pontevedra) y Vilamalla (Girona)]. Espectrometría UV-VIS [Alicante, Barcelona, Huelva, Madrid, Málaga, Murcia, Sevilla, Valencia, Vigo (Pontevedra) y Vilamalla (Girona)]. Espectrometría de absorción atómica [Alicante, Las Palmas, Murcia, Pamplona, Valencia y Vigo (Pontevedra)]. Electroforesis [Vigo (Pontevedra)].

e) Se considerarán méritos específicos adicionales los conocimientos de inglés técnico y de informática a nivel de usuario, así como la realización de cursos formativos sobre técnicas analíticas.

f) Posibilidad de dedicación completa a las tareas a desempeñar como contrapartida de la beca. g) Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. h) No estar incursos en ninguna de las causas de inhabilitación previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Cuarto. Dotación.-Cada beca estará dotada con una cantidad bruta de 1081,76 € mensuales brutos para los titulados universitarios superiores, y 500,50 € mensuales brutos para los titulados de Formación Profesional.

La dotación de las becas será con cargo a la aplicación presupuestaria 20.05.431N.483 quedando sujeta a la existencia de crédito adecuado y suficiente en la partida respectiva de los Presupuestos Generales del Estado para 2006. Las becas estarán sujetas a la correspondiente retención a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. El becario deberá suscribir una póliza de seguro de asistencia médica en caso de no estar ya cubierto por la Seguridad Social o por un seguro privado. Deberá así mismo contratar un seguro de accidentes por el periodo de la beca. Quinto. Destinos.-Los becarios serán destinados a los laboratorios de las Direcciones Regionales de Comercio de las localidades que se señalan a continuación y de acuerdo con el número y tipo de becas convocadas:

Sexto. Duración.-El periodo de duración de las becas será de un año natural, desde el 1 de enero de 2006 hasta el 31 de diciembre de 2006.

Séptimo. Relación de Tribunales.-Los Tribunales de selección se constituirán en las dependencias de las Direcciones Regionales de Comercio que a continuación se expresan, cada uno para las becas correspondientes a su localidad:

Tribunal de Barcelona (para los laboratorios de Barcelona y Vilamalla): Dirección Regional de Comercio de Barcelona (SOIVRE).

Vía Augusta, 197-199. 08021 Barcelona.

Tribunal de Bilbao (para los laboratorios de Bilbao y Pamplona):

Dirección Regional de Comercio de Bilbao (SOIVRE).

Alameda de Mazarredo, 31-planta 2. 48009 Bilbao.

Tribunal de Madrid (para los laboratorios de Madrid y Vigo):

Dirección Regional de Comercio de Madrid (SOIVRE).

C/ Recoletos, 13-1.º Dcha. 28071 Madrid.

Tribunal de Sevilla (para los laboratorios de Almería, Huelva, Málaga y Sevilla):

Dirección Regional de Comercio de Sevilla (SOIVRE).

Avda. Santa Clara de Cuba, 6-Nave 2, locales 4.º y 5.º 41007 Sevilla.

Tribunal de Tenerife (para los laboratorios de Las Palmas y Santa Cruz de Tenerife):

Dirección Regional de Comercio de Tenerife (SOIVRE).

C/ Pilar, 1. 38002 Santa Cruz de Tenerife.

Tribunal de Valencia (para los laboratorios de Alicante, Valencia y Murcia):

Dirección Regional de Comercio de Valencia (SOIVRE).

C/ Pintor Sorolla, 3. 46002 Valencia.

Octavo. Órganos competentes.-El órgano competente para la instrucción del procedimiento será la Subdirección General de Inspección, Certificación y Asistencia Técnica del Comercio Exterior, de la Secretaría general de Comercio Exterior.

El órgano competente para la resolución del procedimiento será el Secretario general de Comercio Exterior. Noveno. Solicitudes.-Los interesados enviarán a la sede del Tribunal seleccionador, dentro del plazo de diez días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la presente convocatoria, la siguiente documentación:

a) Solicitud formulada según el modelo de instancia que se incorpora como anexo en la presente convocatoria, expresando claramente el tipo de beca y el destino que se solicita.

El modelo de solicitud podrá obtenerse también en la página Web de la Secretaría de Estado de Turismo y Comercio, hipervínculo:

http://www.mcx.es/sgcomex/soivre/becassoivre.htm

Se podrán solicitar tantos destinos o tipos de becas como se desee de acuerdo con la distribución que figura en la convocatoria, debiéndose consignar a tal efecto el tribunal o tribunales que correspondan a las becas solicitadas.

Si la solicitud de varios destinos implicase a tribunales de selección diferentes, se deberá enviar una instancia a cada uno de los Tribunales correspondientes. En todas las instancias se indicará claramente el orden de preferencia de todos y cada uno de los destinos y tipo de becas solicitados, correspondan o no al mismo Tribunal. b) Fotocopia del documento nacional de identidad. c) Certificación académica personal (original o copia compulsada). d) Documentación acreditativa de experiencia práctica de laboratorio y de cuantos méritos se aleguen conforme a la base reguladora segunda (Orden ITC/3422/2005-Anexo). e) Currículum vitae del solicitante, con especial indicación de su cualificación en el campo de análisis de laboratorio (relación de estudios cursados, experiencia profesional y publicaciones o cursos realizados, etc.). f) Certificado de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, de conformidad con lo establecido en el artículo 14 1.e) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. En los casos que proceda, se podrá aportar en su lugar una declaración responsable de no sujeción por parte del interesado a las citadas obligaciones.

La instancia de solicitud, con la documentación correspondiente, podrá presentarse, además de en la sede del Tribunal que le corresponda, en cualquiera de los registros y oficinas previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común, si bien en cada caso dirigida al Tribunal o Tribunales correspondientes.

a) Titulación adecuada: Apto o no apto.

a) Titulación adecuada: Apto o no apto.

b) Experiencia analítica: Hasta seis puntos con un mínimo de tres puntos. c) Inglés: Hasta un punto. d) Informática: Hasta un punto. e) Otros méritos (cursos formativos sobre técnicas analíticas): Hasta dos puntos. La puntuación de estos cursos será de hasta 0,5 puntos por cada curso relacionado con la utilización de técnicas analíticas, según la siguiente baremación:

De hasta 15 horas: 0,1 puntos.

De 16 a 50 horas: 0,2 puntos. De 51 a 100 horas: 0,3 puntos. De 101 a 600 horas: 0,4 puntos. Más de 600 horas: 0,5 puntos.

A los candidatos que hayan obtenido cinco o más puntos en el proceso de preselección, se les citará para una entrevista personal con el Tribunal seleccionador. La entrevista puntuará hasta un máximo de diez puntos.

Undécimo. Resolución y notificación.-Cada Tribunal elevará la relación definitiva de seleccionados antes del día 20 de diciembre de 2005 a la Subdirección general de Inspección, Certificación y Asistencia Técnica del Comercio Exterior. Las becas se adjudicarán por Resolución del Secretario general de Comercio Exterior en un plazo no superior a tres meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes, y contendrá una relación nominal por Centros de los beneficiarios titulares asignados a cada uno de ellos y de los sustitutos, si hubiera, ordenados por orden de selección conforme al procedimiento previsto en la base reguladora quinta (Orden ITC/3422/2005-Anexo). La Resolución de adjudicación de las becas será publicada en el «Boletín Oficial del Estado» y en la pagina Web de la Secretaria de Estado de Turismo y Comercio http//www.mcx.es, notificándose, a su vez, a los beneficiarios en los términos previstos en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, dicha Resolución se insertará en los tablones de anuncios de las Direcciones Regionales de Comercio sedes de los Tribunales indicados en el apartado séptimo de esta Resolución. Contra lo dispuesto en dicha Resolución, que agotará la vía administrativa, cabrá interponer facultativamente el recurso administrativo de reposición ante el Secretario general de Comercio Exterior en el plazo de un mes o su impugnación directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo. Los adjudicatarios, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a la recepción en su domicilio de la notificación de adjudicación de la beca, deberán remitir a la Subdirección general de Inspección, Certificación y Asistencia Técnica del Comercio Exterior (sita en Paseo de la Castellana, 162, planta 6.ª, 28046 Madrid) su aceptación, acompañada de una declaración de renuncia expresa a cualquier beca o ayuda similar que estuviese disfrutando o que hubiese solicitado, en su caso, así como de una declaración de su situación familiar para poder efectuar el cálculo de las retenciones fiscales. La falta de remisión, en dicho plazo, de los documentos citados, será considerada como una renuncia a la beca, lo mismo que la no incorporación en el plazo que determine la notificación de adjudicación, en cuyo caso podrán acceder a la beca los siguientes que figuren en la relación de sustitutos, por riguroso orden de selección, y previa comunicación escrita al interesado, quien dispondrá de un plazo de cinco días hábiles, a contar desde la notificación de dicha comunicación, para aceptar la beca. Junto al documento de aceptación de la beca concedida y el de renuncia a otras, los adjudicatarios deberán enviar una declaración de su situación familiar para poder efectuar el cálculo de las retenciones fiscales. Duodécimo. Memoria de beca.-De conformidad con la base reguladora octava (Orden ITC/3422/2005-Anexo), los becarios deberán presentar el último mes antes de la finalización del periodo de disfrute de la beca una memoria descriptiva de las actividades desarrolladas.

Decimotercero. Entrada en vigor.-La presente Resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 10 de noviembre de 2005.-El Secretario General, P. S. (Resolución 6-9-04, BOE del 16), el Subdirector General de Coordinación y Relaciones Comerciales Bilaterales de la Unión Europea, Francisco Javier Parra Rodríguez.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Industria, Turismo y Comercio

Resolución de 10 de noviembre de 2005, de la Secretaría General de Comercio Exterior, por la que se convocan para el año 2006 becas de especialización en control analítico de calidad de productos objeto de comercio exterior.

"Resolución de 10 de noviembre de 2005, de la Secretaría General de Comercio Exterior, por la que se convocan para el año 2006 becas de especialización en control analítico de calidad de productos objeto de comercio exterior." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2005-18746 publicado el 15 noviembre 2005

ID de la publicación: BOE-A-2005-18746
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 15 noviembre 2005
Fecha Pub: 20051115
Fecha última actualizacion: 15 noviembre, 2005
Numero BORME 273
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 15 noviembre 2005
Letra: A
Pagina de inicio: 37409
Pagina final: 37411




Publicacion oficial en el BOE número 273 - BOE-A-2005-18746


Publicacion oficial en el BOE-A-2005-18746 de Resolución de 10 de noviembre de 2005, de la Secretaría General de Comercio Exterior, por la que se convocan para el año 2006 becas de especialización en control analítico de calidad de productos objeto de comercio exterior.


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