Resolución de 10 de septiembre de 2009, de la Secretaría General de Industria, por la que se publica el Convenio de colaboración, entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Ciudad de Ceuta, para la realización del día del emprendedor en el marco de la iniciativa «Emprendemos Juntos» 2009.





Suscrito el convenio de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Ciudad Autónoma de Ceuta, para la realización del Día del Emprendedor, en el marco de la Iniciativa «Emprendemos Juntos» 2009, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación del citado convenio, cuyo texto figura a continuación.






Orden del día 01 octubre 2009

Suscrito el convenio de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Ciudad Autónoma de Ceuta, para la realización del Día del Emprendedor, en el marco de la Iniciativa «Emprendemos Juntos» 2009, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación del citado convenio, cuyo texto figura a continuación.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 10 de septiembre de 2009.–La Secretaria General de Industria, Teresa Santero Quintillá.

CONVENIO DE COLABORACIÓN SUSCRITO ENTRE EL MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO Y LA CIUDAD AUTÓNOMA DE CEUTA PARA LA REALIZACIÓN DE LA JORNADA «DÍA DEL EMPRENDEDOR» EN MAYO DE 2009

En Ceuta, a 5 de mayo de 2009.

REUNIDOS

De una parte, doña Teresa Santero Quintillá, Secretaria General de Industria del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, cargo que ostenta en virtud del nombramiento efectuado por Real Decreto 564/2008, de 21 de abril, actuando en representación de la Administración General del Estado (Ministerio de Industria, Turismo y Comercio), y en virtud de las competencias delegadas por el Ministro de Industria, Turismo y Comercio (Orden ITC/3187/2004, de 4 de octubre, «BOE» del 6 de octubre de 2004, modificada por la Orden ITC 1196/2005, de 26 de abril, «BOE» de 3 de mayo), por la que se delegan competencias del Ministro de Industria, Turismo y Comercio y por la que se aprueban las delegaciones de competencias de otros órganos superiores y directivos del departamento, ratificada por Orden ITC/1332/2008, de 12 de mayo («BOE» de 14 de mayo.

De otra parte, doña Guillermo Martínez Arcas, Consejero de Economía y Empleo de la Ciudad Autónoma de Ceuta, en virtud de la delegación conferida por el Presidente de la Ciudad, al amparo del artículo 14.2 del Estatuto de Autonomía por Decreto de fecha 21 de junio de 2007, y conforme a lo dispuesto en los artículos 21 de la Ley 7/1985 y 24 del Real Decreto Legislativo 781/1986.

La Dirección General de Política de la PYME (DGPYME) y la Consejería de Economía y Empleo de la Ciudad Autónoma de Ceuta se reconocen recíprocamente competencia para suscribir el presente Convenio y, en su virtud,

MANIFIESTAN

1. Que el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio (DGPYME) suscribe el presente Convenio, en virtud de la competencia estatal en materia de bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica prevista en el artículo 149.1.13.ª de la Constitución y la Consejería de Economía y Empleo de la Ciudad Autónoma de Ceuta, en base al artículo 14.2 del Estatuto de Autonomía, por Decreto de fecha 21 de junio de 2007 y conforme a lo dispuesto en los artículos 21 de la Ley 7/1985 y 24 del Real Decreto Legislativo 781/1986.

2. Que la DGPYME es el centro directivo responsable de la elaboración y aplicación de las políticas de apoyo y promoción de la actividad de las pequeñas y medianas empresas, encaminadas a la mejora de la competitividad de éstas. Para la consecución de estos objetivos ejerce la función, entre otras, de desarrollar actuaciones de sensibilización y promoción de la iniciativa emprendedora según establece la letra l), del apartado 1, del artículo 14 del Real Decreto 1182/2008, de 11 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

3. Que la Consejería de Economía y Empleo tiene entre sus competencias las siguientes:

a) Establecimiento de mecanismos y apoyos para incentivar inversiones empresariales de interés estratégico y para fomentar el autoempleo.

b) Elaboración, gestión y seguimiento de programas e inversiones públicas cofinanciadas por fondos europeos y de la Ciudad Autónoma.

c) Fomento y desarrollo de las pequeñas y medianas empresas.

4. Que por acuerdo del Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Ceuta, en sesión celebrada el 17 de febrero de 2009, se aprueba el presente convenio de colaboración, y se encomienda la gestión administrativa y financiera del Convenio a la Sociedad de Fomento PROCESA.

5. Que en 2006 la DGPYME puso en marcha la iniciativa «Emprendemos Juntos» para la celebración de la Jornada denominada «Día del Emprendedor» en todo el territorio nacional. «Emprendemos Juntos» se ha convertido desde entonces en una iniciativa de referencia y una marca reconocida que significa la actuación conjunta de distintos organismos a favor de las personas emprendedoras.

Coincidentes los fines de las partes y, en el marco de sus competencias, consideran de interés colaborar en la organización conjunta de una jornada de apoyo y reconocimiento a las personas emprendedoras en su ámbito territorial, de conformidad con las siguientes bases:

Primera. Objeto del Convenio de colaboración.–El objeto del presente Convenio es regular las relaciones de colaboración entre las partes para la organización del «Día del Emprendedor» (en adelante «la Jornada»), que se llevará a cabo en Ceuta el día 27 de mayo de 2009, en el marco de la cuarta edición de la iniciativa «Emprendemos Juntos» promovida por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio (MITYC), a través de la DGPYME.

Segunda. Concepto y finalidad de la Jornada.–Las partes conciben la Jornada como un encuentro de alcance territorial en el que las personas emprendedoras y empresarias puedan compartir conocimientos, experiencias, tanto de éxito como de fracaso, testimonios y participar en actividades encaminadas a potenciar la creación de empresas, su consolidación e internacionalización, a mejorar el nivel de competitividad y uso de las nuevas tecnologías, a estimular el desarrollo de redes de trabajo conjunto entre los ámbitos académico y empresarial y a favorecer la colaboración empresarial.

Tercera. Principios de actuación.–La DGPYME y la Consejería de Economía y Empleo colaborarán en todo momento de acuerdo con los principios de buena fe y eficacia para que la Jornada pueda realizarse con éxito.

Cuarta. Compromisos de las partes.–Las partes, en su calidad de promotores de la Jornada y en el marco de la cuarta edición de la iniciativa «Emprendemos Juntos», adquieren los siguientes compromisos:

La DGPYME:

Financiará los gastos de la Jornada con el límite máximo de 19.319,00 € (IVA incluido). Esta cuantía incluye el anuncio de cada Jornada en prensa escrita

() Prensa escrita se refiere a diarios de información general, incluyendo los diarios gratuitos, y prensa económica o especializada. También pueden incluirse anuncios en revistas económicas. , según se establece en la cláusula siguiente Dicha aportación tendrá carácter complementario a las campañas de publicidad que lleven a cabo las Entidades organizadoras en su ámbito territorial.

Elaborará la imagen gráfica y el eslogan de la cuarta edición de la iniciativa y su manual gráfico, que hará llegar a todas las entidades organizadoras para que puedan aplicar el concepto creativo tal y como se dispone en el anexo.

Publicará el calendario de todas las Jornadas que se realicen en el marco de esta iniciativa.

Mantendrá actualizada la web www.emprendemosjuntos.es y se ocupará de la gestión de sus contenidos.

Dará el apoyo técnico e institucional necesario a las entidades organizadoras de las Jornadas.

La Sociedad de Fomento PROCESA:

Organizará la Jornada en su ámbito territorial, siguiendo sus propios criterios, objetivos y metodología pero cumpliendo los requerimientos mínimos recogidos en el anexo I.

Utilizará la imagen publicitaria y el eslogan de la cuarta edición de la iniciativa «Emprendemos Juntos» conforme a los requisitos especificados en el anexo.

En todo tipo de material relativo a la Jornada (programas, elementos de promocionales, etc.), así como en los anuncios publicitarios que se hagan en diferentes soportes (prensa, radio, TV, Internet), se situará en lugar visible el logo y dirección web de «Emprendemos Juntos».

En las notas de prensa, comunicados, estudios y otras manifestaciones similares sobre la Jornada, se hará referencia al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio como promotor de la Jornada.

Colaborará con el mantenimiento de la página www.emprendemosjuntos.es aportando los contenidos indispensables y actualizados sobre la Jornada según se especifica en el anexo.

Entregará a la DGPYME, en documento separado, antes de la firma del presente Convenio y, en todo caso, antes del 20 de abril de 2009, una memoria descriptiva de la organización de la Jornada en la que se concreten las previsiones de ejecución de los requisitos mínimos del anexo, así como el desglose de los costes previstos y el reparto de financiación de los mismos, especificando la inversión total de otros posibles patrocinadores.

Quinta. Financiación de la organización y publicidad Jornada.–La Ciudad Autónoma recibirá de la DGPYME, conforme a los conceptos que se especifican a continuación, las siguientes cantidades:

1.º Por organización de la Jornada, 13.320,00 € (IVA o IPSI incluido), correspondiente al 40 % del importe total de dicha organización previsto en la memoria económica.

2.º Por la compra de espacios publicitarios en prensa escrita para anunciar la Jornada la cantidad máxima de 5.999,00 € (IVA o IPSI incluido).

En consecuencia, el compromiso de gasto máximo asumido por la DGPYME es de 19.319,00 €, resultante de la suma de 13.320,00 € (40 % de los gastos de organización según memoria económica adjunta) y de 5.999,00 € como aportación complementaria para los gastos de inserciones en prensa escrita para publicidad de la Jornada, según memoria adjunta.

Sexta. Justificación y pago del gasto.–En ambos supuestos la justificación documental vendrá acompañada de las correspondientes facturas.

Por parte de la DGPYME, se comprobará, especialmente, la aplicación de la imagen de la edición y del logo de la iniciativa Gobierno de España/MITYC/Emprendemos Juntos (se facilitará en el manual de aplicación gráfica). En todo caso, este logo deberá ser visible, legible y de iguales medidas a los de otras entidades patrocinadoras.

Por parte de la DGPYME, se comprobará, especialmente, la aplicación de la imagen de la edición y del logo de la iniciativa Gobierno de España/MITYC/Emprendemos Juntos (se facilitará en el manual de aplicación gráfica). En todo caso, este logo deberá ser visible, legible y de iguales medidas a los de otras entidades patrocinadoras.

Realizadas las comprobaciones pertinentes por la DGPYME de ambas justificaciones, ésta abonará, en pago único, la cantidad de 19.319,00 € (IVA o IPSI incluido) a la Entidad firmante.

En el caso de que los gastos finalmente certificados por ambos conceptos sean por un importe inferior al inicialmente previsto, la DGPYME financiará únicamente la parte proporcional de los gastos realmente justificados y certificados.

Para hacer frente a este compromiso financiero existe crédito suficiente en el Presupuesto de Gastos de la Dirección General de Política de la PYME para 2009, aplicación presupuestaria 20.17.433M.640.

Séptima. Igualdad entre mujeres y hombres.–Las partes consideran que la marca «Emprendemos Juntos» engloba a todas las personas que se reconocen emprendedoras y creadoras de empresas y que el nombre de la Jornada «Día del Emprendedor» está asentado y reconocido en todo el territorio nacional por el público objetivo.

Los informes de resultados

() Pueden consultarse en www.emprendemosjuntos.es. de las Jornadas celebradas en ediciones anteriores muestran que la participación de hombres y mujeres en las mismas es paritaria, lo que avala los esfuerzos de las entidades organizadoras y de la DGPYME para lograr que, tanto los contenidos de las Jornadas como los distintos elementos de comunicación, respeten el principio de igualdad entre hombres y mujeres.

No obstante, las partes han valorado las sugerencias recibidas por las organizaciones de mujeres empresarias en el sentido de modificar la denominación de la Jornada para que no figure exclusivamente en masculino, sin haber encontrado, por el momento, una nueva denominación completamente satisfactoria que pueda asumirse por todas las entidades organizadoras en todo el territorio nacional.

Ante esto, cada entidad organizadora, en esta edición, optará entre las dos versiones que ya están reconocidas por el público objetivo: Día del Emprendedor y Día de la Persona Emprendedora.

Asimismo, se procurará que las acciones de comunicación (notas de prensa, convocatorias, artículos y noticias en medios, etc.) refuercen el mensaje de que esta iniciativa de apoyo a las personas emprendedoras esta dirigida tanto a las mujeres como a los hombres.

Octava. Comisión mixta.–Para el seguimiento del convenio, la resolución de posibles controversias y eventuales discrepancias que puedan surgir en relación al contenido, interpretación y ejecución del presente acuerdo se constituirá una Comisión mixta paritaria integrada por dos representantes de cada una de las partes.

Novena. Seguimiento de la iniciativa «Emprendemos Juntos».–Con el fin de hacer un seguimiento de la iniciativa «Emprendemos Juntos», la Sociedad de Fomento PROCESA, una vez finalizada su Jornada, presentará a la DGPYME un informe de resultados de su evento conforme al listado de indicadores adjunto (anexo II).

El informe deberá presentarse en un plazo de 10 días a partir del día siguiente a la celebración del evento.

Décima. Alcance y vigencia del Convenio de colaboración.–El presente Convenio se circunscribe exclusivamente a la realización del objeto que se especifica en el mismo y conforme al anexo. Estará vigente desde la fecha de su firma hasta su liquidación, previa conformidad de la documentación por la DGPYME.

Undécima. Extinción del Convenio de colaboración.–Además de su extinción por cumplimiento, también serán causa de extinción del mismo su resolución por mutuo acuerdo o el incumplimiento de alguna de sus cláusulas. En estos últimos supuestos la DGPYME sólo estará obligada a abonar los gastos realizados, previa conformidad, hasta la fecha de interrupción del Convenio.

Duodécima Jurisdicción.–Este Convenio tiene naturaleza administrativa pudiendo ser impugnado ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo. En virtud de lo dispuesto en el artículo 4.1.c) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, el presente negocio queda excluido de su ámbito de aplicación.

Y en prueba de conformidad con sus términos, suscriben el presente Convenio, por duplicado ejemplar, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

Día del Emprendedor en Ceuta 2009

Memoria económica

Las actividades en el ámbito del Día del Emprendedor en Ceuta 2009 se ajustará a lo establecido en el Convenio de Colaboración y su anexo relativo a los requisitos mínimos.

Todas las actividades serán diseñadas por un Comité Local de Seguimiento, Control y Evaluación del Programa Emprendemos Juntos en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Ceuta, compuesto por la Consejería de Economía y Empleo, la Sociedad de Fomento PROCESA, la Cámara Oficial de Industria, Comercio y Navegación, la Confederación de Empresarios, la Facultad de Educación y Humanidades, la Universidad Nacional de Educación a Distancia de la Ciudad.

El Presupuesto para la realización del evento es de 39.299 euros (impuestos incluidos), distribuidos de la siguiente manera:

Presupuesto Día del Emprendedor

La financiación será de la siguiente manera:

Financiación

Resumen aportación DGPYME.

Organización de la Jornada: 13.320,00 euros.

Aportación complementaria para publicidad en prensa: 5.999,00 euros.

Límite máximo del gasto asumido por la Dirección General de Política de la PYME: 19.319,00 euros.

ANEXO I

Requisitos mínimos

Organización de la Jornada

1) La entidad organizadora incluirá en su Jornada, como mínimo, cuatro actividades de las que se sugieren en las siguientes áreas:

Área de conocimiento: conferencias, charlas, mesas redondas, debates, etc.

Área de formación práctica:

Talleres sobre competencias, habilidades y capacidades.

Talleres para dar a conocer la labor de los centros y parques tecnológicos y universidades, así como las formas de colaboración con el mundo empresarial.

Talleres para intercambiar ideas, para conocer experiencias de personas emprendedoras; para asesorar sobre diferentes ámbitos relacionados con las PYME o con la iniciativa emprendedora.

Área de reconocimiento a través de premios, menciones, homenajes, testimonios de personas emprendedoras y/o empresarias de reconocido prestigio con experiencias de éxito/fracaso, etc.

Área de difusión:

De programas e iniciativas públicas sobre los temas propios de la Jornada.

De formas de financiación, fórmulas de garantías y productos financieros.

De redes de cooperación empresarial.

De Formas de acceso y apoyo a la internacionalización.

De asesoramiento e información sobre servicios de apoyo avanzados y de calidad.

Área de actividades lúdicas y de distensión en las que el público asistente pueda descubrir/manifestar sus capacidades y sus habilidades.

2) La entidad organizadora, a partir de su experiencia previa de las ediciones anteriores, a fin de perfilar con mayor nitidez el público objetivo y de potenciar empresas que crezcan en capacidades, procurará renovar los contenidos de la Jornada incorporando a la misma, por ejemplo:

La presencia de servicios de apoyo avanzados y de calidad.

La colaboración de las instituciones del conocimiento, la investigación, la innovación y la transferencia de tecnología.

La presencia de centros y parques tecnológicos, universidades, escuelas de negocio u otras instituciones colaboradoras.

3) La entidad organizadora procurará que en algunas de las actividades se destaquen aspectos como:

El papel clave de los viveros e incubadoras de empresas en parques tecnológicos.

La dimensión internacional de las oportunidades empresariales.

La dimensión europea de la iniciativa emprendedora.

La vinculación de la Jornada a una estrategia global de emprendimiento en la comunidad autónoma o entidad local correspondiente, involucrando al mayor número de entidades patrocinadoras de su ámbito territorial.

4) La Jornada podrá ser impulsada por varias entidades promotoras, siendo siempre una de ellas la Dirección General de Política de la PYME (DGPYME) del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. En calidad de promotora la DGPYME contará con la posibilidad de uso de un espacio para su stand en las mismas condiciones que el resto de las entidades promotoras.

5) A fin de lograr un mayor alcance y extensión del evento se deberá contar con la colaboración de un órgano, entidad o institución de cada uno de los siguientes ámbitos:



Datos oficiales del departamento Ministerio de Industria, Turismo y Comercio

Resolución de 10 de septiembre de 2009, de la Secretaría General de Industria, por la que se publica el Convenio de colaboración, entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Ciudad de Ceuta, para la realización del día del emprendedor en el marco de la iniciativa "Emprendemos Juntos" 2009.

"Resolución de 10 de septiembre de 2009, de la Secretaría General de Industria, por la que se publica el Convenio de colaboración, entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Ciudad de Ceuta, para la realización del día del emprendedor en el marco de la iniciativa "Emprendemos Juntos" 2009." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2009-15654 publicado el 01 octubre 2009

ID de la publicación: BOE-A-2009-15654
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 01 octubre 2009
Fecha Pub: 20091001
Fecha última actualizacion: 1 octubre, 2009
Numero BORME 237
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 01 octubre 2009
Letra: A
Pagina de inicio: 82682
Pagina final: 82691




Publicacion oficial en el BOE número 237 - BOE-A-2009-15654


Publicacion oficial en el BOE-A-2009-15654 de Resolución de 10 de septiembre de 2009, de la Secretaría General de Industria, por la que se publica el Convenio de colaboración, entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Ciudad de Ceuta, para la realización del día del emprendedor en el marco de la iniciativa "Emprendemos Juntos" 2009.


Descargar PDF oficial BOE-A-2009-15654 AQUÍ



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