Resolución de 14 de enero de 2010, de la Dirección General de Industria, por la que se publica el Convenio de colaboración, entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de Galicia, a través del Pacto Territorial de Empleo de la Costa da Morte para la generación y desarrollo de tejido industrial.





De acuerdo con lo previsto en el artículo 8.2 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado del Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y el Pacto Territorial de Empleo de la Costa Da Morte para la generación y desarrollo de tejido industrial en los municipios que forman el Pacto, cuyo texto figura a continuación.






Orden del día 27 enero 2010

De acuerdo con lo previsto en el artículo 8.2 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado del Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y el Pacto Territorial de Empleo de la Costa Da Morte para la generación y desarrollo de tejido industrial en los municipios que forman el Pacto, cuyo texto figura a continuación.

En consecuencia resuelvo ordenar la publicación del precitado Convenio en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 14 de enero de 2010.–El Director General de Industria, Jesús Candil Gonzalo.

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO Y LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA A TRAVÉS DEL PACTO TERRITORIAL DE EMPLEO DE LA COSTA DA MORTE PARA LA GENERACIÓN Y DESARROLLO DE TEJIDO INDUSTRIAL EN LOS MUNICIPIOS QUE FORMAN EL PACTO

En Madrid, a 18 de diciembre de dos mil nueve.

REUNIDOS

De una parte, D. Jesús Candil Gonzalo, Director General de Industria, cargo que ostenta en virtud del nombramiento efectuado por el Real Decreto 762/2008, de 9 de mayo, actuando en representación del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio en virtud de las competencias delegadas por el Ministro de Industria, Turismo y Comercio (Orden ITC/3187/2004, de 4 de octubre, modificada por Orden ITC/1196/2005, de 26 de abril, y ratificada por la Orden ITC/1332/2008, de 12 de mayo).

Y de otra parte, Don Félix Porto Serantes, en calidad de Presidente de la Asamblea General del Pacto Territorial de Empleo de la Costa da Morte, creado por el Decreto 98/2008, de 15 de mayo, de la Consellería de Trabajo de la Xunta de Galicia.

Las partes, en la representación que intervienen, se reconocen recíprocamente capacidad legal suficiente y vigencia de las respectivas facultades con las que actúan, para suscribir el presente Convenio de Colaboración, y a tal efecto

EXPONEN

Primero.–Que el territorio donde se hallan los 19 municipios que forman el Pacto Territorial de Empleo de la Costa da Morte, situados en el extremo occidental de la provincia de A Coruña, viene padeciendo un déficit importante en el desarrollo de su tejido industrial, lo que se está traduciendo en una pérdida de población, riqueza y empleo.

Por ello, resulta imprescindible fomentar actuaciones que faciliten el desarrollo y la generación tejido industrial favoreciendo, entre otros efectos, la creación de empleo y la permanencia de la población en su territorio y en consecuencia evitando su despoblación.

Segundo.–Que el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio (en adelante, MITyC), a través de la Dirección General de Industria, viene impulsando acciones tendentes a potenciar, regenerar o crear tejido industrial.

Estas acciones se llevan a cabo impulsando dos tipos de actuaciones, por un lado favoreciendo la implantación de infraestructuras industriales que logren hacer atractivos estos territorios para el crecimiento empresarial, y por otro lado apoyando iniciativas industriales modernas, innovadoras y generadoras de empleo.

Tercero.–Que el MITyC tiene competencias en materia de industria, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 149.1.13ª de la Constitución Española, en materia de bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica.

Cuarto.–Que por la Orden ITC/3098/2006, de 10 de octubre, se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para actuaciones de reindustrialización para el periodo 2007-2013 (BOE núm. 242 de 10/10/2006) Y que en la Disposición adicional primera de dicha Orden se prevé que para la ejecución del régimen de ayudas regulado en la misma se podrán celebrar convenios con Comunidades Autónomas y con Entes Locales.

Quinto.–Que el Preámbulo de la citada Orden señala que aunque se lleve a cabo su gestión centralizada por los servicios del MITyC, no va en detrimento de establecer acuerdos de colaboración con las Administraciones Autonómicas y Locales, sobre las bases de la coordinación general, permitiendo, a su vez, un margen a dichas Administraciones para concretar con mayor detalle la afectación o destino de las ayudas.

Sexto.–Que por el Decreto 98/2008, de 15 de mayo, de la Consellería de Trabajo de la Xunta de Galicia, se creó el Pacto Territorial de Empleo de la Costa da Morte (en adelante, el Pacto) como órgano de participación institucional y de concertación para la gestión coordinada del conjunto de los recursos públicos que se destinan al empleo.

Séptimo.–Que el Pacto, órgano colegiado de carácter administrativo adscrito al departamento de la Xunta de Galicia con competencias en materia de empleo, celebró su Asamblea constituyente el 21 de mayo de 2008 en Carballo.

Octavo.–Que uno de los objetivos principales del Pacto es la creación de empleo mediante el desarrollo económico y social del territorio.

Por todo ello, ambas partes consideran de máximo interés suscribir el presente Convenio de colaboración con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.–El objeto del presente Convenio es el de establecer el ámbito de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio (en adelante, MITyC) y el Pacto Territorial de Empleo de la Costa da Morte (en adelante, el Pacto) para contribuir al desarrollo y mejora de la actividad industrial en los 19 municipios que lo forman, en el marco de las ayudas para actuaciones de reindustrialización reguladas por la Orden ITC/3098/2006, de 10 de octubre del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

Segunda.–De acuerdo con lo establecido en el apartado undécimo de la Orden ITC/3098/2006, de 10 de octubre, las solicitudes para la obtención de las ayudas se presentarán en el registro electrónico del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

Tercera.–Una vez que se termine el plazo de presentación de solicitudes establecido en la convocatoria correspondiente, el MITyC remitirá al Pacto una copia de todas las solicitudes que se presenten, a efectos de la emisión del informe técnico contemplado en la cláusula cuarta del presente Convenio.

Cuarta.–Que las partes acuerdan que en base al apartado duodécimo de la Orden ITC/3098/2006, de 10 de octubre, el órgano instructor del procedimiento, el Director General de Industria, recabará del Pacto informe técnico para la evaluación de los proyectos o actuaciones para los que se han presentado solicitudes de ayudas.

Quinta.–El Pacto, en el plazo de 15 días naturales, a partir de la recepción de las solicitudes, enviará al MITyC los informes técnicos correspondientes, con una propuesta razonada de las empresas y proyectos que considera que deben ser apoyados y de la posible distribución de las ayudas a los mismos. Igualmente se remitirá una propuesta razonada de los proyectos que, de acuerdo con su correspondiente informe técnico, deben ser desestimados.

Sexta.–El presente Convenio tendrá la misma vigencia que el Programa de Ayudas de Reindustrialización regulado por la Orden ITC/3098/2006, de 10 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para actuaciones de reindustrialización o por la normativa que lo sustituya, si bien cualquiera de las partes podrá denunciarlo, poniéndolo en conocimiento de la otra, al menos con un mes de antelación a la fecha en que deseara dejarlo sin efecto.

Las modificaciones que, en su caso, introduzcan las partes en este Convenio, se recogerán con carácter anual en forma de Adendas.

El presente Convenio de Colaboración producirá sus efectos a partir de la fecha de su firma.

Séptima.–El presente Convenio de Colaboración tiene naturaleza administrativa, siendo de aplicación lo previsto en el artículo 4.1.c) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.

Las cuestiones litigiosas que pudieran surgir en la interpretación y cumplimiento del presente Convenio deberán resolverse de mutuo acuerdo entre las partes. Si no fuera posible alcanzar un acuerdo, las posibles controversias deberán ser resueltas tal y como dispone el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Y para que conste, a los efectos oportunos y en prueba de conformidad, las partes firman el presente documento, por duplicado y a un solo efecto, en el lugar y fecha arriba indicados.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Industria, Turismo y Comercio

Resolución de 14 de enero de 2010, de la Dirección General de Industria, por la que se publica el Convenio de colaboración, entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de Galicia, a través del Pacto Territorial de Empleo de la Costa da Morte para la generación y desarrollo de tejido industrial.

"Resolución de 14 de enero de 2010, de la Dirección General de Industria, por la que se publica el Convenio de colaboración, entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de Galicia, a través del Pacto Territorial de Empleo de la Costa da Morte para la generación y desarrollo de tejido industrial." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2010-1270 publicado el 27 enero 2010

ID de la publicación: BOE-A-2010-1270
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 27 enero 2010
Fecha Pub: 20100127
Fecha última actualizacion: 27 enero, 2010
Numero BORME 23
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 27 enero 2010
Letra: A
Pagina de inicio: 7652
Pagina final: 7654




Publicacion oficial en el BOE número 23 - BOE-A-2010-1270


Publicacion oficial en el BOE-A-2010-1270 de Resolución de 14 de enero de 2010, de la Dirección General de Industria, por la que se publica el Convenio de colaboración, entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de Galicia, a través del Pacto Territorial de Empleo de la Costa da Morte para la generación y desarrollo de tejido industrial.


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