Resolución de 3 de octubre de 2007, del Centro Español de Metrología, por la que se publican las cuentas anuales del ejercicio 2006.





La Orden EHA/777/2005, de 21 de marzo de 2005, por la que se regula el procedimiento de obtención, formulación, aprobación y rendición de las Cuentas Anuales para las entidades estatales de Derecho Público a las que sea de aplicación la Instrucción de Contabilidad para la Administración Institucional del Estado, en su apartado Tercero, establece la obligación de publicar en el «Boletín Oficial del Estado» la información de las Cuentas Anuales que determina la Intervención General de Administración del Estado en Resolución de 28 de Noviembre de 2006 y de acuerdo con el artículo 136.4 de la Ley 47/2003 General Presupuestaria.






Orden del día 28 noviembre 2007

La Orden EHA/777/2005, de 21 de marzo de 2005, por la que se regula el procedimiento de obtención, formulación, aprobación y rendición de las Cuentas Anuales para las entidades estatales de Derecho Público a las que sea de aplicación la Instrucción de Contabilidad para la Administración Institucional del Estado, en su apartado Tercero, establece la obligación de publicar en el «Boletín Oficial del Estado» la información de las Cuentas Anuales que determina la Intervención General de Administración del Estado en Resolución de 28 de Noviembre de 2006 y de acuerdo con el artículo 136.4 de la Ley 47/2003 General Presupuestaria.

En consecuencia, en cumplimiento de lo dispuesto en la citada Orden, resuelvo publicar en el Boletín Oficial del Estado el resumen de las Cuentas Anuales del Centro Español de Metrología para el ejercicio 2006 que se acompaña como anexo de la presente Resolución.

Tres Cantos, 3 de octubre de 2007.-El Presidente del Centro Español de Metrología, P. D. (Resolución de 14 de febrero de 2003), el Director del Centro Español de Metrología, Fernando Ferrer Margalef.

IV. RESUMEN DE LA MEMORIA

Programa 495C

Metrología

1. Organización y actividad

Norma de Creación de la entidad.-La Constitución Española en su artículo 149 atribuye al Estado, entre otras, la competencia exclusiva para legislar en materia de pesas y medidas (metrología). En uso de esta capacidad legislativa se han ido aprobando diferentes disposiciones legales que configuran el marco jurídico para el desarrollo de la actividad metrológica en España. La Ley 3/1985, de 18 de marzo, de Metrología, marca el inicio de esta nueva etapa metrológica y fija los requisitos y actuaciones a llevar a cabo para el ejercicio de esta actividad. En cumplimiento de lo dispuesto en la mencionada Ley, y por Real Decreto 415/1985, de 27 de marzo, se creó el Centro Español de Metrología (CEM) al que se le encomendaron las tareas que en él se establecen. Posteriormente, la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991, crea el Centro Español de Metrología como Organismo Autónomo de carácter comercial e industrial, dependiente del Ministerio de Fomento, (por Real Decreto 1384/2002 de 20 de diciembre se adscribe el Centro Español de Metrología al Ministerio de Ciencia y Tecnología) asignándole los siguientes cometidos:

Custodia y conservación de los patrones nacionales de las unidades de medida.

Establecimiento y desarrollo de las cadenas oficiales de calibración. Ejercicio de las funciones de la Administración del Estado en el control metrológico del Estado y en el control metrológico CEE. Habilitación oficial de laboratorios de verificación metrológica. Mantenimiento del Registro de Control Metrológico. Ejecución de proyectos de investigación y desarrollo en materia metrológica. Formación de especialistas en metrología.

De forma simultánea con el ejercicio de estas competencias, el Centro Español de Metrología, en cumplimiento de los acuerdos suscritos por nuestro país, lleva a cabo las actuaciones propias de un Instituto Nacional de Metrología, representando a España ante todas las instituciones metrológicas internacionales.

Actividades.-Todas estas actividades se exponen con detalle a continuación. El proceso de globalización y la consiguiente liberalización en el comercio mundial ha traído como consecuencia un cambio importante en el papel que venían desempeñando hasta ese momento los Institutos Nacionales de Metrología en los países industrializados. Para poder afrontar este importante reto, se firmó el 19 de octubre de 1999, en París, al amparo del Tratado diplomático de la Convención del Metro, el Acuerdo de Reconocimiento Mutuo, mediante el cual, los patrones nacionales y los certificados emitidos por los Institutos Nacionales de Metrología que cumplan unos determinados requisitos, serán aceptados internacionalmente. Dada la importancia de este Acuerdo, el Centro Español de Metrología ha realizado un gran esfuerzo para poder cumplir con los requisitos exigidos y así dotar a nuestro país de un soporte reconocido para todos los procesos de medida que se llevan a cabo en España. De forma simultánea, nuestra pertenencia a la Unión Europea nos exige el cumplimiento de todas las disposiciones legales que sean aprobadas por las instituciones comunitarias, al objeto de garantizar la libre circulación de mercancías en el seno de la Unión y proteger a los consumidores y usuarios de los posibles fraudes que pudieran darse en las transacciones comerciales o en el control de la salud de los ciudadanos. Ambos compromisos suponen llevar a cabo las siguientes actividades:

Obtener, mantener y diseminar los patrones nacionales de las unidades de medida del Sistema Internacional de Unidades, que sirven de referencia para todas las instituciones, laboratorios o entidades que efectúan mediciones, y sin cuyo soporte los resultados no serían aceptados a nivel internacional ni tendrían validez científica.

Desarrollar y aplicar nuevas tecnologías para la obtención y mantenimiento de los patrones nacionales. Realizar las calibraciones que le sean demandadas por los distintos agentes económicos y sociales. Participar en las comparaciones internacionales que se programen al efecto, como requisito imprescindible para la aceptación de nuestros certificados. Elaborar guías, documentos, manuales y procedimientos que sirvan de orientación y consulta a los laboratorios, instituciones y empresas en las que se realicen actividades de calibración. Coordinar y dirigir las comparaciones nacionales que lleven a cabo los laboratorios de calibración acreditados por ENAC, para así garantizar la trazabilidad de las mediciones en nuestro país. Coordinar la elaboración de normas nacionales referentes a instrumentos de medida que se redactan en el seno del Comité Técnico de Normalización n.º 82 de AENOR. Ofrecer servicios de asesoramiento y asistencia técnica a los agentes económicos que requieran de esta ayuda. Ejercer las actividades de control metrológico que corresponden a la Administración del Estado. Realizar los ensayos previstos en las disposiciones legales de carácter metrológico, en apoyo de las distintas Comunidades Autónomas que carezcan de laboratorios adecuados. Establecer las directrices para la coordinación de las actuaciones que, en materia de metrología legal, ejecutan las Comunidades Autónomas en el marco de sus competencias. Realizar los ensayos que demanden los distintos usuarios de la metrología y expedir los correspondientes Certificados de conformidad. Impartir cursos de formación en materia metrológica en el ámbito nacional. Establecer Protocolos de colaboración con instituciones públicas y privadas para el mejor desarrollo de la actividad metrológica. Mantener el Registro único de alcance nacional creado por el Real Decreto 914/2002, de 6 de septiembre, y su puesta a disposición de las Autoridades de ejecución del control metrológico legal. Desarrollar las actividades propias de una Oficina de Transferencia de Resultados de Tecnología (OTRI). Elaborar y llevar a cabo proyectos de investigación y desarrollo en materia metrológica en colaboración con otras instituciones nacionales e internacionales. Participar en proyectos de cooperación con países iberoamericanos para favorecer la implantación de sistemas nacionales de medida en estos estados. Representar a España ante las distintas organizaciones internacionales de metrología. Promover y coordinar la realización de seminarios, congresos y jornadas para la difusión y promoción de la metrología.

Fuentes de ingresos.-Para llevar a cabo las actividades detalladas anteriormente este Organismo cuenta, como fuentes de financiación principales, con los siguientes ingresos:

Subvenciones corrientes y de capital procedentes del Ministerio de Adscripción.

Ingresos procedentes de la facturación realizada, vía precios públicos e ingresos percibidos vía tasas, ya que este Organismo tiene establecida la Tasa de Control Metrológico. Los ingresos procedentes de precios públicos están sujetos a IVA, por lo que este Organismo realiza declaraciones trimestrales de IVA, en Régimen General.

Estructura organizativa.-El Programa se gestiona en su totalidad por el Centro Español de Metrología, fundamentalmente a través de sus principales áreas:

Masa.

Longitud. Electricidad. Temperatura. Fluidos. Fuerza. Electromagnetismo.

Los principales responsables de la entidad durante el ejercicio 2006 han sido:

Presidente: Joan Trullen Thomas.

Director: Fernando Ferrer Margalef. Subdirector Científico y de Relaciones Institucionales: M.ª del Carmen Matilla Vicente. Subdirector Comercial y de Metrología Legal: José Luis Manchado Trugillo. Secretario General: Juan Antonio Ortiz Fernández.

Los principales responsables de la gestión contables durante el ejercicio 2006 han sido:

Presidente: Joan Trullen Thomas.

Director: Fernando Ferrer Margalef. Secretario General: Juan Antonio Ortiz Fernández. Jefe de Servicio de Gestión Económica:

M.ª Isabel Jiménez Martínez (Desde 1/1/2006 hasta 8/6/2006).

Eva M.ª Mediavilla de María (Desde 9/6/2006).

Jefe de Contabilidad: Eva M.ª Mediavilla de María. Número medio de empleados durante el ejercicio 2006.-El número de empleados en el ejercicio 2006 fue de 97, distribuidos de la siguiente manera:

Funcionarios: Grupo A: 23.

Grupo B: 13. Grupo C: 8. Grupo D: 10.

Laborales:

Grupo 1: 11.

Grupo 2: 1. Grupo 3: 20. Grupo 4: 8. Grupo 5: 3.

3. Bases de presentación de las cuentas

El Centro Español de Metrología constituye una entidad contable centralizada, las cuentas que rinde tienen carácter unitario y muestran la situación patrimonial y financiera del organismo en su conjunto. Constituye una unidad contable a la que le es de aplicación la Instrucción de Contabilidad para la Administración Institucional del Estado aprobada por Orden de 1 de febrero de 1996. La contabilidad del Organismo se lleva por el método de partida doble ajustándose al P.G.C.P. aprobado por Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 6 de mayo de 1994. El registro de las operaciones contables se realiza aplicando los principios contables y normas de valoración establecidos en el mencionado P.G.C.P. así como lo recogido en las instrucciones dictadas por la I.G.A.E. relativas a estos principios y normas. El ejercicio contable del CEM coincide con el año natural. La unidad de contabilidad cuenta con Sic'2 como herramienta informática puesta a disposición por la I.G.A.E. (ahora en opción abierta) para dar soporte a los requerimientos establecidos por la normativa contable y avanzar en la homogenización de los procedimientos. El sistema de información contable muestra, a través de documentos, cuentas y estados la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera, de la ejecución del presupuesto y de los resultados de la entidad contable. Todos los actos con repercusión financiera, patrimonial o económica están debidamente acreditados con su correspondiente justificante. Estos justificantes de las operaciones incorporadas al Sic'2 soportados en papel o en instrumentos informáticos se conservan, debidamente ordenados, por la unidad de contabilidad y se encuentran a disposición del Tribunal de Cuentas y de la I.G.A.E. para facilitar las actuaciones de control y verificación de la contabilidad. Desde la entrada en vigor de la Orden EHA/405/2006, de 10 de Febrero, el CEM obtiene, formula y rinde sus cuentas anuales en soporte informático y por vía telemática, a través de la aplicación RED.coa, de la Intervención General de la Administración del Estado.

4. Normas de valoración

Inmovilizado inmaterial.-Los diversos elementos comprendidos en el inmovilizado inmaterial se valoran por su precio de adquisición o coste de producción; la amortización se dota de acuerdo con los cálculos que se obtienen de la aplicación SOROYA, módulo de gestión de Inventario, en el que el Organismo registra su inmovilizado, que a su vez efectúa los cálculos según la Resolución de la Intervención General de la Administración del Estado, de 14 de diciembre de 1999. En cuanto a los criterios de activación de los gastos de I+D, éstos se activan si se cumplen las siguientes condiciones:

Que exista un proyecto específico perfectamente individualizado y concreto.

Que se dé una asignación, imputación y distribución temporal de los costes claramente establecida. Que, además, existan motivos fundados del éxito técnico del proyecto. Que la rentabilidad económico-comercial del mismo este razonablemente asegurada. Que se encuentre asegurada la financiación del proyecto.

Los gastos activados, son amortizados a lo largo de la vida del proyecto, sin superar en ningún caso los cinco años.

Inmovilizado material.-Los bienes del inmovilizado material se valoran por el precio de adquisición, de acuerdo con lo que se establece en la Normas de Valoración del PGCP. Existencias.-El CEM cuenta con existencias, no destinadas a la venta sino que son las utilizadas por la cafetería de que dispone el centro y que son inventariadas y valoradas a 31 de diciembre por el precio de adquisición, pero se trata de existencias por poco importe y con escasa importancia dado que no están relacionadas con la actividad principal del CEM Provisión de dudoso cobro.-La provisión se dota por el sistema global, aplicando un 5 % a los deudores, no obstante determinadas deudas se han dotado en un 100 %, debido a un ajuste propuesto en la auditoría de cuentas.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Industria, Turismo y Comercio

Resolución de 3 de octubre de 2007, del Centro Español de Metrología, por la que se publican las cuentas anuales del ejercicio 2006.

"Resolución de 3 de octubre de 2007, del Centro Español de Metrología, por la que se publican las cuentas anuales del ejercicio 2006." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2007-20457 publicado el 28 noviembre 2007

ID de la publicación: BOE-A-2007-20457
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 28 noviembre 2007
Fecha Pub: 20071128
Fecha última actualizacion: 28 noviembre, 2007
Numero BORME 285
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 28 noviembre 2007
Letra: A
Pagina de inicio: 48743
Pagina final: 48761




Publicacion oficial en el BOE número 285 - BOE-A-2007-20457


Publicacion oficial en el BOE-A-2007-20457 de Resolución de 3 de octubre de 2007, del Centro Español de Metrología, por la que se publican las cuentas anuales del ejercicio 2006.


Descargar PDF oficial BOE-A-2007-20457 AQUÍ



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