Resolución de 7 de diciembre de 2011, de la Subsecretaría, por la que se publican las cuentas anuales del ejercicio 2010, de la Fundación Escuela de Organización Industrial.





De conformidad con lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 136 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, y en la disposición cuarta de la Resolución de 14 de septiembre de 2009, de la Intervención General de la Administración del Estado («BOE» de 24 de septiembre de 2009) por la que se determina el contenido mínimo de la información a publicar en el «Boletín Oficial del Estado» por las entidades del sector público estatal empresarial y fundacional que no tengan la obligación de publicar sus cuentas anuales en el Registro Mercantil, se hace pública la información contenida en el resumen de las cuentas anuales de la Fundación EOI correspondientes al ejercicio 2010, cuyo texto figura a continuación.






Orden del día 18 enero 2012

De conformidad con lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 136 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, y en la disposición cuarta de la Resolución de 14 de septiembre de 2009, de la Intervención General de la Administración del Estado («BOE» de 24 de septiembre de 2009) por la que se determina el contenido mínimo de la información a publicar en el «Boletín Oficial del Estado» por las entidades del sector público estatal empresarial y fundacional que no tengan la obligación de publicar sus cuentas anuales en el Registro Mercantil, se hace pública la información contenida en el resumen de las cuentas anuales de la Fundación EOI correspondientes al ejercicio 2010, cuyo texto figura a continuación.

Madrid, 7 de diciembre de 2011.–La Subsecretaria de Industria, Turismo y Comercio, Amparo Fernández González.

1. Actividad de la Fundación

La Fundación EOI (en adelante, la Fundación) fue constituida el 21 de marzo de 1997 mediante escritura pública otorgada ante la Notaria de Madrid Doña María del Rosario Algora Wesolowski con el número 824 de protocolo, y, mediante Resolución de 5 de junio de 1997, fue inscrita en el Registro de Fundaciones Docentes del Ministerio de Educación y Cultura (actualmente Ministerio de Educación), con número MAD-1-3-523 (actualmente, nº 340). De acuerdo con sus vigentes estatutos, EOI es una fundación del sector público estatal que tiene como finalidad general potenciar la formación y la realización y promoción de estudios e investigaciones científicas y técnicas, fundamentalmente en los ámbitos de la industria, el medio ambiente, la innovación, las nuevas tecnologías, la pequeña y mediana empresa, la propiedad industrial y la economía. A tal efecto, son fines específicos de la Fundación los siguientes:

– Promover la formación de empresarios, directivos y técnicos como herramienta estratégica de la empresa especialmente en el campo de las tecnologías.

– Impulsar activamente la iniciativa emprendedora para la creación y consolidación de las empresas, especialmente en el campo de las pequeñas y medianas empresas.

– Apoyar las iniciativas de impulso al I+D+I (Investigación + Desarrollo + Innovación) y a la transferencia de las tecnologías, contribuyendo a su implantación y desarrollo en las empresas, especialmente en las pequeñas y medianas empresas.

– Colaborar activamente con la política del Gobierno en materia de desarrollo e innovación industrial, política de la pequeña y mediana empresa, energética y medioambiental, de telecomunicaciones, de propiedad industrial y de desarrollo de la sociedad de la información, promoviendo y desarrollando en dicho ámbito actividades formativas y la realización de estudios e investigaciones.

– Participar en las actividades de cooperación internacional del Gobierno mediante la formación de los técnicos y directivos de los países en vías de desarrollo, especialmente en el ámbito de la lengua y cultura iberoamericanas.

– Contribuir a la formación específica del personal del sector público en los ámbitos de su competencia.

– Realizar estudios e investigaciones sobre la realidad industrial y empresarial, sus estrategias de desarrollo, sus modelos de comportamiento y sus necesidades.

– Potenciar el diálogo e intercambio de opiniones entre la empresa, el mundo de la investigación y la Universidad, especialmente en los campos de las nuevas tecnologías.

El órgano de gobierno de la fundación está constituido por el Patronato.

El domicilio social de la Fundación reside en la Avenida Gregorio del Amo, número 6, 28040 Madrid.

2. Bases de presentación de las cuentas anuales

1. Imagen fiel.–Las Cuentas Anuales del ejercicio 2010 adjuntas han sido formuladas por el Director General de la Fundación a partir de los registros contables de la Fundación a 31 de diciembre de 2010 y en ellas se han aplicado los principios contables y criterios de valoración recogidos en el Real Decreto 1514/2007, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad y el Real Decreto 776/1998, de 30 de abril, que aprueba las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos y las normas de información presupuestaria de estas entidades, y muestran la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la Fundación.

El Real Decreto 776/1998, de 30 de abril, se mantiene en vigor para las entidades que no tengan forma jurídica mercantil en los términos previstos en el Real Decreto 1514/2007 Disposición Transitoria 5.ª 2.

El Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas emitió tres consultas sobre la adaptación del Nuevo Plan General de Contabilidad a este tipo de entidades. En la consulta 4 del BOICAC nº 76, de diciembre de 2008, se aprueba el nuevo modelo de estados financieros, que se incluyen en las presentes cuentas anuales de la Fundación.

Con fecha 26 de marzo de 2010 ha entrado en vigor la Orden EHA/733/2010, de 25 de marzo, por la que se aprueban aspectos contables de empresas públicas que operan en determinadas circunstancias. Esta Orden es aplicable a la Fundación en virtud de su disposición adicional única que establece los criterios que califican una subvención como no reintegrable desde una perspectiva estrictamente contable.

Las principales políticas contables adoptadas se presentan en el apartado 4.

No existen razones excepcionales por las que, para mostrar la imagen fiel, no se hayan aplicado disposiciones legales en materia contable.

La moneda funcional con la que opera la empresa es el euro. Para la formulación de los estados financieros en euros se han seguido los criterios establecidos en el Plan General Contable tal y como figura en el apartado 4. Normas de registro y valoración.

Las Cuentas Anuales de la Fundación correspondientes al ejercicio 2009 fueron aprobadas por el Patronato de la Fundación celebrado el día 29 de julio de 2010. Las Cuentas Anuales adjuntas se someterán a la aprobación por el Patronato de la Fundación, estimándose que serán aprobadas sin modificación alguna.

2. Principios contables no obligatorios aplicados.–Esta información no es significativa.

3. Aspectos críticos de la valoración y estimación de la incertidumbre.–Para la preparación de determinadas informaciones incluidas en las presentes cuentas anuales se han utilizado estimaciones basadas en hipótesis realizadas por la Dirección, para cuantificar algunos de los activos, pasivos, ingresos, gastos y compromisos que figuran en ellas. Las estimaciones más significativas utilizadas en estas cuentas anuales se refieren a:

● Vida útil de los activos materiales e intangibles (Nota 4).

● La probabilidad de ocurrencia y el importe de determinadas provisiones y contingencias (Nota 4 y 11).

● Medición de los riesgos financieros a los que se expone la Fundación en el desarrollo de su actividad (Nota 8).

Estas estimaciones e hipótesis están basadas en la mejor información disponible en la fecha de formulación de las cuentas anuales, sobre la estimación de la incertidumbre en la fecha de cierre del ejercicio y se revisan periódicamente. Sin embargo, es posible que bien estas revisiones periódicas bien acontecimientos futuros obliguen a modificar las estimaciones en próximos ejercicios. En ese caso, los efectos de los cambios de las estimaciones se registrarían de forma prospectiva en la cuenta de resultados de ese ejercicio y de periodos sucesivos conforme a lo establecido en la Norma de Registro y Valoración 22ª «Cambios en criterios contables, errores y estimaciones contables».

4. Comparación de la información.–El balance de situación, cuenta de resultados y la memoria de 2010 recogen, a efectos comparativos, las cifras correspondientes al ejercicio anterior, excepto por la información incluida en la Nota 21 de la memoria «Información sobre los aplazamientos de plago efectuados a proveedores. Disposición adicional 3.ª Deber de información de la Ley 15/2010 de, 5 de julio», que se presenta sin incluir información comparativa del ejercicio 2009 sobre esta nueva obligación. Por ello, y a los exclusivos efectos de esta información, las presentes cuentas anuales se consideran cuentas anuales iniciales en relación a la aplicación del principio de uniformidad y al requisito de comparabilidad.

Las cifras correspondientes al ejercicio anterior 2009 se han adaptado al cambio de criterio descrito en el apartado anterior 2.5, por lo que no coinciden con las aprobadas por el Patronato para el ejercicio 2009. Se ha reclasificado un importe de 4.110.518,56 euros desde los epígrafes «Usuarios y otros deudores de la actividad propia» y «Otros créditos con las Administraciones Públicas» del activo del balance de situación al epígrafe «Deudas a largo plazo» del pasivo del balance de situación.

5. Agrupación de partidas.–Las cuentas anuales no tienen ninguna partida que haya sido objeto de agrupación en el balance o en la cuenta de pérdidas y ganancias.

6. Elementos recogidos en varias partidas.–Los saldos deudores por subvenciones pendientes de cobro están recogidos en nota 8.1.a.1 «Préstamos y partidas a cobrar» y en nota 9.1 «Saldos deudores con Administraciones Públicas».

7. Cambios en criterios contables.–Se ha producido un cambio de criterio en la contabilización de las prefinanciaciones recibidas de la Comisión Europea para la ejecución del Programa Operativo 2007-2013 (ver Nota 8.1.a.2) que se contabilizaban disminuyendo los epígrafes «Usuarios y otros deudores de la actividad propia» y «Otros créditos con las Administraciones Públicas» de activo del balance de situación y que en el ejercicio 2010 se contabilizan en el epígrafe «Deudas a largo plazo» del pasivo del balance de situación.

8. Corrección de errores.–Esta información no es significativa.

3. Excedente del ejercicio

El Director General propondrá al Patronato la aprobación de la aplicación del excedente que se indica a continuación, sin perjuicio de lo estipulado en el artículo 27 de la Ley 50/2002, de Fundaciones, según la cual la Fundación deberá destinar, al menos, el 70% de sus ingresos netos a los fines fundacionales.

4. Normas de valoración

Los principales principios y criterios contables utilizados por la Fundación para la preparación de las cuentas anuales son los siguientes:

1. Inmovilizado intangible.–El inmovilizado intangible se valora inicialmente por su coste, ya sea éste el precio de adquisición o el coste de producción.

Después del reconocimiento inicial, el inmovilizado intangible se valora por su coste, menos la amortización acumulada y, en su caso, el importe acumulado de las correcciones por deterioro registradas.

Para cada inmovilizado intangible se analiza y determina si la vida útil es definida o indefinida.

No existe ningún inmovilizado intangible con vida útil indefinida.

No existe ningún inmovilizado intangible con vida útil indefinida.

Las inmovilizaciones intangibles que tiene registrada la Fundación en su activo corresponden a:

a) Concesiones.–Bajo este epígrafe se recoge la autorización de uso del inmueble, sito en la calle Gregorio del Amo, 6 de Madrid, tiene su origen en la dotación fundacional contenida en la Estipulación Tercera de la escritura de constitución de la Fundación.

Dicha autorización se encuentra valorada según la estimación valorativa realizada por la Sociedad Estatal de Gestión Inmobiliaria de Patrimonio, SA con fecha 20 de marzo de 1997.

Su amortización se realiza de forma lineal en un período de 50 años, el cual constituye el plazo de la concesión del uso del inmueble, según consta en la Escritura de Constitución de la Fundación.

b) Aplicaciones informáticas.–Los elementos incluidos como aplicaciones informáticas, figuran valorados al precio de adquisición o subrogación en su caso. Concretamente en aplicaciones informáticas se incluyen los importes satisfechos por el acceso a la propiedad o por el derecho al uso de programas informáticos, únicamente en los casos en que se prevea que su utilización abarcará varios ejercicios. Los gastos de mantenimiento de estas aplicaciones informáticas se imputan directamente como gastos del ejercicio en que se originen.

Su amortización se realiza de forma lineal en un período de 4 años desde el momento en que se inició el uso de la aplicación informática correspondiente.

2. Bienes integrantes del Patrimonio Histórico.–Esta información no es significativa.

3. Inmovilizado material.–El inmovilizado material está valorado a su coste de adquisición o subrogación en su caso, a excepción del edificio de Sevilla que incluye una cantidad resultante de la valoración realizada por la empresa Sociedad Estatal de Gestión Inmobiliaria de Patrimonio, S.A. (SEGIPSA), en fecha de 30 de julio de 1997.

La amortización del inmovilizado material se calcula sistemáticamente por el método lineal en función de la vida útil de los respectivos bienes, atendiendo a la depreciación efectivamente sufrida por su funcionamiento, uso y disfrute.

El número de años utilizados en el cálculo de la depreciación experimentada por los elementos que componen el inmovilizado material son los siguientes:

La Fundación no tiene compromisos de desmantelamiento, retiro o rehabilitación para sus bienes de activo. Por ello no se han contabilizado en los activos valores para la cobertura de tales obligaciones de futuro.

La Dirección de la Fundación considera que el valor contable de los activos no supera el valor recuperable de los mismos.

4. Esta información no es relevante.

5. Arrendamientos.–Los arrendamientos se clasifican como arrendamientos financieros siempre que de las condiciones de los mismos se deduzca que se transfieren al arrendatario sustancialmente los riesgos y beneficios inherentes a la propiedad del activo objeto del contrato. Los demás arrendamientos se clasifican como arrendamientos operativos.

La Fundación no tiene ningún arrendamiento clasificado como financiero.

6. Permutas.–Esta información no es significativa.

7. Instrumentos financieros.–La Fundación tiene registrados en el capitulo de instrumentos financieros, aquellos contratos que dan lugar a un activo financiero en una empresa y, simultáneamente, a un pasivo financiero o a un instrumento de patrimonio en otra empresa. Se consideran, por tanto instrumentos financieros, los siguientes:

● Préstamos y cuentas por cobrar: se registran a su coste amortizado, correspondiendo al efectivo entregado, menos las devoluciones del principal efectuadas, más los intereses devengados no cobrados en el caso de los préstamos, y al valor actual de la contraprestación realizada en el caso de las cuentas por cobrar. La Fundación registra las correspondientes provisiones por la diferencia existente entre el importe a recuperar de las cuentas por cobrar y el valor en libros por el que se encuentran registradas.

● Activos financieros mantenidos para negociar: se valoran inicialmente por su valor razonable que será el precio de la transacción que equivaldrá al valor razonable de la contraprestación entregada. Los costes de transacción que le sean directamente atribuibles se reconocerán en la cuenta de Pérdidas y Ganancias del ejercicio. Su valoración posterior será por su valor razonable sin deducir los costes de transacción en que se pudiera incurrir en su enajenación. Los cambios que se produzcan en el valor razonable se imputarán en la cuenta de Pérdidas y Ganancias del ejercicio.

● Efectivo y otros medios líquidos equivalentes: Bajo este epígrafe del balance de situación adjunto se registra el efectivo en caja y bancos, depósitos a la vista y otras inversiones a corto plazo de alta liquidez que son rápidamente realizables en caja y que no tienen riesgo de cambios en su valor.

● Pasivos financieros: Los préstamos, obligaciones y similares se registran inicialmente por el importe recibido, neto de costes incurridos en la transacción. Los gastos financieros, incluidas las primas pagaderas en la liquidación o el reembolso y los costes de transacción, se contabilizan en la cuenta de pérdidas y ganancias según el criterio del devengo utilizando el método del interés efectivo. El importe devengado y no liquidado se añade al importe en libros del instrumento en la medida en que no se liquidan en el período en que se producen.

● Las cuentas a pagar: Se registran inicialmente a su valor razonable y posteriormente son valoradas al coste amortizado utilizando el método de la tasa de interés efectivo.

8. Coberturas contables.–Esta información no es significativa.

9. Existencias.–Esta información no es significativa.

10. Transacciones en moneda extranjera.–Las operaciones realizadas en moneda extranjera se registran en la moneda funcional de la Fundación (euros) a los tipos de cambio vigentes en el momento de la transacción. Durante el ejercicio, las diferencias que se producen entre el tipo de cambio contabilizado y el que se encuentra en vigor a la fecha de cobro o de pago se registran como resultados financieros en la cuenta de resultados. La Fundación no ha cambiado en el ejercicio la moneda funcional que es el euro.

Asimismo, al 31 de diciembre de cada año, se realiza al tipo de cambio de cierre la conversión de los saldos a cobrar o pagar con origen en moneda extranjera. Las diferencias de valoración producidas se registran como resultados financieros en la cuenta de resultados.

11. Impuestos sobre beneficios.–De acuerdo con la Ley 49/2002 de 23 de diciembre, de Régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, en relación con el artículo 9.2 del Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, las fundaciones que, como EOI, han optado por el régimen fiscal especial regulado en la citada Ley 49/2002 (desarrollado por Real Decreto 1270/2003, de 10 octubre), gozan de exención en el Impuesto sobre Sociedades de acuerdo con las normas contenidas en el Capítulo Segundo de su Título II, por lo que sólo se integran en la base imponible del Impuesto las rentas derivadas de las explotaciones económicas no exentas.

Los ingresos de la Fundación en el ejercicio 2010 provienen en su totalidad de rentas exentas incluidas en el artículo 6 de la ley 49/2002 y de explotaciones económicas exentas recogidas en su artículo 7 por lo que la base imponible del Impuesto sobre Sociedades es cero.

12. Ingresos y gastos.–Los ingresos y gastos se imputan en función del criterio del devengo con independencia del momento en que se produce la corriente monetaria o financiera derivada de ellos.

No obstante, la Fundación únicamente contabiliza los beneficios realizados a la fecha de cierre del ejercicio, en tanto que los riesgos y las pérdidas previsibles, aun siendo eventuales, se contabilizan tan pronto son conocidos.

Los ingresos por servicios se reconocen por el valor razonable de la contrapartida recibida o a recibir derivada de los mismos.

Para el caso de los cursos de carácter plurianual, el reconocimiento de los ingresos se llevará a cabo teniendo en cuenta el avance del curso, con las correcciones que la Dirección considera necesarias en base a la experiencia de ejercicios anteriores.

Los ingresos de la entidad por la actividad propia incluyen las subvenciones recibidas por la Fundación para realizar sus fines fundacionales. Así mismo también se recogen bajo este epígrafe las aportaciones de los patronos y las encomiendas de gestión.

Los ingresos por ventas y otros ingresos de la actividad mercantil incluyen los importes procedentes de los programas de formación en abierto, In Company (a medida) y otros servicios prestados por la Fundación, así como las aportaciones de los socios locales para la realización de los cursos cofinanciados por Fondos Europeos.

13. Provisiones y contingencias.–A la fecha de formulación de las presentes cuentas anuales, el Director de la Fundación diferencia entre:

Provisiones: Las obligaciones existentes a la fecha del balance de situación surgidas como consecuencia de sucesos pasados de los que pueden derivarse perjuicios patrimoniales para la Fundación cuyo importe y momento de cancelación son indeterminados se registran en el balance de situación como provisiones por el valor actual del importe más probable que se estima que la Fundación tendrá que desembolsar para cancelar la obligación.

Pasivos contingentes: obligaciones posibles surgidas como consecuencia de sucesos pasados, cuya materialización está condicionada a que ocurran o no, uno o más sucesos futuros inciertos que no están enteramente bajo el control de la Fundación y no cumplen los requisitos para poder reconocerlos como provisiones.

Las cuentas anuales de la Fundación recogen todas las provisiones significativas respecto a las que se estima que existe una alta probabilidad de que se tenga que atender la obligación. Se cuantifican en base a la mejor información disponible a la fecha de formulación de las cuentas anuales sobre las consecuencias del suceso en el que traen su causa teniendo en cuenta, si es significativo, el valor temporal del dinero.

Su dotación se realiza con cargo a la cuenta de resultados del ejercicio en que nace la obligación, procediéndose a su reversión, total o parcial, con abono a la cuenta de resultados cuando las obligaciones dejan de existir o disminuyen.

Los pasivos contingentes no se reconocen en el balance de situación, sino que se informa sobre los mismos en la memoria.

14. Elementos patrimoniales de naturaleza medioambiental.–La Dirección confirma que la Fundación no tiene responsabilidades, gastos, activos, ni provisiones y contingencias de naturaleza medioambiental que pudieran ser significativos en relación con el patrimonio, la situación financiera y los resultados de la misma.

15. Criterios empleados para el registro y valoración de los gastos de personal.–No existen provisiones por retribuciones al personal a largo plazo.

Ante la ausencia de cualquier necesidad previsible de terminación anormal del empleo y dado que no reciben indemnizaciones aquellos empleados que se jubilan o cesan voluntariamente en sus servicios, los pagos por indemnizaciones, cuando surgen, se cargan a gastos en el momento en que se toma la decisión de efectuar el despido.

16. Subvenciones, donaciones y legados.–Los elementos patrimoniales recibidos por subvenciones, donaciones y legados se valoran por su valor razonable, cuando tengan carácter de no reintegrables. Se consideran no reintegrables las subvenciones, donaciones y legados en los que ya se han cumplido las condiciones establecidas para su concesión, o en su caso, no existan dudas razonables sobre su futuro cumplimiento.

Las subvenciones, donaciones y legados de carácter no reintegrable se contabilizan como «Subvenciones, donaciones y legados recibidos» y se imputan a resultados como ingresos propios, por estar afectos a la actividad propia de la entidad.

En el caso de subvenciones correspondientes al Fondo Social Europeo, los ingresos se registran en el período en el que se ha incurrido en los gastos necesarios para desarrollar las acciones objeto de la subvención.

En el caso de las subvenciones por actuaciones cuyo ámbito de aplicación tiene carácter plurianual el reconocimiento de los ingresos se lleva a cabo en función del criterio de correlación de ingresos y gastos, por lo que se reconoce como ingreso el importe de los gastos devengados durante el ejercicio. En este sentido, de acuerdo con lo señalado en el punto 2.5, la subvención correspondiente a la parte no ejecutada del proyecto, se registrará en el pasivo.

17. Combinación de negocios.–Esta información no es significativa

18. Negocios conjuntos.–Esta información no es significativa

19. Criterios empleados en transacciones entre partes vinculadas.–Las operaciones entre partes vinculadas, con independencia del grado de vinculación, se contabilizan de acuerdo con las normas generales. Los elementos objeto de las transacciones que se realicen se contabilizarán en el momento inicial por su valor razonable. La valoración posterior se realiza de acuerdo con lo previsto en las normas particulares para las cuentas que corresponda.

Esta norma de valoración afecta a las partes vinculadas que se explicitan en la Norma de registro y valoración 13.ª del Plan General de Contabilidad.

20. Activos no corrientes mantenidos para la venta.–Esta información no es significativa.

21. Operaciones interrumpidas.–Esta información no es significativa

5. Bienes de Patrimonio Histórico

Esta información no es significativa

6. Otro inmovilizado material



Datos oficiales del departamento Ministerio de Industria, Turismo y Comercio

Resolución de 7 de diciembre de 2011, de la Subsecretaría, por la que se publican las cuentas anuales del ejercicio 2010, de la Fundación Escuela de Organización Industrial.

"Resolución de 7 de diciembre de 2011, de la Subsecretaría, por la que se publican las cuentas anuales del ejercicio 2010, de la Fundación Escuela de Organización Industrial." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2012-789 publicado el 18 enero 2012

ID de la publicación: BOE-A-2012-789
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 18 enero 2012
Fecha Pub: 20120118
Fecha última actualizacion: 18 enero, 2012
Numero BORME 15
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 18 enero 2012
Letra: A
Pagina de inicio: 3608
Pagina final: 3630




Publicacion oficial en el BOE número 15 - BOE-A-2012-789


Publicacion oficial en el BOE-A-2012-789 de Resolución de 7 de diciembre de 2011, de la Subsecretaría, por la que se publican las cuentas anuales del ejercicio 2010, de la Fundación Escuela de Organización Industrial.


Descargar PDF oficial BOE-A-2012-789 AQUÍ



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