Orden JUS/141/2018, de 12 de febrero, por la que se aprueba inicialmente la relación de puestos de trabajo del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia de la Oficina Judicial de Cerdanyola del Vallès.





La Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), establece un nuevo diseño organizativo de las estructuras y formas de trabajo de la oficina judicial que permite la introducción de metodologías de trabajo y criterios de gestión homogéneos en todas ellas, así como la racionalización de los medios instrumentales y la incorporación de las nuevas tecnologías, con el fin de obtener un servicio más ágil, eficaz y de calidad que dé un mejor servicio a los ciudadanos.






Orden del día 20 febrero 2018

La Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), establece un nuevo diseño organizativo de las estructuras y formas de trabajo de la oficina judicial que permite la introducción de metodologías de trabajo y criterios de gestión homogéneos en todas ellas, así como la racionalización de los medios instrumentales y la incorporación de las nuevas tecnologías, con el fin de obtener un servicio más ágil, eficaz y de calidad que dé un mejor servicio a los ciudadanos.

El artículo 521.1 de la LOPJ establece que la ordenación del personal y su integración en las diferentes unidades que conforman la estructura de las oficinas judiciales se realizará por medio de las relaciones de puestos de trabajo que se aprueben y que en todo caso serán públicas.

El Decreto 169/2010, de 16 de noviembre, sobre estructura y organización de la oficina judicial en Cataluña define el modelo de oficina judicial y establece los diferentes tipos de servicios comunes procesales que debe haber en cada partido judicial en función de su dimensión.

De conformidad con el artículo 435.4 de la LOPJ, los puestos de trabajo de la oficina judicial sólo podrán ser cubiertos por personal de los cuerpos de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia, que se especifican en el libro VI de este texto legal.

De acuerdo con el artículo 522 de la LOPJ, corresponde a las comunidades autónomas con competencias asumidas en materia de personal al servicio de la Administración de Justicia la aprobación inicial de las relaciones de puestos de trabajo de las oficinas judiciales en sus ámbitos territoriales respectivos. La aprobación definitiva corresponderá al Ministerio de Justicia, que sólo podrá denegarla por razones de legalidad.

En virtud del Decreto 129/1996, de 16 de abril, se asignan al Departamento de Justicia las funciones y los servicios traspasados a la Generalitat de Catalunya en materia de medios personales, materiales y económicos al servicio de la Administración de Justicia.

La relación de puestos de trabajo de la oficina judicial de Cerdanyola del Vallès se ha sometido a informe del Consejo General del Poder Judicial y de la Comisión de Retribuciones y Gastos de Personal del Consejo para el Impulso y la Ordenación de la Reforma de la Administración y se ha negociado con las organizaciones sindicales.

En atención a lo expuesto, de acuerdo con la delegación de competencias prevista en el Acuerdo de Gobierno GOV/51/2012, de 29 de mayo, por el que se delega en la persona titular del Departamento de Justicia, la aprobación inicial de las relaciones de puestos de trabajo y sus modificaciones, y de conformidad con lo establecido en el artículo 6 del Real Decreto 944/2017, de 27 de octubre, por el que se designa a órganos y autoridades encargados de dar cumplimiento a las medidas dirigidas al Gobierno y a la Administración de la Generalitat de Cataluña, autorizadas por acuerdo del Pleno del Senado, de 27 de octubre de 2017, por el que se aprueban las medidas requeridas por el Gobierno, al amparo del artículo 155 de la Constitución, dispongo:

Primero.

Aprobar inicialmente la relación de puestos de trabajo del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia de la oficina judicial del partido judicial de Cerdanyola del Vallès, que figura en el anexo de esta Orden.

Segundo.

Mientras no finalice el proceso de acoplamiento y no tomen posesión de los nuevos puestos de trabajo de la relación de puestos de trabajo, los funcionarios continuarán prestando servicios en sus destinos con las retribuciones que les correspondan.

Tercero.

Publicar la presente Orden en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya» y en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 12 de febrero de 2018.–El Ministro de Justicia, Rafael Catalá Polo.

ANEXO

Organismo: Ministerio de Justicia.

Comunidad Autónoma: Cataluña.

Centro de Gestión: Secretaría de Relaciones con la Administración de Justicia.

Localidad: Cerdanyola del Vallès.

Unidad orgánica: Gerencia Territorial de Barcelona Comarcas.

Centro de destino: Unidades Procesales de Apoyo Directo.

Localidad: Cerdanyola del Vallès.

Unidad orgánica: Gerencia Territorial de Barcelona Comarcas.

Centro de destino: Servicio Común Procesal General.

Localidad: Cerdanyola del Vallès.

Unidad orgánica: Gerencia Territorial de Barcelona Comarcas.

Centro de destino: Servicio Común Procesal de Ejecución.

CÓDIGOS:

Tramo Complemento Específico:

TG: Tramo Genérico.

T2: Tramo 2.

T5: Tramo 5.

T6: Tramo 6.

Grupo:

P: Gestión Procesal y Administrativa.

Q: Tramitación Procesal y Administrativa.

R: Auxilio Judicial.

Formación específica:

J01: Conocimientos y/o experiencia en gestión organizaciones/coordinación de equipos.

J02: Experiencia y/o conocimientos en Registro Civil.

J03: Conocimientos y/o formación en aplicación informática judicial Cataluña // Conocimientos de nivel medio o superior en tecnologías de la información y la comunicación (ACTIC o equivalente).

J06: Experiencia y/o conocimientos generales en ejecución.

J06: Experiencia y/o conocimientos generales en ejecución.

J08: Experiencia y/o conocimientos en práctica de actos de comunicación.

J09: Conocimientos y/o experiencia en atención al público.

J10: Experiencia y/o conocimientos en el orden civil/penal.

J12: Experiencia y/o conocimientos en el orden civil.

Observaciones:

CA: Catalán Nivel C1.

GU: Guardias.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Justicia

Orden JUS/141/2018, de 12 de febrero, por la que se aprueba inicialmente la relación de puestos de trabajo del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia de la Oficina Judicial de Cerdanyola del Vallès.

"Orden JUS/141/2018, de 12 de febrero, por la que se aprueba inicialmente la relación de puestos de trabajo del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia de la Oficina Judicial de Cerdanyola del Vallès." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2018-2373 publicado el 20 febrero 2018

ID de la publicación: BOE-A-2018-2373
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 20 febrero 2018
Fecha Pub: 20180220
Fecha última actualizacion: 20 febrero, 2018
Numero BORME 45
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Justicia
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 20 febrero 2018
Letra: A
Pagina de inicio: 19597
Pagina final: 19599




Publicacion oficial en el BOE número 45 - BOE-A-2018-2373


Publicacion oficial en el BOE-A-2018-2373 de Orden JUS/141/2018, de 12 de febrero, por la que se aprueba inicialmente la relación de puestos de trabajo del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia de la Oficina Judicial de Cerdanyola del Vallès.


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