Orden JUS/364/2019, de 22 de marzo, por la que se determina el porcentaje del complemento de destino a retribuir por sustituciones realizadas por Letrados de la Administración de Justicia a los que les sea de aplicación el Real Decreto 1130/2003, de 5 de septiembre, por el que se regula el régimen retributivo del Cuerpo de Secretarios Judiciales.





El artículo 10.3 del Real Decreto 1130/2003, de 5 de septiembre, por el que se regula el régimen retributivo del Cuerpo de Secretarios Judiciales, establece, tras la modificación operada por el «Real Decreto 101/2019, de 1 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 1130/2003, de 5 de septiembre, por el que se regula el régimen retributivo del Cuerpo de Secretarios Judiciales, así como el Real Decreto 2033/2009, de 30 de diciembre, por el que se determinan los puestos tipo adscritos al Cuerpo de Secretarios Judiciales a efectos del complemento general de puesto, la asignación inicial del complemento específico y las retribuciones por sustituciones que impliquen el desempeño conjunto de otra función», que «en concepto de sustitución que implique desempeño conjunto de todas las funciones propias de un puesto de Letrado de la Administración de Justicia en el mismo o distinto órgano además del que sea titular, se tendrá derecho a una retribución que se determinará mediante Orden de la Ministra de Justicia y será cómo máximo igual al 80 % del complemento de destino correspondiente a la plaza cuya sustitución se realice».

Contenidos de la Ministerio de Justicia Orden JUS/364/2019, de 22 de marzo, por la que se determina el porcentaje del complemento de destino a retribuir por sustituciones realizadas por Letrados de la Administración de Justicia a los que les sea de aplicación el Real Decreto 1130/2003, de 5 de septiembre, por el que se regula el régimen retributivo del Cuerpo de Secretarios Judiciales. del 20190330







Orden del día 30 marzo 2019

El artículo 10.3 del Real Decreto 1130/2003, de 5 de septiembre, por el que se regula el régimen retributivo del Cuerpo de Secretarios Judiciales, establece, tras la modificación operada por el «Real Decreto 101/2019, de 1 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 1130/2003, de 5 de septiembre, por el que se regula el régimen retributivo del Cuerpo de Secretarios Judiciales, así como el Real Decreto 2033/2009, de 30 de diciembre, por el que se determinan los puestos tipo adscritos al Cuerpo de Secretarios Judiciales a efectos del complemento general de puesto, la asignación inicial del complemento específico y las retribuciones por sustituciones que impliquen el desempeño conjunto de otra función», que «en concepto de sustitución que implique desempeño conjunto de todas las funciones propias de un puesto de Letrado de la Administración de Justicia en el mismo o distinto órgano además del que sea titular, se tendrá derecho a una retribución que se determinará mediante Orden de la Ministra de Justicia y será cómo máximo igual al 80 % del complemento de destino correspondiente a la plaza cuya sustitución se realice».

Esta previsión habilita a la titular del Ministerio de Justicia para determinar la equivalencia concreta a retribuir por sustituciones sobre el complemento de destino correspondiente a cada puesto de Letrado de la Administración de Justicia.

En atención al interés en conseguir la máxima profesionalización de las sustituciones de Letrados de la Administración de Justicia, y a que las cuantías establecidas para las sustituciones en unidades de la oficina judicial, reguladas en el Real Decreto 2033/2009, de 30 de diciembre, por el que se determinan los puestos tipo adscritos al Cuerpo de Secretarios Judiciales a efectos del complemento general de puesto, la asignación inicial del complemento específico y las retribuciones por sustituciones que impliquen el desempeño conjunto de otra función, han tomado como referencia el 80 % de los complementos de la plaza, dispongo:

Las sustituciones reguladas en el artículo 10.3 del Real Decreto 1130/2003, de 5 de septiembre, por el que se regula el régimen retributivo del Cuerpo de Secretarios Judiciales, darán derecho a una retribución del 80 % del complemento de destino correspondiente a la plaza cuya sustitución se realice.

Disposición transitoria única. Efectos económicos de las sustituciones iniciadas.

La retribución establecida será de aplicación a las sustituciones realizadas durante el mes de marzo de 2019 que no hubieran finalizado antes de la entrada en vigor del Real Decreto 101/2019, de 1 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 1130/2003, de 5 de septiembre, por el que se regula el régimen retributivo del Cuerpo de Secretarios Judiciales, así como el Real Decreto 2033/2009, de 30 de diciembre, por el que se determinan los puestos tipo adscritos al Cuerpo de Secretarios Judiciales a efectos del complemento general de puesto, la asignación inicial del complemento específico y las retribuciones por sustituciones que impliquen el desempeño conjunto de otra función.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 22 de marzo de 2019.–La Ministra de Justicia,Dolores Delgado García.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Justicia

Orden JUS/364/2019, de 22 de marzo, por la que se determina el porcentaje del complemento de destino a retribuir por sustituciones realizadas por Letrados de la Administración de Justicia a los que les sea de aplicación el Real Decreto 1130/2003, de 5 de septiembre, por el que se regula el régimen retributivo del Cuerpo de Secretarios Judiciales.

"Orden JUS/364/2019, de 22 de marzo, por la que se determina el porcentaje del complemento de destino a retribuir por sustituciones realizadas por Letrados de la Administración de Justicia a los que les sea de aplicación el Real Decreto 1130/2003, de 5 de septiembre, por el que se regula el régimen retributivo del Cuerpo de Secretarios Judiciales." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2019-4670 publicado el 30 marzo 2019

ID de la publicación: BOE-A-2019-4670
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 1
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 30 marzo 2019
Fecha Pub: 20190330
Fecha última actualizacion: 30 marzo, 2019
Numero BORME 77
Seccion: 1
Departamento: Ministerio de Justicia
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 30 marzo 2019
Letra: A
Pagina de inicio: 32856
Pagina final: 32857




Publicacion oficial en el BOE número 77 - BOE-A-2019-4670


Publicacion oficial en el BOE-A-2019-4670 de Orden JUS/364/2019, de 22 de marzo, por la que se determina el porcentaje del complemento de destino a retribuir por sustituciones realizadas por Letrados de la Administración de Justicia a los que les sea de aplicación el Real Decreto 1130/2003, de 5 de septiembre, por el que se regula el régimen retributivo del Cuerpo de Secretarios Judiciales.


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