Orden JUS/450/2009, de 18 de febrero, por la que se procede al cumplimiento del auto estimatorio de extensión de efectos de la sentencia 235/2005 0001, en relación al proceso selectivo convocado por Orden de 30 de agosto de 1991.





El Auto de 7 de noviembre de 2008 de la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, estima la extensión de efectos de la sentencia 235/2005 0001, recurrente doña María Isabel Morillas Palacio, contra la Resolución denegatoria por silencio administrativo del recurso extraordinario de revisión interpuesto contra Resolución de 24 de marzo de 1993 que hizo pública la relación definitiva de aspirantes que superaron las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Oficiales de Administración de Justicia, turno libre, convocadas por Orden de 30 de agosto de 1991 (BOE de 2 de septiembre),






Orden del día 28 febrero 2009

El Auto de 7 de noviembre de 2008 de la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, estima la extensión de efectos de la sentencia 235/2005 0001, recurrente doña María Isabel Morillas Palacio, contra la Resolución denegatoria por silencio administrativo del recurso extraordinario de revisión interpuesto contra Resolución de 24 de marzo de 1993 que hizo pública la relación definitiva de aspirantes que superaron las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Oficiales de Administración de Justicia, turno libre, convocadas por Orden de 30 de agosto de 1991 (BOE de 2 de septiembre),

En los fundamentos de derecho del Auto se declara el derecho de doña María Isabel Morillas Palacio, a formar parte de la relación de aprobados en el proceso selectivo convocado por Orden del Ministerio de Justicia de 30 de agosto de 1991 (BOE de 2 de septiembre), para el acceso por el turno libre al Cuerpo de Oficiales de la Administración de Justicia, hecha pública por Resolución de 24 de marzo de 1993 (BOE de 1 de abril), con los demás efectos económicos y administrativos derivados de dicho reconocimiento.

La Resolución de 24 de marzo de 1993 (BOE del 1 de abril), de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, que hizo pública la relación de aspirante que superaron las pruebas selectivas de acceso al Cuerpo de Oficiales de la Administración de Justicia, y que este recurso modifica, relaciona a los 954 aspirantes que superaron las referidas pruebas, debiendo integrar en dicha resolución a los recurrentes, por así determinarlo la sentencia ut supra referenciada.

Primero.–Incrementar en una plaza la Orden de 30 de agosto de 1991, que hizo publica la convocatoria de pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Oficiales de la Administración de Justicia, turno libre, que finalizó con la publicación de las listas definitivas de aspirantes que superaron el proceso selectivo, Resolución de 24 de marzo de 1993 (BOE de 1 de abril).

Segundo.–Modificar la Resolución de 24 de marzo de 1993, de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, en el sentido de incluir a doña María Isabel Morillas Palacio, DNI núm. 25137375, Núm. Orden 666, Puntuaciones: 1.er Ejercicio 10,5, 2.º Ejercicio 6,61, puntuación total 17,11.

Tercero.–En el plazo de veinte días naturales, contados a partir de la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial del Estado, la aspirante que figura como aprobada en esta Orden deberá presentar en el Registro General del Ministerio de Justicia, Secretaría de Estado de Justicia, Plaza Jacinto Benavente, número 3, 28971 Madrid, o por los medios previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los documentos siguientes:

A) Dos fotocopias compulsadas del documento nacional de identidad.

B) Fotocopia compulsada del título exigido en la convocatoria o certificación académica acreditativa de tener aprobadas todas las asignaturas, que la capacita para la obtención del título, acompañando el resguardo justificativo de haber abonado los derechos para la expedición del título.

A este respecto, y de acuerdo con lo establecido en la Disposición Transitoria Sexta, párrafo tercero de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, la aspirante deberá remitir el título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente, caso de estar en posesión del mismo, a efectos de ser nombrado funcionario del Cuerpo o Escala de Gestión Procesal y Administrativa, a que se refiere el artículo 475 de la Ley Orgánica 19/2003.

Si no está en posesión del título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente, y aporta el título exigido en la Base 3.1.c) de la Orden de convocatoria, será nombrado funcionario de la Escala de Gestión Procesal y Administrativa.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá presentarse fotocopia compulsada de la documentación que acredite su homologación

C) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que imposibilite para el ejercicio de las funciones del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa (antes Oficiales de la Administración de Justicia), expedido por el Facultativo de Medicina General de la Seguridad Social que corresponda a la interesada.

Si la aspirante tiene la condición legal de discapacitada con grado igual o superior al 33 por 100 deberá presentar certificación de los órganos competentes del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte o, en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente, que acredite tal condición y su capacidad funcional para desempañar las tareas propias que corresponden del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa (antes Oficiales de la Administración de Justicia).

D) Declaración jurada de no hallarse incursa en causa de incompatibilidad ni estar inhabilitada para el ejercicio de funciones públicas, ni haber sido separada, mediante procedimiento disciplinario, de un Cuerpo del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales, ni suspendida en ejercicio de funciones públicas en vía disciplinaria o judicial, salvo que hubiera sido rehabilitada, según modelo publicado en el Anexo II de la presente Orden.

El certificado de antecedentes penales será aportado de oficio por la Secretaría de Estado de Justicia, de acuerdo con lo previsto en el artículo 35.f) de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Si la aspirante tuviera la condición de funcionaria pública estará exenta de justificar aquellas condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del Ministerio u Organismo de que dependa, por la que se acredite su condición y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.

Ante la imposibilidad debidamente justificada de no poder presentar los documentos expresados en el apartado anterior, podrá acreditarse que se poseen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admisible en derecho.

Si dentro del plazo fijado y salvo causa de fuerza mayor, no presentare la documentación o del examen de la misma se dedujera que carece de alguno de los requisitos establecidos en la base 2.1. de la Convocatoria, no podrá ser nombrada funcionaria de carrera y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiere incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

Cuarto.–A efectos de la solicitud de destino, la interesada deberá comunicar su dirección postal, dirección de correo electrónico y teléfono de contacto, a fin de enviarle la relación de puestos de trabajo desiertos existentes en la actualidad, junto con el modelo de instancia, para lo que se le concederá un plazo de diez días naturales a contar desde el día siguiente a la recepción de dicha documentación.

En la citada solicitud se incluirán los puestos de trabajo por orden de preferencia hasta un máximo de 50. Igualmente deberá especificar las provincias por orden de preferencia para que, en caso de no haber ninguna plaza desierta en los puestos solicitados, se adjudique destino dentro de las provincias de preferencia.

Quinto.–Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, ante este Departamento, en el plazo de un mes o contencioso-administrativo, ante el órgano Jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses. En ambos casos el plazo se contará a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 18 de febrero de 2009.–El Ministro de Justicia, P.D. (Orden JUS/3770/2008, de 2 de diciembre), el Director General de Relaciones con la Administración de Justicia, Ángel Arozamena Laso.

ANEXO

Don/Doña ......................................................................................................................, con domicilio en ..................................................................................................................., de ................... años de edad, con DNI número .................................................... declaro bajo juramento o promesa, a efectos de ser nombrado funcionario del Cuerpo o Escala de Gestión Procesal y Administrativa, que no he sido separado del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no me hallo inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, ni comprendido en ninguna de las causas de incapacidad e incompatibilidad establecidas en las disposiciones orgánicas.

En .........................................., a .............. de ...................................... de 2009

El declarante,



Datos oficiales del departamento Ministerio de Justicia

Orden JUS/450/2009, de 18 de febrero, por la que se procede al cumplimiento del auto estimatorio de extensión de efectos de la sentencia 235/2005 0001, en relación al proceso selectivo convocado por Orden de 30 de agosto de 1991.

"Orden JUS/450/2009, de 18 de febrero, por la que se procede al cumplimiento del auto estimatorio de extensión de efectos de la sentencia 235/2005 0001, en relación al proceso selectivo convocado por Orden de 30 de agosto de 1991." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2009-3451 publicado el 28 febrero 2009

ID de la publicación: BOE-A-2009-3451
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 2
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 28 febrero 2009
Fecha Pub: 20090228
Fecha última actualizacion: 28 febrero, 2009
Numero BORME 51
Seccion: 2
Departamento: Ministerio de Justicia
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 28 febrero 2009
Letra: A
Pagina de inicio: 20596
Pagina final: 20598




Publicacion oficial en el BOE número 51 - BOE-A-2009-3451


Publicacion oficial en el BOE-A-2009-3451 de Orden JUS/450/2009, de 18 de febrero, por la que se procede al cumplimiento del auto estimatorio de extensión de efectos de la sentencia 235/2005 0001, en relación al proceso selectivo convocado por Orden de 30 de agosto de 1991.


Descargar PDF oficial BOE-A-2009-3451 AQUÍ



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