Real Decreto 704/2012, de 13 de abril, por el que se indulta a don José Enrique López Taza.





Visto el expediente de indulto de don José Enrique López Taza, condenado por la Audiencia Provincial de Málaga, sección novena, en sentencia de 20 de julio de 2011, como autor de un delito continuado de falsedad en documento mercantil y de un delito de apropiación indebida en concurso medial, a la pena de veinticuatro meses de prisión y multa de nueve meses con una cuota diaria de diez euros por el delito de falsedad en documento mercantil, y la pena de dos años de prisión, por el delito de apropiación indebida, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el cumplimiento de las condenas, por hechos cometidos en el año 2009, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 13 de abril de 2012,






Orden del día 05 mayo 2012

Visto el expediente de indulto de don José Enrique López Taza, condenado por la Audiencia Provincial de Málaga, sección novena, en sentencia de 20 de julio de 2011, como autor de un delito continuado de falsedad en documento mercantil y de un delito de apropiación indebida en concurso medial, a la pena de veinticuatro meses de prisión y multa de nueve meses con una cuota diaria de diez euros por el delito de falsedad en documento mercantil, y la pena de dos años de prisión, por el delito de apropiación indebida, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el cumplimiento de las condenas, por hechos cometidos en el año 2009, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 13 de abril de 2012,

Vengo en indultar a don José Enrique López Taza dos años de las penas privativas de libertad impuestas, a condición de que abone las responsabilidades civiles fijadas en la sentencia en el plazo que determine el Tribunal sentenciador, y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 13 de abril de 2012.

El Ministro de Justicia,

ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ



Datos oficiales del departamento Ministerio de Justicia

Real Decreto 704/2012, de 13 de abril, por el que se indulta a don José Enrique López Taza.

"Real Decreto 704/2012, de 13 de abril, por el que se indulta a don José Enrique López Taza." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2012-6032 publicado el 05 mayo 2012

ID de la publicación: BOE-A-2012-6032
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 05 mayo 2012
Fecha Pub: 20120505
Fecha última actualizacion: 5 mayo, 2012
Numero BORME 108
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Justicia
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 05 mayo 2012
Letra: A
Pagina de inicio: 33997
Pagina final: 33997




Publicacion oficial en el BOE número 108 - BOE-A-2012-6032


Publicacion oficial en el BOE-A-2012-6032 de Real Decreto 704/2012, de 13 de abril, por el que se indulta a don José Enrique López Taza.


Descargar PDF oficial BOE-A-2012-6032 AQUÍ



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