Real Decreto 763/2016, de 30 de diciembre, por el que se indulta a don Juan Ángel Luengo Cantero.





Visto el expediente de indulto de don Juan Ángel Luengo Cantero, incoado en virtud de exposición elevada al Gobierno al amparo de lo establecido en el artículo 4, apartado tercero, del Código Penal, condenado por el Juzgado de lo Penal número 2 de Cáceres, en sentencia de 28 de junio de 2013, como autor de un delito de insolvencia punible, a la pena de dos años y seis meses de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, así como multa de dieciocho meses, con cuota diaria de seis euros, por hechos cometidos en el año 2008, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, estimando que, atendiendo a las circunstancias del condenado y de acuerdo a la información que obra en el citado expediente, concurren razones de justicia y equidad, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 30 de diciembre de 2016,






Orden del día 02 enero 2017

Visto el expediente de indulto de don Juan Ángel Luengo Cantero, incoado en virtud de exposición elevada al Gobierno al amparo de lo establecido en el artículo 4, apartado tercero, del Código Penal, condenado por el Juzgado de lo Penal número 2 de Cáceres, en sentencia de 28 de junio de 2013, como autor de un delito de insolvencia punible, a la pena de dos años y seis meses de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, así como multa de dieciocho meses, con cuota diaria de seis euros, por hechos cometidos en el año 2008, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, estimando que, atendiendo a las circunstancias del condenado y de acuerdo a la información que obra en el citado expediente, concurren razones de justicia y equidad, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 30 de diciembre de 2016,

Vengo en conmutar a don Juan Ángel Luengo Cantero la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 30 de diciembre de 2016.

El Ministro de Justicia,

RAFAEL CATALÁ POLO



Datos oficiales del departamento Ministerio de Justicia

Real Decreto 763/2016, de 30 de diciembre, por el que se indulta a don Juan Ángel Luengo Cantero.

"Real Decreto 763/2016, de 30 de diciembre, por el que se indulta a don Juan Ángel Luengo Cantero." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2017-38 publicado el 02 enero 2017

ID de la publicación: BOE-A-2017-38
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 02 enero 2017
Fecha Pub: 20170102
Fecha última actualizacion: 2 enero, 2017
Numero BORME 1
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Justicia
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 02 enero 2017
Letra: A
Pagina de inicio: 102
Pagina final: 102




Publicacion oficial en el BOE número 1 - BOE-A-2017-38


Publicacion oficial en el BOE-A-2017-38 de Real Decreto 763/2016, de 30 de diciembre, por el que se indulta a don Juan Ángel Luengo Cantero.


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