Real Decreto 792/2007, de 15 de junio, por el que se indulta a don Luis Miguel Almazán Fernández.





Visto el expediente de indulto de don Luis Miguel Almazán Fernández, condenado por la Audiencia Provincial, sección tercera, de Sevilla, en sentencia de 17 de diciembre de 2003, como autor de un delito de hurto de uso a la pena de arresto de 12 fines de semana; dos delitos de robo con violencia a la pena de dos años de prisión por cada uno; un delito de falsedad en documento oficial, a la pena de seis meses de prisión y multa de seis meses con una cuota diaria de 1,21 euros; dos faltas de lesiones a la pena de tres fines de semana de arresto por cada una, y una falta de hurto a la pena de tres fines de semana de arresto, con la accesoria de privación del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1999, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 15 de junio de 2007,






Orden del día 05 julio 2007

Visto el expediente de indulto de don Luis Miguel Almazán Fernández, condenado por la Audiencia Provincial, sección tercera, de Sevilla, en sentencia de 17 de diciembre de 2003, como autor de un delito de hurto de uso a la pena de arresto de 12 fines de semana; dos delitos de robo con violencia a la pena de dos años de prisión por cada uno; un delito de falsedad en documento oficial, a la pena de seis meses de prisión y multa de seis meses con una cuota diaria de 1,21 euros; dos faltas de lesiones a la pena de tres fines de semana de arresto por cada una, y una falta de hurto a la pena de tres fines de semana de arresto, con la accesoria de privación del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1999, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 15 de junio de 2007,

Vengo en conmutar a don Luis Miguel Almazán Fernández la pena privativa de libertad impuesta por otra única de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de seis años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 15 de junio de 2007.

El Ministro de Justicia, MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO



Datos oficiales del departamento Ministerio de Justicia

Real Decreto 792/2007, de 15 de junio, por el que se indulta a don Luis Miguel Almazán Fernández.

"Real Decreto 792/2007, de 15 de junio, por el que se indulta a don Luis Miguel Almazán Fernández." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2007-13057 publicado el 05 julio 2007

ID de la publicación: BOE-A-2007-13057
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 05 julio 2007
Fecha Pub: 20070705
Fecha última actualizacion: 5 julio, 2007
Numero BORME 160
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Justicia
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 05 julio 2007
Letra: A
Pagina de inicio: 29120
Pagina final: 29121




Publicacion oficial en el BOE número 160 - BOE-A-2007-13057


Publicacion oficial en el BOE-A-2007-13057 de Real Decreto 792/2007, de 15 de junio, por el que se indulta a don Luis Miguel Almazán Fernández.


Descargar PDF oficial BOE-A-2007-13057 AQUÍ



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