Resolución de 1 de febrero de 2008, de la Mutualidad General Judicial, por la que se publica el acuerdo de modificación y prórroga para 2008, del Convenio de colaboración, entre la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León, la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas y la MUGEJU, para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades.





La Mutualidad General Judicial (MUGEJU), como entidad que tiene a su cargo la gestión del régimen especial de la Seguridad Social del personal de la Administración de Justicia, presta a sus mutualistas y beneficiarios la asistencia sanitaria, conforme a lo establecido en el Real Decreto Legislativo 3/2000, de 23 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes sobre el régimen especial de Seguridad Social del personal al Servicio de la Administración de Justicia. La Mutualidad de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE) y el Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS) tienen el mismo cometido con sus mutualistas. Las Entidades de Seguro de Asistencia Sanitaria con las que dichas Mutualidades tienen suscritos conciertos para esta prestación a nivel nacional, no disponen de medios privados para tal asistencia en algunas zonas rurales. La Gerencia Regional de Salud de Castilla y León dispone de los medios necesarios para la prestación de servicios de atención primaria a los mutualistas y beneficiarios, que completan la asistencia sanitaria nacional a cargo de las Entidades de Seguro concertadas. En base a lo anterior, se ha suscrito convenio entre la mencionada Gerencia de Salud de Castilla y León y las citadas Mutualidades, para la prestación en zonas rurales de su ámbito de determinados servicios sanitarios a mutualistas y beneficiarios adscritos a entidades de Seguro de Asistencia Sanitaria concertada.

Contenidos de la Ministerio de Justicia Resolución de 1 de febrero de 2008, de la Mutualidad General Judicial, por la que se publica el acuerdo de modificación y prórroga para 2008, del Convenio de colaboración, entre la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León, la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas y la MUGEJU, para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades. del 20080214







Orden del día 14 febrero 2008

La Mutualidad General Judicial (MUGEJU), como entidad que tiene a su cargo la gestión del régimen especial de la Seguridad Social del personal de la Administración de Justicia, presta a sus mutualistas y beneficiarios la asistencia sanitaria, conforme a lo establecido en el Real Decreto Legislativo 3/2000, de 23 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes sobre el régimen especial de Seguridad Social del personal al Servicio de la Administración de Justicia. La Mutualidad de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE) y el Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS) tienen el mismo cometido con sus mutualistas. Las Entidades de Seguro de Asistencia Sanitaria con las que dichas Mutualidades tienen suscritos conciertos para esta prestación a nivel nacional, no disponen de medios privados para tal asistencia en algunas zonas rurales. La Gerencia Regional de Salud de Castilla y León dispone de los medios necesarios para la prestación de servicios de atención primaria a los mutualistas y beneficiarios, que completan la asistencia sanitaria nacional a cargo de las Entidades de Seguro concertadas. En base a lo anterior, se ha suscrito convenio entre la mencionada Gerencia de Salud de Castilla y León y las citadas Mutualidades, para la prestación en zonas rurales de su ámbito de determinados servicios sanitarios a mutualistas y beneficiarios adscritos a entidades de Seguro de Asistencia Sanitaria concertada.

En aplicación del artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, resuelvo publicar el citado Acuerdo, que figura como anexo de esta Resolución.

Madrid, 1 de febrero de 2008.-El Gerente de la Mutualidad General Judicial, José Manuel Arocha Armas.

ANEXO

Modificación y prórroga para 2008 del Convenio de colaboración, firmado el 30 de diciembre de 2002, entre la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León y la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas y la Mutualidad General Judicial, para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades

Valladolid, a 3 de diciembre de 2007.

REUNIDOS

De una parte, don Francisco Javier Álvarez Guisasola, Presidente de la Gerencia Regional de Salud de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, en lo sucesivo SACYL, en función de su cargo y en ejercicio de las facultades que le atribuye el artículo 44 de la Ley 1/1993, de 6 de abril, de Ordenación del Sistema Sanitario de Castilla y León, conforme a la redacción dada por la Ley 13/2003, de 23 de diciembre, de Medidas Económicas, Fiscales y Administrativas, modificada a su vez por la Ley 9/2004, de 28 de diciembre, Medidas Económicas, Fiscales y Administrativas

Y, de otra, doña María Ángeles Fernández Simón Directora General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), en virtud de las facultades que le confiere la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común y actuando en nombre y representación de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), en uso de las facultades que le confiere el artículo 11.2.k) del Real Decreto 577/1997, de 18 de abril, por el que se establece la estructura de los órganos de gobierno, administración y representación de MUFACE, Doña Carmen Briones González, Secretaria General Gerente del Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS) en virtud de las facultades que le confiere la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, y actuando en nombre y representación del Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS), en uso de las facultades que le confiere el artículo 9.F) del Real Decreto 296/1992, de 27 de marzo, de composición, funcionamiento y atribuciones de los órganos de gobierno del Instituto Social de la Fuerzas Armadas, en relación con lo dispuesto en la disposición adicional tercera del Real Decreto 64/2001, de 26 de enero, Y don José Manuel Arocha Armas, Gerente de la Mutualidad General Judicial (MUGEJU), en virtud de las facultades que le confiere la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, y actuando en nombre y representación de la Mutualidad General Judicial (MUGEJU), en uso de las facultades que le confiere el artículo 14.3.g) del Real Decreto 1206/2006, de 20 de octubre por el que se regulan la composición y funcionamiento de los órganos de gobierno, administración y representación de la Mutualidad General Judicial. Reconociéndose ambas partes plena capacidad jurídica para obligarse en los términos del presente Acuerdo

EXPONEN

Que al amparo de lo previsto en las cláusulas primera, cuarta, sexta, séptima (según el texto de la modificación efectuada en la prórroga para 2007) y octava del Convenio de colaboración para el año 2002 entre la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León y MUFACE, ISFAS y MUGEJU, para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas Mutualidades y manteniéndose las mismas circunstancias que dieron lugar a su suscripción, todas las partes entienden que debe prorrogarse el mismo para 2008, actualizándose los municipios, precios y número de mutualistas a atender.

ACUERDAN

Primero.-Prorrogar el Convenio de referencia cuya vigencia se extiende desde el 1 de enero de 2008 hasta el 31 de diciembre de 2008.

Segundo.-Los desplazados incluidos en el objeto del convenio accederán a los servicios sanitarios en las mismas condiciones que el resto de los desplazados del Sistema Nacional de Salud. En los volantes en los que se prescriban las pruebas o medios de diagnóstico se hará constar expresamente la palabra «convenio». Tercero.-Actualizar con efectos de 1 de enero de 2008 y según lo previsto en la cláusulas séptima y octava del mencionado Convenio, los anexos I, II III y IV del mismo, anexos que, a partir de dicha fecha, son los que, sellados por todas las partes, figuran unidos a este documento, en cuya portada consta «Anexos I, II, III y IV, para 2008», y que modifican las relaciones de Municipios citadas en su cláusula primera, así como las personas adscritas a cada Mutualidad y Entidad aseguradora y los precios que se indican en la cláusula cuarta. Dichos precios pasan a ser, para el año 2008, los de 12,61 euros por persona y mes que, como titular o beneficiario, esté afiliada a las Mutualidades y resida en los municipios listados en el anexo I, y de 1,07 euros por persona y mes que, como titular o beneficiario, esté afiliada a las Mutualidades y resida en los municipios listados en el anexo II. Las mutualidades facilitarán a la Gerencia Regional de Salud un anexo especificando el número de mutualistas y beneficiarios por cada uno de los municipios incluidos en el anexo I y en el anexo II. Cuarto.-Los firmantes se comprometen a informar cumplidamente a sus representados del Acuerdo alcanzado, para facilitar la aplicación del mismo.

Y, en señal de conformidad, firman a continuación el presente documento, extendido por ejemplar septuplicado y a un solo efecto, los representantes de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León, y de cada una de las Mutualidades.-El Presidente de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León, Francisco Javier Álvarez Guisáosla.-La Directora General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, María Ángeles Fernández Simón.-La Secretaria General Gerente del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, Carmen Briones González.-El Gerente de la Mutualidad General Judicial, José Manuel Arocha Armas.

CONVENIO RURAL CON LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEON «ANEXOS I, II, III Y IV PARA 2008»

Listado de municipios ANEXO I

Listado de municipios ANEXO II

Comunidad Autónoma: Castilla y León

Provincia: Burgos

Municipio:

Medina de Pomar.

Villarcayo de Merindad de Castilla la Vieja.

Provincia: León

Municipio:

Astorga.

Bañeza (La).

Provincia: Palencia

Municipio:

Aguilar de Campoo.

Guardo. Venta de Baños.

Provincia: Salamanca

Municipio:

Alba de Tormes.

Béjar. Ciudad Rodrigo. Guijuelo. Santa Marta de Tormes.

Provincia: Valladolid

Municipio:

Íscar.

Tordesillas.

Provincia: Zamora

Municipio:

Benavente.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Justicia

Resolución de 1 de febrero de 2008, de la Mutualidad General Judicial, por la que se publica el acuerdo de modificación y prórroga para 2008, del Convenio de colaboración, entre la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León, la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas y la MUGEJU, para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades.

"Resolución de 1 de febrero de 2008, de la Mutualidad General Judicial, por la que se publica el acuerdo de modificación y prórroga para 2008, del Convenio de colaboración, entre la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León, la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas y la MUGEJU, para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2008-2630 publicado el 14 febrero 2008

ID de la publicación: BOE-A-2008-2630
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 14 febrero 2008
Fecha Pub: 20080214
Fecha última actualizacion: 14 febrero, 2008
Numero BORME 39
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Justicia
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 14 febrero 2008
Letra: A
Pagina de inicio: 8247
Pagina final: 8263




Publicacion oficial en el BOE número 39 - BOE-A-2008-2630


Publicacion oficial en el BOE-A-2008-2630 de Resolución de 1 de febrero de 2008, de la Mutualidad General Judicial, por la que se publica el acuerdo de modificación y prórroga para 2008, del Convenio de colaboración, entre la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León, la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas y la MUGEJU, para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades.


Descargar PDF oficial BOE-A-2008-2630 AQUÍ



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