Resolución de 13 de septiembre de 2019, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio con Amical de Mauthausen y otros campos y de todas las víctimas del nazismo en España, en materia de reconocimiento y memoria de los españoles deportados y fallecidos en campos de concentración nazis.





Con fecha 30 de agosto de 2019 se ha suscrito el Convenio entre el Ministerio de Justicia y la Amical de Mauthausen y otros campos y de todas las víctimas del nazismo en España, en materia de reconocimiento y memoria de los españoles deportados y fallecidos en campos de concentración nazis.






Orden del día 20 septiembre 2019

Con fecha 30 de agosto de 2019 se ha suscrito el Convenio entre el Ministerio de Justicia y la Amical de Mauthausen y otros campos y de todas las víctimas del nazismo en España, en materia de reconocimiento y memoria de los españoles deportados y fallecidos en campos de concentración nazis.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo a esta Resolución.

Madrid, 13 de septiembre de 2019.–La Subsecretaria de Justicia, Cristina Latorre Sancho.

ANEXO

Convenio entre el Ministerio de Justicia y la Amical de Mauthausen y otros campos y de todas las victimas del nazismo en España, en materia de reconocimiento y memoria de los españoles deportados y fallecidos en campos de concentración nazis

En Madrid, a 30 de agosto de 2019.

REUNIDOS

De una parte, doña Cristina Latorre Sancho, Subsecretaria del Ministerio de Justicia, que interviene en nombre y representación del Ministerio de Justicia por nombramiento realizado mediante Real Decreto 480/2018, de 18 de junio, con competencia para firmar este Convenio conforme a lo dispuesto en el apartado decimoséptimo.A.4 de la Orden JUS/125/2019, de 5 de febrero, sobre delegación de competencias en el ámbito del citado Ministerio por el que se atribuye a la Subsecretaría la competencia para celebrar convenios con personas físicas o jurídicas sujetas al derecho privado y entidades públicas, dentro del ámbito de competencias de la Subsecretaría.

De otra parte, don Enric Garriga Elies, Presidente de la Amical de Mauthausen y otros campos y de todas las víctimas del nazismo en España, en lo sucesivo «Amical», con domicilio social en calle Sils, 1, bajos, 08002 Barcelona y con CIF G59146555, actuando en nombre y representación de la misma, en virtud de las competencias que se atribuyen los Estatutos de dicha Asociación.

Las partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran y manifiestan que intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el correspondiente Convenio en nombre de las instituciones que representen y, a tal efecto,

MANIFIESTAN

Primero.

Que corresponden a la Subsecretaría las funciones que tiene asignadas en el Ministerio de Justicia para la representación del mismo en el Real Decreto 1044/2018, de 24 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Justicia y se modifica el Real Decreto 595/2018, de 22 de junio, por el que se establece la estructura orgánica básico de los Departamentos Ministeriales, entre las que se encuentran las relativas a la adopción de medidas orientadas a la conservación, defensa, fomento y divulgación de la Memoria Histórica en virtud de los principios de verdad, justicia, reparación y no repetición.

Entre sus objetivos están la propuesta y coordinación de actividades que promuevan el conocimiento y difusión de los padecimientos que sufrieron los españoles en campos de concentración nazis en los que perdieron la vida muchos de ellos.

Segundo.

Que la Amical es una organización no gubernamental cuyos objetivos principales se basan en trabajar en favor de la memoria de los deportados españoles en los campos de concentración nazis y el apoyo a las víctimas del nazismo en general. La Amical mantiene vínculos y colabora con instituciones y entidades internacionales que tienen una historia y una finalidad similares, en virtud de los cuales representa a España en los Comités Internacionales establecidos por la sociedad civil para la gestión del espacio y la memoria de diversos campos de concentración.

Tercero.

Que las partes se encuentran unidas por una comunidad de intereses y objetivos en el marco del reconocimiento, dignificación y recuerdo a las víctimas españolas del nazismo que, en su mayoría tuvieron que abandonar nuestro país al final de la Guerra Civil y que representan una parte fundamental de la memoria democrática de España y de Europa. Por lo tanto, es interés de ambas partes que el presente Convenio constituya el cauce jurídico para la cooperación de ambas entidades y regule las condiciones de carácter general en que habrá de desarrollarse la colaboración.

En virtud de lo anterior, ambas partes manifiestan su voluntad de firmar el presente Convenio con arreglo a las siguientes

CLAUSULAS

Primera. Objeto del Convenio.

El presente Convenio tiene por objeto instrumentar la colaboración entre el Ministerio de Justicia y la Amical, en el desarrollo de las actividades programadas de manera conjunta por las dos partes para el rescate y difusión de la memoria de los españoles en los campos de concentración nazis.

En particular y, sin perjuicio de que puedan surgir otras actividades durante la vigencia del presente Convenio, cuya idoneidad y adecuación a los objetivos del mismo corresponderá valorar a la Comisión Mixta de Seguimiento prevista en la cláusula quinta, estas acciones se desarrollarán mediante:

a) La organización en España de reuniones de los Comités Internacionales de los campos de Mauthausen, Buchenwald y Sachsenhausen.

b) La elaboración, edición y difusión de materiales sobre la experiencia vivida por los españoles deportados y fallecidos en los campos de concentración nazis.

c) El diseño e impulso de proyectos de concienciación para que no se repitan las atrocidades vividas por los españoles en dichos campos.

d) La traducción de documentos relativos a la memoria de los internados al castellano.

e) El diseño y la organización de exposiciones itinerantes sobre la memoria de los deportados y deportadas, así como la creación y actualización de los materiales asociados.

f) Protección del archivo y de la documentación escrita o audiovisual del fondo de la Amical.

Segunda. Compromisos de la Amical.

La Asociación se compromete durante la vigencia del Convenio a:

1. Realizar junto con la Subsecretaría del Ministerio de Justicia una previsión de actividades a desarrollar con un presupuesto estipulado para las mismas.

2. Preparar una memoria de las actividades realizadas conjuntamente e informar del desarrollo de las mismas.

3. Asumir la organización material de las reuniones que se lleven a cabo en España por los Comités Internacionales de Mauthausen, Buchenwald y Sachsenhausen y programar la participación del Ministerio de Justicia a las mismas.

4. Diseñar los proyectos de concienciación que se vayan a realizar y el formato y soporte en el que se vayan a realizar, así como coordinar su ejecución y revisar la calidad de los mismos.

5. Dar soporte y gestionar las iniciativas necesarias, tanto administrativas como logísticas para llevar a cabo las exposiciones itinerantes, así como la creación o actualización de los materiales asociados.

6. Poner a disposición del Centro Documental de la Memoria Histórica copia digitalizada del Proyecto de Digitalización de la Base Documental sobre los Deportados en Campos de Concentración Nazis y Catálogo para su custodia y acceso público a investigadores.

Tercera. Compromisos del Ministerio de Justicia.

Para la adecuada realización de la colaboración antes descrita, la Subsecretaría del Ministerio de Justicia se compromete a:

1. Coordinar y, en su caso, dirigir las actividades acordadas.

2. Respaldar institucionalmente las actividades que se realicen en ejecución del presente Convenio.

3. Facilitar la organización por la Amical de las reuniones de los Comités Internacionales de los campos en España y poner a su disposición las instalaciones del Ministerio de Justicia, siempre que estén disponibles.

5. De acuerdo con el artículo 26.2 de la Ley 47/2003, de 16 de noviembre, General Presupuestaria y con la finalidad de poder llevar a buen término el acuerdo descrito, la Subsecretaría del Ministerio de Justicia se compromete a asumir los costes de las actividades objeto de este Convenio y que se detallan en el anexo hasta un máximo de 160.000 euros, cuya distribución plurianual son 40.000 y 120.000 euros de los ejercicios 2019 y 2020 respectivamente, y que se financiarán con cargo a la partida presupuestaria 13.01.91.111N.226.99 del presupuesto de gastos del Ministerio de Justicia, con el desglose indicado en el anexo I a este Convenio.

5. De acuerdo con el artículo 26.2 de la Ley 47/2003, de 16 de noviembre, General Presupuestaria y con la finalidad de poder llevar a buen término el acuerdo descrito, la Subsecretaría del Ministerio de Justicia se compromete a asumir los costes de las actividades objeto de este Convenio y que se detallan en el anexo hasta un máximo de 160.000 euros, cuya distribución plurianual son 40.000 y 120.000 euros de los ejercicios 2019 y 2020 respectivamente, y que se financiarán con cargo a la partida presupuestaria 13.01.91.111N.226.99 del presupuesto de gastos del Ministerio de Justicia, con el desglose indicado en el anexo I a este Convenio.

Cuarta. Difusión de la colaboración.

El Ministerio de Justicia y la Amical se comprometen a dar máxima publicidad de este Convenio.

Las partes se reconocen entre sí, como entidades coorganizadoras en todas las actividades previstas al mismo nivel de créditos y representación.

De este modo, las partes:

– Deberán aprobar conjuntamente todo el material divulgativo y publicitario que se edite, en cualquier soporte, con ocasión del desarrollo del presente Convenio.

– Incluirán los respectivos logotipos de las dos instituciones en todo el material divulgativo y publicitario que se pueda editar, en cualquier soporte, con ocasión de la celebración de las actividades que se realicen. En dicho material, los logotipos de las partes figurarán en igual nivel y tamaño.

– En el caso de que participen otras instituciones que contribuyan a la realización de las actividades que se lleven a cabo, los logotipos de éstas figurarán en los niveles que las partes acuerden en cada caso. Los créditos que aparezcan relacionados en cada proyecto, se decidirán de mutuo acuerdo entre las partes en cada caso.

A los efectos de esta cláusula, las partes se proporcionarán la marca o el logotipo que deba ser difundido y se ajustarán, en todo caso y cualquiera que sea el material publicitario en el que se inserte, al diseño facilitado por las otras partes.

Las partes se reconocen el derecho a realizar a su cargo campañas de publicidad propias y a difundir, por su cuenta y a través de los medios que tengan por conveniente, la aportación que en su caso efectúen para la realización de las citadas actividades.

Quinta. Seguimiento y control.

Para el adecuado seguimiento, coordinación, control e interpretación de lo establecido en el presente Convenio se crea una Comisión de Seguimiento paritaria, integrada por un representante designado por cada una de las partes firmantes del presente Convenio.

La Comisión se reunirá tantas veces como sea necesario para la buena marcha de las actuaciones a desarrollar en el marco del Convenio y tendrá, entre otras, las siguientes funciones: hacer un seguimiento de la ejecución, aclarar y decidir cuantas dudas puedan plantarse en la interpretación y ejecución; y resolver las posibles controversias.

Sexta. Duración y vigencia.

Este Convenio se perfecciona en la fecha de su firma y tendrá una duración de dos años, plazo que comenzará una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» en los términos del artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

En cualquier momento antes de la finalización del plazo previsto en el apartado anterior, los firmantes del Convenio podrán acordar unánimemente su prórroga, de forma expresa y escrita, por un periodo de como máximo dos años.

Séptima. Modificaciones del Convenio.

Cualquier modificación a los términos del presente Convenio, solamente tendrá valor si es acordada por las partes mediante un acuerdo de modificación o una adenda de modificación al mismo, en cualquier momento siempre y cuando no altere el objeto del presente Convenio. La modificación se realizará en forma de adenda al presente Convenio de forma expresa y por escrito.

Octava. Extinción del Convenio y consecuencias en caso de incumplimiento.

El Convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto, por incurrir en cualquiera de las causas de resolución previstas en el apartado 2 del artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Asimismo, cualquiera de las partes firmantes podrá proceder a su denuncia expresa con un plazo mínimo de tres meses a la fecha en que se pretenda su expiración.

Novena. Protección de datos.

Ambas partes se comprometen a observar la normativa vigente en materia de protección de datos actuando en este sentido conforme a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) y a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

Décima. Financiación.

La aportación de la financiación comprometida por el Ministerio de Justicia a que hace referencia la cláusula tercera estará condicionada a la justificación de la efectiva realización por parte de la Amical de las actividades programadas conjuntamente y se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria 13.01.91.111N. 226.99 del presupuesto de gastos del Ministerio de Justicia.

Undécima. Transparencia.

El Convenio suscrito será puesto a disposición de los ciudadanos en el correspondiente Portal de Transparencia en aplicación de lo dispuesto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso y Buen Gobierno y demás normativa de desarrollo de la misma.

Duodécima. Naturaleza jurídica y resolución de conflictos.

El presente Convenio tiene naturaleza administrativa, de acuerdo con lo establecido en el capítulo VI del título preliminar, de la antes citada Ley 40/2015, de 1 de octubre.

En todo caso, de acuerdo con lo establecido en el citado el capítulo VI del título preliminar, de la antes citada Ley 40/2015, de 1 de octubre, las dudas o lagunas que en la interpretación y aplicación de este Convenio puedan suscitarse, se resolverán aplicado los principios contenidos en dicha Ley.

Las discrepancias que pudieran surgir sobre la interpretación, desarrollo, modificación, resolución y efectos que pudieran derivarse de la aplicación del presente Convenio, que no hayan sido resueltas por la Comisión de Seguimiento prevista en la cláusula quinta del mismo, deberán solventarse por las partes. Las cuestiones litigiosas que puedan suscitarse entre las partes serán competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Y en prueba de conformidad con todo lo expuesto, en el ejercicio de las facultades que legalmente corresponden a cada uno de los firmantes, obligando con ello a las instituciones que representan, suscriben el presente Convenio, por duplicado, en el lugar y fecha señalados al principio.–El Presidente de la Amical de Mauthausen y otros campos y de todas las víctimas del nazismo en España, Enric Garriga Elies.–La Subsecretaria del Ministerio de Justicia, Cristina Latorre Sancho.

ANEXO I

Presupuesto del Convenio entre Ministerio de Justicia y la Amical de Mauthausen y otros campos y de todas las victimas del nazismo en España, en materia de reconocimiento y memoria de los españoles deportados y fallecidos en campos de concentración nazis

Presupuesto 2019

Presupuesto 2020



Datos oficiales del departamento Ministerio de Justicia

Resolución de 13 de septiembre de 2019, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio con Amical de Mauthausen y otros campos y de todas las víctimas del nazismo en España, en materia de reconocimiento y memoria de los españoles deportados y fallecidos en campos de concentración nazis.

"Resolución de 13 de septiembre de 2019, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio con Amical de Mauthausen y otros campos y de todas las víctimas del nazismo en España, en materia de reconocimiento y memoria de los españoles deportados y fallecidos en campos de concentración nazis." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2019-13382 publicado el 20 septiembre 2019

ID de la publicación: BOE-A-2019-13382
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 20 septiembre 2019
Fecha Pub: 20190920
Fecha última actualizacion: 20 septiembre, 2019
Numero BORME 226
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Justicia
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 20 septiembre 2019
Letra: A
Pagina de inicio: 103279
Pagina final: 103284




Publicacion oficial en el BOE número 226 - BOE-A-2019-13382


Publicacion oficial en el BOE-A-2019-13382 de Resolución de 13 de septiembre de 2019, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio con Amical de Mauthausen y otros campos y de todas las víctimas del nazismo en España, en materia de reconocimiento y memoria de los españoles deportados y fallecidos en campos de concentración nazis.


Descargar PDF oficial BOE-A-2019-13382 AQUÍ



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