Resolución de 15 de abril de 2016, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Ramao.





Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Ramao resultan los siguientes:






Orden del día 12 mayo 2017

Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Ramao resultan los siguientes:

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.

La Fundación anteriormente citada fue constituida por don Antonio Campos Muñoz, doña María Castellano Arroyo, don Raimundo Carlos García, doña Raquel Osorio Ruiz, don Ignacio Salinas Sánchez y don Fernando Girón Irueste, en Madrid, el 23 de julio de 2015, según consta en la escritura pública número 1412, otorgada ante el notario del Ilustre Colegio de Andalucía, don Álvaro E. Rodríguez Espinosa, que fue complementada con la escritura pública número 2147, otorgada el 3 de diciembre de 2015 ante el mismo notario que otorgó la escritura inicial.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación se encuentra establecido en la avenida de Madrid, número 1, distrito postal 18012 del Municipio de Granada y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Estado español.

Tercero. Dotación.

Dotación inicial: Treinta mil euros (30.000 euros). La dotación consiste en la aportación de veinticuatro objetos, según consta en la tasación efectuada por don Fernando M.ª Girón Irueste, en relación a los objetos aportados.

Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la Ley.

Cuarto. Fines de la Fundación.

Fomentar la excelencia en el saber y el ejercicio de la medicina.

Fomentar la difusión de la Ciencia Médica.

Fomentar el patrimonio documental e instrumental de la Medicina.

Quinto. Patronato.

Presidente: Don Antonio Campos Muñoz.

Vicepresidente: Doña María Castellano Arroyo.

Secretario: Don Raimundo Carlos García.

Vicesecretario: Doña Raquel Osorio Ruiz.

Tesorero: Don Ignacio Salinas Sánchez.

Vocal: Don Fernando Girón Irueste.

Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos de Derecho

Primero. Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de fundación para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal.

El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal.

La Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal y demás disposiciones concordantes.

El Real Decreto 1066/2015, de 27 de noviembre por el que se modifica el Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y deporte y se crea el Protectorado de las Fundaciones de competencia estatal.

Segundo.

Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones, el 43 del Reglamento de fundaciones de competencia estatal y el 31.3 del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, constando en el expediente informe favorable del Protectorado de Fundaciones de fecha 11 de febrero de 2016.

Tercero.

Según la Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispuso la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal se procede a la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.

Por todo lo cual, resuelvo:

Inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación Ramao y su Patronato.

Madrid, 15 de abril de 2016.–El Director General de los Registros y del Notariado, Francisco Javier Gómez Gálligo.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Justicia

Resolución de 15 de abril de 2016, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Ramao.

"Resolución de 15 de abril de 2016, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Ramao." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2017-5230 publicado el 12 mayo 2017

ID de la publicación: BOE-A-2017-5230
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 12 mayo 2017
Fecha Pub: 20170512
Fecha última actualizacion: 12 mayo, 2017
Numero BORME 113
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Justicia
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 12 mayo 2017
Letra: A
Pagina de inicio: 39485
Pagina final: 39486




Publicacion oficial en el BOE número 113 - BOE-A-2017-5230


Publicacion oficial en el BOE-A-2017-5230 de Resolución de 15 de abril de 2016, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Ramao.


Descargar PDF oficial BOE-A-2017-5230 AQUÍ



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