Resolución de 17 de septiembre de 2019, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Parentes.





Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Parentes resultan los siguientes:






Orden del día 06 julio 2020

Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Parentes resultan los siguientes:

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.

La Fundación anteriormente citada fue constituida por don Miguel-Tomás Arrufat Pujol según consta en la escritura pública, otorgada ante el notario de Madrid don Manuel Gerardo Tarrío Berjano el 26 de junio de 2019 con el número 1129 de protocolo.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación quedó establecido en la calle Almansa 101, edificio 1,28040 de Madrid y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Reino de España.

Tercero. Dotación.

Dotación inicial: treinta mil euros (30.000 €). La dotación es dineraria y ha sido desembolsada íntegramente según se acredita con el certificado bancario.

Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la Ley.

Cuarto. Fines de la Fundación.

Fines de interés general de carácter educativo, científico y cultural que contribuyan a la formación de la infancia y la juventud, así como a la promoción de la creatividad y de la libre expresión.

Quinto. Patronato.

Don Miguel-Tomás Arrufat Pujol, don Ramón Francisco Sierra Salcines y doña Laura Arrufat Farell.

Cargos:

Presidente: Don Miguel-Tomás Arrufat Pujol.

Vicepresidente: Don Ramón Francisco Sierra Salcines.

Secretario: Doña Laura Arrufat Farell.

Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de fundación para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal.

El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal.

La Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal y demás disposiciones concordantes.

El Real Decreto 1066/2015, de 27 de noviembre por el que se modifica el Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y deporte y se crea el Protectorado de las Fundaciones de competencia estatal.

Segundo.

Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones, el 43 del Reglamento de fundaciones de competencia estatal y el 31.3 del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, constando en el expediente informe favorable del Protectorado de Fundaciones de fecha 23 de agosto de 2019.

Tercero.

Según la Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispuso la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal se procede a la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.

Por todo lo cual, resuelvo:

Inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación Parentes su Patronato y cargos dentro del mismo.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de la presente notificación, ante la Subsecretaría del Ministerio de Justicia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 121 y 122 y concordantes, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 17 de septiembre de 2019.–El Director General de los Registros y del Notariado, Pedro José Garrido Chamorro.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Justicia

Resolución de 17 de septiembre de 2019, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Parentes.

"Resolución de 17 de septiembre de 2019, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Parentes." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2020-7338 publicado el 06 julio 2020

ID de la publicación: BOE-A-2020-7338
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 06 julio 2020
Fecha Pub: 20200706
Fecha última actualizacion: 6 julio, 2020
Numero BORME 185
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Justicia
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 06 julio 2020
Letra: A
Pagina de inicio: 47971
Pagina final: 47972




Publicacion oficial en el BOE número 185 - BOE-A-2020-7338


Publicacion oficial en el BOE-A-2020-7338 de Resolución de 17 de septiembre de 2019, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Parentes.


Descargar PDF oficial BOE-A-2020-7338 AQUÍ



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