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Orden del día 29 noviembre 2018
Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Woman Forward resultan los siguientes:
Antecedentes de hecho
Primero. Constitución de la Fundación.
La Fundación anteriormente citada fue constituida por doña Miriam-Lourdes Izquierdo Barriuso, don Carlos Fernández Astiz y doña Ana Díaz Oliver Fernandez-Hijicos en virtud de escritura otorgada ante el Notario de Madrid, don Alberto Bravo Olaciregui, el 31 de marzo de 2017, con el número 746 de protocolo, subsanada y complementada por escrituras otorgadas por el mismo Notario de fechas 19 de abril de 2018, número 684 de protocolo, y 27 de julio de 2018, con los números 1487 y 1488 de protocolo.
Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.
El domicilio de la Fundación quedó establecido en la calle Pardo Bazán, número 35, 28016 Madrid, y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Reino de España.
Tercero. Dotación.
Dotación inicial: Treinta mil euros (30.000 euros). La dotación es dineraria y ha sido totalmente desembolsada e ingresada según se acredita con la correspondiente certificación bancaria.
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la Ley.
Cuarto. Fines de la Fundación.
Promover la investigación, la formación y acercar los resultados de la investigación científica sobre el liderazgo femenino a las empresas y centros educativos.
Quinto. Patronato.
Doña Miriam-Lourdes Izquierdo Barriuso, don Carlos Fernández Astiz, doña Ana Díaz Oliver Fernandez-Hijicos y doña Ana María Guzmán Quintana.
Cargos:
Presidenta: Doña Miriam-Lourdes Izquierdo Barriuso.
Vicepresidenta: Doña Ana María Guzmán Quintana.
Secretario no patrono: Don Juan Vicente Arrese Romero-Rato.
Tesorero: Don Carlos Fernández Astiz.
Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.
Fundamentos de Derecho
Primero.
Resultan de aplicación para la resolución del expediente:
El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de fundación para fines de interés general.
La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.
El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal.
El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal.
La Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal y demás disposiciones concordantes.
El Real Decreto 1066/2015, de 27 de noviembre por el que se modifica el Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y deporte y se crea el Protectorado de las Fundaciones de Competencia Estatal.
Segundo.
Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones, el 43 del Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal y el 31.3 del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, constando en el expediente informe favorable del Protectorado de Fundaciones de fecha 22 de agosto de 2018.
Tercero.
Según la Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispuso la entrada en funcionamiento y la sede del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal se procede a la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.
Por todo lo cual, resuelvo:
Inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación Woman Forward, Patronato y cargos dentro del mismo.
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de la presente notificación, ante la Subsecretaría del Ministerio de Justicia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 121 y 122 y concordantes, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 4 de octubre de 2018.–El Director General de los Registros y del Notariado, Pedro José Garrido Chamorro.
Datos oficiales del departamento Ministerio de Justicia
Resolución de 4 de octubre de 2018, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Woman Forward.
"Resolución de 4 de octubre de 2018, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Woman Forward." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2018-16305 publicado el 29 noviembre 2018
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 29 noviembre 2018
Fecha Pub: 20181129
Fecha última actualizacion: 29 noviembre, 2018
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Justicia
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 29 noviembre 2018
Letra: A
Pagina de inicio: 116569
Pagina final: 116570
Publicacion oficial en el BOE número 288 - BOE-A-2018-16305
Publicacion oficial en el BOE-A-2018-16305 de Resolución de 4 de octubre de 2018, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Woman Forward.
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