Resolución de 8 de junio de 2012, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se publica, conforme a lo dispuesto en el artículo 327 de la Ley Hipotecaria, la sentencia del Tribunal Supremo, Sala Primera, de 20 de septiembre de 2011, que ha devenido firme.





Conforme a lo establecido en el artículo 327 de la Ley Hipotecaria, esta Dirección General ha acordado publicar en el Boletín Oficial del Estado el fallo de la Sentencia del Tribunal Supremo, Sala Primera constituida en Pleno, de 20 de septiembre de 2011, que ha devenido firme.






Orden del día 03 julio 2012

Conforme a lo establecido en el artículo 327 de la Ley Hipotecaria, esta Dirección General ha acordado publicar en el Boletín Oficial del Estado el fallo de la Sentencia del Tribunal Supremo, Sala Primera constituida en Pleno, de 20 de septiembre de 2011, que ha devenido firme.

En el recurso de casación número 307/2008, seguido ante el Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, interpuesto por la representación procesal de la Dirección General de los Registros y del Notariado, el abogado del Estado, contra la sentencia dictada en grado de apelación por la Sección Novena de la Audiencia Provincial de Valencia, rollo número 463/2007, de 19 de diciembre de 2007, que estimó el recurso de apelación interpuesto por don Rodolfo Bada Maño y doña María del Carmen Pérez-López Ponce de León, contra la sentencia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Valencia, de 25 de junio de 2007, dimanante del juicio verbal número 0399/2005, que desestimó la demanda interpuesta por aquellos, frente a las resoluciones estimatorias de la Dirección General de los Registros y del Notariado, de 28 y 30 de abril de 2005, condenando a cada parte a soportar las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad,

FALLAMOS:

Publíquese esta resolución conforme a derecho, y devuélvanse a la Audiencia los autos originales y rollo de apelación remitidos con testimonio de esta resolución a los efectos procedentes.

Así, por esta nuestra sentencia, que se insertará en la Colección Legislativa pasándose al efecto las copias necesarias, lo pronunciamos, mandamos y firmamos. Don Juan Antonio Xiol Ríos. Don Xavier O’Callaghan Muñoz. Don Jesús Corbal Fernández. Don Francisco Marín Castán. Don José Ramón Ferrándiz Gabriel. Don José Antonio Seijas Quintana. Don Antonio Salas Carceller. Doña Encarnación Roca Trías. Don Francisco Javier Arroyo Fiestas. Don Román García Varela, Magistrados del Tribunal Supremo, Sala Primera. Firmado y rubricado.

Madrid, 8 de junio de 2012.–El Director General de los Registros y del Notariado, Joaquín José Rodríguez Hernández.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Justicia

Resolución de 8 de junio de 2012, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se publica, conforme a lo dispuesto en el artículo 327 de la Ley Hipotecaria, la sentencia del Tribunal Supremo, Sala Primera, de 20 de septiembre de 2011, que ha devenido firme.

"Resolución de 8 de junio de 2012, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se publica, conforme a lo dispuesto en el artículo 327 de la Ley Hipotecaria, la sentencia del Tribunal Supremo, Sala Primera, de 20 de septiembre de 2011, que ha devenido firme." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2012-8889 publicado el 03 julio 2012

ID de la publicación: BOE-A-2012-8889
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 03 julio 2012
Fecha Pub: 20120703
Fecha última actualizacion: 3 julio, 2012
Numero BORME 158
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Justicia
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 03 julio 2012
Letra: A
Pagina de inicio: 47350
Pagina final: 47350




Publicacion oficial en el BOE número 158 - BOE-A-2012-8889


Publicacion oficial en el BOE-A-2012-8889 de Resolución de 8 de junio de 2012, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se publica, conforme a lo dispuesto en el artículo 327 de la Ley Hipotecaria, la sentencia del Tribunal Supremo, Sala Primera, de 20 de septiembre de 2011, que ha devenido firme.


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