Orden PRE/2428/2005, de 26 de julio, por la que se modifica parcialmente la Orden del Ministerio de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno, de 18 de enero de 1993, sobre zonas prohibidas y restringidas al vuelo.





Con motivo de potenciar las medidas de seguridad del Palacio de Marivent, se hace necesario introducir cambios en la estructura de espacio aéreo definido en la Orden de 18 de enero de 1993, sobre zonas prohibidas y restringidas al vuelo. De acuerdo con las atribuciones establecidas en los artículos 5 y 6 del Real Decreto-Ley 12/1978, de 27 de abril, de fijación y delegación de facultades en materia de aviación, y por tratarse de estructuración del espacio aéreo, esa materia ha sido objeto de estudio y aprobación por la Comisión Interministerial entre Defensa y Fomento (CIDEFO), en su Reunión Plenaria 04/04, de fecha 2 de noviembre de 2004. En su virtud, a propuesta de los Ministros de Defensa y de Fomento, dispongo:






Orden del día 27 julio 2005

Con motivo de potenciar las medidas de seguridad del Palacio de Marivent, se hace necesario introducir cambios en la estructura de espacio aéreo definido en la Orden de 18 de enero de 1993, sobre zonas prohibidas y restringidas al vuelo. De acuerdo con las atribuciones establecidas en los artículos 5 y 6 del Real Decreto-Ley 12/1978, de 27 de abril, de fijación y delegación de facultades en materia de aviación, y por tratarse de estructuración del espacio aéreo, esa materia ha sido objeto de estudio y aprobación por la Comisión Interministerial entre Defensa y Fomento (CIDEFO), en su Reunión Plenaria 04/04, de fecha 2 de noviembre de 2004. En su virtud, a propuesta de los Ministros de Defensa y de Fomento, dispongo:

Apartado único.-Se modifica la Orden del Ministerio de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno, de 18 de enero de 1993, sobre zonas prohibidas y restringidas al vuelo, en el sentido siguiente: 1. Eliminar la zona restringida B.4 Cala Mayor (Palma de Mallorca).

2. Crear una zona prohibida, definida de la siguiente forma:

Límites verticales: Desde tierra hasta 3.000 pies de altitud. 3. Crear una zona restringida para todo tipo de aeronaves, operando bajo reglas de vuelo visual, definida de la siguiente forma:

B.X Cala Mayor (Palma de Mallorca). Límites laterales:

Límites verticales: Desde 3.000 pies de altitud hasta ilimitado.

Disposición final única.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 26 de julio de 2005.

Fernández de la Vega Sanz

Sr. Ministro de Defensa y Sra. Ministra de Fomento.



Datos oficiales del departamento Ministerio de la Presidencia

Orden PRE/2428/2005, de 26 de julio, por la que se modifica parcialmente la Orden del Ministerio de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno, de 18 de enero de 1993, sobre zonas prohibidas y restringidas al vuelo.

"Orden PRE/2428/2005, de 26 de julio, por la que se modifica parcialmente la Orden del Ministerio de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno, de 18 de enero de 1993, sobre zonas prohibidas y restringidas al vuelo." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2005-12878 publicado el 27 julio 2005

ID de la publicación: BOE-A-2005-12878
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 1
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 27 julio 2005
Fecha Pub: 20050727
Fecha última actualizacion: 27 julio, 2005
Numero BORME 178
Seccion: 1
Departamento: Ministerio de la Presidencia
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 27 julio 2005
Letra: A
Pagina de inicio: 26621
Pagina final: 26622




Publicacion oficial en el BOE número 178 - BOE-A-2005-12878


Publicacion oficial en el BOE-A-2005-12878 de Orden PRE/2428/2005, de 26 de julio, por la que se modifica parcialmente la Orden del Ministerio de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno, de 18 de enero de 1993, sobre zonas prohibidas y restringidas al vuelo.


Descargar PDF oficial BOE-A-2005-12878 AQUÍ



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