Resolución de 12 de septiembre de 2006, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, por la que se adopta la decisión de no someter a evaluación de impacto ambiental el proyecto de «Instalación de un nuevo tanque de crudo TK-756 en la refinería de Castellón (Castellón)».





El Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental, establece en el artículo 1.3, que los proyectos públicos o privados, consistentes en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier otra actividad comprendidas en el anexo II de este Real Decreto Legislativo sólo deberán someterse a evaluación de impacto ambiental, en la forma prevista en esta disposición, cuando así lo decida el órgano ambiental en cada caso. El «Proyecto de instalación de un nuevo tanque de crudo TK-756 en la refinería de Castellón (Castellón)» se encuentra comprendido en el apartado c), del grupo 6, del anexo II del Real Decreto Legislativo mencionado.






Orden del día 23 octubre 2006

El Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental, establece en el artículo 1.3, que los proyectos públicos o privados, consistentes en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier otra actividad comprendidas en el anexo II de este Real Decreto Legislativo sólo deberán someterse a evaluación de impacto ambiental, en la forma prevista en esta disposición, cuando así lo decida el órgano ambiental en cada caso. El «Proyecto de instalación de un nuevo tanque de crudo TK-756 en la refinería de Castellón (Castellón)» se encuentra comprendido en el apartado c), del grupo 6, del anexo II del Real Decreto Legislativo mencionado.

1. Objeto, descripción del proyecto y localización. Promotor y órgano sustantivo.-La actuación tiene como objeto la ampliación de la capacidad de almacenamiento de crudo en las instalaciones de la refinería de Castellón, propiedad de BP Oil, con el fin de cubrir las necesidades operativas de la planta.

Se proyecta la construcción de un nuevo tanque de crudo (TK-756), de 100.000 m3 de capacidad nominal y con 19,5 metros de altura y 80,5 metros de diámetro, el cual operará a presión atmosférica y temperatura ambiente y con línea de drenaje de fondo conectada a la ya existente en el tanque TK-755, al cual es anexo. La densidad media de los crudos que se pretenden almacenar no superará los 931 kg/m3, lo que supone que para la capacidad nominal estimada, la masa almacenada será inferior a 93.100 toneladas. El nuevo depósito TK-756 se situará próximo al tanque ya existente TK-755, al suroeste de las instalaciones. La refinería de Castellón se ubica en el polígono industrial «El Serrallo», en el término municipal de Castellón (Comunidad Valenciana). El promotor del proyecto es BP Oil Refinería de Castellón, S.A. y el órgano sustantivo corresponde a la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. 2. Tramitación y consultas.-De acuerdo con el artículo 1.5 del Real Decreto Legislativo, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental recibe, con fecha 11 de enero de 2006, la documentación relativa al proyecto, con objeto de determinar la necesidad de su sometimiento a procedimiento de evaluación de impacto ambiental. La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, con fecha 16 de marzo de 2006, consultó a los siguientes organismos y entidades:

Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Castellón: afirma que no se prevé un incremento significativo de las emisiones, vertidos y residuos, entre otros, por la ampliación de la capacidad de almacenamiento de las instalaciones. Dirección General de Gestión del Medio Natural de la Consejería de Territorio y Vivienda de la Generalitat Valenciana: emite un informe del Servicio de Evaluación Ambiental Estratégica, con fecha de 9 de junio de 2006, en el que se definen carencias existentes en la documentación remitida por el promotor, las cuales no permiten determinar la inclusión del proyecto en los anexos del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio. Según estas consideraciones, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental solicita información aclaratoria al promotor de forma que permita determinar la necesidad de sometimiento al procedimiento de evaluación de impacto ambiental, y la cual se recibe con fecha de 23 de junio de 2006, respondiendo correctamente a las cuestiones planteadas por el Servicio de Evaluación Ambiental Estratégica, de la Dirección General de Gestión del Medio Natural. 3. Análisis de la documentación ambiental y de los criterios del anexo III.-Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, se procede a revisar los criterios del anexo III del Real Decreto Legislativo, para determinar la necesidad o no de sometimiento al trámite de evaluación ambiental. Características del proyecto. Se prevé la ampliación de la capacidad de almacenamiento de crudo en las instalaciones de la refinería de Castellón mediante la construcción de un nuevo tanque de 19,5 metros de altura y 80,5 metros de diámetro, con una capacidad nominal de 100.000 m3y para material petrolífero con densidades inferiores a 931 kg/m3. No se prevé una generación significativa de residuos, restringiéndose a los procedentes del uso continuado del tanque por la deposición de lodos en los fondos. En todo caso, el promotor asume la instalación de sistemas de eliminación de lodos por agitación del tipo P-43, este sistema permite la dispersión de las moléculas pesadas que forman parte de estos lodos y su incorporación en los productos pesados resultantes del proceso de refino, minimizando así la producción de residuos. En la refinería de Castellón no existen tanques de 'slops', lo que minimiza la producción de residuos, así como las necesidades de nuevos tanques, y optimiza la reutilización de las corrientes que no se destinan a otras unidades de almacenamiento. Ubicación del proyecto. Las actuaciones se localizan en la refinería de Castellón, situada en el polígono industrial de «El Serrallo», en el término municipal de Castellón. Características del potencial impacto. La principal afección que se puede producir por la ejecución de las actuaciones consiste en un incremento de los vertidos a cauces públicos o litoral, y de los residuos generados en las instalaciones. En el caso de los vertidos, el promotor afirma que las aguas aceitosas procedentes del tanque serán captadas por una arqueta de recogida de fondos, la cual se conectará con la línea de drenaje de fondo del tanque TK-755 anexo, con capacidad suficiente para ambas, y posteriormente dirigidas a la planta de tratamiento de efluentes líquidos de la refinería. Asimismo, se procederá a la instalación de sistemas de eliminación de lodos por agitación para aquellos residuos que se depositen en los fondos del nuevo tanque. 4. Conclusión.-Considerando los criterios que se han expuesto respecto del anexo III del Real Decreto Legislativo 1302/1986, relativos a las características del proyecto, su ubicación y características del potencial impacto, y teniendo en cuenta la documentación aclaratoria aportada por el promotor, no se deduce la posible existencia de impactos ambientales significativos que aconsejen someter el proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

Por tanto, en virtud del artículo 1.3 del Real Decreto Legislativo, la Secretaria General para la Prevención de la Contaminación y del Cambio Climático, a la vista de la Propuesta de Resolución emitida por la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de fecha 12 de septiembre de 2006, considera que no es necesario someter al Procedimiento de Evaluación Ambiental el «Proyecto de instalación de un nuevo tanque de crudo TK-756 en la refinería de Castellón (Castellón)».

Madrid, 12 de septiembre de 2006.-El Secretario General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, Arturo Gonzalo Aizpiri.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Medio Ambiente

Resolución de 12 de septiembre de 2006, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, por la que se adopta la decisión de no someter a evaluación de impacto ambiental el proyecto de «Instalación de un nuevo tanque de crudo TK-756 en la refinería de Castellón (Castellón)».

"Resolución de 12 de septiembre de 2006, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, por la que se adopta la decisión de no someter a evaluación de impacto ambiental el proyecto de «Instalación de un nuevo tanque de crudo TK-756 en la refinería de Castellón (Castellón)»." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2006-18467 publicado el 23 octubre 2006

ID de la publicación: BOE-A-2006-18467
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 23 octubre 2006
Fecha Pub: 20061023
Fecha última actualizacion: 23 octubre, 2006
Numero BORME 253
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Medio Ambiente
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 23 octubre 2006
Letra: A
Pagina de inicio: 36991
Pagina final: 36993




Publicacion oficial en el BOE número 253 - BOE-A-2006-18467


Publicacion oficial en el BOE-A-2006-18467 de Resolución de 12 de septiembre de 2006, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, por la que se adopta la decisión de no someter a evaluación de impacto ambiental el proyecto de «Instalación de un nuevo tanque de crudo TK-756 en la refinería de Castellón (Castellón)».


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