Resolución de 21 de febrero de 2006, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, por la que se formula declaración de impacto ambiental sobre la evaluación del proyecto «Puesta en riego de la Comunidad de Regantes La Colonia (La Luisiana-Sevilla)», promovido por la Comunidad de Regantes La Colonia.





1. Objeto, justificación y localización del proyecto

Contenidos de la Ministerio de Medio Ambiente Resolución de 21 de febrero de 2006, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, por la que se formula declaración de impacto ambiental sobre la evaluación del proyecto «Puesta en riego de la Comunidad de Regantes La Colonia (La Luisiana-Sevilla)», promovido por la Comunidad de Regantes La Colonia. del 20060328







Orden del día 28 marzo 2006

1. Objeto, justificación y localización del proyecto

El objeto del proyecto es la puesta en riego de una superficie de 750 Ha mediante la captación de recursos hídricos procedentes de los arroyos que discurren por el término municipal de La Luisiana en la provincia de Sevilla.

La estacionalidad de los aportes hídricos de la zona constituye un problema para la agricultura en la zona. Al no ser suficiente el régimen de aportaciones, se plantea la posibilidad de construir una balsa que posibilite el riego durante la época estival. Dicho proyecto se pretende llevar a cabo por la Comunidad de Regantes «La Colonia» mediante el apoyo del Excmo. Ayuntamiento de La Luisiana, actuando como órgano sustantivo la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.

2. Descripción del proyecto

Este proyecto se encuentra comprendido en el apartado d) del grupo 1 del Anexo I de la Ley 6/2001, de 8 de mayo, de modificación del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental.

Con el presente proyecto se pretende resolver los actuales problemas de la citada comunidad de regantes, ya que las actuaciones posibilitaran el control automático del agua basándose en la demanda real existente, mejorarán el rendimiento de aplicación del agua mediante el riego por goteo subterráneo, se logrará un ahorro del agua y, además, se posibilitará el poder regar en épocas sin lluvias. Las características técnicas del proyecto se pueden resumir de la siguiente manera:

El área de transformación a riego es de 750 Ha de olivar para la extracción de aceite.

El agua de riego procede del Arroyo Madre de las Fuentes, con una extracción total de 1.125.000 m3/año. Se diseña una red de tuberías (enterradas), con una longitud aproximada de 15.000 m. Se construirá un aljibe de hormigón, con una capacidad de 1.092 m3. Se construirá una balsa de regulación de 899.509,48 m3.

3. Descripción del medio

El término municipal de La Luisiana es eminentemente agrícola, con lo que la mayoría de sus tierras son terrenos cultivados con trigo, algodón, olivar, etc. La fauna y flora de la zona corresponde con la habitual de las zonas de ribera de arroyos y terrenos cultivados.

El EsIA detalla que en la zona de actuación no existe ningún espacio protegido, ni de la Red Natura 2000, ni taxones protegidos por la Directiva 92/43/CEE del Consejo de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitat naturales y de la fauna y flora silvestres ni Directiva 79/409/CEE del Consejo, de 21 de mayo, relativa a la Conservación de las Aves Silvestres.

4. Tramitación

La tramitación se inició con fecha 4 de marzo de 2005, momento en que se recibe la Memoria-resumen, para analizar la necesidad de sometimiento a procedimiento reglado de evaluación de impacto ambiental del proyecto.

El 31 de marzo de 2005 se inicia el trámite de consultas previas. El resultado de las consultas realizadas por la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental (DGCyEA), se trasladó al promotor el 28 de junio de 2005. La salida al trámite de información pública del expediente se publicó el 14 de mayo de 2005 en el «Boletín Oficial» de la Provincia de Sevilla. Trascurrido el plazo, con fecha 10 de enero de 2006, tiene entrada en la DGCyEA el escrito de notificación procedente del Ayuntamiento de La Luisiana en el que se recoge que no existe ninguna alegación.

5. Análisis del proceso de evaluación

a) Fase de consultas y definición del alcance de la evaluación; impactos significativos iniciales.

En el trámite de consultas previas se consultan 16 organismos pertenecientes a la administración de la Junta de Andalucía, ayuntamientos, asociaciones y al ámbito universitario. Las sugerencias más destacadas se describen a continuación y quedan contempladas en las respuestas de los organismos siguientes: Dirección General de Biodiversidad del Ministerio de Medio Ambiente, Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía y Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.

Afecciones al régimen hídrico.-Se deberá incluir un estudio hidrogeológico y del régimen hídrico de los arroyos de los que se detrae el agua para asegurar el mantenimiento del caudal ecológico, así como incluir en el Plan de Vigilancia Ambiental (PVA) el seguimiento del estado ecológico de los mismos. Dirección General de Biodiversidad.

Afecciones a la hidrología, al dominio público hidráulico y a la calidad de las aguas y al suelo.-Se seguirán las indicaciones contenidas en las Normas del Plan Hidrológico de la Cuenca del Guadalquivir. Confederación Hidrográfica del Guadalquivir. Afección al paisaje.-Se estudiarán medidas de integración paisajística de las actuaciones. Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía. Afecciones al patrimonio cultural.-Se deberá redactar y ejecutar un Proyecto de prospección arqueológica superficial previo a las obras y se tendrá en cuenta la afección a vías pecuarias. Consejería de Cultura y Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía. Impactos de las líneas eléctricas.-Se aportan una serie de indicaciones y criterios para el diseño de las mismas. Delegación Provincial de Sevilla de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía.

b) Estudio de Impacto Ambiental.

Tratamiento del resultado de las consultas y de los impactos significativos e impactos menores.

Afecciones a la hidrología, al dominio público hidráulico, a la calidad de las aguas y al suelo. Los aprovechamientos previstos apenas superan el 2 por 100 del caudal medio en los meses invernales, parándose las extracciones entre el 15 de abril y el 15 de septiembre de cada año, por lo tanto no se espera una afección significativa al mantenimiento del caudal ecológico. El EsIA incluye un anejo en el que se estudian los riesgos de inundación, y con un período de retorno de quinientos años se concluye que no existe afección significativa a infraestructuras ni a núcleos de población. En cuanto a las afecciones al suelo por contaminación se puede decir que el uso de pesticidas y fertilizantes se verá reducido al disponer de sistemas de telecontrol y aplicar dosis más ajustadas. El término municipal de La Luisiana está designado como zona vulnerable a la contaminación de nitratos de origen agrario, por lo que se deberá tener en cuenta que las dosis máximas de nitrógeno/Ha y año no superen los 170 Kg, incorporándose al terreno según el Código de Buenas Prácticas Agrarias de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía. Los residuos (escombros, restos de acequias, sobrantes de tierra, sustancias peligrosas etc.) serán tratados y gestionados, según tipología, por gestores autorizados por la Comunidad Autónoma de Andalucía. El almacenamiento de los mismos hasta su recogida se realizará en los contenedores o lugares habilitados al efecto siguiendo la normativa vigente con respecto a residuos.

Afecciones al paisaje. El EsIA recoge como medidas de integración paisajística, así como de protección a la vegetación y al suelo, la utilización de caminos y linderos para habilitar los accesos de maquinaria y para la instalación de las tuberías, respetando las pendientes naturales.

Las tuberías de la red de riego se proyectan enterradas por lo que no modificarán las condiciones visuales del paisaje después de la fase de construcción. En cuanto a la maquinaria, se evitará la circulación de la misma por las zonas próximas a las riberas de los arroyos. Además, se revegetarán los márgenes de la balsa mediante hidrosiembra con mezcla de herbáceas. La estación de bombeo, pese a estar en una zona de bajo valor paisajístico, se realizará utilizando materiales y colores similares a los de otras infraestructuras presentes en la zona. Se prevé la reforestación del entorno de la estación de bombeo empleando especies similares a las empleadas en repoblaciones colindantes.

Afecciones al patrimonio cultural. El EsIA asume que, puesto que la zona de actuación no ha sido prospectada con metodología arqueológica, el promotor llevará a cabo previo a las obras una prospección arqueológica superficial que constate la no afección a ningún yacimiento arqueológico. Además, un arqueólogo supervisará todos los movimientos de tierra durante la fase de obras.

En los cruces de las tuberías de riego con las vías pecuarias se llevarán a cabo labores de conservación y/o rehabilitación con el fin de que queden en las mismas condiciones que se encontraban antes de las obras. El EsIA recoge el compromiso de ajustarse a las indicaciones del Ayuntamiento de La Luisiana, de la Comunidad Autónoma y de lo exigido por la normativa vigente.

Impactos de líneas eléctricas. La construcción de la línea de abastecimento de energía a las estaciones de bombeo será realizada desde los postes situados en la actualidad en el terreno. El promotor asume en el EsIA todas las recomendaciones expresadas por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía. Se cumplirán las distancias mínimas de seguridad, se instalarán los espirales salvapájaros, el aislamiento de cables, etc. sugeridos en el trámite de consultas previas.

Tratamiento del análisis de las alternativas: Selección de la alternativa:

El EsIA considera diferentes soluciones de actuación, atendiendo a la forma de realizar las agrupaciones y la superficie de éstas, a la ubicación de los hidrantes y tuberías, a los materiales y sección de las tuberías, al número de redes, y al número, capacidad, y diseño de las balsas. En resumen se han estudiado tres soluciones: a) Una única red que parta de la balsa de acumulación con capacidad de 900.000 m3 y, por tanto, una única estación de bombeo.

b) Dos redes que parten de la balsa de acumulación, una hacia la zona norte y otra que abarque la zona media y sur. c) Dos redes, una desde un embalse que toma agua desde el arroyo Cascajoso, y otra que embalse el agua del arroyo San Jerónimo y que parta desde allí, a la zona de riego, por tanto dos estaciones de bombeo y dos balsas. Finalmente, se elige la segunda opción (solución B), que consiste en realizar agrupaciones de 350 Ha por su mayor eficacia y rendimiento económico, teniendo en cuenta que las afecciones ambientales son similares a las otras soluciones. Respecto a la situación de hidrantes, a igualdad de efectividad y condicionantes ambientales se opta por la solución más económica: se ubican en los extremos más cercanos a la red salvo condicionantes especificados por la Comunidad de Regantes. El trazado de la red de tuberías se hará evitando las afecciones a elementos protegidos. d) Fase de consulta y participación (información pública): contenido de alegaciones y conclusiones.

El Ayuntamiento de La Luisiana somete el expediente del proyecto de puesta en riego al trámite de información pública mediante anuncio en el «Boletín Oficial» de la Provincia de Sevilla, número 109, de 14 de mayo de 2005.

No fue presentada ninguna alegación al respecto en el lugar habilitado al efecto.

6. Especificaciones para el seguimiento

El estudio de impacto ambiental recoge la vigilancia de las medidas correctoras mediante el registro de albaranes de residuos peligrosos, entrega de residuos no peligrosos a gestores autorizados por la Comunidad Autónoma de Andalucía, registro de documentos de seguimiento y control, informe de localización de infraestructuras, desmantelamiento y estado de las zonas naturales, etc.

El EsIA recoge que se realizarán informes sobre:

Las aportaciones de fertilizantes, la forma de incorporación al terreno, en especial en lo relativo a la fertilización nitrogenada, por el posible paso a formas solubles del nitrógeno, observándose la no superación de 170 Kg/Ha y año.

Las vías de acceso de la maquinaria a las obras. El lugar de acumulación de sobrantes de la balsa de acumulación. Además, el EsIA recoge como instrumento para el seguimiento la cumplimentación de fichas de registros y controles en las que quedarán reflejados datos como la localización de las instalaciones mediante GPS, la superficie ocupada, cartografía 1:10.000, fotografías, etc.

7. Conclusiones

En consecuencia, la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y del Cambio Climático, a la vista de la Propuesta de Resolución emitida por la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de fecha 20 de febrero de 2006, formula declaración de impacto ambiental sobre la evaluación del proyecto de «Puesta en riego de la Comunidad de Regantes «La Colonia». T. M. La Luisiana (Sevilla)», concluyendo que no se observan impactos adversos significativos sobre el medio ambiente con la solución B del proyecto presentado a declaración de impacto ambiental, ya que no se afecta ningún espacio de la Red Natura 2000, y que el promotor se compromete a una serie de controles y medidas correctoras que dan respuesta a lo planteado en el período de consultas previas.

Lo que se hace público y se comunica a la Comunidad de Regantes «La Colonia» para su incorporación en el proceso de aprobación del proyecto.

Madrid, 21 de febrero de 2006.-El Secretario general, Arturo Gonzalo Aizpiri.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Medio Ambiente

Resolución de 21 de febrero de 2006, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, por la que se formula declaración de impacto ambiental sobre la evaluación del proyecto «Puesta en riego de la Comunidad de Regantes La Colonia (La Luisiana-Sevilla)», promovido por la Comunidad de Regantes La Colonia.

"Resolución de 21 de febrero de 2006, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, por la que se formula declaración de impacto ambiental sobre la evaluación del proyecto «Puesta en riego de la Comunidad de Regantes La Colonia (La Luisiana-Sevilla)», promovido por la Comunidad de Regantes La Colonia." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2006-5611 publicado el 28 marzo 2006

ID de la publicación: BOE-A-2006-5611
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 28 marzo 2006
Fecha Pub: 20060328
Fecha última actualizacion: 28 marzo, 2006
Numero BORME 74
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Medio Ambiente
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 28 marzo 2006
Letra: A
Pagina de inicio: 12114
Pagina final: 12116




Publicacion oficial en el BOE número 74 - BOE-A-2006-5611


Publicacion oficial en el BOE-A-2006-5611 de Resolución de 21 de febrero de 2006, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, por la que se formula declaración de impacto ambiental sobre la evaluación del proyecto «Puesta en riego de la Comunidad de Regantes La Colonia (La Luisiana-Sevilla)», promovido por la Comunidad de Regantes La Colonia.


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