Resolución de 21 de mayo de 2007, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Plan coordinado de obras de la zona regable del nuevo canal de Civán, en Caspe (Zaragoza)».





El proyecto a que se refiere la presente resolución se encuentra comprendido en el apartado d) del grupo 1 del anexo I del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, por lo que, de conformidad con lo establecido en su artículo 1.2, con carácter previo a su autorización administrativa se ha sometido a evaluación de impacto ambiental, y procediendo formular su declaración de impacto de acuerdo con el artículo 4.1 de la citada norma. Según el Real Decreto 1477/2004, de 18 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Medio Ambiente, corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental la ejecución del procedimiento de evaluación de impacto ambiental y la proposición de las declaraciones de impacto ambiental. Los principales elementos de la evaluación practicada se resumen a continuación:






Orden del día 05 julio 2007

El proyecto a que se refiere la presente resolución se encuentra comprendido en el apartado d) del grupo 1 del anexo I del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, por lo que, de conformidad con lo establecido en su artículo 1.2, con carácter previo a su autorización administrativa se ha sometido a evaluación de impacto ambiental, y procediendo formular su declaración de impacto de acuerdo con el artículo 4.1 de la citada norma. Según el Real Decreto 1477/2004, de 18 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Medio Ambiente, corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental la ejecución del procedimiento de evaluación de impacto ambiental y la proposición de las declaraciones de impacto ambiental. Los principales elementos de la evaluación practicada se resumen a continuación:

1. Información del proyecto: Promotor y Órgano Sustantivo. Objeto y justificación. Localización. Descripción sintética. Alternativas.

El promotor del proyecto es la Dirección General de Desarrollo Rural, Departamento de Agricultura y Alimentación, Gobierno de Aragón; y el órgano sustantivo del mismo es la Confederación Hidrográfica del Ebro, Ministerio de Medio Ambiente.

Con la consecución del proyecto se pretende la transformación en riego por goteo de una superficie total de 1.122 ha, dentro del perímetro total de las 2.500 ha de la Zonas de Interés Nacional, así como la Concentración Parcelaria de toda la citada Zona de Interés Nacional. Con esta actuación se pretende aumentar el nivel económico de la población de la zona realizando una reestructuración de la propiedad agraria, y crear estabilidad y mejorar el nivel de empleo de la zona. La zona de actuación se ubica íntegramente en el término municipal de Caspe (Zaragoza), quedando delimitada al sur por la traza del nuevo Canal de Caspe o de Civán, al norte de la acequia vieja de Civán, al oeste por la carretera nacional 231 de Alcañiz a Caspe, y al este por el río Guadalope. Delimitación del área regable:

El proyecto comprende las siguientes actuaciones:

Sistema de riego: Se prevé la instalación de riego por goteo con una eficiencia del 90%.

Datos técnicos básicos del sistema consistirán en:

Caudal ficticio continuo 0,7 l/s/ha.

Caudal en toma de riego 1,4 l/s/ha. Horas de riego al día 14. Presión de hidrante 25 m sobre el punto más alto de la parcela hidráulica. La presión de servicio será de 2 kg × cm2. Balsas de almacenamiento para riego:

Se construirán 5 balsas de almacenamiento de agua para riego de los sectores definidos, con toma directa desde el Nuevo Canal de Civan. Las cuales responden a las siguientes características:

Estaciones de filtrado y estaciones de bombeo:

Para el suministro de agua para riego de cada sector, junto a cada una de las balsas de almacenamiento se constituirá una estación de bombeo, estación de filtrado e instalaciones auxiliares. Sus características serán las siguientes:

Las estaciones de bombeo de cada Sector, se dimensionarán con la capacidad suficiente para albergar los grupos de bombeo necesarios para impulsar directamente en cabecera a cada red de riego el caudal punta indicado. Las estaciones de bombeo estarán equipadas con los grupos de bombeo citados, así como con la instalación eléctrica y otros equipamientos electromecánicos necesarios.

Redes de distribución de riego: La red de distribución se realiza con tuberías de PVC, para diámetros hasta 400 mm, y PRFV para diámetros mayores de 400 mm, evitando en todo caso el fibrocemento y el hormigón, dada la fuerte presencia de yesos en el terreno. La instalación de dichas tuberías, que en la medida de lo posible irán paralelas a los caminos, requerirá la apertura de zanjas con una sección dependiente del diámetro de las mismas, si bien que pueden situarse en el intervalo 1,5-2,5 m de profundidad por 0,8-1,8 m de anchura. La longitud relativa a las tuberías principales de riego es de 61.783 m. Sistema de Desagües: El sistema general de evacuación de aguas de excedentes de riego, que se plantea para la zona es el siguiente:

Obras de disipación energética: El Nuevo Canal de Civán corta transversalmente 20 cuencas de drenaje natural dentro de la zona a transformar, para lo cual, en su creación, fue necesario dotarle de 23 estructuras que permitieran el paso de avenidas bajo dicho Canal, calculadas para unos periodos de retorno de 100 anos. Debido al incremento de caudales y de la velocidad de los mismos que supondrá la creación de desagües en estas cuencas, se ha proyectado a la salida de cada caño un cuenco amortiguador, cuya finalidad es conseguir que el agua vierta al terreno a una velocidad próxima a 1 m/s en el caso que se produjera la tormenta para el periodo de recurrencia previsto en el dimensionamiento del caño.

La obra de disipación se realiza revistiendo el terreno mediante fábrica formada por losas irregulares, encastradas en hormigón y colocadas de manera que las superficies presenten planos, que reduzcan la energía del agua a la salida del caño. Se prevé revestimiento en la embocadura aguas arriba del caño de 36 m2 con obra análoga a la prevista para la salida. Desagües enterrados: La ejecución del dicho sistema de drenes enterrados, supondrá la realización de excavaciones a lo largo de los valles por su punto más bajo. Dichas zanjas tendrán una profundidad máxima aproximada de 2 a 2,5 m y una anchura de 1 a 1,5 m. El trazado de las redes de desagüe se ha adaptado en todo lo posible a las vaguadas, barrancos naturales y a las zonas hondas de las fincas para evacuar sus aguas de escorrentía producidas por el riego. Los drenajes enterrados se proyectarán en tubo drenante de PVC o similares, que será perforado con pared interior lisa y la exterior nervada, de forma que pueda controlarse un posible nivel freático que pueda formarse. En los restantes casos se opta por la colocación de tubos de desagüe no perforados de PVC. El sistema de desagüe se conectará con los desagües «Palafangas» del regadío viejo de la Acequia Principal de Civán mediante tuberías de PVC no drenantes. Cada 300-400 m se proyectarán arquetas de registro que servirán para efectuar labores de limpieza. La longitud de la red de drenaje es de 38.965 m, distribuidos según el tipo de desagües en:

Desagües enterrados drenantes de PVC o similares:

Desagües de tubo no drenante:

Desagüe del nuevo canal de Civán: El Nuevo Canal de Civán construido recientemente, no tiene salida de las aguas, por lo que se ha proyectado una conducción desde el extremo final del Canal a través de la Val de Galiana cruzando la Carretera Nacional N-211 hasta conectar dicha conducción con la balsa que regula la Acequia Vieja o Principal de Civán existente en las inmediaciones de Val de Galiana. Se realizará una conducción enterrada desde una cota de 210 m hasta los 180 m, y una longitud aproximada de 2.000 m, con una pendiente media de 1,59 %, teniendo que cruzar la tubería bajo la Carretera Nacional N-211 mediante un paso con hinca. El caudal que ha de soportar la tubería será de unos 2 m3/s. La tubería a utilizar será de 1.200 mm de diámetro.

Líneas eléctricas: Se contempla la construcción de una línea eléctrica de alta tensión aérea que suministre energía en alta a las diferentes estaciones de bombeo. Tendrá un trazado paralelo en su mayor parte al Canal nuevo de Civán, de aproximadamente 13,900 km de longitud para el suministro de energía a las estaciones de bombeo número 5, 4, 3, 2, 1, localizadas junto al citado canal. Concentración parcelaria:

La concentración parcelaria conlleva las siguientes actuaciones: Redistribución de la propiedad: Se procede a la agrupación de parcelas para la asignación de una única finca a un mismo propietario, o grupos de fincas a una misma explotación de varios propietarios.

Redes de caminos: Debido a la orografía accidentada de la zona, la traza de los caminos se procurará que siga la actual, y únicamente se realizarán 2.049 m de nuevos caminos en el área occidental de la zona de actuación. Para la ejecución futura de los dos caminos de nueva construcción, las trazas que se definen en los planos como zonas de ocupación, tienen una anchura de 15 m. Los caminos que se proyecten, deberán tener anchuras del firme de 5 m, según las condiciones que el tráfico determine para su diseño. Caminos a mejorar: Se mejorarán caminos en una longitud de 44.227 m, tan solo se extenderá una capa de rodadura de 15 cm de base de material granular. Vertedero de sobrantes: Al no existir en la zona de actuación del Plan Coordinado vertedero de inertes, se ha localizado una finca donde se pueden almacenar las tierras sobrantes de las diferentes obras contempladas. La elección del punto de vertidos se ha basado en los siguientes criterios:

Localización del punto en la zona de actuación de forma que el transporte al mismo recorra la menor distancia posible.

Punto de vertido en fincas o depresiones no localizadas en zonas no ocupadas por hábitats, y que su titularidad actual sea pública.

Con estos criterios, se identifica una finca de secano de 5,6836 ha de superficie ocupada por cultivos de secano, y con posibilidad de almacenar un volumen máximo de 170.000 m3 de materiales.

El volumen de tierras sobrante se indica a continuación:

Sistema de drenaje: 16.000 m3 sobrantes de las zanjas.

Red de riego: 78.750 m3. Red de caminos: 5.906 m3. Volumen total de sobrantes: 100.656 m3. No se han propuesto alternativas al desarrollo del proyecto.

2. Elementos ambientales significativos del entorno del proyecto

Vegetación: En la zona de estudio se encuentran formaciones como pinar, matorral, vegetación de ribera, carrizales y cultivos. El matorral es la formación más abundante. En ella aparecen los hábitats no prioritarios 5210: Matorrales arborescentes de Juniperus ssp., y 1430: Matorrales halo-nitrófilos (Pegano-Salsoletea). Existe un tipo de Matorral de estepas yesosas que han quedado protegidas como hábitat prioritario 1520: Vegetación gipsícola ibérica (Gypsophiletalia).

Avifauna: Las aves rapaces constituyen uno de los grupos de fauna vertebrada de mayor interés en el área de estudio. Estas aves crían fuera de los límites de estudio y utilizan ocasionalmente el área de ocupación del proyecto como zona de campeo. Así, la mayoría de las rapaces habitan fuera de los límites de la zona de proyecto, en algunos cortados de areniscas o en manchas de vegetación con arbolado. Hidrología: La zona de actuación del Plan Coordinado se localiza en el tramo bajo de la cuenca del río Guadalope. Históricamente los regadíos del Guadalope se concentran en dos comarcas: Caspe y Alcañiz. En ésta última, la organización del riego se remonta al siglo XII, época de la que también datan algunas acequias como la Vieja de Alcañiz. La zona es atravesada en dirección oeste-este y sur-norte, por pequeños barrancos que desembocan en el río Guadalope. Los barrancos señalados se caracterizan porque no tienen caudal continuo, respondiendo únicamente a tormentas puntuales. Los máximos caudales de estos pequeños barrancos tienen lugar en los meses equinocciales. Patrimonio Arqueológico: En la zona de estudio se encuentra el yacimiento de Sancharancón, que corresponde al Bronce Final, del que se conservan en ladera estructuras de hábitat y asociado a él la necrópolis de incineración. Vías pecuarias: Las vías pecuarias catalogadas en la zona de actuación del Plan Coordinado son:

N.º 10: Cañada de Samper. Se localiza paralela a la carretera C231 de Alcañiz a Caspe, en el extremo más occidental de la zona de actuación del Plan coordinado.

N.º 12: Cañada Real a Maella. Se localiza en el área oriental de la zona de actuación, atravesándola en dirección norte a sur. N.º 13: Cañada de Masatrigas. Parte de la cañada anterior, y recorre parte de la zona de actuación en dirección sur.

3. Resumen del proceso de evaluación

a. Fase de consultas previas y determinación del alcance del estudio de impacto. a) Entrada documentación inicial. La tramitación se inició el 11 de julio de 1997 con la entrada de la memoria-resumen.

b) Consultas previas. Relación de consultados y de contestaciones. En la tabla adjunta se han recogido los 24 organismos consultados durante esta fase, señalando con una «X» aquellos que han emitido informe en relación con la memoria-resumen:

Los aspectos ambientales más relevantes tratados en las contestaciones a las consultas realizadas son:

Hábitat prioritario: En la zona afectada por el proyecto se encuentran estepas continentales gipsófilas que forman hábitats, como el denominado prioritario 1520: Vegetación gipsícola ibérica (Gypsophiletalia), según la Directiva 92/43/CEE. Aspecto que ha sido indicado por la Dirección General de Biodiversidad.

Avifauna: la zona es frecuentada por aves rapaces, garzas y cigüeñas, para las que los tendidos eléctricos resultan peligrosos, tal y como expresa la Dirección General de Ordenación Territorial, Obras Públicas y Territorio, Diputación General de Aragón. Zona Húmeda de Importancia Internacional para las Aves Acuáticas: Las actuaciones se desarrollarán próximas al conjunto endorreico de las Saladas de Chiprana, el cual se encuentra incluido en la lista de Zonas Húmedas de Importancia Internacional para las Aves Acuáticas del Convenio Ramsar (1971). La zona Oeste del futuro regadío comparte sustrato, el cual es la formación Caspe, con el entorno de las Salinas de Chiprana. Esto puede suponer una conexión con las aguas de la mencionada formación, lo que la hace susceptible de contaminación, según el Departamento de Agricultura y Medio Ambiente, Diputación General de Aragón. Hidrología superficial: La actuación pretende la canalización de 54 km de barrancos lo supone la afección de mayor envergadura del proyecto. La red actual de drenaje no va a soportar más que el exceso de un riego realizado por goteo, por lo que no parecen necesarias grandes modificaciones, tal y como expresa el Departamento de Agricultura y Medio Ambiente, Diputación de Aragón. Patrimonio histórico-cultural: dentro de la zona de actuación se encuentra el yacimiento arqueológico del Sancharancón, por lo que los trabajos pueden producir una afección directa sobre el mismo, según indica la Dirección General de Educación y Patrimonio, Departamento de Educación y Cultura, Diputación General de Aragón.

c) Resumen de las indicaciones dadas por el Órgano Ambiental al Promotor sobre la amplitud y detalle del estudio de impacto ambiental, y sobre las Administraciones ambientales afectadas.

El resultado de las contestaciones a las consultas se remitió al promotor el 27 de diciembre de 1996, incluyendo una copia de las contestaciones recibidas, y los aspectos más relevantes que se ha considerado que debe incluir el estudio de impacto ambiental, los cuales son:

Estudio de la posible afección a hábitats prioritarios.

b. Fase de información pública y de consultas sobre el estudio de impacto ambiental:

b. Fase de información pública y de consultas sobre el estudio de impacto ambiental:

a) Información pública. Resultado. Las Direcciones Generales del Agua -Ministerio de Medio Ambiente-, de Desarrollo Rural -Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación- y de Desarrollo Rural -Departamento de Agricultura y Alimentación del Gobierno de Aragón- sometieron conjuntamente el plan coordinado y el estudio de impacto ambiental, al trámite de información pública durante un periodo de treinta días hábiles, mediante anuncio en el Boletín Oficial del Estado n.º 29, con fecha 3 de febrero de 2005, y en el Boletín Oficial de Aragón n.º 15 con fecha 2 de febrero de 2005, trasladando la Dirección General de Desarrollo Rural, Consejería de Agricultura y Ganadería, Junta de Castilla y León, el expediente y la preceptiva documentación ambiental del proyecto a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental el 27 de septiembre de 2006.

Durante el periodo de información pública al que ha sido sometido el proyecto «Plan coordinado de obras de la zona regable del Nuevo Canal de Civán. T.M. Caspe (Zaragoza)» no se han producido alegaciones de carácter ambiental. b) Modificaciones introducidas por el Promotor en proyecto y estudio tras su consideración. Motivado por las alegaciones presentadas al Plan Coordinado se han introducido ciertas modificaciones. De este modo se van a incluir nuevas parcelas y a excluir otras, por lo que la superficie total se verá modificada. El balance final de hectáreas se muestra a continuación:

No se producen cambios relevantes en las balsas de regulación, en las estaciones de bombeo, en las redes de riego o en las redes de drenajes.

4. Integración de la evaluación

a. Impactos significativos del proyecto. Afección a hábitat prioritario: En la zona afectada por el proyecto se encuentran estepas continentales gipsófilas que forman hábitats naturales, como es el hábitat prioritario, según la Directiva92/43/CEE: 1520: Vegetación gipsícola ibérica (Gypsophiletalia).

Afección a la avifauna: La zona es frecuentada por aves rapaces, garzas y cigüeñas, para las que los tendidos eléctricos resultan peligrosos.

Afección a Humedal Ramsar: Las actuaciones se desarrollarán próximas al conjunto endorreico de las Saladas de Chiprana, el cual se encuentra incluido en la lista de Zonas Húmedas de Importancia Internacional para las Aves Acuáticas del Convenio Ramsar (1971). La zona oeste del futuro regadío comparte sustrato, el cual es la formación Caspe, con el entorno de las Salinas de Chiprana. Esto puede suponer una conexión con las aguas de la mencionada formación, lo que la hace susceptible de contaminación. Afección a la Hidrología superficial: La actuación pretende la canalización de 54 km de barrancos, lo que en un principio no parece necesario debido a las características del proyecto, y lo que supondría una afección considerable. Afección al patrimonio histórico-cultural: Dentro de la zona de actuación se encuentra el yacimiento arqueológico del Sancharancón, por lo que los trabajos pueden producir una afección directa sobre el mismo. Afección a Vías Pecuarias: La actuación afectará a dos Vías Pecuarias que se encuentran dentro de la zona de proyecto. Estas vías pecuarias son:

N.º 10: Cañada de Samper. Se localiza paralela a la carretera C231 de Alcañiz a Caspe, en el extremo más occidental de la zona de actuación del Plan coordinado.

N.º 12: Cañada Real a Maella. Se localiza en el área oriental de la zona de actuación, atravesándola en dirección norte a sur. N.º 13: Cañada de Masatrigas. Parte de la cañada anterior, y recorre parte de la zona de actuación en dirección sur.

b. Cuadro sintético de relación entre estos impactos y las medidas correctoras que a continuación se detallarán:

c. Impactos residuales. Una vez establecidas las medidas correctoras por el promotor, se considera que pueden existir impactos residuales referentes a los siguientes elementos del medio:

Avifauna: La creación de la línea eléctrica necesita medidas específicas anticolisión y antielectrocución.

Patrimonio histórico-cultural: este necesita de medidas concretas para evitar la afección tanto al yacimiento existente, como a posibles yacimientos presentes en la zona.

5. Condiciones al proyecto

En función de la documentación generada en este proceso de evaluación se hace necesario cumplir las siguientes condiciones de protección ambiental específicas: Protección a la avifauna: Para el establecimiento de las medidas adecuadas para la protección de las aves, el promotor ha de tener en cuenta las siguientes consideraciones: Señalizar las líneas, especialmente los hilos de tierra.

No deberá existir ningún aislador rígido en los apoyos. Utilizar cabeceras y crucetas de bóveda con aisladores suspendidos o cadenas horizontales. Mantener las distancias de seguridad:

Entre conductor y «zona de posada» en la cruceta: 0,75 m en aisladores suspendidos y 1,5 m en cadenas de aisladores horizontales.

Entre conductores nunca debe ser inferior de 1,50 m. En el caso de que la fase central describa un arco sobre la parte superior del apoyo, aislar esta porción del conductor. En general, suprimir o aislar aquellos conductores que describan arcos sobre los apoyos. Utilizar los elementos disuasorios o de advertencia que se hayan mostrado más eficaces. El proceso de inspección para la posible localización de nidos en el entorno de la línea eléctrica, se realizará en coordinación con el organismo ambiental competente en la Comunidad Autónoma. Se garantizará, durante la vida útil de la línea, la realización de las modificaciones en la línea eléctrica que se hagan necesarias para la protección del medioambiente.

Protección del patrimonio histórico-cultural: Respecto a la posible afección a yacimientos arqueológicos que puedan encontrarse presentes en la zona, se han establecido las siguientes consideraciones:

Prospección intensiva previa al comienzo de las obras y en la realización de las mismas, con el objetivo de identificar nuevos yacimientos que pudieran verse afectados por las obras, además de concretar la afección de los ya conocidos. Esta labor se llevará acabo en coordinación con la Administración autonómica competente.

En el caso de que se localicen nuevos yacimientos susceptibles de afección se programará un plan de actuación, preventivo y/o compensatorio, de acuerdo con la Administración autonómica competente.

Como actividades arqueológicas se propone:

Sondeos arqueológicos valorativos o de comprobación.

Excavación arqueológica en extensión. Señalización y jalonamiento temporal de bienes culturales.

6. Especificaciones para el seguimiento ambiental

El estudio de impacto ambiental incluye un Plan de Vigilancia Ambiental en el que se detallan todas las especificaciones necesarias para el adecuado seguimiento ambiental de la obra.

Vigilancia sobre la vegetación:

Se hará un control contra incendios.

Se comprobará diariamente que el jalonamiento no es sobrepasado. Se controlarán los trabajos de revegetación. Se evitarán y controlarán posibles variaciones regresivas en la composición florísticas de zonas afectadas por obras y la puesta en riego. Verificar la evolución de la vegetación natural.

Vigilancia sobre la fauna: Durante la realización de las obras de las zonas con presencia de avifauna esteparia, un técnico cualificado y especialista en el medio biótico realizará una prospección del terreno previa al avance de la maquinaria para detectar nidos de las aves más significativas en la zona. Si se localizase un nido, se delimitará desde el punto una distancia adecuada donde no se realizarán obras durante el tiempo que dura el periodo de nidificación y cría de la especie.

Control de las instalaciones eléctricas (líneas de alta tensión y transformadores) de tal manera que cumplan las especificaciones técnicas indicadas por la protección de la avifauna. Seguimiento de las diferentes estudios poblacionales de la fauna esteparia, contemplados en las medidas previas aplicar. Verificar y controlar los daños que las obras relacionadas con la transformación en riego y el cultivo de regadío, pueden derivar sobre la fauna. Vigilancia sobre el medio hídrico:

Se controlarán in situ las labores de mantenimiento de la maquinaria de construcción para evitar el vertido de sustancias contaminantes.

Se controlarán las posibles afecciones al sistema hidrológico superficial provocadas por movimientos de tierras. Verificación y seguimiento de la calidad de las aguas de retorno de riego. Vigilancia sobre los restos arqueológicos:

Verificar, conocer y controlar las incidencias que la ejecución de las obras, la Concentración parcelaria y la puesta en regadío tendrán sobre los restos arqueológicos.

Se conocerá y controlará las incidencias que la ejecución de las obras y la puesta en regadío sobre los posibles yacimientos paleontológicos.

Todo el seguimiento llevado a cabo por el equipo técnico encargado de realizar el Programa de Vigilancia Ambiental, se reflejará por escrito en informes técnicos, que se redactarán con una periodicidad bimensual. Conclusión: En consecuencia, la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y del Cambio Climático, a la vista de la Propuesta de Resolución de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de fecha 18 de mayo de 2007, formula declaración de impacto ambiental del proyecto de «Plan coordinado de obras de la zona regable del nuevo canal de Civán, t.m. Caspe (Zaragoza)», concluyendo que si se autoriza en las condiciones anteriormente señaladas, que se han deducido del proceso de evaluación seguido, no son previsibles impactos adversos significativos sobre el medio ambiente.

Lo que se hace público y se comunica a la Confederación Hidrográfica del Ebro, Ministerio de Medio Ambiente, para su incorporación al procedimiento de aprobación del proyecto, de conformidad con el referido artículo 4 del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental.

Madrid, 21 de mayo de 2007.-El Secretario General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, Arturo Gonzalo Aizpiri.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Medio Ambiente

Resolución de 21 de mayo de 2007, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Plan coordinado de obras de la zona regable del nuevo canal de Civán, en Caspe (Zaragoza)».

"Resolución de 21 de mayo de 2007, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Plan coordinado de obras de la zona regable del nuevo canal de Civán, en Caspe (Zaragoza)»." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2007-13087 publicado el 05 julio 2007

ID de la publicación: BOE-A-2007-13087
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 05 julio 2007
Fecha Pub: 20070705
Fecha última actualizacion: 5 julio, 2007
Numero BORME 160
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Medio Ambiente
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 05 julio 2007
Letra: A
Pagina de inicio: 29148
Pagina final: 29153




Publicacion oficial en el BOE número 160 - BOE-A-2007-13087


Publicacion oficial en el BOE-A-2007-13087 de Resolución de 21 de mayo de 2007, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Plan coordinado de obras de la zona regable del nuevo canal de Civán, en Caspe (Zaragoza)».


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