Resolución de 4 de abril de 2008, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto Línea eléctrica a 400 kV, entronque Segovia-entronque Galapagar, sustitución parcial de la línea 220 KV Otero-Ventas hasta el apoyo 135 y modificación de la línea a 400 kv Lastras-Galapagar entre los apoyos 479-486 y 508-522, en las provincias de Segovia y Madrid.





El proyecto a que se refiere la presente Resolución se encuentra comprendido en el apartado g) del grupo 3 del Anexo I del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos. Según el Real Decreto 1477/2004, de 18 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Medio Ambiente, corresponde a la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático formular las declaraciones de impacto ambiental. Los principales elementos de la evaluación practicada se resumen a continuación:

Contenidos de la Ministerio de Medio Ambiente Resolución de 4 de abril de 2008, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto Línea eléctrica a 400 kV, entronque Segovia-entronque Galapagar, sustitución parcial de la línea 220 KV Otero-Ventas hasta el apoyo 135 y modificación de la línea a 400 kv Lastras-Galapagar entre los apoyos 479-486 y 508-522, en las provincias de Segovia y Madrid. del 20080506







Orden del día 06 mayo 2008

El proyecto a que se refiere la presente Resolución se encuentra comprendido en el apartado g) del grupo 3 del Anexo I del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos. Según el Real Decreto 1477/2004, de 18 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Medio Ambiente, corresponde a la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático formular las declaraciones de impacto ambiental. Los principales elementos de la evaluación practicada se resumen a continuación:

1. Información del proyecto: promotor y órgano sustantivo. Objeto y justificación. Localización.-El promotor del proyecto es Red Eléctrica de España, siendo el órgano sustantivo la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

El objeto de este proyecto es incrementar la capacidad de conexión de Galicia y Castilla y León con la Comunidad de Madrid, al evacuar la energía eléctrica de nueva generación instalada y proyectada en Galicia y Castilla y León, y la alimentación del tren de alta velocidad Madrid-Segovia-Valladolid, mediante la construcción de una línea eléctrica aérea de doble circuito a 400 kV, de aproximadamente 46 km de longitud, desde el entronque con la subestación de Segovia (TM de Segovia, Junta de Castilla y León) hasta el entronque con la subestación de Galapagar (TM de Galapagar, Comunidad de Madrid). Este proyecto forma parte del eje eléctrico «Trives-Aparecida-Tordesillas-Segovia-Galapagar» y sustituirá hasta el apoyo n.º 135 la línea eléctrica de simple circuito a 220 kV «Otero-Ventas» además de compactarse a cuádruple circuito con la línea eléctrica «Lastras-Galapagar» entre los apoyos 479-486 y 508-522. Con este proyecto se libera el núcleo urbano de Abades, la urbanización de Canalejas, la población de Los Ángeles de San Rafael, las edificaciones de Majada de las Vacas, la urbanización de Estación de El Espinar, la urbanización de Navalasierra, el núcleo de Alpedrete y las urbanizaciones Vallefresno, El Soto y Parque Peña Alba. El trazado discurre por las provincias de Segovia (Comunidad Autónoma de Castilla y León) y Madrid (Comunidad de Madrid), afectando a los TTMM de Segovia, Abades, Otero de Herreros, El Espinar, Guadarrama, Collado Mediano, Alpedrete y Collado Villalba. Las principales características técnicas de la línea eléctrica son:

Las alternativas del trazado que se proponen son 3, realizando la valoración ambiental más adelante. 2. Elementos ambientales relevantes del entorno del proyecto.

Medio físico.-El área de estudio se localiza entre la provincia castellano-leonesa de Segovia y la provincia de Madrid. Geográficamente, se encuentra integrada en el Sistema Central y en las Cuencas del Duero y del Tajo, en el ámbito de la sierra de Guadarrama que cruza el área con orientación NNE-SSW. Presenta altitudes que varían desde los 860 msnm hasta los 1.920 msnm, encontrándose las cotas mínimas al norte en el TM de Martín Miguel. El proyecto cruza los ríos Moros, Gudillos y Guadarrama, además de arroyos de menor entidad entre los que destacan los arroyos Labajo y del Endrinal.

Vegetación.-En la zona de estudio hay diversas unidades de vegetación, distinguiendo entre pinares de «Pinus sylvestris» y «P. pinaster», «P. uncinata» en pequeños rodales en Guadarrama y mezclado con el pino albar y «P. halepensis» dentro de los municipios de Guadarrama, Collado Mediano y Collado Villalba entre otros; encinares de «Quercus ilex» en todos los municipios; quejigares de «Q. faginea» en zonas montañosas; melojares de «Q. pirenaica» en la sierra de Guadarrama entre los 1.000 y los 1.600 m; fresnedas («Fraxinus angustifolia») en las zonas de la Comunidad de Madrid más llanas; bosques de ribera formando sotos y alamedas de fresnos, chopos y olmos entre otras especies; especies como abedules, matorral con jarales, retamares y aulaga en todo el área formando manchas; pastos y cultivos y plantaciones de regadío y de secano. Fauna.-Pueden verse afectadas la cigüeña negra («Ciconia nigra»), el águila imperial ibérica («Aquila adalberti») ambas en peligro de extinción en el Catálogo Nacional y el buitre negro («Aegypius monachus») de interés especial en el Catálogo Nacional y en peligro de extinción en el Catálogo de la Comunidad de Madrid. También hay otras especies de interés que aparecen dentro del ámbito de estudio de una manera esporádica como el búho real («Bubo bubo») y el alimoche («Neophron percnopterus») en la sierra de Guadarrama. La zona de estudio no está incluida dentro de las rutas migratorias más importantes de la Península Ibérica. Una parte del trazado sobrevuela las IBAs 056 «Umbría de Guadarrama», 070 «El Escorial-San Martín de Valdeiglesias» y 071 «El Pardo-Viñuelas». Espacios naturales protegidos.-Dentro del ámbito de estudio existen los siguientes espacios: el LIC ES4160111 y ZEPA ES0000188 «Valles del Voltoya y Zorita», el LIC ES4110097 y ZEPA ES0000189 «Campo Azálvaro-Pinares de Peguerinos», el LIC ES4160109 y ZEPA ES0000010 «Sierra de Guadarrama», el LIC ES3110005 «Cuenca del río Guadarrama», el LIC ES3110004 «Cuenca del Río Manzanares», el Parque Regional de la Cuenca Alta del Manzanares incluida en la Red Internacional de Reservas de la Biosfera y el Monumento Natural de Interés Nacional de la Peña del Arcipreste de Hita. Paisaje.-Dentro del ámbito de estudio se han descrito 24 cuencas visuales, definidas como unidades territoriales homogéneas utilizando criterios de visibilidad, de las cuales se cruzan un total de 13. Medio socioeconómico.-Como recursos turísticos y recreativos se pueden incluir, caza menor y mayor, pesca fluvial, áreas recreativas y rutas de gran y pequeño recorrido por la zona de la sierra de Guadarrama. Respecto a las vías pecuarias, el trazado atraviesa numerosas cañadas, cordeles, veredas, coladas y caminos ganaderos. El EsIA también incluye un inventario del Patrimonio Histórico y de las concesiones mineras existentes en el área de estudio.

3. Resumen del proceso de evaluación.

3.1 Fase de consultas previas y determinación del alcance del estudio de impacto.-La tramitación se inició con fecha 3 de octubre de 2002, con la recepción de la memoria-resumen.

El 21 de octubre de 2002 se inició el trámite de consultas previas. Se consultaron un total de 140 entidades, de las cuales 8 pertenecen a la administración central, 7 a la administración autonómica, 2 a la administración local, 104 ayuntamientos y 19 organismos y asociaciones ecologistas. A continuación se resumen los aspectos más relevantes tratados en las contestaciones a las consultas:

Espacios naturales y fauna.-La línea proyectada discurre por el interior de la Sierra de Guadarrama ZEPA, LIC y próximo Parque Nacional, Zonas de Importancia y Áreas Criticas para el Águila Imperial y la ZEPA y LIC Valles del Voltoya y Zorita, por lo que a lo largo del trazado se deberán tomar las medidas necesarias para minimizar el impacto de las obras como el aprovechamiento de caminos, cumplimiento de las normas técnicas para evitar la electrocución y medidas de anticolisión necesarias para la protección de la avifauna. Estas observaciones las señala el Centro Montes de Valsaín del Ministerio de Medio Ambiente, la Asociación Ecologista Centáurea, la Asociación Otero de Herreros, la Subdelegación del Gobierno en Segovia y la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente de la Comunidad de Madrid.

Paisaje.-Se valora como menos impactante la transformación de la línea actual de 220 kV a 400 kV que la construcción de una nueva, aunque se deduce que el mayor tamaño de la nueva línea podría agravar el impacto paisajístico. Indica asimismo que se deberán llevar a cabo actuaciones que restauración del paisaje al desmontarse la línea existente, así como medidas que minimicen el impacto de las obras necesarias para la construcción de la nueva línea. Estas observaciones las realizan el Centro Montes de Valsaín del Ministerio de Medio Ambiente, la Asociación Ecologista Centáurea y la Asociación Otero de Herreros. Patrimonio cultural.-El Servicio Territorial de Cultura en Segovia, la Dirección General de Patrimonio y Promoción Cultural de la Consejería de Educación y Cultura de la Junta de Castilla y León y la Dirección General de Patrimonio Histórico-Artístico de la Consejería de las Artes de la Comunidad de Madrid, señalan que, previo el inicio de los trabajos, se deberá realizar una prospección arqueológica intensiva de la superficie por la que discurra la línea así como en los caminos de acceso. Se incluyen los yacimientos arqueológicos existentes en el TM de Peguerinos, indicando la necesidad de hacer un reconocimiento previo e intensivo la zona afectada por el proyecto. Trazado de la línea.-Se solicita el soterramiento de la línea en varios puntos del trazado: zona comprendida entre la N-110 y el final del límite municipal de Guadarrama y a su paso por el LIC Sierra de Guadarrama, ambos lugares de gran importancia ambiental; a su paso por Otero de Herreros, zona LIC y ZEPA, y al atravesar los TTMM de Los Molinos y Collado Villalba, por afectar urbanizaciones, el Parque Regional de la Cuenca Alta del Manzanares y diversos montes preservados. También se solicita que se utilice lo máximo posible, el trazado de la línea existente en el Puerto de los Leones para que no se afecten los montes existentes; que se desvíe la línea en el TM de Otero de Herreros por la existencia de un polígono industrial en desarrollo y que discurra lo más cercana posible, en dicho TM, al corredor de infraestructuras en el que se ubicará el futuro TAV, por ser área crítica para el águila imperial. Por último, se sugiere que la nueva línea discurra por los pasillos de infraestructuras aprobados en el Plan Regional de Infraestructuras Eléctricas de la Comunidad de Madrid. Estas sugerencias fueron remitidas por el Centro Montes de Valsaín del Ministerio de Medio Ambiente, la Asociación Ecologista Centáurea, la Asociación Otero de Herreros, la Secretaría General de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León, la Dirección General del Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente de la Comunidad de Madrid, los Ayuntamientos de, La Losa, Otero de Herreros, Valdeprados, Los Molinos, Collado Villalba y varios particulares. Hidrología.-La Confederación Hidrográfica del Tajo señala que las alternativas atraviesan la subcuenca del río Guadarrama pudiendo afectar a sus afluentes e indican sugerencias para evitar su afección.

El resultado de las consultas realizadas por la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental (DGCyEA) se trasladó al promotor el 18 de junio de 2003. 3.2 Fase de información pública sobre el estudio de impacto ambiental.-El trámite de información pública del proyecto y del EsIA, se inició con los anuncios publicados el 4 de noviembre de 2005 en el BOE núm. 264, el 11 de noviembre de 2005 en el BOP de Segovia núm. 135, el 9 de diciembre de 2005 en el BOCyL núm. 236, y el 13 de febrero de 2006 en el BOCM núm. 81.

Trascurrido el plazo correspondiente del procedimiento sustantivo, la DGCyEA recibió, con fecha 28 de noviembre de 2006, la documentación generada en el trámite de información pública realizado en la provincia de Segovia y con fecha 22 de febrero de 2007, la documentación generada en la provincia de Madrid. Durante el periodo de información pública se presentaron un total de 35 alegaciones. Las más relevantes por su contenido ambiental y su respuesta por parte del promotor se resumen a continuación:

Espacios naturales y fauna.-El Servicio Territorial de Medio Ambiente de la Delegación Territorial de Segovia de la Junta de Castilla y León considera justificado no utilizar el trazado de la antigua línea eléctrica entre los apoyos 61 y 63 a su paso por el Alto de los Leones debido al impacto visual, pero estima que se producirán nuevos impactos por la futura restauración. Concluye que considera justificada la instalación de la línea eléctrica, si bien, indica que deberán estudiarse medidas de mejora ambiental por el impacto negativo que resultará en los tramos de nuevo trazado. Estas medidas también son solicitadas por la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid.

El promotor declara que la variación de trazado entre los apoyos 61 a 63 supone tan solo cortas puntuales para mantener la distancia de seguridad, además de la revegetación posterior de la calle una vez desmantelada la línea eléctrica existente. También señala que ha establecido acuerdos con estos dos organismos que incluyen medidas de mejora ambiental para no causar perjuicio a espacios de Red Natura 2000. Estas medidas están incluidas en el punto 6.4 de esta declaración. Trazado de la línea.-El propietario de la finca El Carmocho de Prados, en su alegación sugiere dos alternativas de trazado. La primera consistiría en acercar las torretas a la cañada existente para evitar el paso de los apoyos 34 a 37 por repoblaciones de pinar, modificar la ubicación del apoyo 41 para no situarle dentro de un pinar de repoblación y por último, evitar que el trazado continúe por encinares adehesados. La segunda alternativa consistiría en que el trazado de la nueva línea discurra por el trazado que existe en la actualidad. Otro particular propone el soterramiento de la línea eléctrica para evitar afectar al águila imperial ibérica o el desvío del trazado. El Servicio Territorial de Medio Ambiente de la Delegación Territorial de Segovia de la Junta de Castilla y León indica que se deberá tener en cuenta la disconformidad de la propiedad del monte dentro de la finca El Carmocho de Prados, no obstante, acepta el trazado de la línea propuesto por el promotor. El promotor indica que la nueva línea sigue el trazado de la línea Otero-Ventas en los tramos donde es ambiental y técnicamente posible. Expone que el trazado se ha proyectado atravesando parte de la finca El Carmocho, para evitar su paso por la urbanización de Los Ángeles de San Rafael, señalando que únicamente se realizarán cortas puntuales que afectarán a escasos pies de pinares de repoblación. También indica que con la instalación de espirales salvapájaros en el cable de tierra de la línea, se reduce el riesgo de colisión de la avifauna. Hidrología.-La Confederación Hidrográfica del Duero del Ministerio de Medio Ambiente especifica medidas que son aceptadas por el promotor. Patrimonio sociocultural.-La Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica de la Comunidad de Madrid, señala que será necesaria la restauración de todas las vías pecuarias afectadas en la fase de construcción. La Dirección General de Patrimonio Histórico de la Consejería de Cultura de Deportes de la Comunidad de Madrid informa sobre el patrimonio arqueológico y paleontológico, señalando los lugares donde no se podrán proyectar apoyos.

4. Integración de la evaluación.

4.1 Análisis ambiental para la selección de alternativas.-En el EsIA se relacionan y valoran los elementos del medio físico-biológico (clima, geología, hidrología, hidrogeología, fauna, flora, hábitats naturales, etc.) y socioeconómico (población, economía, espacios naturales protegidos, elementos del patrimonio cultural, paisaje, etc.). En base a este estudio se analizan distintas alternativas de trazado, teniendo en cuenta las recomendaciones expuestas en la fase de consultas. Considerando estos condicionantes, se definieron 3 alternativas de trazado:

El trazado seleccionado como de menor impacto ambiental es el que discurre siguiendo el trazado de la actual línea, incluyendo las variantes Alternativa 2 y Alternativa 3.

Para la selección del trazado de menor impacto se han considerado criterios como discurrir por el interior de los pasillos eléctricos definidos en el Plan Regional de Infraestructuras eléctricas de la Comunidad de Madrid, y su construcción lo más próxima posible a la actual línea Otero-Ventas. Se mejora su trazado para evitar núcleos de población, polígonos industriales y actuales y futuras urbanizaciones. Sobrevuela el LIC y ZEPA Valles del Voltoya y el Zorita, el LIC, ZEPA y futuro Parque Nacional Sierra de Guadarrama, los LICs Cuenca del río Guadarrama y Cuenca del río Manzanares y el Parque Regional de la Cuenca Alta del Manzanares. Afecta a un área crítica incluida en el Plan de Recuperación del águila imperial ibérica, evita la localización de apoyos en zonas con vegetación de interés, perteneciente a hábitats prioritarios o con vegetación de ribera, y se establecen medidas de protección para la avifauna. 4.2 Respuesta del promotor a las sugerencias de los Órganos Ambientales durante el procedimiento de evaluación.

a) Centro Montes de Valsaín del Ministerio de Medio Ambiente.-A lo largo del procedimiento este organismo advirtió sobre la afección de las áreas críticas para el águila imperial ibérica, protección de la avifauna, desmantelamiento de la línea existente y restauración del medio, la afección al futuro Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama y el soterramiento de la línea eléctrica.

El promotor indica que la línea discurre por el interior de un área crítica para el águila imperial ibérica a lo largo de 1,3 km en su zona más periférica, para liberar la urbanización de Los Ángeles de San Rafael, la instalación de salvapájaros en los tramos indicados en la condición 6.3 de esta declaración, la realización de un proyecto de desmantelamiento, las medidas de protección específicas para el futuro Parque Nacional detalladas en el punto 6.4 de esta declaración y en cuanto al soterramiento, el promotor no ha tenido en cuenta esta opción ya que considera más adecuada la sustitución de la línea existente siguiendo siempre que sea posible su trazado y modificando puntualmente el trazado en zonas que discurran muy próximas a núcleos urbanos. b) Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León.-A lo largo del procedimiento este organismo informó sobre la afección a la vegetación existente en el Puerto de Los Leones aunque considera adecuado que no siga el trazado de la línea existente, ya que se reduce de esta manera el impacto visual, la afección de áreas críticas para el águila imperial ibérica y protección de la avifauna. Estas observaciones están solucionadas en el punto anterior y fueron acordadas con la Dirección General de Medio Natural de la Junta de Castilla y León con el fin de evitar cualquier posible impacto significativo, dicha notificación fue recibida en la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, el 10 de marzo de 2008. c) Consejería de Medio Ambiente de la Comunidad de Madrid.-A lo largo de todo el procedimiento este organismo señaló la fuerte con contestación social al proyecto, sugiriendo el soterramiento de la nueva línea o el aprovechamiento de los pasillos de infraestructuras aprobados en el Plan Regional de Infraestructuras Eléctricas. El promotor selecciona las alternativas que evitan las poblaciones actualmente afectadas. Además la línea discurre por los pasillos de infraestructuras aprobados en dicho Plan Regional.

4.3 Información complementaria recibida con posterioridad a la información pública.-Atendiendo a la importancia ecológica del medio, con fecha 16 de abril de 2007, la DGCyEA solicitó al promotor, información adicional sobre la afección a Red Natura 2000, a los montes de la Sierra de Guadarrama futuro Parque Nacional, y a la finca El Carmocho de Prados.

El 3 de julio de 2007, el promotor remitió la información solicitada anteriormente. Respecto a la afección a la finca El Carmocho de Prados, el promotor señala que, la ubicación del apoyo 41 dentro del pinar existente afectará tan solo a algunos pies de repoblación que serán sustituidos posteriormente y que el trazado fue aceptado por el Servicio Territorial de Medio Ambiente de Segovia, como consta en su informe, recibido en el trámite de información pública. También se enumeran las medidas de mejora ambiental propuestas para garantizar la biodiversidad y evitar el deterioro de estos espacios, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1997/1995, de 7 de diciembre y el PORN de la Sierra de Guadarrama. Estas medidas están incluidas en el punto 6.4 del condicionado de esta declaración. 4.4 Impactos significativos de la alternativa elegida.-Afección espacios protegidos, vegetación y fauna. La línea sobrevuela el LIC y ZEPA «Valles del Voltoya y Zorita» en la Junta de Castilla y Léon; el LIC y ZEPA «Sierra de Guadarrama» en la Junta de Castilla y León que junto con el LIC «Cuenca del río Guadarrama» en la Comunidad de Madrid será futuro Parque Nacional; el LIC «Cuenca del Río Manzanares» y Parque Regional de la Cuenca Alta del Manzanares en la Comunidad de Madrid. Los principales efectos sobre la vegetación se localizan en zonas forestales con especies de porte elevado o de crecimiento rápido o medio, como en el caso de los pinares de «Pinus sylvestris» y «P. pinaster» y algunas frondosas presentes en las riberas de los cauces. En estas últimas, los apoyos están recrecidos para evitar su afección. También se sobrevuela a lo largo del trazado, hábitats no prioritarios y el hábitat prioritario 6220. En el EsIA y en los puntos 6.2 y 6.4 de la presente declaración, se establecen medidas para minimizar su afección. Respecto al águila imperial ibérica, el trazado de la línea penetra en áreas sensibles del Plan de Recuperación del águila imperial ibérica en Castilla y León, entre los apoyos 8 al 15 y, en áreas críticas, entre los apoyos 16 a 30 y 34 a 38. Las medidas preventivas propuestas por el promotor y acordadas con la Dirección General de Medio Natural de la Junta de Castilla y León son suficientes para que la realización del proyecto no constituya una amenaza de impacto significativo sobre las áreas críticas de águila imperial y sobre la propia especie protegida, de acuerdo con lo indicado en el escrito de la Dirección General de Medio Natural de Castilla y León recibido el 10 de marzo de 2008. En la Comunidad de Madrid la afección principal se produce dentro del Parque Regional de la Cuenca Alta del Manzanares. Los efectos de la línea sobre la cigüeña negra, se pueden producir a lo largo de unos 5.600 m, en paralelo a Zonas de Importancia, siendo el punto más cercano a unos 500 m del apoyo 62. Asimismo existen otros tramos que discurren próximos a zonas con presencia de cigüeña negra como es en la proximidad de los ríos. En la sierra de Guadarrama está presente el aguilucho cenizo. La afección más importante se producirá sobre la avifauna durante la fase de explotación, por el riesgo de colisión con el cable de tierra. Para evitarlo el promotor tiene previsto instalar espirales salvapájaros en determinados tramos especificados en la condición 6.3 de la presente declaración. También se establecen otras medidas de protección en ese mismo punto. Afección a la hidrología.-A lo largo del trazado se evitará la colocación de apoyos cerca de un cauce o en su zona de policía o influencia. Afección al paisaje.-La red de caminos existente es muy completa y debido a que la línea en buena parte del trazado discurre por el pasillo de la actual línea Otero-Ventas y se compacta en un tramo con la línea Lastras-Galapagar, evitándose la apertura de otros nuevos pasillos. En los tramos que se aleja de los núcleos de población se disminuyen los observadores potenciales y en la zona de la sierra de Guadarrama, con una mayor calidad paisajística, se aprovecha en su mayor parte, el pasillo de la actual línea. Afección al Patrimonio Cultural.-El EsIA señala la realización de una prospección sistemática superficial, previa al inicio de las obras. En cuanto a las vías pecuarias, no se afectan. Afección a la población.-Se consigue una importante mejora para los núcleos urbanos y las urbanizaciones existentes en el ámbito de estudio, ya que el trazado nuevo se ha proyectado para alejarse de ellos. Las principales afecciones son el ruido y los campos electromagnéticos. El ruido cumple con las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud y en relación con los campos electromagnéticos, el EsIA señala que el valor del campo eléctrico es de menos de 0,2 kV/m y el campo magnético de menos de 0,3 μT a más de 100 m de distancia, cumpliendo la normativa existente.

5. Especificaciones para el seguimiento ambiental.-El EsIA incluye un Plan de Vigilancia Ambiental (PVA) en el que se detallan todas las especificaciones necesarias para el adecuado seguimiento ambiental de la obra durante la fase de construcción y la fase de explotación. El promotor completará este PVA para cumplir las condiciones establecidas en esta declaración.

Una vez puesta en funcionamiento la línea se realizará un programa de seguimiento ambiental con una duración mínima de 3 años, con objeto de comprobar la eficacia de las medidas correctoras. Al finalizar este periodo de 3 años, se propondrá el programa de vigilancia a cumplir en los años sucesivos. 6. Condiciones específicas de protección ambiental.-Se adoptarán las medidas preventivas y correctoras indicadas en el EsIA, así como las que se indican a continuación:

6.1 Desmantelamiento de la actual línea Otero-Ventas. Posteriormente a la construcción y puesta en funcionamiento de la nueva línea, y previamente al desmantelamiento de la línea existente, se realizará un proyecto de desmantelamiento y restauración de las zonas afectadas por las obras, que deberá ser aprobado por los Órganos Ambientales de la Junta de Castilla y León y la Comunidad de Madrid.

6.2 Protección del suelo y la vegetación.

Antes del comienzo de las obras se inventariarán los ejemplares que son necesarios talar por incompatibilidad con la línea, incluyendo este inventario en el Programa de Vigilancia Ambiental como base para la restauración ambiental. Asimismo, se señalizarán las siguientes formaciones vegetales para evitar su afección durante las obras: Zonas con pinar de pino pinaster y pino silvestre.

Zonas con vegetación de rebollar y encinar. Fresnedas adehesadas.

En los pasos del río Moros entre los apoyos 44 y 45 y arroyo de los Linos entre los apoyos 83 y 84 el montaje de los apoyos se realizará con pluma, el tendido de cables se realizará a mano y si es preciso se sobreelevarán los apoyos para evitar la afección de la vegetación de ribera.

Dentro de la sierra de Guadarrama en las zonas donde no se utilice la calle de seguridad existente actualmente, se procederá a su revegetación. Se diseñará un Plan de Prevención de Incendios en función de la época del año y de las características de la vegetación de cada zona. Este Plan se integrará en el Programa de Vigilancia Ambiental.

6.3 Protección de la fauna.

Las obras de construcción se deberán adaptar a la época de reproducción del águila imperial ibérica entre los apoyos 016 al 030 y 035 al 038, comprendido entre el 1 de febrero y el 15 de agosto. No obstante, se podrá ampliar el periodo de obras especificado anteriormente siempre que el promotor obtenga un permiso expreso de la Dirección de Medio Natural de la Junta de Castilla y León.

En los pinares incluidos en las áreas críticas del águila imperial ibérica localizados entre los apoyos 34 al 38 se sobreelevarán los apoyos para evitar la apertura de calle de seguridad. Se instalarán las espirales salvapájaros indicadas por el promotor entre los apoyos 001 al 067 y apoyos 095 al 101. La colocación de los salvapájaros deberá realizarse una vez instalados los cables de tierra, aún cuando no se hubiera instalado la catenaria. Una vez puesta en marcha la línea eléctrica, se realizará un seguimiento para comprobar si se produce un aumento de mortandad de aves por colisión. Este plan de seguimiento deberá estar descrito en el plan de vigilancia. El promotor pondrá en conocimiento de los Órganos Ambientales competentes cualquier incidente que se produzca en las instalaciones, al objeto de determinar las medidas suplementarias necesarias disponer, las cuales serán de obligado cumplimiento.

6.4 Protección de la Red Natura 2000.

El promotor llevará a cabo las medidas de mejora ambiental acordadas con la Dirección General de Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente de la Comunidad de Madrid y con el Servicio Territorial de Medio Ambiente de Segovia, que evitan las posibles afecciones que se pudieran causar sobre las especies protegidas presentes en la zona por la que discurre el trazado de la línea eléctrica.

Se extremarán los cuidados en los accesos a los apoyos que se encuentran en ZEPAs, LICs o próximos a estas zonas, señalizando el entorno que se verá afectado en cada apoyo y los tramos de los caminos de acceso de nueva creación que se realicen, además de realizar el tendido de los conductores a mano en las siguientes zonas:

Apoyos del 18 al 30 y 43 dentro de la ZEPA y LIC Valles del Voltoya y el Zorita.

Apoyos del 31 al 62 dentro de la ZEPA y LIC de la Sierra de Guadarrama. Apoyos del 63 al 70 y el 74 dentro del LIC Cuenca del río Guadarrama. Apoyos del 87 al 89, 94, 95 y del 96 al 101 dentro del LIC de la Cuenca del río Manzanares y Parque Regional de la Cuenca Alta del Manzanares.

6.5 Protección del patrimonio cultural y los elementos socioeconómicos.

Según lo indicado por el Servicio Territorial de Cultura y Turismo de la Junta de Castilla y León, se aplicarán las medidas correctoras establecidas por el promotor en el «Informe de la incidencia en el Patrimonio Cultural de la línea eléctrica a 400 kV D/C Entronque Segovia-Entronque Galapagar».

Se seguirán las medidas de protección del patrimonio arqueológico y paleontológico indicadas por la Dirección General de Patrimonio Histórico de la Consejería de Cultura y Deportes de la Comunidad de Madrid.

Deberá ejecutarse el proyecto de revegetación y de restauración descrito en el EsIA en las zonas afectadas por las obras, incluyendo las instalaciones anejas.

Deberá ejecutarse el proyecto de revegetación y de restauración descrito en el EsIA en las zonas afectadas por las obras, incluyendo las instalaciones anejas.

El promotor deberá explicitar, en los carteles anunciadores de las obras correspondientes al proyecto evaluado, el BOE en el que se publica la DIA.

Conclusión: En consecuencia, la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, a la vista de la Propuesta de Resolución de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, de fecha 2 de abril de 2008, formula declaración de impacto ambiental favorable a la realización del proyecto «Línea eléctrica a 400 kV, entronque Segovia-entronque Galapagar, sustitución parcial de la línea 220 KV Otero-Ventas hasta el apoyo 135 y modificación de la línea a 400 kv Lastras-Galapagar entre los apoyos 479-486 y 508-522», concluyendo que siempre y cuando se autorice en la alternativa y en las condiciones anteriormente señaladas, que se han deducido del proceso de evaluación, quedará adecuadamente protegido el medio ambiente y los recursos naturales.

Lo que se hace público de conformidad con el artículo 12.3 del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, y se comunica a la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio para su incorporación al procedimiento de aprobación del proyecto.

Madrid, 4 de abril de 2008.-El Secretario General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, Arturo Gonzalo Aizpiri.

Se han recibido 22 contestaciones, exponiéndose a continuación un resumen del contenido de las contestaciones ambientalmente relevantes:

Parques Nacionales. Centro Montes de Valsaín. Ministerio de Medio Ambiente.-Señala que la línea atraviesa territorios de un gran valor ecológico, paisajístico y cultural, relacionando los LIcs, ZEPAs y lugares naturales de interés nacional que se verían afectados por la infraestructura.

También advierte la existencia de Zonas de Importancia para el Águila Imperial y algunas de sus Áreas Criticas, determinadas por el Plan de la Recuperación del Águila Imperial aprobado por la Junta de Castilla y León. Propone como alternativa menos impactante la transformación de la línea actual de 220 kV a 400 kV, aunque advierte que el mayor tamaño de la nueva línea agravaría el impacto ambiental y paisajístico, especialmente en la parte montañosa de su recorrido, aconsejando que se tomen medidas de anticolisión para la protección de la avifauna, la minimización del impacto de las obras mediante el aprovechamiento de caminos, así como la importancia de realizar actuaciones que mejoren el paisaje actual mediante la restauración. Destaca que la Sierra de Guadarrama cuenta con diversas figuras de protección (ZEPA y LIC) además de estar realizándose por la Junta de Castilla y León y la Comunidad de Madrid un proceso de protección para su próxima declaración como Parque Nacional. Solicita que se aproveche al máximo el trazado de la línea actualmente existente y se soterre la línea en toda la zona comprendida ente al N-110 (Villacastín-Segovia) y el final del límite municipal de Guadarrama tomando en el resto del trazado las medidas adecuadas para evitar el impacto sobre la avifauna. Confederación Hidrográfica del Tajo.-Informa que las alternativas atraviesan las cuencas de los ríos Manzanares y Guadarrama pudiendo afectar a afluentes de estos ríos, indicando sugerencias a tener en cuenta para evitar afección a estos cauces. Delegación del Gobierno en Castilla y León.-Solicita informe a la Dirección del Área de Fomento de Valladolid. Subdelegación del Gobierno en Segovia.-Avisa que el proyecto afecta a la ZEPA y LIC de la Sierra de Guadarrama, así como a la de los Valles del Voltoya y Zorita con presencia de buitre negro, águila imperial y cigüeña negra. Estas zonas se encuentran dentro de los PORN en tramitación para la declaración del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama. Sugiere recomendaciones para minimizar el impacto, como la realización de los trabajos en LICs y ZEPAs fuera de las épocas de nidificación de las especies más vulnerables, reducción de construcción de viales en las zonas forestales, señalización de las líneas para disminuir las colisiones de la avifauna y la adecuación de las torres y cables a la legislación vigente. Secretaría General de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León.-Remite el informe del Servicio Territorial de Medio Ambiente de Segovia donde se manifiesta que en la memoria resumen no se han incluido las áreas críticas dentro del Plan de Recuperación del águila imperial ibérica en Castilla y León, por lo que aporta cartografía. En cuanto al paso de la línea eléctrica por el Puerto de los Leones afectando a montes de utilidad pública, advierte que se deberá utilizar el trazado actualmente seguido por la línea existente, debido a las características de los montes existentes en la zona, derivándolo por el corredor de infraestructuras fijado entre las ZEPAs, sacándolo de las masas forestales. En caso de que eso no sea posible, señala que deberán adoptarse las medidas necesarias para no ampliar la calle de seguridad existente. También estima necesario que los cables de tierra sean adecuadamente señalizados para la protección de las aves. Dirección General del Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León.-Advierte que la línea discurre cercana a ZEPAs donde existen áreas críticas para el águila imperial y la cigüeña negra, adjuntando cartografía, indicando que próximamente se van a designar varias áreas críticas para el águila imperial. Señala que el corredor propuesto en el tramo ubicado a ambos lados de la subestación de Otero de Herreros, a su paso de la sierra de Guadarrama hacia el suroeste de Segovia afecta a un área crítica para el águila imperial, por lo que sugiere que la línea se trace lo más próximo posible al corredor de infraestructuras donde se ubicará el TAV entre las áreas críticas para el águila imperial (área del Pirón) y área de Valsaín, ambas pertenecientes al LIC y ZEPA Sierra de Guadarrama. Asimismo, advierte que se deberán extremar las medidas correctoras para evitar colisiones y electrocuciones de las aves. Dirección General de Patrimonio y Promoción Cultural de la Consejería de Educación y Cultura de la Junta de Castilla y León.-Informa de la necesidad de recoger información del Inventario Arqueológico de las provincias ya que existe una importante concentración de yacimientos arqueológicos, y la realización de una prospección arqueológica intensiva de la superficie por la que discurra la línea así como de los caminos de acceso, para determinar la opción con un menor grado de afección para el patrimonio histórico y arqueológico. Concluye que cualquier trabajo arqueológico deberá ser realizado por un técnico competente bajo la supervisión de la unidad técnica de Servicios Territoriales de Cultura de Valladolid y Segovia. Se incluye un informe realizado por el Servicio Territorial de Cultura en Segovia en el que se señala que existen numerosos yacimientos arqueológicos en esta provincia. Indica que el valle del río Eresma es donde se encuentran algunas de las concentraciones de yacimientos arqueológicos más significativos y sugiere que previamente a la elección del trazado definitivo se realice un estudio de la documentación arqueológica existente y una prospección arqueológica de cobertura total de las distintas posibilidades que se planteen para el trazado, así como de las zonas asociadas al proyecto como las vías de acceso, etc. También señala la necesidad de un seguimiento durante la fase de obra. Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente de la Comunidad de Madrid.-Indica que la línea eléctrica a modificar discurre por el Parque Regional de la Cuenca Alta del Manzanares y la Sierra de Guadarrama, esta última con su PORN en tramitación. Observa una fuerte contestación social a la propuesta de duplicación de la capacidad de la línea, por lo que se sugiere el soterramiento de la nueva línea y de no poder hacerse, la construcción de la nueva línea aprovechando las instalaciones existentes y los pasillos de infraestructuras aprobados en el Plan Regional de Infraestructuras Eléctricas. Dirección General de Patrimonio Histórico de la Consejería de las Artes de la Comunidad de Madrid.-Señala que el proyecto afecta a un área de alto potencial arqueológico, por lo tanto durante el proceso previo a las obras y durante las obras se deberá realizar una actuación arqueológica por parte de un arqueólogo autorizado por esta Dirección General. Diputación Provincial de Segovia.-Indica que para disminuir en lo posible la afección al medio se deberán utilizar las carreteras, caminos o sendas existentes. Ayuntamiento de La Losa.-Advierte que la línea deberá estar alejada del casco urbano y aprovechar los corredores actuales de la línea eléctrica existente. Ayuntamiento de Otero de Herreros.-Señala que algunos apoyos están ubicados en las parcelas dentro del polígono industrial que está en vías de desarrollo, siendo necesario el desvío de la línea. Asimismo, indica que se deberá evitar la instalación de las nuevas torres en caminos o servidumbres de paso. Destaca que al tratarse de un TM con zonas LIC y ZEPA el soterramiento de las líneas sería la mejor solución. Ayuntamiento de Valdeprados.-Sugiere el enterramiento de la línea eléctrica a su paso por el LIC Sierra de Guadarrama ya que será futuro Parque Nacional y la instalación de salvapájaros en los tramos que atraviese ZEPAs. Ayuntamiento de Cercedilla.-Sugiere que el nuevo trazado siga el recorrido del actual a su paso por este TM. Ayuntamiento de Collado Mediano.-No indica inconveniente alguno para su tramitación. Ayuntamiento de Collado Villalba.-Remite las sugerencias realizadas por las áreas de medio ambiente y urbanismo, particulares y colectivos. El área de medio ambiente señala que la línea atraviesa espacios sensibles como el Parque Regional de la Cuenca Alta del Manzanares, la ribera de los arroyos La Poveda y El Endrinal, montes preservados y suelo no urbanizable protegido con interés paisajístico y ambiental, por lo que se deberá limitar actuaciones que afecten a esas zonas. Sugiere que se opte por la utilización de apoyos a distancias mayores y el montaje manual de las torres, utilizando helicóptero para el acopio de materiales. Sugiere que se soterre la nueva línea y en caso de no realizarse, tomar las medidas necesarias para la protección de la avifauna. La Concejalía de Urbanismo y Medio Ambiente advierte que la línea eléctrica discurre muy próxima a urbanizaciones a escasos metros de viviendas por encima de jardines e instalaciones deportivas y de un parque. Señala los efectos nocivos a corto plazo y a largo plazo, apoyándose en numerosos estudios, solicitando el soterramiento o desvío de la línea por corredores eléctricos no habitados. Entre las alegaciones de particulares, destacan las que sugieren el soterramiento o desvío del trazado a un pasillo eléctrico alejado de zonas urbanas, presentando alternativas de trazado. La Plataforma de vecinos afectados por la LAT a 400 kV sugiere el soterramiento o el desvío de la línea por corredores eléctricos no habitados. Villalba Ciudad para Vivir sugiere el cambio de trazado de la línea eléctrica para desviarla de zonas urbanizadas y urbanizables. Ayuntamiento de Los Molinos.-Sugiere el enterramiento de la línea a su paso por el TM para evitar la afección a una zona de alto valor medioambiental. Ecologistas en Acción de Collado Villalba.-Señalan la proximidad del tendido eléctrico a zonas habitadas y el impacto sobre el medio natural al atravesar el Parque Regional de la Cuenca Alta del Manzanares, LICs y montes preservados. Asimismo, advierte el riesgo de colisión para las aves protegidas y el impacto paisajístico y visual. Remite una alternativa de trazado por el norte de las zonas habitadas. Asociación Ecologista Centáurea y Asociación Otero de Herreros.-Remiten la respuesta realizada por el Centro Montes de Valsaín del Ministerio de Medio Ambiente. Asociación Plataforma ciudadana de Tordesillas.-Establece que en el EsIA se deberán especificar las medidas para minimizar el impacto del trazado de la línea sobre el territorio, las zonas habitadas y el medio natural. Asimismo, indica que el estudio deberá contener las medidas correctoras para la protección de la avifauna ya que discurre próximo a varias ZEPAs y LICs. Sugiere el soterramiento de la línea eléctrica. Asociación Española de Evaluación de Impacto Ambiental.-Comunica la información a sus asociados al objeto de que aporten a título personal sus sugerencias al respecto.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Medio Ambiente

Resolución de 4 de abril de 2008, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto Línea eléctrica a 400 kV, entronque Segovia-entronque Galapagar, sustitución parcial de la línea 220 KV Otero-Ventas hasta el apoyo 135 y modificación de la línea a 400 kv Lastras-Galapagar entre los apoyos 479-486 y 508-522, en las provincias de Segovia y Madrid.

"Resolución de 4 de abril de 2008, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto Línea eléctrica a 400 kV, entronque Segovia-entronque Galapagar, sustitución parcial de la línea 220 KV Otero-Ventas hasta el apoyo 135 y modificación de la línea a 400 kv Lastras-Galapagar entre los apoyos 479-486 y 508-522, en las provincias de Segovia y Madrid." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2008-8037 publicado el 06 mayo 2008

ID de la publicación: BOE-A-2008-8037
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 06 mayo 2008
Fecha Pub: 20080506
Fecha última actualizacion: 6 mayo, 2008
Numero BORME 110
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Medio Ambiente
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 06 mayo 2008
Letra: A
Pagina de inicio: 22751
Pagina final: 22758




Publicacion oficial en el BOE número 110 - BOE-A-2008-8037


Publicacion oficial en el BOE-A-2008-8037 de Resolución de 4 de abril de 2008, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto Línea eléctrica a 400 kV, entronque Segovia-entronque Galapagar, sustitución parcial de la línea 220 KV Otero-Ventas hasta el apoyo 135 y modificación de la línea a 400 kv Lastras-Galapagar entre los apoyos 479-486 y 508-522, en las provincias de Segovia y Madrid.


Descargar PDF oficial BOE-A-2008-8037 AQUÍ



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