Resolución de 7 de marzo de 2005, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, sobre la evaluación de impacto ambiental del proyecto «Modificación de trazado de la Autovía A-66 (Autovía de la Plata), tramo: Salamanca Sur-Cuatro Calzadas, entre los pp.kk. 3,400 y 8,400», de la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Fomento.





El Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, modificado por la Ley 6/2001, de 8 de mayo, establece en el artículo 1.2, que los proyectos públicos o privados, consistentes en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier otra actividad comprendidas en el Anexo II de este Real Decreto Legislativo sólo deberán someterse a una evaluación de impacto ambiental en la forma prevista en esta disposición, cuando así lo decida el órgano ambiental en cada caso. De acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 553/2004, de 17 de abril, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, en el Real Decreto 562/2004, de 19 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales y en el Real Decreto 1477/2004, de 18 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Medio Ambiente, corresponde a la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático la formulación de las resoluciones sobre la evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia de la Administración General del Estado, reguladas por la legislación vigente. El proyecto «Modificación de trazado de la Autovía A-66 (Autovía de la Plata), tramo Salamanca Sur-Cuatro Calzadas, entre los pp.kk. 3,400 y 8,400», se encuentra comprendido en el apartado k) del grupo 9. «Otros proyectos» del anexo II del Real Decreto Legislativo. De acuerdo con el artículo 2.3 del Real Decreto Legislativo, con fecha 22 de noviembre de 2004, la Dirección General de Carreteras remitió a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental la documentación relativa al proyecto incluyendo sus características, ubicación y potenciales impactos, al objeto de determinar la necesidad de su sometimiento a procedimiento de evaluación de impacto ambiental. El proyecto « Modificación de trazado de la Autovía A-66 (Autovía de la Plata), tramo Salamanca Sur-Cuatro Calzadas, entre los pp.kk. 3,400 y 8,400», consiste fundamentalmente en un cambio de trazado en planta de unos 5000 metros de longitud que en el punto máximo se aleja del proyecto actual 900 metros al Este, motivado por la aparición de un área en la que se localiza el yacimiento romano denominado «Alquería de Azán» en el término municipal de Miranda de Azán. La Dirección General de Carreteras remitió, junto con el proyecto, a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental copia de las contestaciones efectuadas por el Servicio Territorial de Cultura de la Junta de Castilla y León, Ayuntamiento de Arapiles, Ayuntamiento de Miranda de Azán, Ayuntamiento de Mozarbez, COPISA, y con fecha 8 de febrero de 2004 la contestación de la Dirección General del Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León. El contenido ambiental de las respuestas a estas consultas se recogen en el anexo a esta Resolución. Considerando las respuestas recibidas, los criterios del Anexo III del Real Decreto Legislativo y analizada la documentación que obra en el expediente, no se deduce la posible existencia de impactos ambientales significativos que aconsejen someter el proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental

Contenidos de la Ministerio de Medio Ambiente Resolución de 7 de marzo de 2005, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, sobre la evaluación de impacto ambiental del proyecto «Modificación de trazado de la Autovía A-66 (Autovía de la Plata), tramo: Salamanca Sur-Cuatro Calzadas, entre los pp.kk. 3,400 y 8,400», de la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Fomento. del 20050414







Orden del día 14 abril 2005

El Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, modificado por la Ley 6/2001, de 8 de mayo, establece en el artículo 1.2, que los proyectos públicos o privados, consistentes en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier otra actividad comprendidas en el Anexo II de este Real Decreto Legislativo sólo deberán someterse a una evaluación de impacto ambiental en la forma prevista en esta disposición, cuando así lo decida el órgano ambiental en cada caso. De acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 553/2004, de 17 de abril, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, en el Real Decreto 562/2004, de 19 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales y en el Real Decreto 1477/2004, de 18 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Medio Ambiente, corresponde a la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático la formulación de las resoluciones sobre la evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia de la Administración General del Estado, reguladas por la legislación vigente. El proyecto «Modificación de trazado de la Autovía A-66 (Autovía de la Plata), tramo Salamanca Sur-Cuatro Calzadas, entre los pp.kk. 3,400 y 8,400», se encuentra comprendido en el apartado k) del grupo 9. «Otros proyectos» del anexo II del Real Decreto Legislativo. De acuerdo con el artículo 2.3 del Real Decreto Legislativo, con fecha 22 de noviembre de 2004, la Dirección General de Carreteras remitió a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental la documentación relativa al proyecto incluyendo sus características, ubicación y potenciales impactos, al objeto de determinar la necesidad de su sometimiento a procedimiento de evaluación de impacto ambiental. El proyecto « Modificación de trazado de la Autovía A-66 (Autovía de la Plata), tramo Salamanca Sur-Cuatro Calzadas, entre los pp.kk. 3,400 y 8,400», consiste fundamentalmente en un cambio de trazado en planta de unos 5000 metros de longitud que en el punto máximo se aleja del proyecto actual 900 metros al Este, motivado por la aparición de un área en la que se localiza el yacimiento romano denominado «Alquería de Azán» en el término municipal de Miranda de Azán. La Dirección General de Carreteras remitió, junto con el proyecto, a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental copia de las contestaciones efectuadas por el Servicio Territorial de Cultura de la Junta de Castilla y León, Ayuntamiento de Arapiles, Ayuntamiento de Miranda de Azán, Ayuntamiento de Mozarbez, COPISA, y con fecha 8 de febrero de 2004 la contestación de la Dirección General del Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León. El contenido ambiental de las respuestas a estas consultas se recogen en el anexo a esta Resolución. Considerando las respuestas recibidas, los criterios del Anexo III del Real Decreto Legislativo y analizada la documentación que obra en el expediente, no se deduce la posible existencia de impactos ambientales significativos que aconsejen someter el proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental

En consecuencia, en virtud del citado artículo 1.2, de la Ley precitada y teniendo en cuenta las características del proyecto, la Secretaría para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, a la vista del informe emitido por la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de fecha 7 de marzo de 2005, es innecesario someter al procedimiento de evaluación de impacto ambiental el proyecto «Modificación de trazado de la Autovía A-66 (Autovía de la Plata), tramo: Salamanca Sur-Cuatro Calzadas, entre los pp.kk. 3,400 y 8,400».

Madrid, 7 de marzo de 2005.-El Secretario General, Arturo Gonzalo Aizpiri.

El resumen del contenido ambiental más significativo de las respuestas a las consultas aportadas es el siguiente:

El Servicio Territorial de Cultura de la Junta de Castilla y León remite un informe del Arqueólogo Territorial en el que se indica que los trabajos de prospección arqueológica intensiva, que permiten detectar la existencia de bienes del patrimonio cultural que pudiesen verse afectados por el nuevo trazado propuesto, se han ejecutado correctamente, por lo que se informa favorablemente su recepción.

En lo que se refiere a las medidas correctoras planteadas, estima que son correctas, siendo necesaria la realización del control arqueológico continuado de todos los movimientos de tierras que el nuevo proyecto suponga. Por último indica que si se realiza el nuevo trazado de la autovía, deberá procederse a cubrir los yacimientos arqueológicos que han sido objeto de excavación debido a las obras actualmente en curso. Los Ayuntamientos de Arapiles y de Miranda de Azán remiten dos escritos idénticos, en los que afirman que sus municipios tienen previsto una expansión urbanística en sus Normas Urbanísticas Municipales, y que el nuevo trazado deja liberada una porción de terreno que facilita dicha expansión. Afirman, que la solución del proyecto original no daba continuidad al camino de Arapiles a Miranda de Azán, lo que se podría solucionar con el nuevo trazado. Por estas razones, ambos Ayuntamientos opinan favorablemente respecto al cambio de trazado propuesto. El Ayuntamiento de Mozarbez manifiesta que apoya y valora positivamente el desplazamiento de la autovía A-66, en el tramo Salamanca Sur-Cuatro Calzadas, hacia la zona este de su municipio, entendiendo que todavía se debía desplazar más para liberarse de la presión a que les somete la mencionada autovía. La Dirección General del Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente de la J unta de Castilla y León manifiesta a través de su Servicio de Espacios Naturales, que una vez analizada la información facilitada, las características del proyecto, su ubicación y el potencial impacto, considera que no es necesario que se someta al procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental dicho proyecto de modificación. Para reducir la incidencia sobre la avifauna de la modificación de los tendidos eléctricos de alta tensión afectados por el nuevo trazado indica las siguientes medidas:

No se instalarán cadenas de aisladores rígidas, irán en suspensión manteniendo una distancia mínima de 70 cm entre el apoyo y los conductores.

Los apoyos de amarres, anclajes, ángulo, derivación y seccionamiento presentarán los puentes flojos por debajo de los aisladores.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Medio Ambiente

Resolución de 7 de marzo de 2005, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, sobre la evaluación de impacto ambiental del proyecto «Modificación de trazado de la Autovía A-66 (Autovía de la Plata), tramo: Salamanca Sur-Cuatro Calzadas, entre los pp.kk. 3,400 y 8,400», de la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Fomento.

"Resolución de 7 de marzo de 2005, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, sobre la evaluación de impacto ambiental del proyecto «Modificación de trazado de la Autovía A-66 (Autovía de la Plata), tramo: Salamanca Sur-Cuatro Calzadas, entre los pp.kk. 3,400 y 8,400», de la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Fomento." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2005-6015 publicado el 14 abril 2005

ID de la publicación: BOE-A-2005-6015
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 14 abril 2005
Fecha Pub: 20050414
Fecha última actualizacion: 14 abril, 2005
Numero BORME 89
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Medio Ambiente
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 14 abril 2005
Letra: A
Pagina de inicio: 12945
Pagina final: 12946




Publicacion oficial en el BOE número 89 - BOE-A-2005-6015


Publicacion oficial en el BOE-A-2005-6015 de Resolución de 7 de marzo de 2005, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, sobre la evaluación de impacto ambiental del proyecto «Modificación de trazado de la Autovía A-66 (Autovía de la Plata), tramo: Salamanca Sur-Cuatro Calzadas, entre los pp.kk. 3,400 y 8,400», de la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Fomento.


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