Resolución de 8 de febrero de 2006, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, por la que se formula declaración de impacto ambiental sobre la evaluación del proyecto «mejora y modernización del regadío de la zona de Valles Alaveses», promovido por la Dirección General de Desarrollo Rural del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y Aguas de la Cuenca del Ebro, S. A.





1. Objeto y justificación. Promotor y Órgano sustantivo del proyecto.

Contenidos de la Ministerio de Medio Ambiente Resolución de 8 de febrero de 2006, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, por la que se formula declaración de impacto ambiental sobre la evaluación del proyecto «mejora y modernización del regadío de la zona de Valles Alaveses», promovido por la Dirección General de Desarrollo Rural del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y Aguas de la Cuenca del Ebro, S. A. del 20060313







Orden del día 13 marzo 2006

1. Objeto y justificación. Promotor y Órgano sustantivo del proyecto.

El objeto del proyecto consiste en definir las infraestructuras necesarias para la mejora y modernización de la zona regable número 4 de Valles Alaveses.

En la actualidad, se utiliza un sistema de riego por aspersión por tubería móvil, mediante la detracción de caudales a pie de parcela durante el periodo estival. Las nuevas infraestructuras permitirán una mayor eficiencia en el uso de los caudales extraídos y evitarán la detracción de los mismos durante la época estival. Los promotores del proyecto son la Dirección General de Desarrollo Rural del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y Aguas de la Cuenca del Ebro, S. A. (ACESA), y el Órgano sustantivo es la Confederación Hidrográfica del Ebro.

2. Descripción del proyecto.

El proyecto comprende una superficie regable de 1.911,35 hectáreas en los términos municipales de Valdegovía (Álava) y Jurisdicción de San Zadornil y Berberana (Burgos), dividiéndose en seis subzonas:

La dotación de riego es de 1.800 m3/ha al año, siendo el periodo de riego desde el 1 de julio hasta el 30 de septiembre. El periodo de captación de aguas abarca desde 1 de octubre al 30 de junio. La superficie puesta en riego anualmente se prevé en torno al 40 por 100 de la superficie total. Las infraestructuras hidráulicas asociadas al proyecto son las siguientes:

Embalse de «El Molino»: Situado en el arroyo del Valle, en las proximidades de Quintanilla, Valluerca y Acebedo, presenta las siguientes características: Tipo de presa: Materiales sueltos con pantalla de hormigón.

Máximo nivel normal: 697 m. Altura máxima sobre cimientos: 29 m. Longitud de coronación: 278,76 m. Superficie de embalse: 12,98 Ha. Volumen de embalse: 1,013 Hm3.

Balsas de regulación: Se proyectan cuatro balsas artificiales de polietileno que captan los recursos hídricos de diversos afluentes del río Omecillo. Constan de un pequeño azud de 1,5 m de altura sobre el cauce, construido en hormigón, recogiéndose parte del agua en una arqueta previo paso por un colador de acero inoxidable. De cada arqueta parte una conducción de PVC hasta las balsas, con diámetros comprendidos entre 160-500 mm.

Red de distribución primaria: Formada por cinco conducciones de tuberías de fundición y PVC de diámetros comprendidos entre 150 y 700 mm y una longitud total de 39.767 m. Distribuyen el agua desde el embalse y balsas de regulación hasta las distintas zonas regables.

Red secundaria: Formada por conducciones de fundición y PVC de diámetros comprendidos entre 150 y 450 mm, con una longitud total de 72.613 m, que desde las conducciones de la red principal distribuyen el agua hasta las fincas de cultivo.

Estudio de Alternativas

El proyecto presenta tres alternativas para el tipo de presa a construir, la alternativa A se corresponde con presas tipo bóveda o arco-gravedad, la alternativa B consiste en presas de gravedad de hormigón y la alternativa C, consistente en presas de materiales sueltos. De acuerdo con los criterios medioambiental y técnico, la solución seleccionada se corresponde con la alternativa C, esto es, la construcción de una presa de materiales sueltos con pantalla de hormigón.

3. Descripción del medio.

La zona regable número 4 se localiza al noroeste de la comarca de Valles Alaveses, incluyendo los siguientes municipios dentro de los términos municipales de Valdegovía (Álava) y Jurisdicción de San Zadornil y Berberana (Burgos): Valdegovía: Valluerca, Quintanilla, Bóveda, Tobillas, Corro, Acebedo, Basabe, Pinedo, Quejo, Gurendes, Nograro, Villanueva de Valdegovía, Barrio, Villanañe, Espejo y Bachicabo.

Jurisdicción de San Zadornil: San Millán de San Zadornil, San Zadornil y Arroyo de San Zadornil. Berberana: Valpuesta.

La actuación se desarrolla en la cuenca del río Omecillo, afluente del Ebro. Los principales afluentes del río Omecillo son los arroyos del Valle, Pozalao, Cascajo, Vallejo de San Juan y Valdelagua. El río Omecillo presenta una elevada calidad de las aguas y se caracteriza por tener un buen estado de conservación, discurriendo prácticamente en estado natural.

La vegetación natural dominante es el pinar («Pinus sylvestris») en un buen estado de conservación, favorecido por el aprovechamiento de su madera. Los quejigales («Quercus faginea») presentan una extensión muy reducida respecto a su área potencial, debido al establecimiento en dichas zonas de prados y cultivos. Otras especies presentes son el enebro («Juniperus oxycedrus»), la sabina negral («Juniperus phoenicea») y el haya («Fagus sylvatica») que ha quedado relegada a las zonas altas de la sierra y en las laderas menos soleadas. Los bosques de galería que ocupan los márgenes fluviales, han sido reducidos de forma considerable debido a los cultivos de fondo de valle. La vegetación de ribera está formada por avellanos («Corylus avellana»), sauces («Salix alba» y «Salix atrocinerea»), fresnos («Fraxinus excelsior»), quejigos («Quercus faginea»), chopos («Populus sp.»), zarzas («Rubus sp.») y herbáceas ruderales. Los prados y los cultivos de patata, remolacha y cereales de invierno predominan en el fondo de valle. Respecto a la fauna, el río Omecillo forma parte del área de distribución natural del Blenio de Río («Blennius fluviatilis»), Zarpada («Leuciscus cephalus»), Lamprehuela («Cobitis caldorini») y Barbo colirrojo («Barbus haasi»). Los mamíferos ligados al agua son la Nutria («Lutra lutra») y el Visón europeo («Mustela lutreola»). Dentro de la avifauna presente en el área de actuación destacan el Avión zapador («Riparia riparia»), Buitre leonado («Gyps fulvus»), Halcón peregrino («Falco peregrinus»), Alimoche («Neophron percnopterus») y Águila real («Aquila chrysaetos»). Dentro del entorno de la actuación se localizan distintos espacios que gozan de interés o protección ambiental: LIC ES2110005 «Río Omecillo-Tumecillo», LIC ES2110001 «Valderejo», LIC y ZEPA ES4120030 «Montes Obarenes», ZEPA ES0000245 «Valderejo-Sierra de Árcena» y el Espacio Natural de Interés para la Protección número 63 «Sierra de Bóveda». El paisaje de la zona de actuación presenta una calidad alta. En la zona del valle, y en un primer plano, el paisaje está dominado por la existencia de cultivos, en un segundo plano, destaca la presencia de pinares en muy buen estado de conservación, mezclados con otras especies que otorgan diversidad al paisaje. En el fondo escénico sobresalen de forma espectacular los roquedos de la Sierra de Árcena. En la zona de actuación se encuentran numerosos elementos arqueológicos y arquitectónicos. Todos los elementos de interés arqueológico del término municipal de Valdegovía tienen protección como Bien Cultural Calificado con categoría de Conjunto Monumental.

4. Tramitación de evaluación de impacto ambiental.

La tramitación se inició el 14 de noviembre de 2002, al recibirse la memoria-resumen. Con fecha de 23 de enero de 2003, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental (DGCyEA) inicia el periodo de consultas previas. El resultado de las contestaciones a las consultas se remite al promotor el 12 de marzo de 2003.

La Confederación Hidrográfica del Ebro (CHE) sometió conjuntamente el proyecto y su estudio de impacto ambiental al trámite de información pública mediante anuncio en el «Boletín Oficial de Castilla y León» número 57, de 24 de marzo de 2004; en el «Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava» número 41, de 7 de abril de 2004; en el «Boletín Oficial de la Provincia de Burgos» número 73, de 19 de abril de 2004, y en el «Boletín Oficial del País Vasco» número 90, de 14 de mayo de 2004. Con fecha de 25 de octubre de 2004, la CHE remite a la DGCyEA el expediente completo, que comprende el proyecto técnico, el estudio de impacto ambiental y el resultado de la información pública. Con fecha 14 de marzo de 2005, la DGCyEA solicita al promotor información complementaria, la cual se remite con fecha de 31 de mayo de 2005. Posteriormente, con fecha de 18 de octubre de 2005, la DGCyEA vuelve a solicitar información adicional al promotor, la cual es recibida el 22 de noviembre de 2005. Finalmente, con fecha de 13 de enero de 2006, el promotor remite a la DGCyEA, una adenda al estudio de impacto ambiental con información complementaria.

5. Resultado de la fase de consultas previas.

Las posibles afecciones ambientales más relevantes consideradas en las contestaciones a las consultas realizadas, son las siguientes: Afección sobre la dinámica fluvial y calidad de las aguas del río Omecillo y sus afluentes, los cuales presentan una adecuada calidad biológica de sus aguas y riberas. El río Omecillo está considerado como el mejor conservado y de mayor riqueza biológica del País Vasco.

Afección sobre la fauna piscícola; El río Omecillo es hábitat natural del Blenio («Blennius fluviatilis»), catalogado «en peligro de extinción», y la Lamprehuela («Cobitis caldorini») y el Barbo colirrojo («Barbus haasi»), considerado «vulnerable» según el Catálogo Vasco de Especies Amenazadas. Los mamíferos ligados al régimen fluvial son la Nutria («Lutra lutra») y el Visón europeo («Mustela lutreola»), catalogados como «en peligro de extinción» y «vulnerable» respectivamente de acuerdo con el Catálogo anteriormente mencionado. Afección sobre la avifauna y en especial a la población rupícola que nidifica en los roquedos circundantes, debido a la presencia de nuevas líneas eléctricas y a la intensificación de los cultivos actuales. Afección sobre la vegetación natural por la construcción del embalse y las balsas de regulación, la apertura de zanjas y caminos para las conducciones de la red de distribución y los tendidos eléctricos; y sobre la vegetación de ribera, debida a los cruces de las conducciones de riego con la red hidrográfica y zonas ocupadas en la misma por los desagües. Afección sobre los espacios protegidos: LIC ES2110005 «Río Omecillo-Tumecillo», LIC ES2110001 «Valderejo», LIC y ZEPA ES4120030 «Montes Obarenes», ZEPA ES0000245 «Valderejo-Sierra de Árcena» y el Espacio Natural de Interés para la Protección número 63 «Sierra de Bóveda». Afección sobre el paisaje, prestándose especial atención a la zona comprendida desde el este de Bóveda hasta donde la conducción abandona la provincia de Álava, la cual está catalogada por la Diputación de Álava como Área de Interés Paisajístico (Unidad número 23). Afección sobre el patrimonio cultural, debido a que en la zona de actuación existe una declaración de Bien Cultural Calificado a favor de las Zonas Arqueológicas del municipio de Valdegovía, con la categoría de Conjunto Monumental.

6. Análisis de los impactos significativos y sus medidas correctoras.

El estudio de impacto ambiental describe la actuación y la caracterización del medio donde se inserta, atendiendo a los siguientes aspectos: climatología, geología, geomorfología, hidrología, vegetación, fauna, espacios protegidos, paisaje, medio socioeconómico y patrimonio cultural. Asimismo, identifica las acciones capaces de generar impactos sobre los distintos elementos del medio. Las principales afecciones y sus medidas correctoras recogidas en el estudio de impacto ambiental son las siguientes:

Impactos sobre la Hidrología

Los principales impactos que se producirán sobre la Hidrología se derivan, por un lado, de la reducción de la calidad de las aguas debido al aporte de materiales sólidos y posibles vertidos accidentales de aceites y combustibles procedentes de la maquinaria de obra, y por otro lado, por la alteración del régimen hidrológico de los arroyos afectado, al detraerse los caudales para el llenado del embalse y balsas de regulación. Las medidas de protección son: El período de captación de recursos hídricos se restringe entre el 1 de octubre al 30 de junio y además se garantiza el mantenimiento de un caudal ecológico del 20 por 100 del caudal medio interanual, lo cual supone un efecto positivo sobre el régimen hídrico del río Omecillo y sus afluentes durante el periodo estival. Para evitar el aporte de materiales sólidos a los cauces, se propone el desvío del caudal circulante, mediante entubado, durante la excavación de las zanjas y la instalación de barreras de retención de los sedimentos. Se evitará, siempre que sea posible, el paso de maquinaria por el cauce, en los lugares de cruce obligado, se habilitarán pasos rústicos temporales, que deberán coincidir en la medida de lo posible con los trazados de caminos, vados y puentes existentes. Con objeto de minimizar la contaminación de aguas superficiales y subterráneas como consecuencia del aporte de abonos y fitosanitarios durante la fase de explotación, la Comunidad de Regantes Tumecillo se compromete a asumir y cumplir el Código de Buenas Prácticas Agrarias del País Vasco (Decreto 390/1998, de 22 de diciembre).

Impactos sobre la vegetación

La principal afección se producirá por la eliminación de la vegetación natural como consecuencia de la construcción del embalse y balsas de regulación, la zanja de instalación de la red de distribución, la apertura de caminos y la ocupación de instalaciones auxiliares, asimismo, se producirá la pérdida de la vegetación de ribera en los cruces de los cauces fluviales. En las zonas ocupadas por el embalse y las balsas se impedirá el desarrollo de una nueva vegetación, además, debido a la oscilación del nivel del agua, se producirá una alteración de las comunidades vegetales adyacentes. Las medidas contempladas son el jalonamiento de las zonas sensibles, un plan de restauración paisajística que incluye la revegetación de las zonas degradadas y se establece una banda de afección de 5 metros en las zonas de cruce con los cauces afectados, desagües y en las zonas con vegetación natural de interés (quejigales, pinares, enebrales y vegetación de ribera).

Impactos sobre la fauna

La actuación proyectada dará lugar a la alteración de los hábitat y a la modificación del comportamiento de las distintas especies existentes en el área de actuación. En el caso de la fauna terrestre, tendrá como consecuencia el desplazamiento de la fauna hacia zonas cercanas. Los cambios en el régimen hidrológico de los arroyos y la reducción de la calidad de las aguas pueden comprometer la viabilidad de las especies piscícolas presentes. Las medidas propuestas para la protección de la fauna piscícola establecen un calendario de actuaciones, en el que se evitarán las obras durante el periodo comprendido entre el 15 de abril y el 15 de julio, que se corresponde con la época de freza del Blenio de Río y de mayor sensibilidad para los hábitat de la Nutria y el Visón europeo. El período de agosto y septiembre es el más aconsejable para la realización de los cruces del río Omecillo y sus afluentes, con objeto de minimizar las afecciones sobre la fauna piscícola. El proyecto no estima necesaria la colocación de dispositivos «salvapájaros» para evitar la colisión y electrocución de la avifauna debido a las características y dimensiones de los tendidos eléctricos proyectados y por la incidencia paisajística de los mismos.

Afección sobre los espacios protegidos

Las actuaciones proyectadas se llevarán a cabo aguas arriba del LIC ES2110005 «Río Omecillo-Tumecillo», sin embargo éstas pueden producir la reducción de la calidad de sus aguas y su valor ecológico, afectando al ecosistema acuático, faunístico y de ribera asociado a este espacio, como consecuencia, principalmente, de la aportación de sólidos y sustancias contaminantes y a la detracción de caudales. El estudio de impacto ambiental incluye un Plan regulador del río Omecillo y afluentes, en el cual se establecen una serie de medidas de protección, descritas en los apartados anteriores y el apartado de seguimiento y vigilancia. Respecto a la ZEPA ES0000245«Valderejo-Sierra de Árcena», el trazado inicial de la red de distribución discurre sobre zonas de cultivos de secano, excepto un tramo que afectaría a una zona de vegetación de ribera al norte de Tobillas. Dicho trazado ha sido modificado en el estudio de impacto ambiental para evitar la afección sobre este espacio de alto valor ecológico. El LIC y ZEPA ES4120030 «Montes Obarenes» se verá afectado por el trazado de la red de distribución a lo largo de 2.700 metros. El impacto se producirá durante la fase de construcción como consecuencia de la apertura de la zanjas para enterrar la red de distribución, el cual tendrá un efecto limitado, debido al cierre y relleno de las mismas con el material previamente extraído. Para la protección de la ZEPA ES0000245 «Valderejo-Sierra de Árcena» y el LIC y ZEPA ES4120030 «Montes Obarenes», antes del comienzo de las obras se consultará a la administración competente de la gestión de ambos espacios con objeto de establecer un calendario de obras para evitar la afección a las especies faunísticas presentes. En estos espacios, se jalonará la vegetación de interés próxima a las obras, limitándose la banda de ocupación a 5 metros de anchura. Dentro del Espacio Natural de Interés para la Protección número 63 «Sierra de Bóveda», en una zona de pino albar de gran importancia paisajística, se construirá la «balsa de regulación número 1». Dicho emplazamiento se justifica por la necesidad de situarlo a una cota que garantice en riego por gravedad y que permita la captación en el arroyo Pozalao. El plan de restauración paisajístico contempla medidas adecuadas para la integración paisajística de la balsa. Las infraestructuras proyectadas no supondrán ninguna afección sobre los espacios protegidos próximos: LIC ES2110002 «Sobrón» y LIC ES2110001 «Valderejo», al situarse éstos fuera del área de actuación. Asimismo, la ejecución de la red de distribución tampoco prevé afecciones sobre el «Trampal de Villanueva Valdés», catalogada como zona húmeda dentro del Plan Territorial Sectorial de Zonas Húmedas de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Afección al paisaje

Las actuaciones asociadas al proyecto supondrán una transformación de la morfología del terreno que afectará al paisaje en su conjunto, debido, principalmente, a la presencia de nuevas infraestructuras, la apertura de zanjas para la red de distribución y caminos de acceso y a los cambios en el uso del suelo. La presencia de una lámina de agua permanente puede tener un efecto paisajístico positivo, sin embargo, la variación del nivel de agua embalsada produce una franja árida de terreno que contrasta con el entorno circundante, impidiendo la integración paisajística de la misma. El estudio de impacto ambiental incluye un plan de restauración paisajística, en el se contempla la revegetación con especies autóctonas de las zonas degradadas, especialmente, las correspondientes al embalse y las balsas de regulación, la integración paisajística de los préstamos, vertederos, zonas auxiliares y caminos de acceso a los azudes de captación y la utilización de materiales de construcción acordes con la arquitectura de la zona. En el caso de los tendidos eléctricos, los puntos de apoyo se localizarán junto a los caminos existentes y zonas despobladas e irán pintados en un color críptico y con un acabado mate que les permita enmascararse con el terreno.

Afección sobre el patrimonio cultural

El estudio de impacto ambiental considera que no se afectará directamente a ningún elemento arqueológico o arquitectónico presente en el ámbito de la actuación, ya que se han propuesto trazados alternativos para evitar la destrucción de los citados elementos del patrimonio cultural. Se elaborará un proyecto arqueológico previo a la ejecución de las obras, el cual incluirá la prospección arqueológica del área de actuación, y se llevará a cabo un programa de control y seguimiento arqueológico en la fase de ejecución del proyecto. Todas estas actuaciones deberán ser autorizadas por la Diputación Foral de Álava y por la Comisión Territorial de Patrimonio Cultural de Burgos.

7. Integración del resultado del proceso de participación pública en el proyecto.

Durante el período de información pública no se ha presentado ninguna alegación al proyecto de referencia.

8. Resultado de la participación de las Administraciones públicas afectadas con responsabilidades ambientales.

La Dirección General del Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León señala que la afección sobre el LIC y ZEPA «Montes Obarenes» por la apertura de las zanjas para la red de conducción tendrá un efecto limitado, por el posterior cierre de las mismas aprovechando para el relleno el material extraído en la propia excavación. Estima que una vez finalizadas las obras, no se producirá efecto barrera ni riesgo de pérdida de especies faunísticas.

Se deberá garantizar un caudal ecológico del 20 por 100 del caudal medio interanual, descontando los tres meses de máximo estiaje. En este caso, el estudio de impacto ambiental garantiza el mantenimiento de dicho caudal para todo el año.

Se deberá garantizar un caudal ecológico del 20 por 100 del caudal medio interanual, descontando los tres meses de máximo estiaje. En este caso, el estudio de impacto ambiental garantiza el mantenimiento de dicho caudal para todo el año.

Se repondrá cualquier tipo de vegetación sobre la que se produzcan daños durante la realización de las obras. El proyecto contempla un plan de restauración paisajística que incluye la revegetación de las zonas degradadas.

El Servicio de Medio Ambiente y Paisaje de la Diputación Foral de Álava considera que el estudio de impacto ambiental contempla medidas adecuadas para la minimización de los efectos ambientales negativos producidos por el proyecto. Asimismo, realiza las siguientes consideraciones:

Para la protección del LIC «Río Omecillo-Tumecillo» y del propio río, se deberá incluir la limitación de la banda afectable a 5 m en los cruces de la red de conducción con el curso fluvial, evitar las actuaciones en la época de freza de las especies que habitan en el río y la necesidad que se tomen muestras y se analice periódicamente la calidad de las aguas. El Plan regulador del Río Omecillo contempla todos los aspectos señalados anteriormente.

La «balsa de regulación número 1» se sitúa en el Espacio Natural de Interés para la Protección número 63 «Sierra de Bóveda», que cuenta con una alta sensibilidad y fragilidad ecológica y paisajística, por ello necesitará un tratamiento adecuado de los taludes, desmontes y terraplenes que se generen, para su integración en el entorno. El proyecto contempla la construcción de la «balsa de regulación número 1» en un claro entre formaciones de pino albar y el barranco Pozalao. Asimismo, el plan de restauración paisajístico, incluye un tratamiento vegetal de los taludes con plantación de ejemplares de pino albar, de tal manera, que permita la integración de la balsa en el entorno. Desestima la ubicación del «vertedero número 1» por situarse dentro de la ZEPA «Valderejo-Sierra de Árcena», considerando que existen otros emplazamientos alternativos de menor impacto. El promotor, estima que los movimientos de tierras necesarios para la construcción de la presa y balsas de regulación se corresponden con un sobrante de 140.000 a 150.000 m3, siendo la capacidad del «vertedero número 2» de 180.000 m3. Por lo tanto, la capacidad del «vertedero número 2» es suficiente para el exceso de tierras. En caso de requerirse emplazamientos adicionales, se buscarán zonas de características similares al vertedero propuesto que se correspondan con terrenos de cultivo puestos a disposición para tal fin por la Comunidad de Regantes Tumecillo, suficientemente distanciados de la red hidrográfica y fuera de zonas protegidas. El promotor señala que la zona de préstamos se circunscribe exclusivamente a las zonas del vaso inundable del embalse y las balsas de regulación. En caso de necesitarse nuevas zonas de préstamo, éstas se corresponderán con canteras en activo con planes de restauración autorizados.

9. Seguimiento y vigilancia.

El estudio de impacto ambiental incluye un programa de vigilancia ambiental cuyos objetivos son: Controlar la correcta ejecución de las medidas protectoras y correctoras previstas.

Verificar los estándares de calidad de los materiales y medios empleados en la integración ambiental. Comprobar la eficacia de las medidas protectoras y correctoras establecidas y ejecutadas. En caso de eficacia insatisfactoria, determinar las causas y establecer las medidas adecuadas. Informar a la Administración sobre los aspectos objeto de vigilancia y ofrecerle un método sistemático para realizar la vigilancia de una forma eficaz.

El programa de vigilancia ambiental recoge una serie de controles durante la fase de construcción y explotación, entre ellos destacan:

Análisis de la calidad de las aguas

Se realizarán análisis mensuales de la calidad de las aguas del río Omecillo y afluentes, incluyendo los siguientes parámetros: temperatura, pH, sólidos totales, sólidos en suspensión, oxígeno disuelto, conductividad, DBO5, DQO, nitratos y nitritos, nitrógeno orgánico y amoniacal, fósforo total, hidrocarburos y grasas. Asimismo, se llevará a cabo un estudio biológico de macroinvertebrados bentónicos y de la vegetación de ribera, como bioindicadores de la calidad de las aguas, este estudio utilizará el índice biótico BMWP.

Estudios piscícolas

Se llevarán a cabo estudios piscícolas semestrales, durante la fase de construcción y durante los cinco años posteriores a la finalización de las obras, que analizarán las especies piscícolas presentes en el río Omecillo como son el Blenio de Río, Zarpada, Lamprehuela, Barbo colirrojo, Trucha y Gobio, y los mamíferos ligados a éste, como la Nutria y el Visón europeo. Tras la realización de las obras, el promotor remitirá a los organismos ambientales competentes un documento «fin de obra», que recoja las eventualidades surgidas durante el desarrollo de los trabajos constructivos, así como el nivel de cumplimiento de las medidas protectoras y correctoras establecidas en el estudio de impacto ambiental.

10. Conclusión.

En consecuencia, la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, a la vista del informe emitido por la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de fecha 7 de febrero de 2006, formula, únicamente a efectos ambientales, declaración de impacto ambiental sobre la evaluación del proyecto «Mejora y modernización del regadío de la zona de Valles Alaveses», concluyendo que no se observan impactos adversos significativos sobre el medio ambiente con el diseño finalmente presentado a declaración de impacto ambiental, con los controles y medidas correctoras propuestas por el promotor y las medidas aceptadas por éste.

Lo que se hace público y se comunica a la Confederación Hidrográfica del Ebro para su incorporación en el proceso de aprobación del proyecto.

Madrid, 8 de febrero de 2006.-El Secretario General, Arturo Gonzalo Aizpiri.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Medio Ambiente

Resolución de 8 de febrero de 2006, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, por la que se formula declaración de impacto ambiental sobre la evaluación del proyecto «mejora y modernización del regadío de la zona de Valles Alaveses», promovido por la Dirección General de Desarrollo Rural del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y Aguas de la Cuenca del Ebro, S. A.

"Resolución de 8 de febrero de 2006, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, por la que se formula declaración de impacto ambiental sobre la evaluación del proyecto «mejora y modernización del regadío de la zona de Valles Alaveses», promovido por la Dirección General de Desarrollo Rural del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y Aguas de la Cuenca del Ebro, S. A." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-A-2006-4569 publicado el 13 marzo 2006

ID de la publicación: BOE-A-2006-4569
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 3
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 13 marzo 2006
Fecha Pub: 20060313
Fecha última actualizacion: 13 marzo, 2006
Numero BORME 61
Seccion: 3
Departamento: Ministerio de Medio Ambiente
Numero de anuncio:
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 13 marzo 2006
Letra: A
Pagina de inicio: 10074
Pagina final: 10078




Publicacion oficial en el BOE número 61 - BOE-A-2006-4569


Publicacion oficial en el BOE-A-2006-4569 de Resolución de 8 de febrero de 2006, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, por la que se formula declaración de impacto ambiental sobre la evaluación del proyecto «mejora y modernización del regadío de la zona de Valles Alaveses», promovido por la Dirección General de Desarrollo Rural del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y Aguas de la Cuenca del Ebro, S. A.


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