Resolución de 8 de octubre de 2021, de la Subdelegación del Gobierno en Guadalajara, sobre revocación de procedimientos administrativos sancionadores y anulación de las resoluciones sancionadoras emitidas en los mismos.





Vistos los procedimientos administrativos sancionadores que figuran relacionados en el Anexo de la presente resolución y analizados los siguientes






Orden del día 15 octubre 2021

Vistos los procedimientos administrativos sancionadores que figuran relacionados en el Anexo de la presente resolución y analizados los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Esta Subdelegación del Gobierno dictó en su momento resolución sancionadora respecto de los procedimientos administrativos sancionadores objeto de la presente resolución y relacionados en el Anexo, por incumplimiento de los apartados 1, 3 ó 5 del artículo 7 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, de conformidad con las instrucciones cursadas por el Ministro del Interior a las Delegaciones del Gobierno, en las que se consideraba que el incumplimiento de tales preceptos constituía desobediencia a las órdenes del Gobierno y su inobservancia subsumida dentro de la infracción grave del artículo 36.6 de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de Protección de la Seguridad Ciudadana.

SEGUNDO.- En las mencionadas resoluciones se imponían sanciones de multa, no constando que se haya procedido al pago de las mismas.

Y teniendo en cuenta los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- El artículo 57 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dispone que ''El órgano administrativo que inicie o tramite un procedimiento, cualquier que haya sido la forma de su iniciación, podrá disponer, de oficio o a instancia de parte, su acumulación a otros con los que guarde identidad sustancial o íntima conexión, siempre que sea el mismo órgano que deba tramitar y resolver el procedimiento. Contra el acuerdo de acumulación no procederá recurso alguno''.

SEGUNDO.- La Sentencia del Tribunal Constitucional, Pleno, número 148/2021, de 14 de julio, estimó parcialmente el recurso de inconstitucionalidad nº 2054-2020 interpuesto contra el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, y declaró inconstitucionales y nulos los apartados 1, 3 y 5 de su artículo 7, con el alcance y efectos señalados por la propia sentencia.

TERCERO.- El artículo 40.1 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional establece que ''Las sentencias declaratorias de la inconstitucionalidad de Leyes, disposiciones o actos con fuerza de Ley no permitirán revisar procesos fenecidos mediante sentencia con fuerza de cosa juzgada en los que se haya hecho aplicación de las Leyes, disposiciones o actos inconstitucionales, salvo en el caso de los procesos penales o contencioso-administrativos referentes a un procedimiento sancionador en que, como consecuencia de la nulidad de la norma aplicada, resulte una reducción de la pena o de la sanción o una exclusión, exención o limitación de la responsabilidad''.

CUARTO.- De acuerdo con el artículo 109.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas ''Las Administraciones Públicas podrán revocar, mientras no haya transcurrido el plazo de prescripción, sus actos de gravamen o desfavorables, siempre que tal revocación no constituya dispensa o exención no permitida por las leyes, ni sea contraria al principio de igualdad, al interés público o al ordenamiento jurídico''.

QUINTO.- La competencia para dictar la presente resolución sobre revocación corresponde a este órgano, toda vez que la competencia para la resolución de procedimientos administrativos sancionadores por infracciones graves en este ámbito corresponde al Delegado del Gobierno en Castilla La Mancha, competencia delegada en el Subdelegado del Gobierno en Guadalajara por Resolución de 20 de agosto de 2015 (BOE 22/08/2015).

En consecuencia con todo lo anterior, vistos los antecedentes y fundamentos mencionados y en uso de las facultades conferidas,

RESUELVO

PRIMERO.- Acordar la acumulación y la revocación de los procedimientos que figuran relacionados en el Anexo de la presente resolución, anulando las resoluciones sancionadoras emitidas.

SEGUNDO.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Estado de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, al apreciar razones de interés público.

La presente resolución no pone fin a la vía administrativa por lo que, de acuerdo con el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra la misma cabe interponer recurso de Alzada ante el Ministro del Interior, en el plazo máximo de UN MES contado desde el día siguiente a aquél en que se publique la presente resolución.

ANEXO RESOLUCIÓN

EXPEDIENTE NIF/NIE/Pasaporte

P.S. 730/2020 157544597

P.S. 814/2020 6021122375504

P.S. 1019/2020 YB673238

P.S. 1078/2020 P4207677B

P.S. 1140/2020 520133009

P.S. 1247/2020 ZC2610279

P.S. 1415/2020 AU725507

P.S. 1642/2020 10242231

P.S. 1759/2020 542892501

P.S. 1828/2020 AT254602

P.S. 2173/2020 AU701542

P.S. 2666/2020 Y8300715Y

P.S. 2683/2020 MD0698686

P.S. 2692/2020 AO265322

P.S. 2755/2020 AW191855

P.S. 2756/2020 AV867955

P.S. 2811/2020 5707062

P.S. 2913/2020 296012417169S

P.S. 2928/2020 A09034012

P.S. 2933/2020 XV9891614

P.S. 3042/2020 Y6372772S

P.S. 3214/2020 9909154367

P.S. 3248/2020 18ED07860

P.S. 3249/2020 15CL76498

P.S. 3284/2020 X4158705Y

P.S. 3284/2020 X4158705Y

P.S. 3286/2020 Y1703153V

P.S. 3383/2020 03218168P

P.S. 3385/2020 1127606824

P.S. 3404/2020 F0180732

P.S. 3570/2020 054556955

P.S. 3571/2020 X7532491Z

P.S. 3609/2020 48354266D

P.S. 3618/2020 03148799F

P.S. 3621/2020 Y5846756D

P.S. 3626/2020 51011231Z

P.S. 3660/2020 09380539

P.S. 3676/2020 03201566N

P.S. 3711/2020 Y2955607Y

P.S. 3779/2020 Y7385652K

P.S. 3790/2020 1185638663

P.S. 3832/2020 OT684513

P.S. 3873/2020 Y6649159B

P.S. 3951/2020 X1399651D

P.S. 4030/2020 647526271

P.S. 4050/2020 X5486647C

P.S. 4054/2020 46835991X

P.S. 4136/2020 406125

P.S. 4138/2020 Y5805100Y

P.S. 4139/2020 Y4664491J

P.S. 4140/2020 X6753298S

P.S. 4169/2020 03136078M

P.S. 4180/2020 49453883L

P.S. 4191/2020 X9366997V

P.S. 4192/2020 X9920964Y

P.S. 4193/2020 03110756Y

P.S. 4196/2020 03213577V

P.S. 4244/2020 16788933Z

P.S. 4251/2020 X3718845K

P.S. 4258/2020 03146924H

P.S. 4534/2020 L24695646

P.S. 4535/2020 119070716

Guadalajara, 11 de octubre de 2021.- La Subdelegada del Gobierno en Guadalajara, Mercedes Gómez Mena.



Datos oficiales del departamento Ministerio de Política Territorial

Resolución de 8 de octubre de 2021, de la Subdelegación del Gobierno en Guadalajara, sobre revocación de procedimientos administrativos sancionadores y anulación de las resoluciones sancionadoras emitidas en los mismos.

"Resolución de 8 de octubre de 2021, de la Subdelegación del Gobierno en Guadalajara, sobre revocación de procedimientos administrativos sancionadores y anulación de las resoluciones sancionadoras emitidas en los mismos." corresponde a la publicación del boletín oficial del registro mercantil BOE-B-2021-41994 publicado el 15 octubre 2021

ID de la publicación: BOE-B-2021-41994
Titulo oficial
Emisor:
Seccion: 5
PUB: Boletín Oficial del Estado
Fecha de publicación: 15 octubre 2021
Fecha Pub: 20211015
Fecha última actualizacion: 15 octubre, 2021
Numero BORME 247
Seccion: 5
Departamento: Ministerio de Política Territorial
Numero de anuncio: A210055134
ID del anuncio:
Fecha de publicacion: 15 octubre 2021
Letra: B
Pagina de inicio: 57688
Pagina final: 57691




Publicacion oficial en el BOE número 247 - BOE-B-2021-41994


Publicacion oficial en el BOE-B-2021-41994 de Resolución de 8 de octubre de 2021, de la Subdelegación del Gobierno en Guadalajara, sobre revocación de procedimientos administrativos sancionadores y anulación de las resoluciones sancionadoras emitidas en los mismos.


Descargar PDF oficial BOE-B-2021-41994 AQUÍ



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